La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, ESTADO DE VERACRUZ (CLAVE: 3011)

Presentaciones similares


Presentación del tema: "ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, ESTADO DE VERACRUZ (CLAVE: 3011)"— Transcripción de la presentación:

1 ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, ESTADO DE VERACRUZ (CLAVE: 3011)
SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, ESTADO DE VERACRUZ (CLAVE: 3011) Palacio Municipal Soteapan, Ver. Tatahuicapán de Juárez, Ver. Playas de Pajapan, Ver. Hueyapan de Ocampo, Ver. Ayuntamiento de Acayucan, Ver. Iglesia San Martín Obispo, Acayucan Ver.

2 LOCALIZACIÓN DEL ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
VERTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUNDOS 1 94 54 5.9 18 32 55.4 DEL 1 AL 2 POR LA LINEA DE BAJAMAR A LO LARGO DE LA COSTA 2 34 58.8 10 55.2 3 35 10.4 7 15.0 4 36 0.6 6 1.2 5 38 59.9 48.7 41 6.7 49.6 45 55.6 40.9 8 47 54.3 20.0 9 52 36.9 46.2 53 19.6 17 58 3.6 11 50 25.7 55 37.4 12 49 15.6 23.0 13 51 41.2 14 59 17.5 57.7 15 95 56.5 33.7 16 31.0 22.8 31.4 49.7 32.5 49.2 19 22 50.3 20 25 48.2 9.4 DEL 20 AL 1 POR EL LIMITE MUNICIPAL Límites publicados en el DOF el 28-agosto-2009 (Extensión: 2,995 km2 )

3 MUNICIPIOS EN ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
Superficie total (km2) superficie al interior del acuífero (km2) Acayucan 654 550 Chinameca 174 70 Coatzacoalcos 311 30.1 Hueyapan de Ocampo 707 Isla 925 7.2 Jáltipan 316 1.2 Juan Rodríguez Clara 990 9.2 Mecayapan 434 Oluta 78 60 Pajapan 306 279 San Juan Evangelista 969 26.1 Sayula de Alemán 640 15 Soconusco 95 51 Soteapan 528 Texistepec 615 19.2 Tatahuicapan de Juárez 208 TOTAL 2,995 El acuífero Soteapan-Hueyapan, definido con la clave de 3011 en el Sistema de Información Geográfica para el Manejo de las Aguas Subterráneas (SIGMAS) de la CONAGUA, se localiza en la porción sureste del Estado de Veracruz. Colinda al norte con el acuífero Sierra de San Andrés Tuxtla, al suroeste con Cuenca Río Papaloapan y al sureste con el acuífero Costera de Coatzacoalcos, todos ellos del Estado de Veracruz. Al este limita con el Golfo de México

4 Distribución de la población urbana y rural, EN EL Acuífero SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
Localidad Población total Población femenina Población masculina Rural 101,880 50,649 49,115 Urbana 136,961 71,131 65,830 Total 238,841 121,780 114,945 *La sumatoria de la población femenina y masculina no coincide con el total debido a que muchas localidades, por ser una población muy pequeña, se consideran datos confidenciales, según INEGI.

5 CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS, SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
El clima es desde Cálido húmedo-subhúmedo. La temperatura media anual es de 25.2°C. La precipitación total anual es de 1,581.5 mm. La evaporación potencial media anual es de 1,465 mm. 44% Aw2 21% Am(f) 17% Af(m) 10% Am Temperatura media anual en el área del acuífero Soteapan-Hueyapan = 25.2°C Precipitación media anual en el área del acuífero Soteapan-Hueyapan = 1,581.5 mm Distribución del clima en el área del acuífero.

6 GEOLOGÍA EN EL ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
El Acuífero Soteapan-Hueyapan al igual que el Acuífero Sierra de San Andrés Tuxtla se encuentra dentro de una región que se encuentra gobernada por un pequeño campo volcánico, cuya actividad generó grandes volúmenes de rocas de composición básica a intermedia en donde la actividad fue tanto efusiva como explosiva.

7 HIDROLOGÍA SUPERFICIAL, ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
El acuífero de Soteapan - Hueyapan se localiza en el 61 por ciento dentro de la región hidrológica número 28 “Papaloapan” y el 39 por ciento restante dentro de la región hidrológica número 27 ”Norte de Veracruz”. El acuífero se ubica en parte de las cuencas: Río San Juan, Río Huazuntlán, Llanuras del Papaloapan, Llanuras de Coatzacoalcos y Bajo Río Coatzacoalcos. La red hidrográfica la constituye 8 cauces principales, Río San Juan seco, Río Hueyapan, Río Michipan, Río Texzapán, Río Jalapa, Río Ozolapa, Río Tepazulapa y el Río Tetahicapan. El Río San Juan Seco entra a la zona de estudio por la parte noreste, siguiendo una trayectoria preferencial hacia oeste por 19 kilómetros hasta juntarse con el Río Hueyapan, el cual sigue una trayectoria preferencial del noreste al Oeste hasta salir de la zona de estudio. Por la parte central nace el Río Michipan con una dirección preferencial al sudsudoeste y cambiando de nombre al Río Julapa hasta salir de la zona de estudio. De la misma zona montañosa nace el Río Tepazulapa y el Texzapan que de forma casi paralela siguen una trayectoria hacia el sudeste del acuífero los cuales cambian de nombre al Río Ozolapa y Río Tetahicapan respectivamente, esto siguiendo la misma trayectoria salen de la zona de estudio.

8 PROFUNDIDAD AL NIVEL ESTÁTICO (2014)
En la configuración de profundidad al nivel estático para el 2014 se observa que los valores varían desde algunos metros, que se registran en las riberas de los Ríos San Juan y Hueyapan y en la planicie costera; hasta 65 m, aumentando gradualmente de la zona costera y de las inmediaciones de las corrientes superficiales, hacia las estribaciones de las sierras que lo delimitan, conforme se asciende topográficamente. Los valores más someros, menores de 12 m, se registran principalmente en la zona aledaña al Río San Juan y en la zona comprendida entre Acayucan y la Laguna El Ostión. Los niveles más profundos, de 30 a 65 m, se presentan en la porción central del acuífero, al sur de Hueyapan de Ocampo, en los alrededores de Corral Nuevo y Esperanza Malota.

9 ELEVACIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO EN m.s.n.m. (2014)
Con respecto a la configuración de elevación del nivel estático para el año 2014, se registran valores de carga hidráulica que varían entre 6 y 223 msnm, que se incrementan de la porción central del acuífero hacia el sur y sureste, de manera paralela a la dirección de escurrimiento de los ríos, con un gradiente hidráulico promedio que varía de 0.01 a 0.026, mostrando el reflejo de la topografía, al igual que los valores de profundidad, lo que indica que el flujo subterráneo no muestra alteraciones o distorsiones causadas por la concentración de pozos o del bombeo, debido a que su valor más conservador de recarga es muy superior al de su extracción. Las líneas equipotenciales con valores de elevación más altos bajos, de 6 a 12 msnm, se presentan en las inmediaciones del Río San Juan, que se incrementan hasta 30 msnm en el área comprendida entre Acayucan y Chinameca; los valores más altos se registraron al norte del poblado Morelos.

10 EVOLUCIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO (2011-2014), m.
La evolución del nivel estático no registra cambios importantes en su posición en la mayor parte de su superficie, sólo presenta cambios estacionales naturales ocasionados por la alternancia de las temporadas de estiaje y lluvias. Las escasas mediciones piezométricas recabadas se encuentran dispersas en tiempo y espacio, no cubren en su totalidad la extensión superficial del acuífero y solo muestran variaciones locales heterogéneas.

11 EXTRACCIÓN POR TIPO DE APROVECHAMIENTO EN EL ACUÍFERO
SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011) En el acuífero de Soteapan-Hueyapan según datos del REPDA del 30 de Septiembre de 2014, existen 901 aprovechamientos, de los cuales 861 son norias y 40 son pozos. En conjunto están extrayendo un volumen de hm3 al año.

12 EXTRACCIÓN Y USO DEL AGUA SUBTERRÁNEA,
POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014) Uso Noria (m³) Pozo (m³) Volumen Total (m³) % del Vol. Extraído Publico Urbano 613,633.68 803,748.50 1,417,382.18 19.90 Pecuario 0.00 3,784.32 0.05 Agrícola 21,168.00 5,541,016.40 5,562,184.40 78.09 Servicios 300.00 85,594.00 85,894.00 1.21 Industrial 53,635.03 0.75 Total 635,101.68 6,487,778.25 7,122,879.93 100

13 ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año)
ACTUALIZACIÓN DEL BALANCE DE AGUA SUBTERRÁNEA, SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011) ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) Entrada por flujo subterráneo 133.9 Salida por flujo subterráneo 27.3 Recarga vertical natural 11.7 Extracción 4.5 Manantiales Evapotranspiración 113.8 Recarga total 145.6 Salidas del área de balance Cambio de almacenamiento

14 DISPONIBILIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011), 2014 (en hm3 anuales)
Disponibilidad media anual de agua subterránea Recarga total media anual = - Descarga natural comprometida Volumen concesionado e inscrito en el REPDA CLAVE ACUÍFERO Estado R DNCOM VCAS DAS CANTIDADES EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES 3011 SOTEAPAN-HUEYAPAN Veracruz 145.6 84.2 R: Recarga media anual DNCOM: Descarga natural comprometida VCAS: Volumen concesionado de agua subterránea DAS: Disponibilidad media anual de agua subterránea La terminología anotada corresponde a la contenidas en los numerales 3 y 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-200. Disponibilidad, con fecha de corte al 30 de junio de Determinada conforme al método establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. El volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero Soteapan Hueyapan en condiciones sustentables es de millones de metros cúbicos anuales, cifra que se obtiene de restar al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero la descarga natural comprometida.

15 VEDAS VIGENTES DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
Que en el acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se encuentran vigentes los siguientes instrumentos jurídicos: Que el 6 de agosto de 1973, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO de veda que declara de utilidad pública el establecimiento del Distrito de Acuacultura Número Dos Cuenca del Papaloapan para preservar, fomentar y explotar las especies acuáticas, animales y vegetales, así como para facilitar la producción de sales y minerales; Que el 30 de noviembre de 1976, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO que declara de interés público la conservación de los mantos acuíferos del ordenamiento denominado "Cuenca Río Coatzacoalcos, Acuíferos Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave”; Que el 5 de abril de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, el cual comprende la porción no vedada por los Decretos referidos en el inciso a) y b) del acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011; en la cual se prohíbe la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales del subsuelo, así como el incremento de los volúmenes autorizados o registrados, sin contar con concesión, asignación o autorización emitidos por la Comisión Nacional del Agua, hasta en tanto se emita el instrumento jurídico que permita realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo;

16 PROBLEMÁTICA, ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
RIESGO DE SOBREEXPLOTACIÓN: Con información publicada en documento de disponibilidad el acuífero Soteapan-Hueyapan, el 20 de abril del 2015 la descarga natural comprometida es de 84.2 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en millones de metros cúbicos anuales; lo que lleva a una disponibilidad de millones de metros cúbicos , por lo cual no se halla sobreexplotado. En caso de que en el futuro se establezcan en la superficie del acuífero grupos con ambiciosos proyectos agrícolas o industriales y de otras actividades productivas que requieran gran cantidad de agua, como ha ocurrido en otras regiones, demanden mayores volúmenes de agua que la recarga que recibe el acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, podría originar un desequilibrio en la relación recarga-extracción y causar sobreexplotación del recurso. Actualmente, aun con la existencia de los instrumentos referidos en el presente, en el acuífero Soteapan-Hueyapan, clave 3011, existe el riesgo de que el incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la sobreexplotación, tales como la profundización de los niveles de extracción, la inutilización de pozos, el incremento de los costos de bombeo, la disminución e incluso desaparición de los manantiales, del caudal base, salidas subterráneas y evapotranspiración, con la consecuente afectación a los ecosistemas, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario prevenir la sobreexplotación, proteger al acuífero de un desequilibrio hídrico y deterioro ambiental que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región.

17 PROBLEMÁTICA , SOTEAPAN-HUEYAPAN (3011)
RIESGO DE CONTAMINACIÓN Y DETERIORO DE LA CALIDAD DEL AGUA SUBTERRÁNEA. En términos generales se puede hablar que en el acuífero Soteapan-Hueyapan no existe aún un grado de contaminación importante, de los análisis in situ que se realizaron, solamente uno sobrepasó la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre del 2000, la concentración de Sólidos Totales Disueltos (STD) presenta valores que varían de 10 a 1030 ppm; este valor arriba de mil se ubica en el pozo de agua potable de la comunidad La Gloria. En el acuífero, existe el riesgo de contaminación por las fuentes potenciales, principalmente por las actividades agrícolas que usan fertilizantes y agroquímicos, en menor proporción por la descarga de aguas residuales sin tratamiento y por la falta de sistemas de alcantarillado, así como por la presencia de basureros y gasolineras. Adicionalmente, al ser un acuífero costero, existe el riesgo potencial de que la intrusión marina incremente la salinidad del agua subterránea en la zona cercana al litoral y próxima a la interfase salina, en caso de que la extracción intensiva del agua subterránea provoque abatimientos tales, que ocasionen la modificación e inversión de la dirección del flujo de agua subterránea, y consecuentemente el agua marina pudiera migrar hacia las zonas de agua dulce.

18 CONCLUSIONES En el acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, existe disponibilidad media anual de agua subterránea para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero deberá estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir la sobreexplotación del acuífero. El incremento de la extracción del agua del subsuelo hace indispensable controlar la extracción en el acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, para prevenir el deterioro de la calidad del agua subterránea, por efecto de la intrusión marina. El acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos referidos en el presente. Dichos instrumentos han permitido prevenir los efectos de la explotación intensiva, sin embargo aún persiste el riesgo de que la extracción supere la capacidad de renovación del acuífero, con el consecuente abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la desaparición o disminución del caudal de los manantiales y del caudal base de los ríos, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente.

19 CONCLUSIONES El Acuerdo General de suspensión del libre alumbramiento, establece que estará vigente en la porción no vedada del acuífero, hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011. En la interpretación de las secciones del subsuelo se infiere que las heterogeneidades (zonas De los resultados expuestos, en el acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración del acuífero, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez del recurso, al control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero, causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad del acuífero, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello un registro de todos los concesionarios y asignatarios del acuífero.

20 RECOMENDACIONES Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, la veda establecida mediante el Decreto denominado “Distrito de Acuacultura Número Dos Cuenca del Papaloapan”, para preservar, fomentar y explotar las especies acuáticas, animales y vegetales, así como para facilitar la producción de sales y minerales”, publicado el 6 de agosto de 1973. Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, la veda establecida mediante el Decreto denominado "Cuenca Río Coatzacoalcos, Acuíferos Estado de Veracruz”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 1976. Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Sotepan Hueyapan, clave 3011, y que en dicho acuífero quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. Una vez establecido el ordenamiento correspondiente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto establezca la Comisión Nacional del Agua.


Descargar ppt "ACUÍFERO SOTEAPAN-HUEYAPAN, ESTADO DE VERACRUZ (CLAVE: 3011)"

Presentaciones similares


Anuncios Google