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EL AREA JURISDICCIONAL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN Y LA ORGANIZACIÓN POLITICA ADMINISTRATIVA DE LA PROVINCIA Tema de la Unidad I del programa.

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1 EL AREA JURISDICCIONAL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN Y LA ORGANIZACIÓN POLITICA ADMINISTRATIVA DE LA PROVINCIA Tema de la Unidad I del programa. Docente Dra. Ana Isabel Rivas

2 ¿HASTA DONDE SE EXTENDIA EL AREA JURISDICCIONAL DE LA CIUDAD?

3 CURATOS: Organización en doctrinas que cubrían extensiones variadas dentro del ámbito rural. El interés por la evangelización de todos los habitantes motivó la creación de parroquias rurales a cargo del clero, cuya denominación genérica fue curatos (su origen se relaciona con la fundación de las reducciones)

4 Pérdida territorial y cambio de denominación de los curatos o doctrinas … El centro y sur son las zonas de mayor antigüedad en la ocupación y organización del espacio por parte de los españoles…. Se advierte que a pesar de los agregados y disminuciones que sufriera la primera provincia pasados los Andes mantuvo su carácter original hasta nuestros días.

5 SE HAN ENSAYADO MUCHAS EXPLICACIONES, POÉTICAS… PERO NO COINCIDENTES. SIN EMBARGO, LA MAYORÍA DE LOS ESTUDIOS CONCUERDAN EN QUE ES INDUDABLE PROCEDENCIA INDÍGENA DE VOCABLO. (ver dossier)

6 Hasta fines del siglo XVII el área jurisdiccional se extiende sobre 6 partidos o curatos más un curato rectoral o capital. En éste se localiza la ciudad de SMT ya trasladada.

7 A fines de 1823, el cabildo reconoce dos secciones para el departamento de Río Chico: una sección que iba desde el Río Marapa hasta la Jurisdicción de Chiquiligasta; la segunda desde Marapa hacia el sur (ésta sería el origen del futuro departamento de Graneros). En 1826 la sala de Representantes autoriza la división del Departamento Río Chico, pero recién en 1832 aparece ya como Departamento Graneros. Es así que en 1832 figuraban ya como departamentos políticos de la campaña: Graneros, Río Chico, Chiquililgasta, Los Monteros, Los Leales, Trancas y Burruyacu más el Departamento Capital (ocho en total). A fines de 1823, el cabildo reconoce dos secciones para el departamento de Río Chico: una sección que iba desde el Río Marapa hasta la Jurisdicción de Chiquiligasta; la segunda desde Marapa hacia el sur (ésta sería el origen del futuro departamento de Graneros). En 1826 la sala de Representantes autoriza la división del Departamento Río Chico, pero recién en 1832 aparece ya como Departamento Graneros. Es así que en 1832 figuraban ya como departamentos políticos de la campaña: Graneros, Río Chico, Chiquililgasta, Los Monteros, Los Leales, Trancas y Burruyacu más el Departamento Capital (ocho en total).

8 A fines de 1832 el Departamento Monteros aparece dividido en dos secciones, una desde el Río Aranilla hacia el Norte (zona del futuro departamento de Famaillá,) y otra desde éste hacia el Sur (hasta la jurisdicción de Chiquiligasta). Recién en 1843 aparece ya representado en la nueva legislatura, el Departamento Famaillá, que debió ser creado en 1841-42 (como división del de Monteros) Cambio de denominación

9 El extenso Departamento Capital llagaba por el Norte hasta Tapia. En 1888 el Gobernador Lídoro Quinteros remite a la legislatura el proyecto de Ley para su división, puesto que en su mensaje de 1888 ya hiciera notar esa necesidad, creando en él otro dos más, uno al Este desde el Río Salí hasta lindar con Santiago del Estero y el otro al Oeste, desde el ojo de Agua hasta Catamarca. De esta manera se sancionó la Ley que deja al Departamento Capital reducido hasta casi sus límites actuales y se crean los departamentos: Cruz Alta, y Tafí (demarcaciones conocidas recién hacia fines de 1980). En 1888 termina el proceso de creación de los 11 departamentos, que constituyeron la moderna Provincia de Tucumán hasta diciembre de 1980. ¿cómo se configuró su territorio administrativo y se determinó sus limites?

10 Las ciudades coloniales, núcleos centrales con su jurisdicción o campaña, dividida en distritos y curatos fueron el origen y el fundamento de las provincias que se formaran más tarde. La imprecisión de su extensión jurisdiccional junto con la desaparición de algunas de las ciudades, y su respectiva campaña, trajeron numerosos problemas de límites que perduran hasta mediados del siglo XX.

11 El territorio tucumano y su cambio en la división administrativa Ley Nº 4518 en 1976 Circunscripciones Administrativas (16) Municipalidad cabecera y comunas rurales dependientes (Ley de Municipios y Comunas rurales Nº 4671). El Intendente es a la vez Delegado del Poder Ejecutivo con respecto a la Circunscripción (Intendente Delegado). Esta ley no indica la superficie que abarcaba cada Circunscripción. La Dirección de Estadística de la Provincia en base a la cartografía del Censo Nacional Económico de 1974 estableció los límites jurisdiccionales.

12 En 1978 se crea la Circunscripción de Yerba Buena Los departamentos existentes (11) existen a los fines censales, jurídicos e impositivos y no tienen designada una cabecera aunque de hecho se reconocían a las localidades más importantes por sus funcionalidades y se localizaban dentro de su área: por ej. Villa de Burruyacu, Leales, Trancas. Asimismo, en esos años se dictaron una serie de leyes por las cuales se crearon nuevas Comunas Rurales

13 NUEVA DIVISION POLITICA ADMISNTRATIVA DE LA PROVINCIA 4 de dic. de 1980 el Gobernador Montiel Frozano suscribe la Ley Nº 5231 en la que se determina la nueva división política administrativa de la provincia.: Las Circunscripciones pasan a llamarse Departamentos y los Intendentes Delegados se llamaran Intendentes (titular del Poder Ejecutivo de cada municipio). De esta manera se constituye un mapa administrativo compuesto por 17 Departamentos.

14 ASPECTOS A DESTACAR DE ESTA NUEVA DIVISION Los nombres y límites de los Departamentos según esta ley serán fijados por las leyes 4518 (Anexo 1) y Nº 5034 y tendrán vigencia hasta que se ratifique por ley la adecuación de dichos límites a los accidentes naturales y materiales y puntos trigonométricos fijados en la provincia. LEY Nº 7350 De Comunas Rurales (2007): reemplazase en las Leyes Nº 5.637 y Nº 5.638 la expresión "Dirección General de Comunas Rurales" por "Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales".

15 Los territorios sin Jurisdicción: En 8 de los 17 dptos de la prov. hay territorios que no tienen jurisdicción, según relevamiento la extensión que tiene esta área supera los 900 km² y se estima que viven allí más de 6000 personas. No tributan tasas municipales, no reciben servicios, pero si las comunas rurales deben acondicionar los caminos aunque se trate de territorios que nos estén bajo su jurisdicción. ¿Cómo se los define? Desde el punto de vista administrativo, son áreas de vacancias, son espacios intersticiales entre jurisdicciones y constituye un fenómeno que no está concentrado en un solo lugar sino disperso. ¿Cuáles son las causas de su existencia? Los cambios que sufrió la división política del territorio provincial. Otra razón es la reducción modificación de los límites de los municipios en 1991 La división administrativa esta centrada en criterios arbitrarios no guardan relación con factores climáticos ambiéntales humanos etc.

16 Posición céntrica dentro de la región del NOA, verdadero umbral que comunica el ambiente chaqueño con el de sierras del oeste y norte, es decir hacia las sierras y valles catamarqueños y la zona serrana de Salta y Jujuy, verdadera zona de contacto e intercambio poblacional. Considerando los límites definitivos sus puntos extremos son: Al Norte: curva del río Tala, cerca el EL BRETE a los 26º 00’20’’ Lat sur Al Sur: río Huacra o San Francisco, cerca de Rumi Punco a los 28º 00’ 49’’Lat Sur Al Este Mojón del Medio, cerca de 7 de Abril a los 64º 28’ 34’’ Log W Al Oeste en la Sierra del Cajón o quilmas a los 66º 09’ 30’’ Long W Distancia en grado de norte a sur entre los paralelos extremos es 1º 56’ 29’’ eso equivale a 216 km en línea recta, en cambio de este a oeste la distancia recta esta a la latitud aproximada de EL Cadillal es decir de unos 165 km sobre el paralelo de 26º 36’. POSICION GEOGRAFICA


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