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Docente: mg. Javier calderón Beltrán

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Presentación del tema: "Docente: mg. Javier calderón Beltrán"— Transcripción de la presentación:

1 Docente: mg. Javier calderón Beltrán
DERECHO ROMANO Docente: mg. Javier calderón Beltrán

2 Importancia del Derecho Romano
Eugéne Petit: “La importancia del derecho romano para el mundo actual, no consiste sólo en haber sido por un momento la fuente u origen del derecho; ese valor sólo fue pasajero. Su autoridad reside en la profunda revolución interna, en la transformación completa que ha hecho sufrir a todo nuestro pensamiento jurídico, y en haber llegado a ser, como el cristianismo, un elemento de la civilización moderna”. Si los griegos tuvieron una aptitud especial para la filosofía, los romanos tuvieron una aptitud especial para el derecho. Estudiar derecho romano, no es estudiar una cultura antigua, sino es enriquecer nuestros conocimientos, enriquecer nuestra cultura jurídica, descifrar, conocer las raíces, los orígenes de nuestro derecho actual.

3 Importancia del Derecho Romano
El estudio del derecho romano podemos atribuirle, básicamente tres utilidades muy importantes: Una utilidad histórica: Pues nuestro derecho actual tiene como fuentes, la costumbre y el derecho romano. Una utilidad auxiliar: Pues exceptuando al derecho anglosajón, entiéndase al derecho inglés, que se basa enteramente en la costumbre propia de éstos pueblos, el derecho romano se constituye en el fondo de las principales legislaciones, en efecto, el derecho alemán se rige por una mezcla del derecho germánico con el derecho romano, el derecho español se rige por una mezcla entre el derecho canónico y el derecho romano, y ni hablar del derecho italiano, que está inspirado en las leyes romanas.

4 Importancia del Derecho Romano
Una utilidad cognoscitiva: Pues el jurista moderno encontrará en los análisis y soluciones que presentan las fuentes romanas, los medios técnicos y metodológicos necesarios para arribar a la adecuada interpretación de las normas legales. El principio fundamental de las ciencias es la averiguación de sus causas. El estudio del derecho romano privado suministra casi toda la base del derecho civil moderno, la legislación romana es la fuente inagotable de los principios legales.

5 Concepto de Derecho Romano
El ser humano es un ser social, no puede permanecer aislado, el ser humano es un ser dotado de libertad, sin embargo esta libertad posee un límite, expresada en el respeto a la libertad de las demás personas, es por ello, que toda sociedad necesita de reglas, reglas que garanticen a cada miembro el ejercicio de esa libertad, sin trastocar, sin transgredir los derechos de sus congéneres, el derecho no es más que aquel conjunto de reglas, aquel conjunto de principios que rigen las relaciones sociales. El derecho romano es el conjunto de principios de derecho que han regido a la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano.

6 Concepto de Derecho Romano
División del Derecho: Derecho Público: Es la ciencia que estudia los principios fundamentales que norman la organización de los Estados y determina la relación del individuo con el Estado, comprende por lo tanto, el establecimiento de los poderes públicos, las reglas y atribuciones de cada uno de ellos y las que presiden sus relaciones con los particulares sujetos a su jurisdicción. Derecho Privado: Es la ciencia que se encarga de los principios reguladores de las relaciones de los individuos entre sí. Fundándose en la coexistencia de èstos como seres humanos y en las convenciones que voluntariamente celebran, abarca todas las relaciones del hombre con el hombre, la propiedad y la defensa individual.

7 Historia Política de Roma
La Monarquía (Desde 754 o 753 a.C., año de la Fundación de la Urbe, hasta la caída del trono de Tarquino el Soberbio en el 509 o 510 a.C.): Tuvo su origen en los antepasados Etruscos, que vivían en Asia menor y al ser invadidos, se desplazaron a la península itálica. Este período se inicia con la fundación de Roma, cuando Rómulo se proclama rey. Algunos consideran a este período como una época mítica, que se inicia con la fundación de la urbe, caracterizada por una historia política y social oscura, la ciudad esta acordonada por murallas, y los romanos sufren constantes agresiones de sus vecinos más poderosos en el plano militar. El Poder político y social, reside en el Rey, y la clase noble también llamados Patricios. El derecho esta íntimamente ligado, incluso podría decirse que se encuentra subordinado a la religión, el Rey no creaba las leyes, están venían dadas por la costumbre. El Rey (Rex) concentraba todos los poderes (militar, político y religioso), además era Juez, un dictador, este Rey era elegido entre el pueblo como jefe de una gran familia política, en su ausencia los poderes administrativos era ejercidos por un delegado (Praefectos urbis), no existía sucesión dinástica, el Rey nombraba a su propio sucesor, de no hacerlo podía ser nombrado por un pontífice máximo, quién se dejaba llevar por los augurios, presagios y vuelos de aves, es decir en el pensamiento romano de esa época, el rey era elegido por la voluntad de los dioses.

8 Historia Política de Roma
La Monarquía: El Rey se sentaba en la llamada Silla Curul auxiliado por sus alguaciles, llamados lictores, y administraba justicia, algunos delitos como la insurrección y el asesinato tenían jueces especializados, la tortura solo era aplicable a los esclavos, la pena capital solo era aplicable a quienes alteren la paz pública y por otros delitos: como dar un testimonio falso (esta persona era arrojada desde una altura), robar (Se colgaba a los ladrones), o incendiar (a los incendiarios se les quemaba vivos), el ladrón podía pagar una reparación al agraviado, sino pagaba o no podía pagar, se convertía en esclavo del agraviado, en caso de lesiones de aplicaba el talión, es decir provocar el mismo daño al agresor. El Rey también tenía competencia para conocer los juicios civiles. Para el derecho romano la propiedad era transmisible por acto entre vivos o mortis causa, es decir a causa de la muerte, la herencia recaía en cada hijo por partes iguales, y una parte igual a la de cada hijo para la viuda, un hijo no podía ser desheredado arbitrariamente, por eso los testamentos se hacían con consentimiento del pueblo, la propiedad no estaba sujeta a más limitaciones que la servidumbre; en casos de deudas, la propiedad era entregada en prenda al acreedor, quién podía administrarla como propia, bajo la prohibición de enajenarla, vencido el plazo para la devolución del importe, si este era devuelto el acreedor debía devolver la propiedad, en caso contrario, adquiría la propiedad a plenitud.

9 Historia Política de Roma
Existía contratos de esponsales (Cuando un padre promete a su hija en matrimonio), en caso de incumplimiento, el padre pagaba una indemnización; la venta (mancipatio) se realiza con la entrega del bien y el precio pagado simultáneamente y ante testigos; los prestamos también se realizan ante testigos, con la obligación de devolver el capital más los intereses, si la deuda era con el estado y el deudor incumplía, sus bienes eran vendidos, si la deuda era con un particular, la reclamación debía ser examinada previamente; cada litigio exigía un deposito previo (sacramentum), que perdía la parte condenada, equivalente al 20% del valor del litigio. Si la parte perdedora no pagaba, se pasaba a la vía de ejecución, obligándosele a pagar, si persistía en su negativa de no pagar, se convertía en esclavo, el vencedor del juicio lo recibía en propiedad y podía matarlo, posteriormente la esclavitud dejó de ser apreciada como sanción y el deudor renuente a pagar, era encarcelado, el estado ejercía la tutela de los menores e incapaces.

10 Historia Política de Roma
Frente al rey, se erige la institución del senado, originariamente el senado estuvo compuesto por un consejo de ancianos que asesoraban al Rey, el senado era un órgano netamente consultivo, emanaba del pueblo, pues los senadores eran elegidos por las gens (Las gens, no son otra cosa que la agrupación de familias que provienen de un mismo tronco, de un mismo ascendiente común. La división de la población romana se hacía desde las gens, así 10 gens constituían una curia y 10 curias constituían una civitas-ciudad), bajo esas condiciones si bien no tenían autoridad en la toma de decisiones, era frecuente que el Rey tomará en cuenta sus propuestas, sobretodo en temas de tratados y de declaración de guerra. El senado es fundado por Rómulo con un numero de miembros, posteriormente este número aumentó hasta 300, en la época del rey Tarquino “El antiguo”.

11 Historia Política de Roma
A los primeros ciudadanos romanos se les llama Patricios, que bien son padres de familia (Pater familias), o bien son hijos del pater familias, los hijos no alcanzaban la condición de padres de familia hasta que el pater familias muriera, los hijos de los patricios al cumplir 17 años de edad, adquirían la condición de ciudadanos plenos, pero continuaban sujetos a la potestad del pater familias, hasta que este falleciera. Como ciudadanos y siendo la clase social más elevada, los patricios tenían derechos como el sufragio, podían desempeñar cargos políticos y/o religiosos, derechos civiles como tutela, patria potestad, sucesión; tenían derecho a casarse con otro miembro de las gens, tenían el derecho de contratación y el derecho de hacer testamento. A los sometidos a la potestad del pater familias, se les llamaba agnados. Conjuntamente con los ciudadanos plenos, también llamados patricios, convivían también los ciudadanos honorarios, personas invitadas de otras ciudades que renunciaban a su ciudadanía y aceptaban la ciudadanía honoraria romana, también estaban los clientes, que eran esclavos liberados por la voluntad de sus amos patricios, y que a pesar de su liberación, seguían permaneciendo vinculados a sus antiguos amos, quienes ejercían sobre éstos cierta tutela y proteccionismo paternalista, debiendo a éstos leatad y servicios, asimismo estaban los esclavos propiamente dichos, generalmente prisioneros de guerra.

12 Historia Política de Roma
La República (desde 510 a.C. hasta el 27 d.C, con la ascensión al poder de Octavio Augusto): Desaparecida la monarquía, es que el Poder de gobernar recayó en dos magistrados anuales, llamados Cónsules, elegidos en los comicios y que poseían iguales plenos poderes cada uno, estos Cónsules siempre eran patricios. Este periodo de magistratura era corto, luego de concluido, el cónsul volvía a ser ciudadano y estaba bajo la obediencia de los nuevos magistrados, eventualmente y en casos graves, como enfrentarse a su propia clase social, el cónsul podía ser sustituido aún antes de terminar su mandato, por un único magistrado, bajo el titulo de dictador. A diferencia del período monárquico donde el poder del Rey era absoluto y el Senado era simplemente un órgano consultivo, en la República, para brindarse más seguridad, se estableció que las decisiones de los cónsules debían ser refrendadas por el Senado, quiénes ejercían control sobre los tratados políticos, temas de administración, división de las tierras y en general de todos los actos que revestían importancia, teniendo control incluso sobre el tesoro público, que no podía ser tocado sin su consentimiento por el cónsul o por el dictador.

13 Historia Política de Roma
Se fue dando una transformación no solo política, sino también jurídica, antiguamente el Rey, que también era Juez, tenía la facultad de decidir a su libre discreción, en los delitos que conllevaban multas fuertes o penas corporales, si concedía al acusado el derecho de apelación, y el indulto; dada la Ley Valeria (Año 509 a.C.), los magistrados o cónsules, estaban obligados a conceder el derecho de apelación cuando se tratara de penas corporales o de la pena capital. En materia de comicios, se daban los llamados comicios centurianos, estas asambleas elegían a los magistrados, así como también las leyes, previa proposición del cónsul. Está época estuvo marcada, no sólo por la gran expansión territorial romana, sino también por las luchas de clases, principalmente entre patricios y plebeyos, los plebeyos fueron obteniendo los derechos de la ciudadanía, se les permitió asumir algunos cargos militares, incluso se les reservó algunos lugares en el Senado, aunque de manera secundaria, sin embargo existían aún diferencias, manteniéndose por ejemplo la prohibición de contraer matrimonio con los patricios.

14 Historia Política de Roma
Las amenazas de rebelión de los plebeyos y su lucha constante con los patricios, dio lugar a la creación del Tribunado del pueblo, al igual que los cónsules, los tribunos populares eran dos, elegidos por las curias, quiénes tenían la facultad de anular cualquier decisión de un magistrado romano, inclusive de los cónsules, siempre y cuando dicha decisión fuese perjudicial para un plebeyo, tenían asimismo facultades en materia de justicia criminal, pasando luego a dirigir las asambleas plebeyas. Entre las funciones del Tribunado: podían permitir sustraer del servicio militar a un plebeyo, podían impedir que un plebeyo fuese arrestado por deudas, podían demandar a cualquier ciudadano romano, inclusive a los propios cónsules. Este cargo también era anual y terminaba por lo general el 10 de diciembre, generalmente eran elegidos tribunos, los plebeyos ricos, posteriormente se incrementó el número de tribunos.

15 Historia Política de Roma
Después de un intento legislador, a propuesta del Tribuno Cayo Terentilio Arsa, con una comisión de cinco ciudadanos y del llamado Plesbicito Iciliano, las clases sociales, patricios y plebeyos, decidieron redactar un código de leyes, una embajada partió a Grecia, para informarse de las leyes de Solón y otras legislaciones helenas, al regreso de la embajada se nombran diez nobles, cuya misión era redactar las leyes de roma, y poner fin a los largos enfrentamientos entre las clases sociales patricios y plebeyos, regulando el acceso de éstos últimos nombrados a la ciudadanía. Se confió a las Decenviros la autoridad suprema en lugar de los cónsules, se suspendió el Tribunado, los Decenviros redactaron las leyes a las que quedaban sujetas las altas magistraturas romanas, las cuales fueron votadas y grabadas en diez tablas de bronce, clavadas en el forum, dos nuevos decenviros al siguiente año redactaron dos nuevas tablas complementarias, es así que surge la famosa ley de las doce tablas, que una especie de código o constitución legal romana. Posteriormente se provoca una rebelión militar y se restablece el Tribunado pero bajo otras prerrogativas, los cónsules estaban sujetos a la ley escrita, los tribunos no podían oponerse a las órdenes del dictador, el tribuno conservó su competencia para conocer sobre juicios cuya sanción fuese multa, sin embargo perdieron competencia para conocer juicios con penas capitales, todo magistrado romano, debía conceder el recurso de alzada como medida general.

16 Historia Política de Roma
Las cosas fueron cambiando también en el plano social, la ley Canuleya (Año 445 a.C.) permitió el matrimonio entre patricios y plebeyos, y los hijos nacidos de está unión, se situarían en la misma casta social de su padre, se permitió a los plebeyos ocupar cargos públicos. Posteriormente en el año 367 a.C. se dictan las leyes licinae-sextiae, en honor a los Tribunos Cayo Licinio y Lucio Sextio, estás leyes guardan importancia pues se entienden como aquellas que abolieron el patriciado, al establecer entre patricios y plebeyos casi idénticos derechos, los cónsules perdieron las funciones judiciales que pasaron a manos de un pretor, se determinó que uno de los cónsules debía ser un plebeyo y el otro un patricio, un plebeyo podía ser elegido sacerdote, un plebeyo podía pastar en los terrenos del Estado, un plebeyo podía ser elegido dictador, los plebeyos tuvieron acceso a la censura civil y a la pretura, el único privilegio conservado por los patricios era el voto en primer lugar en los comicios centuriados.

17 Historia Política de Roma
Antiguamente existió la prisión por deudas, en el año 320 a.C., la ley Poetilia, permitió a los deudores insolventes, renunciar a todas sus propiedades pero conservar su libertad, estableciéndose que la suerte de este deudor debía ser examinada por un Jurado. Esas no fueron las únicas innovaciones en materia jurídica, así entre otros cambios, si el padre efectuaba tres ventas sucesivas, sin efectuar ninguna compra, el hijo podría emanciparse de él, si este era su deseo; el matrimonio civil fue consagrado, estableciéndose un impuesto para los solteros, para las clases más bajas y para ciertos delitos menores se establecieron Tribunales especiales bajo el nombre de Triunviri, igualmente para las causas civiles menores se establecieron magistrados llamados Jueces menores. El consulado continuo perdiendo sus atribuciones, las tres funciones principales del Estado se dividieron en tres: un cónsul tenía el poder ejecutivo, otro tenía el poder militar y a un pretor se le asignó el poder judicial.

18 Historia Política de Roma
El Imperio (desde el 27 a.C. hasta el 476 en que cae el Imperio de Occidente): La Burocracia romana dio lugar al nacimiento de un tercer periodo conocido como el Imperio, durante este periodo se guardan las formas republicanas, pero despojadas de su sustancia. En el imperio, el Senado fue relegado a un cuerpo consultivo, que preparaba leyes y las promulgaba, para esta época su número era de 900 miembros. El emperador podía designar senadores, podía ser promovido a cuestor cualquiera que señalase el emperador, a través de estas designaciones directas y poder del emperador, entraron al senado gente de todo tipo, Calígula por ejemplo designó como cónsul a su caballo incitato. En el imperio se da una decadencia de los comicios, se perdió la facultad de elegir magistrados, facultad que pasó al Emperador y al Senado, el Emperador empezó a legislar por sí solo, y las leyes dejaron de ser consultadas en los comicios. A principios del Siglo III, los comicios dejaron de celebrarse formalmente.

19 Historia Política de Roma
Los poderes consulares pasaron al emperador, que tenían gobiernos dictatoriales, los pretores conservaron sus funciones, los censores también conservaron sus funciones, el prefecto de la urbe, asumió funciones de coadyuva al emperador, como responder ante las quejas de los súbditos, se crearon diversas magistraturas de ediles y los tribunos quienes asumieron funciones municipales de administración de Roma. La justicia romana se canalizaba a través de la Jurisdicción ordinaria (ordo judiciorum), para casos civiles y algunos criminales, los pretores romanos instruían el proceso y un Juez, llamado iudex, decidía. Los pretores definían el punto del derecho (ius), pero su aplicación correspondía a otro ciudadano (judicium, jueces), un magistrado especial de Policía llamado edil, tenía potestad sobre los juicios relativos a compras y ventas en mercados públicos, para las clases más bajas y para delitos menores, existían los Triunviri o Jueces Nocturnos, para causas civiles menores existían los llamados Jueces menores, asimismo para la clase baja se establecieron juicios más cortos.

20 Historia Política de Roma
Adriano nombró a cuatro Jueces Supremos que estaban por encima de los Jueces Locales, Antonio Pío desapareció a estos jueces y luego fueron nuevamente instaurados por Marco Aurelio. Para casos complejos, existía el procedimiento ordinario, seguido en ciertas causas civiles y criminales de importancia, en los cuales en vez de decidir el litigio un iudex o Juez, decidía un Jurado. Este procedimiento era aplicado para casos especiales, como corrupción en el ámbito electoral, asesinato y otros crímenes considerados como graves. Existieron también otros tribunales como el tribunal de la lanza, que le competía procesos donde se trataba temas referidos a la propiedad, los ducenarios, instaurados por Augusto para conocer casos de complejidad media. En caso de faltas de pruebas en un juicio, ganaba quien era considerado más honrado, y si ambos tenían una consideración semejante, ganaba el acusado; el número de los abogados estaba limitado, así como el tiempo de los discursos en el juicio, los honorarios de los abogados limitados a 100 piezas de oro, fueron libres en el gobierno de Nerón, quién declaró la gratuidad de la justicia.

21 Historia Política de Roma
Estaba presente el talión, el ladrón podría librarse de la cárcel pagando el doble de lo robado, el adulterio y el divorcio en algunos casos eran tratados con rigor y en otros fueron tolerados, la mujer podía disponer de sus bienes, en el gobierno de Claudio se libró de la tutela del pater familias, el consentimiento popular para los testamentos había desparecido, se estableció una legítima fija consistente en una cuarta parte de los bienes, cuando moría un mujer le heredaban sus hijos, antiguamente heredaban sus hermanos varones o parientes cercanos de sexo masculino. El derecho romano continua en oriente que perdura hasta la conquista de Constantinopla por los turcos en el 1456 y alcanzará su máximo esplendor con el emperador Justiniano, que concibió el propósito de restaurar el imperio para lo que ser sirvió de las victorias militares (de Belisario y Narces) y de la unidad de las leyes. Realizó una magna compilación del Hábeas Iuris que reunió los iura, obras de los juristas clásicos y las Leges o constituciones imperiales.

22 Glosario de Derecho Romano
Ius:  La palabra ius significa “derecho”, para los romanos era un conjunto de reglas fijadas por la autoridad, y a las cuales los ciudadanos estaban obligados a obedecer, esta palabra también guarda relación con el término justicia, Ulpiano lo definió como “el arte de lo que es bueno y de lo que es equitativo”. Fas:  Fas es la condición divina de la licitud de una conducta, en sus inicios el derecho romano guardaba estrecha ligazón con la religión, la diferencia entre jus y fas, radica en que Fas era considerado como el derecho divino, mientras que Ius era considerado como el derecho humano, Fas es todo aquello que es correcto moralmente y Ius es todo aquello que es correcto jurídicamente.

23 Glosario de Derecho Romano
Justicia: Justitia para lo romanos, o justicia, es una cualidad del hombre justo, una virtud del espíritu, Ulpiano la define como: “la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo”, para ser justo, se necesita conformar su conducta al derecho sin rebeldía, derecho y justicia no son lo mismo, el derecho es simplemente el camino para alcanzar la justicia. Jurisprudencia: Jurisprudentia para los romanos, Ulpiano la define como: “El conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de lo justo y de los injusto”. Como se ve, lo romanos concebían a la jurisprudencia desde un unto de vista religioso, místico, por eso la conceptuaban como el conocimiento de las cosas divinas, en la actualidad, es más frecuente brindarle otra significación, pues entendemos como jurisprudencia al hábito de los tribunales de juzgar en un sentido u en otro, las cuestiones que son sometidas a su conocimiento.

24 Glosario de Derecho Romano
Ius Civile: El ius civile en oposición al jus Pentium o jus naturale, se entiende como aquellas reglas de derecho especiales de cada pueblo, de cada Estado. Lo que forma la singularidad de cada legislación, es decir, las instituciones propias de los ciudadanos romanos, excluyéndose a los extranjeros. Ius Gentium: Conocido como el derecho de gentes, comprende las instituciones del derecho romano en la que pueden participar los extranjeros, no es otra cosa que el conjunto de reglas aplicadas a todos los pueblos, sin distinción y sin nacionalidad.

25 Glosario de Derecho Romano
Ius publicum: No viene a ser otra cosa que el conjunto de leyes públicas dadas por la autoridad romana, es el derecho del Estado, el derecho emanado de los Órganos estatales. Ius Honorarium: Es definido como el derecho que crea el pretor para corregir y completar el ius civile, fue creado a base de edictos, que no eran otra cosa que directrices a seguir en el ampo gubernativo y judicial.


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