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Publicada porPablo Tebar de la Cruz Modificado hace 8 años
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Génesis y desarrollo del subcontrato en chile Escuela de Formación Sindical Clotario Blest
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SUBCONTRATACION EN EL CdT Se refiere a la situación en que una empresa, dueña de una obra o faena, contrata a otra empresa, denominada contratista, mediante un contrato civil o comercial, para que ejecute a su cuenta y riesgo, con sus propios trabajadores, un determinado trabajo o servicio, pudiendo esta última a su turno, contratar a otra empresa, denominada subcontratista, para que lleve a cabo el trabajo o servicio requerido. Art. 183-A del CdT.
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Relación laboral triangular Empresa principal desplaza una de las fases de su ciclo productivo a una empresa distinta y “ajena”, la cual ejecuta dicha tarea con trabajadores propios. Actores: Empresa principal o mandante. Empresa contratista. Trabajadores contratistas.
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Subcontratación EMPRESA PRINCIPAL Contrato de ejecución de obra o servicio EMPRESA CONTRATISTA Contrato de trabajo y Relación de subordinación TRABAJADORES CONTRATISTAS
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Siglo XX previo al Golpe de Estado LEY SOCIAL en1924 Código del Trabajo en 1931 Menciona la responsabilidad solidaria de la empresa mandante Nuevas jurisdicciones en 1968 Prohibición para subcontratar actividades propias del giro productivo de la empresa
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La dictadura y el modelo neoliberal Instauración de modelo económico neoliberal, defensor de la libre empresa, reflejado en el PLAN LABORAL José Piñera plantea una “modernización” laboral acorde al libre mercado. Proteccionismo y Estatismo como principales problemas en la débil economía chilena “Lo que estaba en juego no era poco. Era mucho más que la normativa laboral chilena. En el fondo ahí se estaba jugando -ni más ni menos- el modelo de economía social de mercado y el modelo de democracia política de corte liberal por el cual en definitiva optaría este país” Piñera, José “La Revolución Laboral en Chile”
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Plan laboral, subcontrato y asociatividad Plan laboral regula organizaciones sindicales Externalización como factor determinante a la hora de asociarse Gracias ala fragmentación productiva, no existe la negociación por rama, ni negociación con la empresa mandante directamente
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La negociación colectiva y el subcontrato Ello tiene claras ventajas: desdramatiza la negociación, produce una mayor identificación del trabajador con su empresa, ya que se tiende a reemplazar la “lucha de clases” (trabajadores versus empresarios) por la “lucha de empresas” (trabajadores y empresarios de una misma empresa versus los de otra que compite con ellos), lo que es funcional a una economía libre de mercado Piñera, José “La Revolución Laboral en Chile”
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Libertad sindical y subcontrato La negociación se da entre empleados y empleadores, se excluyen otros actores sociales El reemplazo en la huelga deja sin poder y desprotegidos a los trabajadores/as
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Concertación ¿ y la alegría? Las transformaciones en la economía han llevado a que las empresas opten por estructuras más livianas y flexibles para enfrentar una competencia cada vez mayor. Por supuesto, en el Gobierno reconocemos esa realidad y compartimos el esfuerzo del sector empresarial por avanzar en productividad y competividad Michelle Bachelet 6 de Octubre 2006 Discurso por la promulgación de la Ley Nº 20.123 que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación
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Ley de Subcontrato 2007 Se regulan y establecen las relaciones laborales que ya se estaban practicando Se le otorga más responsabilidad ala empresa principal o mandante, para con los trabajadores/as subcontratados/as
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Falencias LEY DEL SUBCONTRATO ¿Cuándo se hace responsable la empresa principal de los trabajadores externos? ¿ A igual trabajo, igual salario? ¿ Por qué los trabajadores externos pueden realizar actividades propia del giro productivo de una empresa?
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Conclusiones:
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