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Unidad 11: La Administración Pública y los ciudadanos

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Presentación del tema: "Unidad 11: La Administración Pública y los ciudadanos"— Transcripción de la presentación:

1 Unidad 11: La Administración Pública y los ciudadanos

2 1. El personal de las Administraciones Públicas
Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales. Se clasifican en cuatro categorías: funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual

3 Funcionarios de carrera: son los empleados públicos que, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente Funcionarios interinos: los que por razones de necesidad y urgencia son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de los funcionarios de carrera, en casos como: - existencia de plazas vacantes - sustitución transitoria de los titulares - ejecución de programas de carácter temporal - exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses en un período de doce meses

4 Personal laboral: el que en virtud de un contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades vigentes, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. Puede ser fijo, por tiempo indefinido o temporal, y se regirá por el Estatuto de los Trabajadores Personal eventual: el que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, solo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial

5 1.1.El acceso a la función pública
Cuando la Administración pública precisa de recursos humanos que no pueden ser cubiertos con el personal existente, procede a seleccionar su personal, ya sea funcionario o laboral, de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través de sistemas en los que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. La ley obliga, una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado, a que la citada oferta de empleo de personal al servicio de la Administración del Estado se publique anualmente, dentro del primer trimestre de cada año natural, y a convocar las pruebas selectivas de acceso para las plazas vacantes, indicando el calendario para la realización de las pruebas

6 Todos los procedimientos de selección y acceso de personal, funcionario o laboral, se realizan mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de oposición, concurso-oposición y, excepcionalmente, el de concurso: Oposición: se valoran los resultados de una serie de pruebas de selección, en función de las cuales los candidatos quedan clasificados según las aptitudes obtenidas Concurso: se valora la adecuación de los méritos de los candidatos a un perfil preestablecido Concurso oposición: se aplican las dos formas anteriores, es decir, se valora tanto la aptitud de los candidatos según los resultados de las pruebas de selección, como la adecuación de sus méritos aun perfil establecido previamente

7 1.2. Requisitos mínimos para participar en las pruebas selectivas.
Tener la nacionalidad española No padecer enfermedad o defecto físico para el desempeño de las funciones Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación No haber sido separado mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para ejercer funciones públicas Tener el título exigido o estar en condiciones de obtenerlo

8 1.3. Contenidos mínimos y presentación de solicitudes
Las convocatorias y sus bases se publicarán en el BOE, y deben contener: número de plazas convocadas, dónde dirigir las solicitudes, requisitos de los aspirantes, calendario de las pruebas, programa de las pruebas,…. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente de su publicación en el BOE. Transcurrido este plazo, y en un mes como máximo la autoridad competente publicará la lista de admitidos y excluidos, indicando el plazo para la subsanación. Las pruebas sucesivas se anunciarán con un mínimo de 12 horas (si se trata del mismo ejercicio) o 24 horas (si es un ejercicio diferente). Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente debe haber un mínimo de 48 horas y un máximo de 20 días

9 2. Los fedatarios públicos
Los notarios y registradores son funcionarios públicos pero con características especiales pues funcionan como profesionales liberales y no cobran de la Administración. El importe de sus servicios está fijado por ley. Funciones de los notarios: dar fe pública de los hechos o actos jurídicos ocurridos en su presencia Funciones de los registradores: Calificar la legalidad del documento, es decir, si el documento reviste la forma adecuada para la inscripción. Calificar la capacidad y legitimación del que otorga el documento, es decir, que el que firma sea la persona que tenga capacidad legal para firmar Calificar la validez del contenido, que el acuerdo adoptado sea válido

10 3. El acto administrativo
El acto administrativo es una disposición de un órgano de una Administración Pública mediante la cual expresa su voluntad, en virtud de su potestad administrativa y cumpliendo la normativa vigente, que es el Derecho Administrativo. El Derecho Administrativo es la rama del Derecho que regula las actuaciones de las Administraciones Públicas.

11 Requisitos del acto administrativo
Los actos administrativos, dictados por las Administraciones Públicas, ya sean de oficio o a instancias de parte, se producirán por el órgano competente ajustándose al procedimiento establecido Deben ser motivados, con una breve referencia a los hechos y fundamentos de derecho establecidos en el artículo 54 de la LRJ –PAC. La Administración detalla los motivos por los que lleva a tomar esa decisión Se producirá por escrito a menos que su naturaleza exija o permita otra forma más adecuada

12 Tipos de actos administrativos
Los actos administrativos dictados por los órganos de una Administración Pública se pueden clasificar según una variedad de criterios, que muestran una tipología amplia ATENDIENDO A LOS EFECTOS SOBRE LOS ADMINISTRADOS Actos favorables: amplían las posibilidades jurídicas del administrado. -Admisiones -Concesiones -Autorizaciones -Aprobaciones -Dispensas Actos desfavorables o de gravamen: restringen las posibilidades jurídicas del administrado: -Actos de sanción -Expropiaciones -Órdenes preceptivas -Prohibiciones

13 SEGÚN SE MANIFIESTEN FORMALMENTE POR ESCRITO O SEAN CONSECUENCIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Actos expresos: los que se manifiestan comunicándolos al interesado formalmente, generalmente mediante una notificación por escrito Actos presuntos: aquellos en los que la Administración no toma ninguna iniciativa, sino que deja que se aplique el denominado silencio administrativo, por el cual el acto se aplica si pasado un determinado plazo la Administración no lo comunica formalmente al interesado

14 SEGÚN LOS ÓRGANOS QUE INTERVENGAN
Actos simples: cuando provienen de un solo órgano de la Administración Actos complejos: cuando provienen de más de un órgano de la Administración SEGÚN LA FASE DEL PROCEDIMIENTO EN QUE SE PRODUCEN Actos definitivos: los que finalizan un procedimiento administrativo Actos de trámite: aquellos que se tienen que realizar para el desarrollo de un procedimiento administrativo SEGÚN EL NÚMERO DE CIUDADANOS AFECTADOS Actos de carácter singular: cuando afectan a un solo ciudadano, como conocido y localizable Actos de carácter general (o plural): cuando afectan a un grupo de ciudadanos

15 Validez o invalidez de los actos administrativos
No todos los actos administrativos son adecuados o se desarrollan atendiendo a la ley, por esta razón en la propia ley se establece una gradación de niveles de invalidez, según su nivel de incumplimiento o defecto. Los grados de invalidez son: Nulidad de pleno derecho, (según el art. 62 de la LRJ-PAC): -Lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional - Sean dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de materia o territorio - Tengan contenido imposible - Sean constitutivos de infracción penal - Sean dictados prescindiendo del procedimiento legalmente establecido   Estos actos carecen de efectos, la nulidad se invoca en cualquier momento o persona interesada y no puede convalidarse.  Anulabilidad: son anulables los actos que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico. El acto anulable produce efectos mientras no sea expresamente anulado, solo los interesados pueden alegarla

16 4. El procedimiento administrativo
Es aquel procedimiento que tiene como finalidad la emisión de un acto administrativo, o su desarrollo o ejecución, y que consta de un conjunto de fases definidas por la ley, que constituyen una garantía para el cumplimiento de los derechos del ciudadano. El interesado, ciudadano o administrado, es aquella persona (física o jurídica) que tiene un interés en un procedimiento administrativo por diversos motivos: Es la persona que lo promueve como titular de un derecho o interés legítimo Es la persona que tiene unos derechos que pueden verse afectados por la resolución de un procedimiento, aunque no lo promueva Es la persona titular de intereses legítimos, susceptibles de verse afectados por la resolución del procedimiento, que decide personarse como parte afectada

17 4.1. Las fases del procedimiento administrativo
Las fases del procedimiento administrativo constituyen el desarrollo de una serie de actuaciones por parte de la Administración, que tienen como resultado un acto administrativo. Son: La iniciación del procedimiento se puede realizar de dos maneras: De oficio, es decir, por la propia Administración A instancias del particular o persona interesada.

18 Fase de iniciación

19 Ordenación: la Administración define todos los trámites que constituyen el procedimiento administrativo, y confecciona un expediente donde se registran todas las actuaciones que deberá realizar. El interesado puede en todo momento pedir información del estado del procedimiento y del resultado de sus trámites y actuaciones. Instrucción: está formada por el conjunto de actuaciones o actos de instrucción necesarios para que la Administración adopte una resolución en relación con el acto administrativo en cuestión. Estas actuaciones pueden ser: Alegaciones Informes Pruebas Audiencia de los interesados

20 Desarrollo del procedimiento administrativo

21 Finalización: la terminación del proceso se puede estructurar según varias posibilidades:
-Terminación convencional mediante una resolución de la Administración. Estimatoria. Desestimatoria. Combinación de las anteriores. Inadmisible. - Terminación no convencional mediante diversas posibilidades como: Desistimiento del interesado: el interesado paraliza la solicitud que dio lugar al proceso, pero puede ejercer el mismo derecho en cualquier otra ocasión Renuncia del interesado: el interesado finaliza el procedimiento definitivamente, ya que renuncia a sus derechos Caducidad: si el procedimiento está paralizado por responsabilidad del interesado, finaliza definitivamente a los tres meses, y se archiva el expediente sin posibilidad de reactivarlo Imposibilidad material de continuar. Terminación convencional. Ejecución: La Administración debe aplicar y hacer cumplir el resultado de la resolución o de la terminación no convencional mediante una serie de actuaciones diversas

22 4.2. El silencio administrativo
El procedimiento normalmente acaba cuando se produce una resolución en el plazo marcado. A veces, sin embargo, la Administración no se pronuncia en dicho plazo, que normalmente es de tres meses. En este caso se produce el silencio administrativo. Los actos presuntos: un acto es presunto porque se supone que quien tenía la obligación de hacerlo, la Administración, lo ha realizado aunque no se haya pronunciado. En general se considera que existe el silencio administrativo positivo, es decir, ante la falta de resolución expresa por parte de la Administración, se entiende que la resolución es estimatoria de la solicitud del interesado, favorable a él. En algunos casos se aplica el silencio administrativo negativo, es decir, que ante la falta de resolución se entiende que se desestima la petición del interesado. Se tiene que indicar de forma expresa qué procedimientos están regidos por este silencio Para poder acreditar que la Administración no ha respondido a su debido tiempo, el interesado debe solicitar el certificado acreditativo del silencio producido

23 5. Los recursos administrativos
Los recursos administrativos son el derecho que tienen los ciudadanos afectados por un acto administrativo para obligar a la Administración a revisar su resolución cuando no están de acuerdo con su contenido o con algún otro elemento. Antes de describir los diferentes tipos de recursos, hay que señalar que la propia Administración puede realizar una revisión de oficio, que no se trata de un recurso administrativo, sino de una comprobación de la corrección del acto que realiza el propio órgano administrativo responsable de ese acto, para verificar que el procedimiento realizado ha sido el correcto y que se ha aplicado la normativa adecuadamente.

24 Los actos se pueden clasificar en:
Actos recurribles: son los actos no firmes, aquellos que por diversas razones aún presentan la posibilidad de ser impugnados Actos no recurribles: son los actos firmes, aquellos que por su carácter definitivo ya no cabe la posibilidad de interponer un recurso Existen dos vías para la impugnación de los actos recurribles: La vía administrativa: se presenta el recurso ante un órgano de la Administración, que lo resolverá La vía judicial: se presenta ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo. (Se entiende que ya se ha agotado la vía administrativa)

25 5.1. Tipos de recursos administrativos
Siempre han de ser fundamentados, es decir, no se pueden poner sin más, sino que se deben razonar con los argumentos correspondientes. Es frecuente fundamentarlos en los artículos 62 y 63 de la LRJ-PAC, que hacen referencia a los actos nulos de pleno derecho y anulables. El recurso se interpondrá ante el órgano superior que dictó la resolución y deberá expresar: - nombre y apellidos del recurrente - el acto que se recurre y la razón de su impugnación - lugar, fecha y firma personal del recurrente - órgano, centro o unidad al que se dirige - las demás particularidades exigidas en su caso por las disposiciones específicas

26 Los tipos de recursos para impugnar un acto o procedimiento administrativo son:
Recurso de alzada: se presenta ante el órgano jerárquicamente superior a quien dictó el acto administrativo. Si no existe este órgano superior no podrá interponerse este recurso. El plazo genérico para presentarlo es de un mes para actos expresos y de tres meses para actos presuntos, es decir, para los que se aplica el silencio administrativo La Administración dispone de tres meses para resolverlo

27 Recurso potestativo de reposición: se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo, y solo en aquellos casos en los que se agote la vía administrativa. El plazo para presentarlo es de un mes para actos expresos y de tres meses para actos presuntos. La Administración dispone de un mes para la resolución

28 Recurso extraordinario de revisión: se presenta contra actos firmes, ante el mismo órgano administrativo que lo dictó y solo en circunstancias muy extraordinarias: - Que al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente - Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que evidencien el error de la resolución - Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución - Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme

29 3.2. La jurisdicción contencioso-administrativa
Una vez agotada la vía administrativa, los ciudadanos que no estén de acuerdo con un acto administrativo dictado por un órgano de la Administración pueden iniciar la vía judicial. Se trata de la jurisdicción contencioso-administrativa Una vez celebrado el juicio, el juez o el tribunal correspondiente, dictan sentencia, que puede contener tres resultados diferentes en relación al recurso contencioso-administrativo: - Inadmisibilidad: cuando no se ha admitido la posibilidad de juzgar el caso - Estimación: cuando se da la razón al ciudadano demandante - Desestimación: cuando se da la razón a la Administración demandada

30 Orden jurisdiccional contencioso-administrativo


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