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LEY DE HERENCIAS Y PLUSVALIA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL HERRAMIENTAS DE COLABORACIÓN DIGITAL Jacobo Alejandro Mero Herrera Iván Alfredo Vera.

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1 LEY DE HERENCIAS Y PLUSVALIA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL HERRAMIENTAS DE COLABORACIÓN DIGITAL Jacobo Alejandro Mero Herrera Iván Alfredo Vera Iglesias Freddy Fernando Tumbaco Ramírez

2 Introducción Estas leyes de carácter tributario (herencia y plusvalía) fueron enviados por parte del poder Ejecutivo a su discusión a la Asamblea Nacional, el actual Presidente de la República comentó que el fin de estas leyes serían para una mejor repartición de la riqueza en la nación, pero las mismas han sido de fuerte crítica por parte de muchos sectores políticos y empresariales del país por las afectaciones que la misma tuviere en el caso de su aprobación.

3 LEY DE HERENCIAS La Ley de Herencias buscaba desaparecer los artículos 1-3 de las reformas al Régimen Tributario Interno e incluir un nuevo capítulo el XII – Impuesto a la renta sobre herencias, legado, donaciones, y todo incremento patrimonial a título gratuito, mismo que más a detalle explicaba que grava también la adquisición del dominio de bienes y derechos que tuviere el causante o posea el donante en el exterior a favor de sus residentes en el Ecuador.

4 LEY DE HERENCIAS El impuesto a las herencias vigente tiene una tasa marginal máxima de 35 % y se disponía que “en el caso de que los beneficiarios de herencias se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, las tarifas serán reducidas a la mitad”. El proyecto de Ley de Herencias establece un impuesto progresivo con una base imponible de $35.400, según funcionarios del Ecuador no afectara al 98% de la población ecuatoriana, la aclaración fue realizada debido a las críticas que ha recibido el nuevo proyecto anunciado por el Presidente. El contenido de la norma que diferenciará entre herederos directos e indirectos. En ambos casos el porcentaje a pagar será progresivo con topes de 47,5 y 77,5, respectivamente, sin que esto afecte a los legados de familias pobres ni clase media.

5 Tabla - Ley de Herencias presentada a la Asamblea:

6 LEY DE HERENCIAS Esta tabla se aplicará para los beneficiarios sean legitimarios del causante o donante, según corresponda: Las herencias de hasta 35.400 dólares tendrán un cero por ciento de impuestos, las herencias entre 35.400 a 70.800 de 2.5 por ciento, de 70.800 hasta 141.600 de 7.5 por ciento; de 141.600 a 283.200 de 17.5 por ciento, de 283.200 a 566.400 de 32.5 por ciento y de 566.400 en adelante, 47.5 por ciento

7 LEY DE HERENCIAS Es importante mencionar que la Comisión de Régimen Económico, luego de una discusión técnica, decidió plantear la eliminación de la tabla a herederos indirectos pero este proyecto fue suspendido temporalmente a decisión del Presidente de la República.

8 LEY DE PLUSVALIA El Impuesto a la Plusvalía fue enviado por el poder Ejecutivo para su discusión en la Asamblea Nacional, en este caso se corregirían artículos del actual régimen tributario e ingresado nuevos para el cálculo del nuevo impuesto donde se discernía de que el impuesto a la plusvalía reconocerá una ganancia justa que será de 20 salarios básicos, es decir $ 7.080. Se va a considerar una tasa de costo oportunidad, el 7% anual, además una ganancia justa de 20 salarios básicos; son deducibles. Sobre eso se va a cobrar el impuesto, que va a ir a los municipios.

9 LEY DE PLUSVALIA El cálculo de este impuesto es el siguiente: = (1 + ) Donde: FA: El factor de ajuste. : Promedio de la tasa de interés pasiva referencial para depósitos a plazo de 361 días y más, publicada mensualmente por el BCE en el periodo comprendido entre el mes y año de adquisición y el mes y año de transferencia del bien inmueble dividido para doce. : Número de meses transcurridos entre la fecha de adquisición y la fecha de transferencia del bien inmueble dividido para doce.

10 LEY DE PLUSVALIA La ‘ganancia justa’, que considera el Ejecutivo, se calcula en base al promedio de la tasa de interés pasiva referencial para depósitos a un plazo de 361 días y más. Este mes la tasa es del 7% y la publica el Banco Central del Ecuador cada 30 días. La ganancia se calcula en el período comprendido entre el mes y año de adquisición y el mes y año de transferencia del bien. El proyecto de ley, compuesto por 4 artículos, contempla también que no son objeto del impuesto las transferencias de dominio de bienes inmuebles por sucesiones, donaciones, rifas y sorteos, remates o ventas realizadas judicialmente o por instituciones del Estado, dación en pago de inmuebles por parte del deudor o garante del mismo, para la cancelación de las obligaciones.

11 LEY DE PLUSVALIA Actualmente, el cobro municipal por plusvalía que está amparado en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), es de hasta el 10% de la diferencia entre el avalúo municipal del bien y su valor comercial. Este se paga al momento de vender el bien, pero con la nueva ley este se efectuará a partir de la segunda transacción.

12 LEY DE PLUSVALIA Dicha normativa otorga la potestad a los municipios de exigir que pasado determinado tiempo, estos terrenos sean vendidos so pena de impuestos o de una expropiación, de modo que al salir varios a la venta la oferta cubra la demanda y por tanto, los precios bajen. Sugirió también una normativa que permite declarar estas zonas como de interés prioritario y evitar la especulación. Según el documento del proyecto, la declaración y pago de este impuesto se realizará en forma previa al otorgamiento de la escritura correspondiente, y este dinero será depositado en las cuentas de los Gobiernos Descentralizados en un plazo máximo de 24 horas.

13 LEY DE PLUSVALIA Es importante mencionar que el Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE) en conjunto con la Federación Nacional de Cámaras de Comercio del Ecuador y la Federación Nacional de Cámaras de Industrias aclararon, a través de un comunicado, que no han llegado a un acuerdo con el Gobierno nacional respecto de los proyectos de ley de plusvalía.

14 Evaluaciones de proyecto de Ley de Herencias y Ley de Plusvalía. Se comentó que para quienes hereden negocios en marcha, que no son bienes suntuarios, sino unidades productivas, "estamos dispuestos a mantener la tabla actual de impuestos, siempre y cuando también se acaben todas las formas de evasión, sobre todo esos fideicomisos en el exterior con lo que evadían el impuesto a la herencia”. Para el sector empresarial se comentó que: “Respecto a una versión en el sentido de que los empresarios y el Gobierno nacional han llegado a un acuerdo sobre las reformas a las leyes de herencia y de plusvalía, los gremios empresariales aclaran que tal información no responde a la realidad”, señala parte del comunicado. Se añadió que los representantes gremiales solicitaron que “se dignifique el esfuerzo individual y familiar en la generación de empleos” y reiteraron el pedido de que ambos proyectos sean archivados definitivamente, tras el retiro temporal de la Asamblea Nacional que realizó el presidente de la República, la semana pasada.

15 Evaluaciones de proyecto de Ley de Herencias y Ley de Plusvalía. Se realizó una marcha en la que miles de personas hicieron eco del llamado del alcalde de Guayaquil, a rechazar las políticas del régimen. El Municipio de Guayaquil informó que unas 375.000 personas participaron en la protesta. Las nueve cuadras que separan al parque Centenario del malecón Simón Bolívar lucieron llenas de ciudadanos que, desde las 15:00 (hora de la convocatoria) rechazaban las medidas del Gobierno central.

16 Evaluaciones de proyecto de Ley de Herencias y Ley de Plusvalía. Ante está situación el poder Ejecutivo afirmó Queremos debate, no gritos. Queremos argumentos, no manipulaciones. Todo esto es lo que se debió hacer en la Asamblea, pero ha sido imposible con tanta desinformación y violencia generadas. La ley de herencia incorporaba un impuesto de hasta el 47,5% sobre los bienes heredados en el caso de los hijos. La ley de plusvalía contemplaba el pago de un impuesto a las ganancias por revalorizaciones ligadas a la especulación o a proyectos de inversión pública.


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