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RIER Red de Institutos Especializados Regionales RIER Red de Institutos Especializados Regionales Dirección General de Cultura y Educación. Dirección de.

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1 RIER Red de Institutos Especializados Regionales RIER Red de Institutos Especializados Regionales Dirección General de Cultura y Educación. Dirección de Educación Superior Consejo Regional del Atlántico

2 CAPÍTULO I ENCUADRE NORMATIVO Anteproyecto de la Nueva Ley de Educación Nacional ART. 1.- La Educación se convierte en una prioridad del Estado Nacional La nueva ley establece prioridades y estrategias para la resolución de los principales problemas del presente; debe permitir reordenar las funciones, responsabilidades y competencias del Estado en sus diferentes niveles.

3 Esto revaloriza el trabajo en el nivel Superior no universitario, ya que la provincia de Buenos Aires, cuenta con una extensa red de institutos en funcionamiento, localizados en puntos estratégicos, de carácter gratuito, que garantizan el acceso a estudios superiores y que mediante la incorporación de los RIER, podrán especializarse en la oferta de carreras, impactando en la formación de grado de una forma diferente, más efectiva, coherente y de gran presencia sobre el territorio, superando la fragmentación.

4 Art.2.-“Fortalecer la capacidad de los jóvenes para definir su proyecto de vida ” Se prioriza el trabajo con el nivel siguiente, tendiente a garantizar la capacitación para alcanzar ese futuro laboral al que todos aspiran. Beneficiando al alumno, cada vez más pauperizado a no abandonar sus estudios superiores por razones puramente económicas, permitiéndole insertarse en el mercado laboral, como un recurso calificado.

5 Ley de Educación Superior Capítulo I, Artículo 15 y 16, inciso a) Estructurar los estudios en base a una organización curricular flexible y que facilite a sus egresados una salida laboral. Nuestro proyecto pretende flexibilizar la forma y el alcance, en que se dictan las carreras en los ISFD, sin pretender modificar estructuras curriculares vigentes.

6 b) Articular las carreras afines estableciendo en lo posible núcleos básicos comunes y regímenes flexibles de equivalencia y reconversión. La propuesta de trabajo con RIER prioriza la articulación, no solo de carreras afines, sino de la oferta curricular a nivel regional, consolidando verdaderos polos de especialización regionales entre los ISFD, tendientes a desarrollar centros de investigación y producción de conocimiento.

7 d) Tender a ampliar gradualmente el margen de autonomía de gestión de las instituciones respectivas, dentro de los lineamientos de la política educativa jurisdiccional y federal. Esta propuesta nos permite organizar una gestión institucional con una mirada centrada en la región y tendiente a satisfacer las necesidades de la misma, con lo cual, cada región podrá identificarse con una propuesta y paulatinamente generar acciones que estimulen su autonomía.

8 f) Establecer mecanismos de cooperación interinstitucional y de recíproca asistencia técnica y académica. Es en este inciso en el que nuestra propuesta tiene una fuerza especial, ya que si partimos de una oferta inconexa, desordenada y desarticulada, la relación interinstitucional se reduce a lo estrictamente administrativo, dejando poco lugar a lo verdaderamente académico. Es allí donde el trabajo con RIER hace hincapié, la cooperación interinstitucional es un hecho, no podemos trabajar con esta modalidad sin involucrar de forma directa a dos o más institutos, en la que uno de ellos es categorizado como especialista oferente y el otro como solicitante, cumpliendo con la asistencia técnica y académica en ambos casos.

9 Creemos que nuestra propuesta es innovadora, permitiendo la reorganización del trabajo con Redes Interinstitucionales, accediendo a la especialización de los ISFD, elevando la calidad académica, llegando a más alumnos en un territorio más amplio y de mayor impacto con costos muy reducidos.

10 Reglamento Marco para los Institutos de Educación Superior no Universitaria, de Formación Docente, Técnica y Artística El trabajo con RIER permite formar profesionales, de gran solidez, ya que pone en las Institutos especialistas el peso de la formación, utilizando a sus agentes más capacitados, con más años en la formación y alto grado de especialización. Al Hablar de democracia, participación, compromiso y respeto, se convierte en un desafío que toda la población acceda a estudios superiores. Con esta propuesta se podrán desarrollar actividades de extensión, actualización y capacitación desde los institutos especializados hacia el interior de la región permitiéndoles afianzar acciones que con el tiempo se convertirán en ejes referentes en la producción y difusión de conocimiento.

11 La propuesta de trabajos con RIER es un proyecto innovador que nació de la necesidad de ajustar el trabajo con redes interinstitucionales, y que propicia la transferencia social, ya que impacta en un mayor número de alumnos y consolidándose en un territorio más abarcativo. Articular la oferta educativa, desordenada, especulativa de bajo impacto y calidad por una oferta centrada en Institutos especialistas que perduren con su oferta en el tiempo, permitiendo, potenciarla, jerarquizarla y ordenarla. Capitalizando y orientando esos centros valorados por su formación de alta calidad, hacia el interior de la región. Capta la demanda de la población desde los institutos más dispersos de una región hacia los especializados, atendiendo a los sectores más desprotegidos de la sociedad, posicionados en la realidad de cada localidad. Las relaciones entre los institutos de cada región se afianzarán y se promoverán acciones en conjunto, para beneficio de todos. Ejemplo: Congresos, Jornadas, Seminarios, Viaje de Estudio, etc.

12 CAPÍTULO II DESARROLLO DE LA PROPUESTA

13 Creación de una Red de Institutos Especializados La creación de esta red privilegia la visión totalizadora de la realidad regional y de cada institución en particular. Propone una nueva mirada de la oferta regional, orientada a resignificar el trabajo con redes interinstitucionales. Capitalización de los Espacios Curriculares que integran las diferentes carreras de Formación de Grado, ya que en el diseño curricular de las mismas se establecen cuatro grandes núcleos, el Espacio de la Fundamentación, el de la Especialización por niveles, el Espacio de la Orientación y el de la Construcción de la Práctica.

14 Lo que proponemos es la reorganización del trabajo con Redes permitiéndoles a los alumnos, cursar la carrera íntegramente en su ciudad de origen, movilizando únicamente a los docentes de los Espacios Orientados, concentrándoles el dictado de sus respectivas cátedras en dos jornadas, con el objeto de reducir viáticos ampliando la jornada semanal de trabajo al viernes y sábados, el día viernes en el horario de 17:30 a 21:30 hs, y los días sábados de 8:00 a 14:00 hs.

15 Este tipo de trabajo nos permitirá Especializar nuestra oferta de carreras por región ya que cada instituto tiene una trayectoria, sobre la cual fundará su oferta, y será reconocido por la misma, teniendo en cuenta que deberán contar para ello con: Recursos humanos altamente calificados. Tal es el caso del ISFD Nº 19 en la formación de Profesores en Educación Inicial, con una experiencia de más de 25 años y el ISFD Nº 84 en la formación exclusiva de Profesores de Educación Física. Ambos de reconocida trayectoria en la región y en la Provincia de Buenos Aires. En los institutos especializados se realizarán la cobertura de cargos por Concurso, conforme la establece la Res. Nº 5886/03. Equipamiento bibliográfico y tecnológico. Historia institucional. Disponibilidad en horas POF. Con respecto a este item el ISFD Nº 84 cuenta con la totalidad de módulos asignados para esta experiencia, el Instituto de Base ISFDyT Nº 81 también cuenta con la totalidad de módulos asignados para el dictado de los espacios curriculares correspondientes al espacio de la fundamentación, con lo cual la puesta en marcha de esta propuesta no tiene erogación alguna, en horas POF. Con respecto al caso de ISFD Nº 19 se solicita una asignación de 10 módulos, pertenecientes al instituto especialista. Infraestructura adecuada. El Instituto de Base será el encargado de garantizar el adecuado acondicionamiento de sus instalaciones.

16 Nosotros proponemos aumentar el nivel académico regional creando Polos de Especialización cada instituto se identificará con una o más carreras, conforme a su trayectoria y a las fortalezas con que se posiciona en la región y saldrá a los institutos de la región con su oferta permitiendo a los demás institutos ingresar con sus propuestas de especialización, con esto: Beneficiamos al alumno, cada vez más pauperizado a no abandonar sus estudios superiores por razones puramente económicas. Beneficiamos a los alumnos que por razones laborales no pueden cursar todos los días. Beneficiamos a los alumnos que en carreras a término, pierden una cursada y no pueden continuar o de hacerlo deberán dirigirse a institutos que se encuentran dentro o fuera de la región a la que pertenecen. Beneficiamos a los institutos que podrán ofertar más y mejor. Beneficiamos a los docentes ya que podrán optar por trabajar exclusivamente en superior, ampliando su jornada laboral. Crecemos en especificidad pudiendo impactar en un territorio mayor. Elevamos la calidad educativa de nuestras instituciones. Se pueden plantear acciones interinstitucionales con mayor fluidez y perdurables en el tiempo.

17 CAPITULO III CONSIDERACIONES REGLAMENTARIAS REGLAMENTO MARCO PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA

18 CAPITULO IV ART 5.- Carreras: CAPITULO IV ART 5.- Carreras: a) Tipos: como oferta interinstitucional se propone la red de Institutos Especializados Regionales b) Modalidades: la carreras propuestas de formación de grado, se dictarán en forma presencial c) Apertura de carreras: la apertura de las carreras se encuadran en la normativa vigente y tienen en cuenta razones de oportunidad atendiendo a los lineamientos de la política educativa y a la necesidad local y regional y a la planificación regional de la oferta

19 ART 6.- Turnos ART 6.- Turnos: a) La organización de los turnos será responsabilidad del instituto de base y se ajustará a lo previsto por la normativa vigente

20 CAPITULO V CAPITULO V DE LA GESTION INSTITUCIONAL

21 ART 8.- 8.- Será función de las Autoridades Institucionales del Instituto de Base y Especializado a) Conocer y promover el proyecto de Red de Institutos Especializados Regionales b) Integrar y ejecutar la propuesta como parte de los Proyectos Educativos Institucionales y Curriculares c) Convocar y presidir las reuniones académicas

22 d) Supervisar la calidad y pertinencia de los saberes educativos impartidos. Será responsabilidad del Instituto Especialista la aprobación de los proyectos de cátedra del Espacio de la Orientación y participará en la aprobación con el Instituto de Base del proyecto del Espacio de la Práctica Docente e) Promover y coordinar la relación interinstitucional f) Suscribir constancias será responsabilidad del Instituto de Base como así también la solicitud a los docentes especialistas de la declaración jurada con su situación de revista completa g) Autorizar la conformación de mesas de exámenes comunes y especiales será responsabilidad del Instituto de Base

23 ART 9.- Serán funciones exclusivas del Director del Instituto de Base ART 9.- Serán funciones exclusivas del Director del Instituto de Base a) Suscribir los títulos, diplomas o certificados de estudio b) Calificar al personal docente involucrado en el proyecto c) Suscribir convenios y acuerdos con otras instituciones y terceros para la utilización de espacios adecuados para el desarrollo de la propuesta del Profesorado en Educación Física, como así también para el logro de viáticos para los docentes especialistas d) Asesorar a la Asociación Cooperadora para la rendición y pago de viáticos

24 Serán funciones de responsabilidad compartida entre ambos directivos: 1. Serán funciones de responsabilidad compartida entre ambos directivos: a) Aprobar la solicitud de equivalencias de los alumnos b) La organización del Curso Inicial c) La aprobación de los Proyectos de Cátedra anual

25 CAPITULO VI ART 12.- 12.- De los órganos de participación a) Los docentes especialistas podrán participar del Consejo Académico Institucional del Instituto de Base según la normativa vigente

26 CAPITULO VII DEL AMBITO ADMINISTRATIVO ART 17.- De los Estados Administrativos: CAPITULO VII DEL AMBITO ADMINISTRATIVO ART 17.- De los Estados Administrativos: a) El Instituto de Base será el responsable de la documentación oficial establecida conforme a las pautas impuestas por la autoridad jurisdiccional, vinculada a libros de gestión institucional, registros, legajos y archivos

27 ART 22.- Pase : ART 22.- Pase : el procedimiento de pase según lo establecido en el presente artículo será responsabilidad del Instituto de Base

28 CAPITULO VIII DEL AMBITO TECNICO-PEDAGOGICO ART 24.- Será Responsabilidad del Jefe de Área del Instituto Especialista: a) Atender las cuestiones vinculadas a los profesores especialistas b) Viajar quincenalmente al Instituto de Base c) Coordinar las acciones académicas en relación a los principios y criterios de ambas instituciones

29 a) Colaborar con el Director del Instituto de Base a toda situación vinculada con los alumnos de la especialidad b) Ser nexo de comunicación e información entre ambos directores c) Asesorar al Director del Instituto de Base en todo lo concerniente a situaciones académicas de la especialidad d) Producir evaluaciones e informes y elevarlos a ambos directores

30 1. ART 25.- Son Funciones de los Profesores Especialistas: a) Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de ambas Instituciones b) Confeccionar su proyecto de cátedra anual según los acuerdos interinstitucionales c) Presentar el proyecto de cátedra y programa de cátedra en ambas instituciones d) Registrar la actuación académica de los alumnos en el instituto de Base e) Participar de reuniones académicas en ambas instituciones f) Participar en toda instancias de evaluación a la que fuera convocado por ambas instituciones

31 CAPITULO X DE LA SITUACIÓN ACADEMICA Y ADMINISTRATIVA DE LOS ALUMNOS a) Si bien el seguimiento de la situación académica y administrativa de los alumnos será responsabilidad del Instituto de Base, el Director del Instituto Especialista deberá colaborar y asesorar toda vez que sea convocado por el Director del Instituto de Base. Considerándose solidariamente responsable a la acción del Director del Instituto de Base

32 ART. 33.- a.2) Curso Inicial: La organización será responsabilidad de ambas instituciones c)Exigencia de acreditación Académica: Las mismas estarán determinadas por los requisitos del Plan Institucional de Evaluación de los aprendizajes de ambas instituciones, según normativa vigente.

33 CAPITULO IV DEL TRATAMIENTO DE POF Y POFA

34 Se entiende por Instituto de Base al Instituto donde el alumno cursa la totalidad de los Espacios Curriculares e Instituto Especialista al Instituto, del cual son los profesores del Espacio de la Orientación

35 Atendiendo al nivel de responsabilidad compartida por ambas instituciones, a los fines del tratamiento de Pof – Pofa la matrícula se considerará: a) Para el Instituto de Base: como parte total de la matrícula. No debiéndose consignar como alumnos en red en carátula de pof. b) Para el Instituto Especialista: como alumnos en red y deberán consignarse de esta forma en carátula de Pof

36 Las horas del Espacio de la Práctica Docente se consignarán del siguiente modo: Las horas del Espacio de la Práctica Docente se consignarán del siguiente modo: a) Instituto de Base: en primero y segundo año sólo las del profesor generalista b) Instituto Especialista: en primero y segundo año sólo las del profesor especialista. Para tercero y cuarto año profesor especialista

37 En el Programa de Formación de Grado, de la Pof se detallará: En el Programa de Formación de Grado, de la Pof se detallará: a) Instituto de Base: como curso regular y en observaciones se detallará la leyenda: en red con Instituto B. En caso que los alumnos cursen los espacios con otras carreras curriculares en presupuesto de horas corresponderá 0 y en observaciones de detallará la leyenda: horas plan Profesorado……

38 a) Instituto Especialista: el curso se identificará en observaciones con la leyenda: en red con Instituto A. No podrá ser designado como curso regular de la institución y solamente se asignarán en el presupuesto de horas, las horas plan del Espacio de la Orientación y las horas plan del especialista del Espacio de la Práctica Docente

39 En el Programa de Formación de Grado, de la Pofa se detallará: En el Programa de Formación de Grado, de la Pofa se detallará: a) Instituto de Base: corresponderá la asignación de todos los docentes y en el caso de los profesores especialistas se consignará carga horaria 0.En observaciones deberá consignarse la leyenda: en red con Instituto B. En caso de ser horas plan de otro profesorado, igualmente se designará al docente con carga O y en observaciones se detallará la leyenda: fusionado con Profesorado……

40 b) Instituto Especialista: corresponderá la asignación sólo de los docentes del espacio de la Orientación con las horas plan correspondientes y en observaciones se detallará la leyenda: en red con Instituto A b) Instituto Especialista: corresponderá la asignación sólo de los docentes del espacio de la Orientación con las horas plan correspondientes y en observaciones se detallará la leyenda: en red con Instituto A

41 DIAGNÓSTICO


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