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Ley 24.660 EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD.

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Presentación del tema: "Ley 24.660 EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD."— Transcripción de la presentación:

1 Ley 24.660 EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD

2 Ley 24.660 Arts 133 al 142 Ley 24.660 Arts 133 al 142 Capítulo VIII “Educación y estímulo en establecimientos penitenciarios” Capítulo VIII “Educación y estímulo en establecimientos penitenciarios” Fecha de sanción: 27/07/2011

3 Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la pena 2007 Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la pena 2007 50.980 Personas Privadas Libertad 50.980 Personas Privadas Libertad 2.594 Finalizaron estudios secundarios 2.594 Finalizaron estudios secundarios 36.801 No participa de ningún programa laboral 36.801 No participa de ningún programa laboral 23.599 Finalizaron estudios primarios 23.599 Finalizaron estudios primarios

4 Tasa de reincidencia Internos que asistieron a cursos universitarios Internos que asistieron a cursos universitarios no supera el 3 % no supera el 3 % La media de las cárceles federales argentinas supera ampliamente el 40 % La media de las cárceles federales argentinas supera ampliamente el 40 % Cifras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

5 Pleno Integral Permanente De calidad Garantice la igualdad y gratuidad Con participación de ONGs y de flias Pleno Integral Permanente De calidad Garantice la igualdad y gratuidad Con participación de ONGs y de flias DERECHO A LA EDUCACION :

6 De conformidad con las siguientes leyes: Ley de Educación Técnico Profesional Ley de Educación Sexual Integral DERECHO AL PLENO ACCESO A LA EDUCACION Ley Protección Integral de Niña/os y adolescentes Ley de Educación Superior y otra normas aplicables Ley de Educación General

7 DOCUMENTOS Se registrará en el legajo personal, los créditos y logros educativos.Se registrará en el legajo personal, los créditos y logros educativos. Expedidos por autoridades competentes.Expedidos por autoridades competentes. Los certificados no deberán contener ninguna indicación que dicho estudio fue realizado en la cárcel.Los certificados no deberán contener ninguna indicación que dicho estudio fue realizado en la cárcel.

8 ESTIMULO EDUCATIVO 1 mes por ciclo lectivo anual.1 mes por ciclo lectivo anual. 2 meses por cursos de formación profesional y por estudios primarios2 meses por cursos de formación profesional y por estudios primarios 3 meses por estudios secundario y terciarios3 meses por estudios secundario y terciarios 4 meses por estudios universitarios.4 meses por estudios universitarios. 2 meses por cursos de postgrado.2 meses por cursos de postgrado.

9 DERECHOS Se prohibe la suspensión de la educación de un interno como método de castigo. Los horarios de trabajo no podrán coincidir con los horarios de estudio. En todo establecimiento deberá funcionar una biblioteca. El PE garantizará la creación de espacios y programas donde aún no existan.

10 Hacer buen uso de las instalaciones y materiales ‏ Respetar la libertad de conciencia, la dignidad e integridad de todos los miembros de la comunidad educativa. ‏ Respetar la libertad de conciencia, la dignidad e integridad de todos los miembros de la comunidad educativa. ‏ DEBERESDEBERES DEBERESDEBERES ‏ Participar y colaborar en la mejora de la convivencia Estudiar y participar de actividades formativas ‏ Respetar las normas de organización y de convivencia Respetar el derecho de sus compañeros a recibir educación Asistir a clases regularmente y con puntualidad

11 SITUACIONES ESPECIALES Mujer embarazada y madre Personas con discapacidades Niñas/os y adolescentes Otros grupos

12 ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN El Ministerio de Educación acordará y coordinará todas las acciones necesarias con:El Ministerio de Educación acordará y coordinará todas las acciones necesarias con:  Autoridades nacionales y provinciales.  Institutos de Educación de Gestión Estatal.  Universidades Nacionales.

13 ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y sus equivalentes, la autoridad penitenciara y los organismos responsable de las instituciones en que se encuentran niñas/os y adolescentes, deberán:El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y sus equivalentes, la autoridad penitenciara y los organismos responsable de las instituciones en que se encuentran niñas/os y adolescentes, deberán:  Atender las indicaciones de la autoridad educativa y adoptar todas las medidas necesarias

14 ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN Proveer de ámbitos apropiados para la educación.Proveer de ámbitos apropiados para la educación. Adoptar las previsiones presupuestarias pertinentes.Adoptar las previsiones presupuestarias pertinentes. Remover todo obstáculo que limite los derechos de personas con discapacidad.Remover todo obstáculo que limite los derechos de personas con discapacidad. Asegurar la permanencia de las personas privadas de su libertad, en establecimientos donde se cursa con regularidad.Asegurar la permanencia de las personas privadas de su libertad, en establecimientos donde se cursa con regularidad.

15 ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN Mantener un adecuado registro de los créditos y logros educativos.Mantener un adecuado registro de los créditos y logros educativos. Requerir y conservar cualquier antecedente útil a la mejor formación de la PPLRequerir y conservar cualquier antecedente útil a la mejor formación de la PPL Garantizar la capacitación permanente del personal penitenciario.Garantizar la capacitación permanente del personal penitenciario. Fomentar la suscripción de convenios de cooperación.Fomentar la suscripción de convenios de cooperación.

16 ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN Garantizar el acceso a los ámbitos educativos, de las familias y organizacionesGarantizar el acceso a los ámbitos educativos, de las familias y organizaciones Fomentar visitas y actividades que incrementen el contacto con el mundo exterior.Fomentar visitas y actividades que incrementen el contacto con el mundo exterior. La adopción de toda otra medida útil a la satisfacción plena e igualitaria del derechos a la educación.La adopción de toda otra medida útil a la satisfacción plena e igualitaria del derechos a la educación.

17 “Abrid escuelas y se cerrarán cárceles” Concepción Arenal Concepción Arenal

18 MUCHAS GRACIAS! asesorialegal@gesec.com.ar


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