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Bienvenidos a su nueva ARL

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Presentación del tema: "Bienvenidos a su nueva ARL"— Transcripción de la presentación:

1 Bienvenidos a su nueva ARL
INDUCCIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES (Decreto Ley 1295 de 1994 y ley 1562 de 2012)) Bienvenidos a su nueva ARL FACILITADOR XXX

2 Nuestra Misión Generar tranquilidad y seguridad para los empleadores, bienestar para los trabajadores y sus familias, y productividad y competitividad para las empresas y el país.

3 ¿Qué es una administradora de riesgos laborales?
Es una entidad que tiene como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales que puedan ocurrir en el trabajo.  ¿Qué es ARL SURA? Es la Administradora de Riesgos Laborales de SURAMERICANA, a través de la cual desde el 00 de XX de 20XX, todos los colaboradores de la empresa XX, podrán beneficiarse de todos los programas y prestaciones de servicios en salud ocupacional, prevención de accidentes y asistencia médica profesional tanto para accidentes de trabajo como para enfermedades laborales

4 ¿QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL?
Sistema de protección que busca EVITAR las consecuencias de algunos riesgos que el Estado ha identificado como AMPARABLES Blindaje Jurídico frente a la Seguridad Social Marzo de 2010

5 Filosofía de la seguridad social
Derecho de carácter general e irrenunciable, por el que todo individuo tiene derecho a que el estado le compense por sufrir los riesgos sociales mencionados y le garantice la atención oportuna de los mismos. (Artículo 48 Constitución Nacional)

6 Sistema de Seguridad Social
PENSIONES SALUD ARL Administradora de riesgos laborales Accidente de trabajo y enfermedad de origen laboral – ATEL Cotización según Tipo de riesgo de la empresa, 100% aporte $ la Empresa Administradora de fondo de pensiones – AFP Invalidez, vejez y muerte – IVM Cotización a cargo de la empresa y el trabajador Entidad promotora de salud - EPS Enfermedad general y maternidad - EGM Cotización a cargo de la empresa y el trabajador. Decide trabajador y puede cambiar cada 24 meses. (D. 1485/94 art – D. 047/2000, art. 16)

7 Organización del Sistema
S.G.S.S SISTEMA GENERAL EN SALUD SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES SISTEMA GENERAL EN PENSIONES

8 DEFINICIONES ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSJONES (AFP): Es una entidad que tiene como objetivo administrar los aportes que mensualmente realizan los trabajadores y las empresas. Estas instituciones brindan una rentabilidad, para garantizar al trabajador un retiro laboral digno.

9 DEFINICIONES ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD (EPS): Es un entidad que tiene como objetivo brindar servicios de salud, en prevención y atención de los trabajadores y sus beneficiarios, en enfermedades de origen común o general y en maternidad.

10 DEFINICIONES ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES (ARL): Es una entidad que tiene como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los accidentes de trabajo y las enfermedades de origen laboral que puedan ocurrir en el trabajo.

11 Objetivos del Sistema General de Riesgos Laborales Promoción y prevención de los riesgos laborales Mejoramiento calidad de vida de los trabajadores. Reconocer y pagar las prestaciones asistenciales y económicas Saneamiento ambiental.

12 REGLAMENTO TECNICO PARA TRABAJOS EN ALTURAS Res 1409/2012

13 Características del Sistema
El Estado dirige, coordina y vigila su funcionamiento. La afiliación, la cobertura y la administración está a cargo de las ARL Todo empleador debe afiliarse a una sola ARL.

14 Características del Sistema
Afiliación de trabajadores dependientes es obligatoria. El pago de la cotización es responsabilidad exclusiva del empleador. La cobertura se inicia al día calendario siguiente a la afiliación.

15 ACTORES ESTADO ARL EMPLEADOR EMPLEADO
Director, orientador, controlador, vigilante Art 4. D.1295/94 Prestaciones Asistenciales Económicas Principal responsable de prevención de riesgos Art 56 D1295/94 Protegido. Obligación auto cuidado, Partícipe en prevención Título de la presentación - 00 de mes de 0000

16 Principales disposiciones en el Sistema General de Riesgos Laborales
Decreto Ley 1295 de 1994 Ley 100 de 1993 Ley 776 de 2003

17 ¿Cómo determinar la clase de riesgo y tarifa?
Las tarifas para cada empresa se determinan de acuerdo con la actividad económica principal de la empresa, según Decreto 1607 de 2002. Toda empresa que ingrese por primera vez al sistema general de Riesgos Laborales, cotizará por el valor inicial de la clase de riesgo que le corresponda, de acuerdo con la tabla de cotizaciones siguiente (art 13 dto de 1.994). Las empresas que se trasladan de otra ARL conservarán su clasificación y tarifa durante los primeros 90 días después de su afiliación TABLA DE COTIZACION clase de riesgo Valor Mínimo Valor Inicial Valor Máximo CLASE I % % % CLASE II % % % CLASE III % % % CLASE IV % % % CLASE V % % %

18 A.R.P. DISTRIBUCION DE LA COTIZACION EMPRESA 1 % 5 %
Desarrollo de Programa, campañas, Acciones de educación, Prevención e Investigación de los Accidentes de Trabajo y Enfermedad Laboral Para el Fondo de Riesgos Laborales quien desarrollará Estudios y Campañas a nivel Nacional en especial las de alto riesgo 94 % Para Administrar las Prestaciones de Salud y Económicas y los programas de Administración de Riesgos

19 ¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”. “…aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo”.

20 ¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
“… el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador”. “También se considera accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actué por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de la empresa de servicios temporales que se encuentren en misión.

21 DEFINICIONES Suceso repentino Cuando decimos “suceso repentino” significa que el accidente no es el resultado de algo planeado o programado con anticipación por otros, sino que ocurre de un momento a otro, de repente.

22 DEFINICIONES Con causa Decimos “con causa” si el accidente sucede cuando se esta realizando una actividad que no hace parte de las tareas propias del oficio, pero se esta cumpliendo ordenes del empleador. Por ejemplo, si el jefe inmediato de una secretaria le pide que reemplace una bombilla de la bodega, y durante esta operación le sucede un accidente.

23 DEFINICIONES Con ocasión El termino “con ocasión” indica que el accidente ocurre cuando el trabajador esta haciendo algo que si se relaciona directamente con las tareas y actividades propias de su oficio. Por ejemplo, la quemadura que sufra un soldador o la cortadura que pueda sufrir un técnico de mantenimiento.

24 DEFINICIONES Lesión orgánica Una “lesión orgánica” quiere decir que como resultado de un accidente, se afecta algún órgano o alguna parte del cuerpo.

25 DEFINICIONES Perturbación funcional o psiquiátrica El termino “perturbación funcional”, significa que como resultado del accidente alguna funcional o psiquiátrica o actividad del cuerpo ya no funciona bien. Por ejemplo, un golpe en un ojo afecta tanto el órgano (ojo) como su función (ver). HASTA EL 5% INDENMIZACIÓN EN DINERO DE 50% EN ADELANTE…..PENSIÓN POR INVALIDEZ

26 DEFINICIONES Invalidez Una persona se considera invalida cuando no es capaz de valerse por si misma para las actividades de la vida cotidiana: comer, vestirse, bañarse, etc.

27 Excepciones El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador”. El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.”

28 ¿QUÉ ES ENFERMEDAD LABORAL
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar (artículo 4 de la ley 1562 de 2012).

29 En caso de accidente de trabajo:
Infórmele a su jefe inmediato Comuníquese con la Línea de Atención ARL SURA en Colombia: Línea en Medellín: Línea Nacional: 29

30 Gestión integral de salud
Trabajador lesionado Línea de atención Institución Prestadora de servicios de Salud Equipo integral de salud ARL SURA EMPRESA Seguimiento clínico Visita hospitalaria Rehabilitación integral Reintegro laboral 30

31 Derecho a las prestaciones
Prestaciones económicas Prestaciones asistenciales

32 Prestaciones asistenciales
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica Servicios de hospitalización Servicios odontológicos Servicios de diagnóstico y tratamiento Medicamentos Prótesis y órtesis Gastos de traslado en condiciones normales Servicios de rehabilitación Física y profesional

33 Prestaciones económicas
Subsidio por Incapacidad Temporal Indemnización Por Pérdida Permanente Parcial Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivientes Auxilio Funerario

34 Tratamiento del riesgo
RESPONDEMOS Tratamiento del riesgo Reducción de las consecuencias Luego de ocurrido un evento ATEP Pago de incapacidades Pago de pensiones Incapacidad temporal Incapacidad permanente parcial Pensión de invalidez Pensión de sobrevivientes Auxilio funerario Nuestra responsabilidad se traduce en la protección y tranquilidad de las familias, los trabajadores y la empresa. En ARL SURA estamos siempre preparados para responder de forma cercana, oportuna y transparente, a través del aseguramiento y un excelente manejo de los recursos. Reaseguramiento con sólidas firmas internacionales Asesoría jurídica para la empresa Excelente manejo de las reservas de dinero para respaldar los siniestros y contingencias Garantía de pago máximo en 10 días hábiles (después de cumplir requisitos legales) Respaldo del Grupo de Inversiones Suramericana 34

35 Seguimiento Médico : Línea nacional: 01 8000 0511414
Para programar las consultas y atenciones medicas y hospitalarias que se generen posterior a la atención inicial de urgencias, solo requerirán su llamada telefónica a la línea salvavidas (Medellín) Línea nacional: 35

36

37 PREVENIMOS ASISTIMOS RESPONDEMOS La prevención es una cultura
La asistencia es nuestra vocación El aseguramiento es una responsabilidad SEGUROS DE RIESGOS LABORALES SURAMERICANA S.A. LÍNEA DE ATENCIÓN:

38 Funciones de las ARL Afiliación, registro y recaudo de las cotizaciones. Garantizar la prestación del servicio de salud para atender el ATEP Reconocer las prestaciones económicas y asistenciales.

39 Funciones de las ARL Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de riesgos laborales Promover y divulgar programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial. Priorizar las actividades de asesoría según necesidades de la empresa

40 Obligaciones del trabajador
Procurar cuidado integral de la salud Informar estado de salud Cumplir normas y programas de salud ocupacional Participar en la prevención riesgos laborales a través del COPASO o vigías ocupacionales

41 Obligaciones del empleador
Pagar totalidad cotización de trabajadores. Trasladar cotización a la ARL oportunamente. Procurar cuidado integral salud trabajadores y ambientes de trabajo. Programar, ejecutar y controlar cumplimiento programa salud ocupacional. Capacitar a los trabajadores en Salud Ocupacional

42 Obligaciones del empleador
Notificar los ATEL a la ARL. Investigar los Incidentes y Accidentes de trabajo. Enviar la investigación de los Accidentes Graves a la ARL (15 días calendario)

43 Obligaciones del empleador
Garantizar la existencia del COPASO. Capacitar a los trabajadores en Seguridad y salud en el trabajo Informar novedades a la ARL (riesgos, novedades laborales, nivel ingresos, vinculaciones y retiros)

44 AFILIACIÓN Obligatoria Trabajadores dependientes.
Jubilados o pensionados Estudiantes que deben ejecutar trabajos que generen ingreso a la institución, cuya actividad implique riesgo

45 AFILIACIÓN 2. Voluntaria
Trabajadores independientes. (Dec /03 – 3615/ /06) (C-858/06 inexequibilidad parcial)

46 Obligaciones Especiales del Empleador
1. Obligación de Reincorporación: Art. 39 Ley 776 de 2002. Terminada la incapacidad temporal. Trabajador recupera capacidad laboral Empleador debe ubicarlo en el mismo cargo o reubicarlo en otro.

47 Obligaciones Especiales del Empleador
2. Obligación de Reubicación: Art. 45 DL de 1994. Trabajador incapacitado parcialmente. Empleador debe ubicarlo en el mismo cargo o reubicarlo. Empleador debe hacer los movimientos de personal que sean necesarios.

48 REGIMEN SANCIONATORIO
Frente al Empleador Frente al trabajador Frente a las ARL

49 REGIMEN SANCIONATORIO
Sanciones Frente al Empleador El incumplimiento de la afiliación al SGRL: obligación de reconocer y pagar al trabajador las prestaciones asistenciales y económicas La no afiliación y no pago de dos o más periodos de cotización multas sucesivas hasta de 500 SMLM La no aplicación de instrucciones, reglamentos para la prevención de RP multas sucesivas hasta de 500 SMLM

50 REGIMEN SANCIONATORIO
Sanciones Frente al Empleador Inscripción no corresponde a su IBC real o no informe cambios posteriores dando lugar a la disminución de prestaciones económicas deberá pagar la diferencia en el valor de la prestación que le hubiere correspondido No informar traslado a un lugar diferente de trabajo que implique una mayor cotización al sistema: multa de hasta 500 SML La no presentación o extemporaneidad del informe de AT o EL : multa de hasta 200 SML

51 REGIMEN SANCIONATORIO
Sanciones Frente al Trabajador Por grave incumplimiento de las instrucciones, reglamentos y determinación de la prevención de RP contenidos en los SISTEMAS DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST de la empresa comunicados por escrito facultan al empleador para terminar con justa causa el vínculo laboral. Requiere previa autorización del MT

52 REGIMEN SANCIONATORIO
Sanciones Frente a la ARL Por no acatar ordenes del MT, no pagar sin justa causa prestaciones, impedir la libre escogencia de ARL puede generar sanciones sucesivas hasta de 1000 SMLM Por defectos en los niveles adecuados de patrimonio exigidos por la Superintendencia Financiera: una multa equivalente a 3.5% del valor del defecto mensual

53 SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABJO
Como sistemas de gestión

54 DEFINICIÓN SISTEMA DE GESTIÓN Conjunto de actividades mutuamente relacionados y que interactúan para alcanzar unos resultados, previo establecimiento de una política y de unos objetivos por el nivel más alto de la dirección .

55 Ciclo de Mejoramiento Continuo A P V H
(Rueda de Deming) ACTUAR Aplicar APC estandarizar Revisiones de gerencia PLANEAR Política SST Diagnóstico de riesgos Objetivos y plan A P VERIFICAR Medir Resultados y planear APC V H HACER Implementar el plan de SST

56 Definir objetivos y plan de intervención REVISIONES DE GERENCIA
SISTEMA DE MEJORA CONTINUA Política y acción gerencial Diagnosticar problemática y planificar Definir objetivos y plan de intervención REVISIONES DE GERENCIA Verificar y evaluar Realizar actividades

57 Programa de Salud Ocupacional
RESUMIENDO Programa de Salud Ocupacional 6 Revisar proceso por la gerencia y continuar con la mejora continua 5 Verificar, evaluar y ajustar Realizar plan de acción (seguridad, higiene y medicina) 4 3 Definir recursos y responsables Definir objetivos y plan de acción 2 1 Definir política de seguridad y salud en el trabajo y evaluar los riesgos

58 Las leyes en Seguridad y salud en el trabajo solo señalan el mínimo ético necesario para humanizar el trabajo

59 “EL COMPROMISO POR LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DEBE IR MÁS ALLÁ DE LAS LEYES, ESTE DEBE ESTAR ENMARCADO EN UNA FILOSOFÍA, EN UNA FORMA DE VIDA”


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