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ACCIDENTE DE TRABAJO “TODA LESION CORPORAL QUE EL TRABAJADOR SUFRA CON OCASIÓN O A CONSECUENCIA DEL TRABAJO QUE EFECTUE POR CUENTA AJENA”. Art. 115 Real.

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1 ACCIDENTE DE TRABAJO “TODA LESION CORPORAL QUE EL TRABAJADOR SUFRA CON OCASIÓN O A CONSECUENCIA DEL TRABAJO QUE EFECTUE POR CUENTA AJENA”. Art. 115 Real Decreto Legislativo 1/1994 (Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) COORDINACION REGIONAL DE SALUD LABORAL

2 Se consideran así mismo Accidentes de trabajo:
Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. (“in itinere”) Los ocurridos por el trabajador en cumplimiento de las ordenes del empresario o en interés del buen funcionamiento de la empresa. Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza análoga. Las enfermedades o defectos , padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente. Las enfermedades contraídas por el trabajador a consecuencia de su trabajo no incluidas en el cuadro de “enfermedades profesionales”( RD 1299/2006).

3 Requisitos que debe reunir una Enfermedad Profesional
Que se de cómo consecuencia del trabajo Que su origen sea debido al desempeño de las actividades que se especifican en el cuadro de enfermedades laborales publicado en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre. Que sea provocado por la acción de elementos y sustancias indicadas en el citado cuadro.

4 TIPOS DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
Enfermedades producidas por agentes químicos. Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados. Enfermedades provocadas por inhalación (asma, irritación de la nariz o la boca, etc.). Enfermedades infecciosas y parasitarias. Enfermedades producidas por agentes físicos. Enfermedades sistémicas (ulceración de la córnea, etc.).

5 Consecuencias de Accidentes de trabajo Perdidas materiales
-Daños en máquinas y equipos -Pérdidas de tiempo, retrasos, demoras -Daños en proceso productivo e instalaciones -Daños a terceros. -Paralización de la actividad. -Disminución de la producción Perdidas materiales -Incapacidad temporal -Incapacidad permanente parcial -Incapacidad permanente total para la profesión habitual -Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo -Gran Invalidez -Viudedad, orfandad a favor de los familiares en caso de fallecimiento del trabajador Consecuencias de Accidentes de trabajo -Efectos directos sobre la salud: LESIONES Perdidas personales -Pérdida de salario e incentivos -Disminución del rendimiento -Inadaptación. -Pérdida capacidad profesional -otros. -Efectos derivados

6 Costes asegurables COSTES DE LOS DAÑOS LABORALES PARA LA EMPRESA
-Primas de AT/EP-( Alta y Cotización a la SS) -Seguros de Responsabilidad Civil (Convenio Colectivo) Complemento de prestaciones (Convenio Colectivo) Contratación de otro trabajador Selección y formación del trabajador sustituto Derivados del coste de personal Daños en maquinaria,equipos de trabajo, útiles y herramientas. Tiempo perdido por accidentado y compañeros de trabajo Pérdida de la producción. Cierre del centro/ Paralización de la actividad Derivados de la producción y de los costes materiales. Costes no asegurables Sanciones Administrativas Indemnizaciones al accidentado o a sus familiares Responsabilidad Penal Recargo de Prestaciones (Capitalización en la S.S.) Derivados de Responsabilidad.


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