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PROCESOS DE SELECCIÓN.

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Presentación del tema: "PROCESOS DE SELECCIÓN."— Transcripción de la presentación:

1 PROCESOS DE SELECCIÓN

2 Las Entidades del Estado
Introducción Las Entidades del Estado Utilización de fondos públicos Procedimientos Función administrativa Adquirir bienes Contratar servicios Contratar ejecución de obras Cumplimiento de metas institucionales La función administrativa del Estado es la actividad permanente, concreta y práctica que tiende a la satisfacción inmediata de las necesidades del grupo social y de los individuos que lo integran. Esa función administrativa es ejercida por la Administración Pública que está conformada por un conjunto de Entidades, cada una de las cuales tiene determinadas metas y objetivos que están vinculados los objetivos generales del Estado. Para lograr esas metas y objetivos, las Entidades requieren contratar bienes, servicios y obras, para cuyo efecto utilizan el contrato administrativo, el que viene a constituir un medio de ejericio de la función administrativa.

3 Fases de la Contratación Estatal
Planificación y Actos Preparatorios Selección Ejecución Contractual Suscripción Garantías Adelantos Adicionales y reducciones Ampliaciones y prórrogas Subcontratación Intervención Económica de Obra Resolución Penalidades Recepción y conformidad Liquidación Pago Plan Estratégico Inst. Plan Operativo Inst. Presupuesto Institucional Plan Anual de Contrataciones Expediente de contratación Designación del Comité Especial Elaboración de las Bases. Convocatoria. Registro de participantes Consultas Observaciones Presentación de propuestas Evaluación y calificación Otorgamiento de la Buena Pro

4 REQUISITOS PARA CONVOCAR UN PROCESO DE SELECCIÓN

5 Plan Anual de Contrataciones
Documento de gestión donde se consignarán todas las contrataciones que se requerirán durante el año fiscal, con independencia del régimen jurídico que las regule o su fuente de financiamiento.

6 PAC como instrumento de gestión
FINES DEL ESTADO PEI POI PIA PAC

7 Elaboración del PAC Plan Anual SEACE Aprobación de PIA Aprobación
Segundo Momento (15 días hábiles después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual Consolidación de cuadro de necesidades SEACE Difundir: Dentro de los 5 días hábiles de aprobado Primer Momento LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos

8 Expediente de Contratación
Conjunto de documentos que contienen los aspectos técnicos y económicos generados desde el requerimiento e incluyen todos los actos producidos durante el proceso de selección y la ejecución contractual. Será aprobado por el funcionario que cuente con las competencias para ello. Debe incluir las propuesta no ganadoras presentadas durante el proceso.

9 Contenido inicial de un expediente
Requerimiento del área usuaria. Valor referencial. Estudio de Mercado Modalidad de selección. Sistema de contratación. Disponibilidad presupuestal. Características del bien, servicio u obra. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado. Tipo de proceso de selección. Fórmula de reajuste, si es aplicable.

10 Bases Conjunto de reglas que rigen una determinada contratación.
Bases estándar. Bases integradas

11 El requerimiento de la Entidad. Reglas de procedimiento.
Contenido El requerimiento de la Entidad. Especificaciones técnicas. términos de referencia o expediente técnico. Reglas de procedimiento. Cronograma, etapas, plazos. contenido de la propuesta. métodos de evaluación. impugnaciones. Proforma del contrato. Derechos y obligaciones de las partes.

12 Método de evaluación y calificación.
CARACTERÍSTICAS: Objetivos Congruentes Razonabilidad Proporcionalidad ELEMENTOS RTM Factores Documentos Puntaje Criterio

13 MECANISMOS DE CONTRATACIÓN

14 Mecanismos de Selección
Procesos de selección Individual o corporativa Modalidades Convenio Marco Subasta Inversa

15 PROCESO DE SELECCIÓN, TIPOS, ITEMS

16 Definición de Proceso de Selección
Es un procedimiento conformado por un conjunto de actos y actuaciones llevados a cabo por la Entidad, que tiene por finalidad seleccionar a la persona natural o jurídica con la que suscribirá un contrato para satisfacer sus necesidades.

17 Montos de Procesos de Selección Año 2011
TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000 CONCURSO PÚBLICO ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA < de 400,000 > de 200,000 < de 1,800,000 > de 900,000 SELECTIVA <= a 200,000 >= a 40,000 <= a 900,000 >= a 180,000 ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA < de 180,000 > de 10,800 BIENES Y SERVICIOS < de 40,000 > de 10,800 Artículo 18º de la Ley N° Ley de Presupuesto 2011 y Art. 19º del Reglamento

18 Proceso de Selección según relación de ítems
En un solo proceso se convoca la contratación de bienes, servicios u obras vinculados entre sí, teniendo en cuenta la viabilidad económica, técnica y/o administrativa de dicha vinculación. Cada ítem constituye un proceso menor dentro del proceso principal. El valor de cada item no debe ser menor a 3 UIT.

19 ETAPAS DEL PROCESO

20 Etapas del Proceso de Selección
Buena Pro Convocatoria Registro de participantes Evaluación y Calificación Consultas, Observaciones e integración de bases Propuestas

21 Adjudicación de Menor Cuantía Bienes y servicios
Convocatoria Otorgamiento de la Buena Pro Mín. 2 días Evaluación de la Propuesta En el caso de las adjudicaciones de menor cuantía para bienes y servicios, el plazo entre la convocatoria y presentación de propuestas no puede ser menor de dos días, debiendo permitirse el registro de participantes como mínimo durante el horario de atención al público en la respectiva entidad. De igual forma, debe fijarse un horario razonable para la presentación de propuestas, de tal forma que se garantice la más amplia concurrencia y participación de proveedores. En este proceso no existe etapa de consultas ni de observaciones. Registro de Participantes Presentación de la Propuesta

22 Adjudicación de Menor Cuantía Consultoría y Ejecución de Obras
Otorgamiento de la Buena Pro Convocatoria 6 días Evaluación de la Propuesta Registro de Participantes En la adjudicación de menor cuantía para contratación de consultoría y ejecución de obras si existe etapa de consultas y observaciones. Consultas y observaciones Presentación de Propuesta Formulación: Mín. 2 días Absolución: Máx. 2 días

23 Licitación Pública y Concurso Público
Convocatoria (Publicación en SEACE) Presentación de Propuestas Evaluación de Propuestas Registro de Participantes Otorgamiento de la Buena Pro Integración (2 días) Consultas (Mínimo 5 días) Consentimiento de la Buena Pro Pronunciamiento de OSCE (10 días) Titular de entidad (8 días) Absolución de Consultas (Máximo 5 días) En las licitaciones y concursos públicos, el plazo mínimo entre la convocatoria y presentación de propuestas es de 22 días hábiles. Son los procesos de mayor envergadura y sujetos a mayores plazos. Contrato Absolución de Observaciones (Máximo 5 días) Observaciones (Máximo 5 días)

24 Convocatoria a través del SEACE
Contenido Nombre domicilio y RUC de la Entidad Número del proceso de selección Modalidad de selección, de ser el caso Descripción básica del objeto Valor referencial Lugar y forma para el registro de participantes Costo del derecho de participación Calendario del proceso de selección Medio: SEACE Otros complementarios Requisitos Publicar: Bases Resumen ejecutivo Calendario Cuando hablamos de la convocatoria de procesos públicos (LP, CP, ADP) la publicación de la misma debe hacerse a través del SEACE. Hay entidades a nivel nacional que posiblemente no tienen acceso a Internet. En estos casos, la convocatoria se realizará a través de una publicación en un diario de circulación nacional o local. Para ello es importante que comuniquen  esa carencia a CONSUCODE. Asimismo, se debe señalar que aquel proceso que hubiese requerido una publicación en el SEACE se publicará también en un determinado diario local, para que CONSUCODE haga el seguimiento respectivo. En el caso de los procesos con acto privado, es decir, la adjudicación directa selectiva y la adjudicación de menor cuantía, las convocatorias se hacen a través de una invitación. En el caso de las ADS la invitación será a no menos de 3 proveedores y adicionalmente se mandará una notificación a PROMPYME. En el caso de las menores cuantías, se invitará a uno o más proveedores y se notificará a PROMPYME, siempre que el valor referencial sea mayor a 4 UIT para bienes o servicios o mayor a 10 UIT en el caso de ejecución de obras. Finalmente, en la etapa de convocatoria es importante señalar que el contenido de la misma tendrá que seguir lo establecido en el artículo 103 del reglamento. Es decir, identificar a la entidad que convoca, el número, la identificación del proceso de selección, las modalidades, las descripciones básicas del objeto de convocatoria, valor referencial, lugar y forma para la inscripción de participantes, costo del derecho de participación y calendario del proceso de selección para que los participantes sepan cuándo se realizará cada una de las etapas del mismo. Mencionar la inscripción de los participantes Anteriormente esta etapa se llamaba adquisición de bases. Ahora, la convocatoria o la información de los procesos de selección se hacen a través del SEACE. Cualquier persona tiene acceso a las mismas a través de Internet y de la página web del SEACE. Por tanto, ya no se puede hablar de adquisición de bases porque cualquier persona puede acceder a las mismas. De lo que se habla ahora es de registro o de inscripción de participantes. Si un proveedor se entera de un proceso de selección y está interesado en participar, tendrá que inscribirse. Dicha inscripción no podrá exceder el costo de reproducción de las bases. Para el caso de menor cuantía de bienes y servicios, este registro será gratuito. El registro se inicia desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día después de integradas las bases.

25 Registro de Participantes
Desde el día siguiente de la Convocatoria hasta un (01) día después de la integración de bases. AMC antes de la presentación de propuestas. Consorcio – Uno de sus integrantes Al registrarse puede solicitar ser notificado electrónicamente – Correo Electrónico

26 Requisitos para Participar en un Proceso de Selección
1.- Tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores 2.- No estar Impedido para contratar con el Estado Participante 3.- No estar Inhabilitado para contratar con el Estado Introducción general de cuales son los requisitos para que un proveedor pueda participar en un Proceso de Selección: Debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores. El proveedor para ser postor, debe saber que para poder participar de un proceso de selección, debe estar previamente inscrito en el RNP. Esta inscripción debe de haberla realizado con anticipación, con la finalidad de poder subsanar las observaciones que se puedan presentar al momento de la inscripción o renovación en el RNP. Debe no estar Inhabilitado para Contratar con el Estado. El proveedor debe saber que si se encuentra inhabilitado para contratar con el estado, no podrá participar en ningún proceso de selección. Debe tener en cuenta, que si la sanción de inhabilitación es temporal, recién podrá contratar con el estado cuando acabe la sanción, la cual podrá ser de seis meses, un año o dos años. Si la inhabilitación es definitiva, no podrá nunca más contratar con el estado. Debe tener vigente el certificado de Inscripción o Renovación. El proveedor debe saber que la vigencia de la inscripción en el RNP es de un año. Al acabar este plazo y no estar vigente, la inscripción del proveedor en el RNP estará vencida (caduca). El proveedor puede iniciar el trámite de renovación de inscripción, dentro de los treinta últimos días de su vigencia de inscripción. Obras Para el caso de los proveedores ejecutores de obras, deberán tener en cuenta que su Capacidad de Máxima Contratación, cubra el valor referencial del Proceso de Selección. Para el caso de los proveedores consultores de obras, deberán tener en cuenta que su Plantel Técnico sea el idóneo con respecto al Proceso de Selección al que se está presentando. Obras Capacidad Máxima de Contratación Consultoría de Obras Especialidad

27 Consultas y Observaciones
¿Qué es una Consulta? ¿Qué es una Observación? Aclarar Hacer una Solicitud Cuestionar el incumplimiento de las condiciones mínimas o por contravención de las normas Consultas Para poder diferenciar las observaciones de las consultas, señalaremos a continuación cuáles son los objetivos de las consultas. Los participantes solicitan por escrito la aclaración de cualquiera de los extremos de las bases o plantean solicitudes respecto de ellas. El Comité Especial es el encargado de absolver estas consultas. El pliego absolutorio debe ser publicado en el SEACE. Obviamente, es importante que el Comité Especial resuelva estas consultas en forma fundamentada y completa. Muchas veces, los miembros del Comité Especial se limitan a decir: “ceñirse a las bases”, “Sí”, “No”. Y no aclaran las dudas del participante. Las respuestas formarán parte de las bases y del contrato. Los participantes pueden formular sus observaciones cuando crean que las disposiciones de las bases incumplan con el artículo N° 25 de la ley.  Además, puede haber disposiciones como exigencias costosas, sobredimensionadas y factores que discriminan propuestas. Comité Especial Absuelve notificando a través del SEACE: Cuando acoge una observación modifica Bases Cuando NO acoge una observación, acoge parcialmente o afecta a un participante al acoger observación de otro. A pedido de participante, eleva Bases a CONSUCODE cumpliendo requisitos TUPA CONSUCODE: Emite Pronunciamiento dentro del plazo de 10 días Contra Pronunciamiento no cabe interposición de recursos. Se plantea por escrito. Luego Comité Especial absuelve consultas y acoge (o no acoge) observaciones mediante escrito debidamente fundamentado y pública en SEACE

28 Consultas y Observaciones - Plazos
Participantes Aclaración o solicitudes respecto de las bases. LP y CP: Min. 5 días ADP y ADS: Min. 3 días. MC: Min. 2 días (obras y consultoría de obras). MC: Bienes y servicios – no hay consultas Comité Especial Absuelve de forma fundamentada y pública en el SEACE. LP y CP: Max. 5 días ADP y ADS: Max. 3 días MC: Max. 2 días (obras y consultoría de obras)

29 Tramitación de observaciones a las Bases
Decreto Legislativo N° 1017: 1° Participante observa y Comité Especial absuelve. 2° Si participante no está de acuerdo: VR ≥ 300 UIT: Eleva a OSCE para Pronunciamiento VR < 300 UIT: Titular de la Entidad absuelve Última instancia 300 UIT = S/. 1´080,000

30 Integración de Bases Es el acto mediante el cual, las modificaciones producto de consultas y observaciones de los participantes se incorporan a las bases originales, para dar paso a una versión DEFINITIVA de la misma. Debe publicarse en el SEACE la segunda versión de las bases que incluyan dichas modificaciones. Integración de bases En esta etapa se incorporan todas las modificaciones que se dieron como consecuencia de la absolución de consultas y de la absolución de las observaciones. Cuando se integran las bases, se establecen las reglas definitivas del proceso que obliga a todos los postores y al Comité Especial. Es importante señalar, que para efectos de la integración de las bases se tiene que establecer un nuevo texto de las mismas. No es suficiente publicar aquello que se haya cambiado, sino también establecer un nuevo texto para incorporar todas las modificaciones y correcciones que se hayan dado. El Comité Especial no podrá continuar con el proceso de selección si no publicó las bases integradas en el SEACE bajo sanción de nulidad. Si las bases integradas no se publican en el SEACE, los actos posteriores son nulos.

31 Presentación de Propuestas
Acto Público (LP, CP y ADP) Acto Privado (ADS y AMC), si así se establece en las Bases. En dos sobres cerrados : propuesta técnica y propuesta económica. Idioma / traducción oficial / folletos / autoridad extranjera. Original y copias / hojas rubricadas, selladas y foliadas / formularios y formatos. Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días

32 Presentación de Propuestas En acto Público
Acreditación de representantes en acto público: P. Natural: Postor: DNI Apoderado: DNI y carta poder simple. P. Jurídica: Representante legal: DNI, vigencia de poder. Apoderado: DNI, carta poder simple y vigencia de poder Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días

33 Propuesta Técnica: Documentos
De carácter obligatorio: Constancia de RNP vigente, correspondiente al objeto de la convocatoria. Acreditación de los RTM Declaración Jurada (Art. 76º del RLCAE) Promesa de Consorcio, de ser el caso. De carácter facultativo: Acreditación de factores de evaluación

34 Documentos adicionales referidos a la calidad del postor o de la oferta
Solicitud de bonificación del 10% (Servicios y obras brindados o ejecutado fuera de Lima y el Callao) Beneficio para las MYPE (en caso de sorteo y/o retención de pago en reemplazo de la garantía de fiel cumplimiento), debe acreditarse la condición con certificado de REMYPE.

35 Subsanación de Propuestas
Defectos de forma, errores u omisiones que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica. No cabe subsanación en la propuesta económica, salvo foliado y rúbrica. Lo determina el Comité Especial, otorgando 2 días hábiles para ello.

36 Propuesta Económica Oferta económica, cuidando que esté dentro de los límites máximos y mínimos. Adjuntar garantía de seriedad de oferta: - Monto entre el 1% y 2% del Valor Referencial. - Carta fianza o póliza de caución, según indique las Bases. - En AMC sólo declaración jurada. En el caso de contratación sujeta a precios unitarios debe presentarse desagregado 36

37 Límites mínimos y máximos
Bienes y Servicios en general: Superior 100% y no hay mínimo. Ejecución de Obras: 110% y 90%. Consultoría: 100% y 90%

38 Buena Pro Acto Privado Verificar lugar, día y horario Acto Público
Consentimiento 8 o 5 días según tipo de proceso Contrato Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días

39 Culminación del Proceso de Selección
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Suscripción del documento que lo contiene Recepción de la orden de Compra o de servicios (AMC) CANCELACIÓN DEL PROCESO Hasta antes del otorgamiento de la buena pro. Por razones de fuerza mayor o caso fortuito / desaparición de la necesidad / reasignación del presupuesto ante emergencia. Explicar detalladamente esta dispositiva, con ejemplos, situaciones concretas y situaciones problemáticas. Plantear soluciones para cada ejemplo dado. OTORGAMIENTO DE BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO A solicitud del ganador, cuando la Entidad no cumple con suscribir el contrato dentro del plazo recibido, justificada o injustificamente. 39

40 EXONERACIONES

41 Aspectos Generales Mandato constitucional: Excepción
Artículo 76º establece la obligación de realizar procesos de selección que garanticen la más amplia concurrencia. Excepción Sólo por ley se puede exonerar de la realización de procesos de libre concurrencia.

42 Aspectos Generales Supuestos de Inaplicación: Supuestos de
Contrataciones a las que no se les aplican la Ley ni su Reglamento. Artículo 3º de la Ley Supuestos de Exoneración: Exime solo de la realización de procesos de selección. Artículo 19º de la Ley.

43 RÉGIMEN DE EXONERACIONES

44 Aspectos Generales Concepto de Exoneración:
Viene a ser la dispensa de realizar procesos de selección por causas expresamente previstas en la Ley Se faculta a tramitar una contratación mediante acciones directas. Valoración de la eficiencia.

45 Aspectos Generales Características de la exoneración:
Mediante Ley se debe calificar los hechos que justifican la dispensa de la obligación de realizar procesos de selección. Las causas son de aplicación uniforme por todas las Entidades. Constituye una atribución de las Entidades de apreciar técnicamente la existencia de la causal y no constituye un deber de acogimiento. Sólo dispensan del proceso de selección y no de los demás actos regulados.

46 Aspectos Generales Interpretación de las normas que fijan las Causales: Debe atenderse a la finalidad legalmente concebida para su incorporación. No puede ser objeto de interpretación correctiva, extensiva ni analógica. No se aplica por analogía a supuestos no calificados como tales por el legislador.

47 Aspectos Generales Causales de Exoneración:
Contratación entre Entidades. Situación de emergencia. Desabastecimiento inminente. Con carácter de secreto militar u orden interno. Bienes o servicios que no admiten sustituto y proveedor único. Servicios personalísimos.

48 Aspectos Generales Fundamento de las causales:
La inviabilidad de la concurrencia por imposibilidad fáctica o jurídica de competencia. La inconveniencia administrativa de la concurrencia abierta.

49 Aspectos Generales Principios de la Contratación y las exoneraciones: Los principios tornan exigibles una serie de valores y aspiraciones informadoras de la gestión de contrataciones del Estado. Tienen las siguientes funciones: Sirve de base para resolver cuestiones de aplicación de la normativa. Parámetro para la actuación de los funcionarios. Criterio de control de las decisiones discrecionales.

50 Entre Entidades del Sector Público
Condiciones del Postor: Deberá presentar declaración jurada que no realiza actividades empresariales de manera habitual. No utiliza ventajas y prerrogativas de su condición de entidad. Exclusividad de la ejecución de la prestación.

51 Entre Entidades del Sector Público
Condiciones de la prestación: Un informe que sustente: Los precios sean ventajosos en comparación con los del mercado. Por costos de oportunidad sea más eficiente. Sea idonea en relación al requerimiento y viabilidad técnica.

52 Entre Entidades del Sector Público
Limitaciones: Condiciones del contratista: No empresa del Estado No habitualidad (bajo sanción de nulidad del Contrato) No subcontratación, ni cesión de derechos o de posición contractual.

53 Entre Entidades del Sector Público
Figuras afines: La actividad por encargo, por el cual una entidad comisiona a otra entregándolo o no el financiamiento Administración Directa, cuando la entidad ejecuta una obra con su personal, infraestructura y equipos. Convenios de colaboración, sin la existencia de ánimo de lucro.

54 Situación de Desabastecimiento Inminente
Definición Ausencia inminente, extraordinaria e imprevisible de un bien, servicio u obra que comprometen forma directa e inminente la continuidad de las funciones, actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo.

55 Situación de Desabastecimiento Inminente
Elementos contenidos en la definición Ausencia concreta (real) e inminente (actual o inmediato) de bienes, servicios u obras necesarios. Ausencia del bien, servicio u obra debe ser extraordinaria (fuera de lo natural o común, normal u ordinario de las cosas) e imprevisible (aquello que no fue posible preveer)

56 Situación de Desabastecimiento Inminente
Elementos contenidos en la definición Ausencia comprometa directa y de modo inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. El efecto de la ausencia del bien, servicio u obra sobre la gestión de la Entidad es determinante.

57 Situación de Desabastecimiento Inminente
Situación especial de desabastecimiento inminente Cuando la ausencia del bien, servicio u obra se produzca como consecuencia de problemas en el proceso de contratación iniciado (procesos desiertos, contratos resueltos).

58 Situación de Desabastecimiento Inminente
Limitaciones: Temporal. Dado que es una medida temporal para atender requerimientos inmediatos, sujeto a un plazo perentorio. Cuantitativa. Por la cantidad necesaria para paliar la situación, mientras se contrata en forma definitiva. Excepción. Por motivos económicos o costos de oportunidad, puede darse una contratación definitiva, si se agota el requerimiento, debiendo sustentarse en los informes.

59 Situación de Desabastecimiento Inminente
No procede: En vía de regularización. Para periodos consecutivos que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación Para cubrir necesidades anteriores a la aprobación de la exoneración. Por cantidades que excedan lo necesario para atender el desabastecimiento.

60 Situación de Desabastecimiento Inminente
Mecanismos de control y responsabilidades: En los casos que se llegue al desabastecimiento por causa imputable a los funcionarios, siendo agravante si ello se debió a dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor, debe disponerse el inicio del procedimiento de determinación de responsabilidades. Todas las actuaciones previas y posteriores, deben ser conducidas de manera diligente.

61 Situación de Emergencia
Definición: Contratar directamente cuando se está frente a: Catástrofes Situaciones que supongan grave peligro o Necesidad que afecten la Defensa Nacional Finalidad: Acciones necesarias para prevenir o atender desastres Satisfacer las necesidades sobrevinientes derivadas de la emergencia

62 Situación de Emergencia
Distinción con estado de emergencia: Estado de emergencia es declarada por el Estado para restablecer el orden y la normalidad cuando existen situaciones que generen conflicto que atenten contra la seguridad interna o externa. La situación de emergencia es decisión de una Entidad para lograr la continuidad de sus operaciones.

63 Situación de Emergencia
Condiciones: Una situación fáctica contingente: acontecimientos catástróficos (sequias, incendios, inundaciones, sismos, etc.); Situaciones que supongan grave peligro (epidemia, plagas, rotura de represa, etc.) o de necesidades que afecten la Defensa Nacional (guerra exterior o interna). Competencia institucional para actuar en contra de la emergencia: aquellas entidades que tengan la competencia legal de actuar para afrontar la situación presentada

64 Situación de Emergencia
Características especiales: Faculta para comprar directamente y luego regularizar las formalidades, sólo para: Remediar el evento producido, prevenir eventos catastróficos y satisfacer necesidades sobrevenidas. Resto de prestaciones ya no tiene carácter de emergencia y deberá realizarse el proceso de selección que corresponda. Excepcionalmente, podrá sustentarse que ya no procede proceso posterior.

65 Situación de Emergencia
Mecanismo de control: Plazo de 10 días para regularizar que se computa desde: - Entrega de bien. - Primera entrega en caso de suministros. - Del inicio de la prestación de servicio. - Del inicio de la ejecución de la obra. Debe incluirla en el PAC, publicar en el SEACE el resolución que autoriza y el informe sustentatorio.

66 Secreto, Secreto Militar u Orden Interno
Opinión favorable de la Contraloría (Directiva Nº CG/B140) D.S PCM y D.S PCM No para bienes, servicios u obras de carácter administrativo y operativo. FF. AA. PNP Sistema de Inteligencia Nacional Obras de carácter administrativo: Son aquellas necesarias para el normal funcionamiento de las unidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no comprometen la seguridad nacional ni el orden interno.

67 Secreto, Secreto Militar u Orden Interno
Bienes: Todo tipo de armamento y sistema de armas. Vehículos, unidades navales y aeronaves de combate y sus repuestos. Vehículos de seguridad y protección. Sistemas de cómputos, radares de usos exclusivamente militar y policial. Otros adicionales.

68 Secreto, Secreto Militar u Orden Interno
Bienes no incluidos: Vehículos motorizados y sus repuestos en general. Medicinas y equipos médicos. Equipos de impresión, lavandería, refrigeración, Vehículos de seguridad y protección. Alimentos. Etc.

69 Bienes o servicios que no admiten sustitutos
Definición. Contratación de bienes y servicios que no admiten sustituto, siempre que haya un proveedor único en el mercado nacional. Reconocimiento de situación de exclusividad para el suministro de bienes y la prestación de servicios.

70 Bienes o servicios que no admiten sustitutos
Condiciones. Identificación objetiva de la existencia de un proveedor único en el mercado nacional. Debe existir convicción de ello. Necesidad de esos bienes o servicios con exclusión de cualquier otro. La necesidad no pueda ser satisfecha igualmente con otros bienes o servicios análogos o de distintas clase

71 Bienes o servicios que no admiten sustitutos
Alcances Se extiende el concepto de proveedor único a los casos en que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de propiedad intelectual, tales como patentes o derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor.

72 Servicios Personalísimos
Concepto: Cuando exista la necesidad fundamentada de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos. La entidad tiene que afrontar un asunto complejo, requiere un proveedor de servicios que reúna las calidades necesarias para tal efecto. El proveedor de servicios debe ser especializado para poder atender la necesidad de la Entidad. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

73 Servicios Personalísimos
Diferencia con proveedor único: En los servicios personalísimos no se requiere que el proveedor sea el único en el mercado. En los servicios personalísimos se caracteriza por la naturaleza intuito personae y el valor agregado del proveedor. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

74 Servicios Personalísimos
Elementos de análisis: Con relación al objeto contractual - La entidad requiere una prestación de servicios. - Servicio especializado. - Servicio de índole profesional, artístico, científico o tecnológico. - Servicios atienda necesidades complejas de la Entidad. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

75 Servicios Personalísimos
Elementos de análisis: Con relación al prestador del servicio: - Especialidad del proveedor y/o conocimientos evidenciados. - Experiencia reconocida en la prestación objeto de la contratación. - Comparación favorable frente a otros potenciales proveedores que estén en capacidad de brindar el servicio. Con relación a la Entidad: Apreciación objetiva que haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

76 Servicios Personalísimos
Servicios de publicidad: Los servicios de publicidad que los medios de comunicación televisiva, radial, escrita prestan directamente a la Entidad, se considera como causal de servicios personalísimos. No alcanza a los contratos de publicidad con otros medios. Limitaciones: No se puede subcontratar. No se puede ceder la posición contractual. Son servicos personalísimos que se sustentan tanto en las características como en las calidad las personas que se están contratanto. Otros dicen que los servicios personalísimos son propios para servicios y los no sustitutos para biuenes…. Son opiniones, el caso es usar el t?rmino mas precisos a pues nos encontramos ante una excepción a la norma general de contrataciones.

77 Procedimiento de la Exoneración
Resolución de Titular de la Entidad Acuerdo de Directorio (Empresas) Acuerdo de Consejo (Gobiernos Regionales y Locales) Facultad Indelegable Inimpugnable PUBLICACIÓN Excepto Militares 10 dias INFORME TECNICO y LEGAL (uno o más) SEACE 10 dias CONTRALORÍA y OCI - Informe - Resolución

78 Procedimiento de Contratación Exonerada
Procedimiento Especial de Contratación Directa No es una AMC A cargo del OEC u órgano designado Acciones inmediatas: Una invitación dirigida a un proveedor Propuesta que se ajusta a las Bases Bajo cualquier medio de comunicación Exoneración del proceso, no de la programación y ejecución del contrato resultante.

79 Obligaciones de la Entidad contratante
Incluir en el Plan Anual de Contrataciones Elaborar el expediente de contratación Designar el órgano encargado de la contratación Elaborar y aprobar las Bases Exigir los requisitos para la celebración del contrato y sujetarse a la normas de la Ley y su Reglamento durante la ejecución contractual.

80 Obligaciones del proveedor elegido
Tener inscripción vigente en el RNP. No estar impedido ni inhabilitado para contratar con el Estado. Una vez presentada su propuesta, debe firmar el contrato cumpliendo los requisitos que fija la Ley, el Reglamento y las bases de la contratación exonerada.

81 Supervisión y control de la Contratación Exonerada
Monitoreo a cargo del OSCE. Control posterior a cargo de la CGR. Reponsabilidad: Titular de la Entidad Funcionarios que intervengan en la decisión y ejecución.

82 Limitaciones a las Contrataciones Exoneradas
Contrataciones derivadas de situación de desabastecimiento inminente y situación de emergencia no procede la contratación complementaria. De ser necesario adicionales, se requiere para su ejecución una nueva exoneración.

83 Contenido de las Bases de las Contrataciones Exoneradas
Detalle de las características de los bienes, servicios u obras a contratar. Garantías. Definición del sistema o modalidad a seguir. Valor referencial y fórmulas de reajuste, de ser el caso. Proforma del contrato.


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