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Www.gvamundial.com.mx 1 Expositor: C.P. Nicolás Pérez Méndez.

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1 www.gvamundial.com.mx 1 Expositor: C.P. Nicolás Pérez Méndez

2 www.gvamundial.com.mx 2 Declaraciones Informativas 2015

3 www.gvamundial.com.mx 3 Antecedentes Con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Congreso de la Unión, mediante las leyes relativas y a través de la Resolución Miscelánea, ha establecido ciertas obligaciones. Una de esas tantas obligaciones es la de proporcionar información de las operaciones realizadas con clientes y proveedores, del subsidio para el empleo pagado en efectivo, de retenciones hechas a terceros, así como declaración informativa de sueldos y salarios, etc. El dar cumplimiento a estas obligaciones llega a causar altos costos administrativos, ya que la información proporcionada deberá cumplir ciertos lineamientos.

4 www.gvamundial.com.mx 4 Antecedentes Estamos obligados a presentar informativas de conformidad por disposición expresa del artículo noveno transitorio, fracción X, de la reforma fiscal para 2014. Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos: De las personas morales: (Referencias correspondientes a LISR 2014) Articulo 86 de las siguientes fracciones -III (Ingresos de fuente de riqueza ubicada en México)

5 www.gvamundial.com.mx 5 Antecedentes -IV ( Retenciones a personas físicas) -VIII (Operaciones clientes y proveedores) -IX (Retenciones a Residentes en el extranjero, y donativos) -X (Retenciones a personas físicas, arrendamiento) -XIV (Pagos por dividendos)

6 www.gvamundial.com.mx 6 Antecedentes De las personas morales con fines no lucrativas Articulo 101 - VI (Pago de retenciones a personas morales residentes en el extranjero) De las personas que paguen sueldos y salarios Articulo 118 -III (Constancias de remuneraciones)

7 www.gvamundial.com.mx 7 Antecedentes De las personas físicas, por arrendamiento Articulo 143 -último párrafo (retenciones realizadas durante el ejercicio) De los fideicomisos que otorguen el uso o goce temporal de bienes Articulo 144

8 www.gvamundial.com.mx 8 Antecedentes De los ingresos por la obtención de premios Articulo 164 De la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga, se deberá cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

9 www.gvamundial.com.mx 9 9 Declaración Informativa Múltiple (DIM) Versión (3.3.10) SAT para ejercicios fiscales 1997 a 2015

10 www.gvamundial.com.mx 10 Anexos del DIM ANEXONOMBRE ANEXO 1 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio (incluye ingresos por acciones) ANEXO 2Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS ANEXO 3Información de contribuyentes que otorguen donativos ANEXO 4Información sobre residentes en el extranjero ANEXO 5De los regímenes fiscales preferentes ANEXO 6Empresas Integradoras. Información de sus Integradas. ANEXO 7Régimen de pequeños contribuyentes ANEXO 8Información sobre Impuesto al Valor Agregado ANEXO 9 Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero ANEXO 10 Operaciones de fideicomisos

11 www.gvamundial.com.mx 11 Anexo 1 Información Anual de Sueldos, Salarios, conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el empleo (incluye ingresos por acciones)

12 www.gvamundial.com.mx 12 Apartados del Anexo 1 a) Datos para Determinar la Proporción del Subsidio Acreditable b) Identificación del Trabajador c) Selección de Temas Pagos por Separación Ingresos Asimilados a Salarios Pagos del Patrón Efectuados a sus Trabajadores d) Impuesto Sobre la Renta (Resumen) e) Resumen de operaciones

13 www.gvamundial.com.mx 13 Sujetos Obligados INFORMACIÓN PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA De sueldos y salarios pagados, así como de conceptos asimilados Personas físicas y personas morales que efectúen pagos por concepto de sueldos y salarios y conceptos asimilados De subsidio para el empleo pagado a los trabajadores Personas físicas y personas morales que efectúen pagos a trabajadores por concepto de subsidio para el empleo

14 www.gvamundial.com.mx 14 Sujetos Obligados Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes LISR 2015 Sueldos y Salarios: Artículo 99, fracción VI de la LISR Subsidio Para el Empleo: Artículo Decimo, fracción I

15 www.gvamundial.com.mx 15 LISR 99.- Presentar información por viaticos. Quienes hagan pagos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, tendrán la obligación de: V. Presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas a las que les hayan efectuado dichos pagos, en la forma oficial que al efecto publique la autoridad fiscal. La información contenida en las constancias que se expidan de conformidad con la fracción IV de este artículo se incorporará en la misma declaración. Obligación

16 www.gvamundial.com.mx 16 Presentar Declaración Informativa del Subsidio para el Empleo *Artículo Decimo: e) Presenten ante las oficinas autorizadas, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información de las cantidades que paguen por el subsidio para el empleo en el ejercicio inmediato anterior, identificando por cada trabajador la totalidad de los ingresos obtenidos durante el ejercicio de que se trate, que sirvió de base para determinar el subsidio para el empleo, así como el monto de este último conforme a las reglas generales que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria. Obligación

17 www.gvamundial.com.mx 17 RMF 2016 2.8.1.13 Opción para expedir constancias o copias a terceros de declaraciones informativas Los contribuyentes a que se refiere este Capítulo que deban expedir constancias o copias en términos de los artículos: (pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México) (Dividendos) (pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México) Expedición de constancias a través del DIM

18 www.gvamundial.com.mx 18 (Constancia de viáticos, opción de compras de acciones) (Constancia de retenciones por pagos al extranjero) (Fideicomisos) (Premios) Expedición de constancias a través del DIM

19 www.gvamundial.com.mx 19 Los contribuyentes utilizarán, la impresión de los anexos 1, 2 y 4, según corresponda, que emita para estos efectos el programa para la presentación de la DIM. Tratándose del Anexo 1 del programa citado, el mismo deberá contener sello y firma del empleador que lo imprime. Expedición de constancias a través del DIM

20 www.gvamundial.com.mx 20 RMF 2016 3.12.3 Expedición constancias de retenciones por salarios Los contribuyentes que deban expedir constancias a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados, a través de la forma oficial 37 del Anexo 1, podrán optar por utilizar en lugar de la citada forma, el Anexo 1 de la forma oficial 30 “Declaración Informativa Múltiple”, el cual deberá contener adicionalmente, sello, en caso de que se cuente con éste y firma autógrafa o digital del empleador que lo expide. Expedición de Constancias

21 www.gvamundial.com.mx 21 RMF 2016 3.12.4 Procedimiento y requisitos para la presentación de la constancia de sueldos pagados Para los efectos de los artículos 99, fracción III, de la Ley del ISR y Noveno Transitorio, fracción X, de la reforma fiscal para 2014 los retenedores que deban proporcionar constancias de remuneraciones cubiertas a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados, deberán asentar en la forma oficial 37, una leyenda en la que se señale la fecha en que se presentó ante el SAT la DIM de los pagos de las citadas remuneraciones; el número de folio o de operación que le fue asignado a dicha declaración y manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia. Tratándose de contribuyentes que opten por utilizar en lugar de la forma oficial 37, la impresión del Anexo 1 que emita el programa para la presentación de la DIM o el Anexo 1 de la forma oficial 30, deberán también asentar en los mismos términos la información a que se refiere el párrafo anterior. Requisitos de la Constancia de Salarios

22 www.gvamundial.com.mx 22 RMF 2016 3.12.4 Procedimiento y requisitos para la presentación de la constancia de sueldos pagados Esta información se asentará en el citado formato, impresión o anexo, según se trate, en el anverso o reverso del mismo, mediante sello, impresión o a través de máquina de escribir. La leyenda a que se refiere la presente regla, se asentará en los siguientes términos: "Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha ____________________ y a la que le correspondió el número de folio o de operación __________, asimismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR.“ Requisitos de la Constancia de Salarios

23 www.gvamundial.com.mx 23 RMF 2016 3.12.4 Procedimiento y requisitos para la presentación de la constancia de sueldos pagados Al final de la leyenda antes señalada, deberá nuevamente imprimirse el sello, en caso de que se cuente con éste, y firmarse por el empleador que expida la constancia. Las constancias a que se refiere la presente regla, podrán proporcionarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero de cada año. Requisitos de la Constancia de Salarios

24 www.gvamundial.com.mx 24 Infracción y Sanción CFF 81, fracción V. No proporcionar la información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el empleo de conformidad con las disposiciones legales que lo regulan, o presentarla fuera del plazo establecido para ello. CFF 82, fracción V. Para la señalada en la fracción V, la multa será de $9,430.00 a $18,860.00.

25 www.gvamundial.com.mx 25 Anexo 2 Información sobre Pagos y Retenciones del ISR, IVA e IEPS

26 www.gvamundial.com.mx 26 PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA Personas Físicas y Morales, que efectúen pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS por los conceptos siguientes, entre otros: Prestación de servicios profesionales Arrendamiento Enajenación de bienes Adquisición de bienes Intereses Premios 26 Apartados del Anexo 2 a) Datos de Identificación del Tercero. b) Resumen Global.

27 www.gvamundial.com.mx 27 Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Empresarial y Profesional Art. 110, fracción VII de la LISR. Arrendamiento Art. 116, último párrafo Art. 76, fracciones III, Art. 116, último párrafo Art. 136, último párrafo de la LISR Art.86, fracción VI, inciso a) de la LISR Art. 116, último párrafo de la LISR Art. 136, último párrafo de la LISR Art.139, frac. II de la LISR Sujetos Obligados

28 www.gvamundial.com.mx 28 Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Art. 135, primer párrafo de la LISR Art. 139, frac. II de la LISR Art.145, 7° párrafo de la LISR Art. 164, frac. IV de la LISR Art. 145, 7° párrafo de la LISR Art. 32, fracción V de la LIVA Sujetos Obligados

29 www.gvamundial.com.mx 29 LISR 110-VII.- Presentar información de retenciones de ISR Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se refieren las fracciones VI (prestamos otorgados por extranjeros) y XV (pagos recibidos por mas de 100,000 en efectivo) del artículo 76 de esta Ley. Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional

30 www.gvamundial.com.mx 30 LISR 116, quinto pfo. Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancias de la retención y comprobante fiscal; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo. Informativa por Retenciones de ISR a Arrendadores PF

31 www.gvamundial.com.mx 31 LISR 76 frac. XI Tratándose de personas morales que hagan los pagos por concepto de dividendos o utilidades a personas físicas o morales: ……………………….. Proporcionar a las personas a quienes les efectúen pagos por los conceptos a que se refiere esta fracción, comprobante fiscal en el que se señale su monto, el impuesto sobre la renta retenido en términos de los artículos 140 y 164 de esta Ley, así como si éstos provienen de las cuentas establecidas en los artículos 77 y 85 de esta Ley, Informativa por Dividendos o Utilidades Pagados

32 www.gvamundial.com.mx 32 según se trate, o si se trata de los dividendos o utilidades a que se refiere el primer párrafo del artículo 10 de la misma. Este comprobante se entregará cuando se pague el dividendo o utilidad. Informativa por Dividendos o Utilidades Pagados

33 www.gvamundial.com.mx 33 Arrendamiento Fideicomisos - Fiduciaria LISR 117, último pfo.- Informativa de rendimientos La institución fiduciaria proporcionará a más tardar el 31 de enero de cada año a quienes correspondan los rendimientos, el comprobante fiscal de dichos rendimientos; de los pagos provisionales efectuados y de las deducciones, correspondientes al año de calendario anterior.

34 www.gvamundial.com.mx 34 CFF 32-B.- Obligaciones de las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo VIII. Cuando participen como fiduciarias en fideicomisos en los que se generen ingresos, deberán presentar ante el SAT por cada uno de dichos fideicomisos, lo siguiente: A. A más tardar el 15 de febrero de cada año, la información siguiente: 1.Nombre, domicilio, y país de residencia para efectos fiscales de los fideicomitentes y los fideicomisarios y, en su caso, registro federal de contribuyentes de ellos. 2. Tipo de fideicomiso. Informativas de Fideicomisos

35 www.gvamundial.com.mx 35 3. RFC de contribuyentes que identifique el fideicomiso, en su caso. 4. Respecto del año inmediato anterior: Monto de las aportaciones efectuadas por los fideicomitentes al fideicomiso en el año. Monto de los ingresos percibidos por el fideicomiso en el año. Monto de los ingresos correspondientes a cada uno de los fideicomisarios. B. La información relativa a las utilidades o pérdidas del ejercicio inmediato anterior, tratándose de los fideicomisos a que se refiere el artículo 13 LISR. Informativas de Fideicomisos

36 www.gvamundial.com.mx 36 LISR 138, último pfo. Quienes paguen los intereses a que se refiere este Capítulo deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria la información a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, aun cuando no sean instituciones de crédito. Informativa por Intereses Pagados

37 www.gvamundial.com.mx 37 LISR 139, fracción III Proporcionar, constancia de ingreso y el comprobante fiscal por los premios por los que no se está obligado al pago del impuesto en los términos de esta Ley. Informativa por Premios Pagados

38 www.gvamundial.com.mx 38 LISR 145, séptimo pfo. Las personas que efectúen las retenciones a que se refieren los párrafos tercero, cuarto y quinto de este artículo, así como las instituciones de crédito ante las cuales se constituyan las cuentas personales para el ahorro a que se refiere el artículo 185 de esta Ley, deberán presentar declaración ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 15 de febrero de cada año, proporcionando la información correspondiente de las personas a las que les hubieran efectuado retenciones en el año de calendario anterior, debiendo aclarar en el caso de las instituciones de crédito, el monto que corresponda al retiro que se efectúe de las citadas cuentas. Informativa por Retenciones de ISR

39 www.gvamundial.com.mx 39 LIVA 32, fracción V Expedir comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. Informativa por Retenciones de IVA

40 www.gvamundial.com.mx 40 Infracciones y Sanciones CFF 81, fracción XVI. No proporcionar la información a que se refiere la fracción V del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores. CFF 82, fracción XVI. De $9,920.00 a $19,840.00, a la establecida en la fracción XVI.

41 www.gvamundial.com.mx 41 Anexo 3 Información de Contribuyentes que Otorguen Donativos

42 www.gvamundial.com.mx 42 a) Datos de las donatarias. b) Información de contribuyentes que otorguen donativos. PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA Personas Morales y Personas Físicas con actividades empresariales y profesionales. Apartados del Anexo 3

43 www.gvamundial.com.mx 43 Estamos obligados a presentar esta informativa de conformidad por disposición expresa del artículo noveno transitorio, fracción X, de la reforma fiscal para 2014. Informativa por Donativos Otorgados

44 www.gvamundial.com.mx 44 Anexo 4 Información sobre Residentes en el Extranjero

45 www.gvamundial.com.mx 45 Apartados del Anexo 4 a) Datos de Identificación del Residente en el Extranjero. b) Resumen de Operaciones.

46 www.gvamundial.com.mx 46 INFORMACIÓNPERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA De retenciones y pagos efectuados a residentes en el extranjero. Personas Morales y Personas Físicas con actividades empresariales, que efectúen pagos y retenciones a Personas Físicas o a Personas Morales Residentes en el Extranjero. De operaciones de financiamiento del extranjero. Personas Físicas con actividades empresariales, profesionales y Personas Morales del Régimen General de Ley y del Régimen AGAPES, que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero. Sujetos Obligados

47 www.gvamundial.com.mx 47 Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Actividad Empresarial y Profesional Art. 110, fracción VII de la LISR. Art. 76, fracción VI. Art. 86, fracción V, de la LISR. Sujetos Obligados

48 www.gvamundial.com.mx 48 LISR 110, fracción VII.- Personas físicas con actividad empresarial y profesional VII.Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se refieren las fracciones VI (PAGOS EN EL EXTRANJERO) y XV (PAGOS EN EFECTIVO) del artículo 76 de esta Ley. Informativa por Pagos a Residentes en el Extranjero

49 www.gvamundial.com.mx 49 LISR 76, fracción III.- Personas Morales LISR 86, fracción V.- Personas Morales no Lucrativas III.Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 48 de la misma y, en su caso, Informativa por Pagos a Residentes en el Extranjero

50 www.gvamundial.com.mx 50 LISR 76, fracción III.- Personas Morales LISR 86, fracción V.- Personas Morales no Lucrativas el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito. Informativa por Pagos a Residentes en el Extranjero

51 www.gvamundial.com.mx 51 Anexo 5 De los Regímenes Fiscales Preferentes.

52 www.gvamundial.com.mx 52 Apartados del Anexo 5 a) Datos de Identificación del Residente en el Extranjero. b) Inversiones en Territorios. c) Resumen de Operaciones.

53 www.gvamundial.com.mx 53 PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA Personas Físicas y Personas Morales que hayan realizado inversiones o las mantengan en territorios con regímenes fiscales preferentes. Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Art. 178, primer párrafo de la LISR. Sujetos Obligados

54 www.gvamundial.com.mx 54 LISR 178, primer pfo. Los contribuyentes de este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, deberán presentar en el mes de febrero de cada año, ante las oficinas autorizadas, declaración informativa sobre los ingresos que hayan generado o generen en el ejercicio inmediato anterior sujetos a regímenes fiscales preferentes, o en sociedades o entidades cuyos ingresos estén sujetos a dichos regímenes, que corresponda al ejercicio inmediato anterior, acompañando los estados de cuenta por depósitos, inversiones, ahorros o cualquier otro, o en su caso, la documentación que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria. Sujetos Obligados

55 www.gvamundial.com.mx 55 RMF 2016 3.19.10 Declaración informativa sobre sujetos ubicados en regímenes fiscales preferentes Para los efectos del artículo 178 de la Ley del ISR, la declaración informativa se presentará a través del Anexo 5 “Inversiones en Territorios con Regímenes Fiscales Preferentes” de la forma fiscal 30 “Declaración Informativa Múltiple” en forma impresa, vía Internet o en medios magnéticos. Las personas físicas obligadas a presentar dicha declaración, podrán optar por anotar en los recuadros que hagan referencia a cantidades, únicamente el número 0 (cero). Regímenes Fiscales Preferentes

56 www.gvamundial.com.mx 56 Anexo 6 Empresas Integradoras Informativa de sus Integradas

57 www.gvamundial.com.mx 57 Apartados del Anexo 6 a) Datos de Identificación de la Integrada. b) Resumen de Operaciones.

58 www.gvamundial.com.mx 58 DEROGADO Informativa de Operaciones realizadas por Empresas Integradoras por Cuenta de sus Integradas

59 www.gvamundial.com.mx 59 Anexo 7 Régimen de Pequeños Contribuyentes

60 www.gvamundial.com.mx 60 Apartados del Anexo 7 a) Régimen de Pequeños Contribuyentes. b) Resumen de Operaciones.

61 www.gvamundial.com.mx 61 Apartados del Anexo 7 DEROGADO

62 www.gvamundial.com.mx 62 Anexo 8 Información sobre Impuesto al Valor Agregado

63 www.gvamundial.com.mx 63 Apartados del Anexo 8 a) Determinación del IVA. b) Resumen de Operaciones. PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA Personas físicas y personas morales que tengan la obligación de declarar el Impuesto al Valor Agregado y que además deban presentar la Declaración Informativa Múltiple por alguna otra obligación.

64 www.gvamundial.com.mx 64 Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Art. 32, fracción VII de la LIVA Sujetos Obligados

65 www.gvamundial.com.mx 65 Información en Declaración del Ejercicio LIVA 32, fracción VII. Proporcionar la información que del impuesto al valor agregado se les solicite en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

66 www.gvamundial.com.mx 66 Opción para Personas Físicas 4.5.3 Para los efectos de este Capítulo, las personas físicas que únicamente estén obligadas a presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII de la Ley del IVA, deberán proporcionarla en la declaración anual a que se refieren las secciones 2.8.3. y 2.8.5., según corresponda.

67 www.gvamundial.com.mx 67 Información de IVA Desde la 4 MRM publicada en el DOF 24/05/2011 Se derogo este anexo en el 3 articulo transitorio Se deroga el Anexo 8 “Información sobre el impuesto al valor agregado” de la forma oficial 30 ó DIM “Declaración Informativa Múltiple” contenida en el Anexo 1 de la presente Resolución.

68 www.gvamundial.com.mx 68 Anexo 9 Información de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el Extranjero

69 www.gvamundial.com.mx 69 Apartados del Anexo 9 a)Identificación del Tercero y Datos de la Operación. b)Funciones c)Resumen de Operaciones. PERSONAS QUE DEBEN PRESENTARLA Personas Morales y Personas Físicas con actividades empresariales, profesionales, que realicen operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

70 www.gvamundial.com.mx 70 Personas Físicas Personas Morales Personas Morales no contribuyentes Actividad Empresarial y Profesional Art. 119, fracción X de la LISR. Art. 76, fracción X de la LISR. No aplica Sujetos Obligados

71 www.gvamundial.com.mx 71 LISR 110, fracción X.- PF Empresarias y Profesionales Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información a que se refiere la fracción X del artículo 76 de esta Ley. (Operaciones con partes relacionadas en el extranjero) Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas

72 www.gvamundial.com.mx 72 LISR 76, fracción X.- Personas Morales Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas en el Extranjero

73 www.gvamundial.com.mx 73 CFF 81, fracción XVII. No presentar la declaración informativa de las operaciones efectuadas con partes relacionadas residentes en el extranjero durante el año de calendario inmediato anterior, de conformidad con los artículos 76, fracción X y 110, fracción X de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla incompleta o con errores. CFF 82, fracción XVII. De 61,000.00 a $122,010.00, para la establecida en la fracción XVII. Infracciones y Sanciones

74 www.gvamundial.com.mx 74 Anexo 10 Operaciones de Fideicomisos

75 www.gvamundial.com.mx 75 Apartados del Anexo 10 a)Datos del fideicomisos. b)Generales y Totales (Fideicomisos).

76 www.gvamundial.com.mx 76 LISR 76, fracción XIII.- Personas Morales Presentar, a más tardar el día 15 de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración en la que proporcionen la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan. Informativa de Operaciones con Fideicomisos Activ. Empresariales

77 www.gvamundial.com.mx 77 RMF 2016 3.9.6. Declaración informativa de fideicomisos empresariales Para los efectos del artículo 76, fracción XIII de la Ley del ISR la información señalada deberá presentarse en el Anexo 10 “Operaciones efectuadas a través de Fideicomisos” de la forma oficial 30 de la “Declaración Informativa Múltiple”. Informativa de Operaciones con Fideicomisos Activ. Empresariales

78 www.gvamundial.com.mx 78 Reglas Generales Declaraciones Informativas del Ejercicio DIM 2015 78

79 www.gvamundial.com.mx 79 CFF 31, primer pfo. “Las personas deberán presentar las solicitudes en materia de registro federal de contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, enviándolos a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según sea el caso, debiendo cumplir los requisitos que se establezcan en dichas reglas para tal efecto y, en su caso, pagar mediante transferencia electrónica de fondos. Cuando las disposiciones fiscales establezcan que se acompañe un documento distinto a escrituras o poderes notariales, y éste no sea digitalizado, la solicitud o el aviso se podrán presentar en medios impresos”. Declaraciones en Medios Electrónicos Obligación

80 www.gvamundial.com.mx 80 CFF 31, segundo pfo. “Los contribuyentes podrán cumplir con la obligación a que se refiere el párrafo anterior, en las oficinas de asistencia al contribuyente del Servicio de Administración Tributaria, proporcionando la información necesaria a fin de que sea enviada por medios electrónicos a las direcciones electrónicas correspondientes y, en su caso, ordenando la transferencia electrónica de fondos”. Contribuyentes sin Equipo de Cómputo

81 www.gvamundial.com.mx 81 CFF 31, cuarto pfo. En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias, que prevengan las disposiciones fiscales, no hubieran sido aprobadas y publicadas en el DOF por las autoridades fiscales a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados a presentarlas deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia y, si no existiera forma publicada, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del RFC, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir; en el caso de que se trate de la obligación de pago, se deberá señalar además el monto del mismo. Escritos a falta de Formas Oficiales

82 www.gvamundial.com.mx 82 RMF 2015 2.8.4.1 - Medios para presentar la declaración informativa múltiple Para los efectos del artículo 31, primer párrafo del CFF y de los artículos 76, fracciones VI, VII, X y XIII, 86, fracción V, última oración; 110, fracciones VI, segundo párrafo, VII, IX y X; 117, último párrafo; 136, último párrafo; 145, séptimo párrafo y 178, primer párrafo de la Ley del ISR; 32, fracción V de la Ley del IVA y Artículo Octavo, fracción III, inciso e) de la reforma fiscal 2008 publicado en el DOF el 1 de octubre de 2007, los contribuyentes obligados a presentar la información a que se refieren las disposiciones citadas, correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, incluyendo la información complementaria y extemporánea de éstas, deberán efectuarla a través de la DIM y anexos que la integran, vía Internet o en medios magnéticos, observando el procedimiento siguiente: (Continúa) Formato Múltiple (DIM)

83 www.gvamundial.com.mx 83 RMF 2015 2.8.4.1 - Medios para presentar la declaración informativa múltiple I.Obtendrán el programa para la presentación de la DIM correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, en la página de Internet del SAT u opcionalmente podrán obtener dicho programa en medios magnéticos en la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal. II.Una vez instalado el programa, capturarán los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los anexos correspondientes, que deberá proporcionarse de acuerdo a las obligaciones fiscales a que estén sujetos, generándose un archivo que presentarán vía Internet o a través de medios magnéticos, de conformidad con lo establecido en esta regla. (Continúa) Formato Múltiple (DIM)

84 www.gvamundial.com.mx 84 RMF 2015 2.8.4.1 - Medios para presentar la declaración informativa múltiple Los contribuyentes podrán presentar opcionalmente cada uno de los anexos contenidos en el programa para la presentación de la DIM, según estén obligados, en forma independiente, conforme a la fecha en que legalmente deben cumplir con dicha obligación, acompañando invariablemente al anexo que corresponda, la información relativa a los datos generales del declarante y resumen global contenidos en el programa citado. III.En el caso de que hayan sido capturados hasta 40,000 anexos (registros), el archivo con la información se presentará a través de la página de Internet del SAT. El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano. Formato Múltiple (DIM)

85 www.gvamundial.com.mx 85 RMF 2015 2.8.4.1 - Medios para presentar la declaración informativa múltiple IV.En el caso de que por la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 40,000 registros, deberán presentar la información ante cualquier ALSC, en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los que serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas. Formato Múltiple (DIM)

86 www.gvamundial.com.mx 86 Su presentación es Requisito de Deducción LISR 27, fracción XVIII, primer pfo., penúlt. oración: Tratándose de las declaraciones informativas a que se refiere el artículo 76 de esta Ley, éstas se deberán presentar en los plazos que al efecto establece dicho artículo y contar a partir de esa fecha con la documentación comprobatoria correspondiente. Último pfo.: Cuando los contribuyentes presenten las declaraciones informativas a que se refiere el artículo 76 de esta Ley a requerimiento de la autoridad fiscal, no se considerará incumplido el requisito a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, siempre que se presenten dichas declaraciones dentro de un plazo máximo de 60 días contados a partir de la fecha en la que se notifique el mismo.

87 www.gvamundial.com.mx 87 Infracciones y Multas CFF 81-I No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos. (Continúa)

88 www.gvamundial.com.mx 88 Infracciones y Multas CFF 82-I a) De $1,100.00 a $13,720.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso.

89 www.gvamundial.com.mx 89 a) De $1,100.00 a $13,720.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso. b) De $1,100.00 a $27,440.00, por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento. c) ………………………………………… d)De $11,240.00 a $22,500.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos. e) De $1,130.00 a $3,600.00, en los demás documentos. Infracciones y Multas

90 www.gvamundial.com.mx 90 CFF 81-II. Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos, se tendrá la siguiente multa: CFF 82-II. …………… a) De $820.00 a $2,740.00, por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno. b) De $30.00 a $70.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales. c) De $150.00 a $270.00, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente. Siempre que se omita la presentación de anexos, se calculará la multa en los términos de este inciso por cada dato que contenga el anexo no presentado. Infracciones y Multas

91 www.gvamundial.com.mx 91 d) De $550.00 a $1,370.00, por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante conforme al catálogo de actividades que publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general, o señalarlo equivocadamente. e) De $3,360.00 a $11,240.00, por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales. f) De $1,000.00 a $2,980.00, por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado. g) De $500.00 a $1,350.00, en los demás casos. Infracciones y Multas

92 www.gvamundial.com.mx 92 Declaraciones Informativa de Operaciones relevantes 92

93 www.gvamundial.com.mx 93 Artículo 31-A. Los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en el que se celebraron. Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contado a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada. Se considerará incumplida la obligación fiscal señalada en el presente artículo, cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o ésta se presente con errores. Fundamento para su obligatoriedad CFF

94 www.gvamundial.com.mx 94 Artículo 31-A. Los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en el que se celebraron. Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contado a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada. Se considerará incumplida la obligación fiscal señalada en el presente artículo, cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o ésta se presente con errores. Fundamento para su obligatoriedad CFF

95 www.gvamundial.com.mx 95 Aplicable a quienes determinaron ajustes en precios con partes relacionadas, realizaron operaciones financieras derivadas, cambien de socios o accionistas de manera directa e indirecta, enajenen acciones, cambien de residencia fiscal del extranjero a México, obtengan residencia fiscal en México, Obtengan residencia fiscal en otro país, manteniendo su residencia en México, reestructuración corporativa, enajenación de intangibles, enajenación de activos financieros, aportación de activos financieros a fideicomisos, enajenen bienes por fusión y escisión, realicen operaciones de financiamiento, en ciertos casos, dividan y transmitan pérdidas por escisión, disminuyan pérdidas por fusión y reembolsos de capital o pago de dividendos con recursos provenientes de préstamos. Fundamento para su obligatoriedad CFF

96 www.gvamundial.com.mx 96 El resolutivo tercero de la 2ª Resolución de Modificaciones a la RMF 2015, estableció que para la presentación de las declaraciones por operaciones relevantes del 2014, se aplazaría a más tardar el 31 de diciembre de 2015, asimismo, se enviará una sola forma oficial, es decir: una anual en lugar de cuatro trimestrales. Información de operaciones a que se refiere el artículo 31-A del CFF

97 www.gvamundial.com.mx 97 2.8.1.17. Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 “Información de Operaciones Relevantes (artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación)”, manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente: Información de operaciones a que se refiere el artículo 31-A del CFF

98 www.gvamundial.com.mx 98 Información de operaciones a que se refiere el artículo 31-A del CFF Declaración del mes: Fecha límite en que se deberá presentar: Enero, febrero y marzoÚltimo día del mes de mayo de 2016 Abril, mayo y junioÚltimo día del mes de agosto de 2016 Julio, agosto y septiembre Último día del mes de noviembre de 2016 Octubre, noviembre y diciembreÚltimo día del mes de febrero de 2017

99 www.gvamundial.com.mx 99 Para tales efectos, se deberá utilizar el aplicativo contenido en el Portal del SAT. No se deberá presentar la forma oficial a que se refiere la presente regla, cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen. Los contribuyentes distintos de aquéllos que componen el sistema financiero en términos de lo establecido en el artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60´000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.). Información de operaciones a que se refiere el artículo 31-A del CFF


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