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Lic. José Augusto Huertas Mogollón ENERO 2011

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Presentación del tema: "Lic. José Augusto Huertas Mogollón ENERO 2011"— Transcripción de la presentación:

1 Lic. José Augusto Huertas Mogollón 969365637 ENERO 2011

2 “Ponte en mi lugar” Por. Lic. José Huertas Mogollón.
“No es justo que si diseñamos espacios para las personas, nunca pensamos en la inclusión de todas y todos, impidiéndole al individuo participar socialmente. La discapacidad está impuesta por el entorno, no en sí por una condición del individuo, nuestros errores de diseño expone al peligro a terceros”. ¿Acaso no hay recursos? ¿No contamos con profesionales idóneos? ¿Nuestras autoridades buscan el bien común? Cuántas preguntas y poca acción. Es hora que todos exijamos la calidad de vida que tenemos derecho a vivir. Piura, hoy en día cuenta con los famosos MOL y esto junto con la MINERIA trae muy buenos ingresos al Gobieno Regional y a las propias Municipalidades, acaso el SATP no ha mejorado su recaudación en un 50% más que el año Y todo eso es deber nuestro de exigir que se invierta adecuadamente. Empezar es nada si logramos que se respete a la persona por ser persona, no por los títulos que pueda poseer. Así como se ha podido mejorar las calles de una Urbanización y colocar “rompemuelles” en los accesos a otras, porque no mejorar los accesos de las veredas de todo el centro de nuestra ciudad. Les dejo esa inquietud. “Ponte en mi lugar”, imaginemos que asistimos a un evento donde nos dotaran de un bastón de rastreo, tapones de oídos y sillas de ruedas para simular los distintos tipos de discapacidad. Al respecto, Dinah Bromberg, arquitecta y facilitadora, expresó que “el objetivo sería tratar de hacer un recorrido por las instalaciones de la institución en que se encuentran y que accedan a los baños, comedores y otras áreas e identifiquen las barreras físicas-estructurales que no poseen un diseño universal, limitando el acceso libre e independiente de las personas con discapacidad auditiva, visual o neuromusculoesquelética”. Ante esto surge la siguiente interrogante: ¿Hasta cuándo nuestras autoridades legislarán solo para editar leyes y no hacerlas cumplir? Ciertamente que las leyes están dadas y que nos toca, a nosotros los padres de una persona con discapacidad, hacer todo lo posible porque dichas leyes se cumplan. Cuando las autoridades buscan un sitial en el gobierno, ofrecen todo y poco hacen al final. Cuándo podríamos ver una ciudad que permita que los buses de transporte públicos hagan descender sus plataformas para que una persona en silla de rueda pueda ingresar al bus; o cuando podríamos ver que una persona con limitaciones visuales, pueda en su ciudad contar con señales auditivas que puedan orientarle, todo esto en busca de la calidad de vida que todo ciudadano tiene derechos a tener.

3 HACIA LA IGUALDAD - HACIA LA IGUALDAD
SÓLO UN 3% DE LA POBLACIÓN ACTIVA CON SÍNDROME DE DOWN TIENE TRABAJO, LA SOLUCIÓN SERÍA EL “EMPLEO CON APOYO” El director gerente de la Federación Española de Síndrome de Down (FEISD), Antonio Pascual Martínez, ha asegurado que tan sólo un 3% de la población española con síndrome de Down en edad activa tiene un puesto laboral, en el marco de los cursos de verano de la UIMP. Este hecho se debe, en parte, a la ausencia de políticas de empleo que faciliten la inmersión de este colectivo en el mercado de trabajo. Martínez ha manifestado que resulta complicado el acceso al mercado de trabajo de estas personas "con los condicionantes propios de su discapacidad", como por ejemplo, que a partir de los 40 años "la edad física de una persona con Síndrome de Down coincide con la de un individuo de 65, lo que disminuye su productividad". Ante esta situación, el gerente de la FEISD ha pedido que desde el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se establezca un marco legislativo que regule el 'empleo con apoyo', una modalidad promovida por este organismo desde hace diez años. El 'empleo con apoyo' pretende integrar al trabajador con Síndrome de Down en empresas convencionales, con "contratos laborales y salarios justos". Su trabajo comenzará con el acompañamiento de un preparador laboral del discapacitado en dicha empresa, que iría formando al joven hasta su "puesta a punto" en el oficio. Una vez que el trabajador discapacitado fuera completamente autónomo, este preparador laboral se retiraría para pasar a un seguimiento periódico de la evolución del trabajo. Otra ventaja de este método es que "al empresario se le quitaría el miedo de contratar a una persona con Síndrome Down", ya que el proceso sería guiado hasta que el aprendiz dominara su trabajo "y de esta manera pueda desempeñar su labor como cualquier otro", ha matizado Martínez. Canadá, Estados Unidos, Australia y Japón son algunos de los países que están utilizando el 'empleo con apoyo' y en Cataluña y Baleares ya hay experiencias de este tipo a nivel autonómico. SINDROME DOWN SINDROME DOWN SINDROME DOWN SINDROME DOWN

4 EDUCáNDONOS LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD LEY Nº 27050
Finalidad de la Ley La presente Ley, tiene por finalidad establecer el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económica y cultural, previsto en el Artículo 7 de la Constitución Política del Estado. Definición de la persona con discapacidad La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad. EDUCáNDONOS LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD LEY Nº 27050 Derechos de la persona con discapacidad La persona con discapacidad tiene iguales derechos, que los que asisten a la población en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 7 de la Constitución Política, de la presente Ley y su Reglamento. Papel de la familia y el Estado La familia tiene una labor esencial frente al logro de las acciones y objetivos establecidos en esta Ley. El Estado ofrecerá a la familia capacitación integral (educativa, deportiva, de salud, de incorporación laboral, etc.) para atender la presencia de alguna discapacidad en uno o varios miembros de la familia.

5 Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad
Para el logro de los fines y la aplicación de la presente Ley, créase el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) incorporándose como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Funciones a) Formular y aprobar las políticas para la prevención, atención e integración social de las personas con discapacidad; b) Aprobar el Plan Operativo Anual, supervisando y vigilando su ejecución y estableciendo la coordinación necesaria con las instituciones públicas y privadas, en relación con la materia de su competencia; c) Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones; d) Recomendar a las diferentes entidades de los sectores público y privado, la ejecución de acciones en materia de atención, sistemas previsionales e integración social de las personas con discapacidad; CONCORDANCIA: R. N° P-CONADIS e) Elaborar proyectos de corto, mediano y largo plazo, para el desarrollo social y económico del sector poblacional con discapacidad; f) Apoyar y promover el financiamiento de los proyectos que desarrollen las organizaciones de las personas con discapacidad; g) Difundir, fomentar y apoyar la formulación e implementación de programas de prevención, educación, rehabilitación e integración social de las personas con discapacidad; h) Supervisar el funcionamiento de todos los organismos que tienen que ver con las personas con discapacidad; y i) Demandar acciones de cumplimiento; j) Fomentar y organizar eventos científicos, técnicos y de investigación que tengan relación directa con los discapacitados; k) Dirigir el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; l) Imponer y administrar multas ante el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento; (*)(*) Inciso modificado por la Primera Disposición Modificatoria y Complementaria de la Ley N° 27920, publicado el , cuyo texto es el siguiente: "l) Imponer y administrar multas ante el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento, salvo disposición distinta establecida por Ley.“ m) Concertar con el sector privado el otorgamiento de beneficios para las personas con discapacidad; y n) Ejercer las funciones específicas que le asigne el Reglamento de la presente Ley. ¿CONADIS? según LEY Nº 27050 EDUCáNDONOS EDUCáNDONOS EDUCáNDONOS

6 TIFLOTECNOLOGÍA Y MATERIAL TIFLOTÉCNICO
El conjunto de técnicas, conocimientos y recursos encaminados a procurar a los ciegos y deficientes visuales los medios oportunos para la correcta utilización de la tecnología con el fin de favorecer su autonomía personal y plena integración social, laboral y educativa, se conoce como Tiflotecnología. Como material Tiflotécnico se entiende todo material específico para ciegos y deficientes visuales, desde los materiales más sencillos y de fácil manejo (bajo nivel de especialización), hasta los materiales que por su especial complejidad requieren de un entrenamiento previo para su correcto manejo (alto nivel de especialización). AVANCES TECNOLÒGICOS Tecnología para discapacitados Teclados con sistema braille, computadores que cuentan al usuario no vidente lo que está en pantalla y escriben lo que dicta su voz, o PCs adaptados para que una persona tetrapléjica pueda navegar sólo con dirigir la mirada hacia el monitor, son algunas de la joyas tecnológicas creadas por empresas y universidades para que personas con distintos tipos de discapacidad no se queden bajo el carro de la informática.  Discapacidad Visual

7 REHABILITACIÓN FÍSICA
I Congreso Nacional de la Sociedad Española de Neuro-rehabilitación Los objetivos terapéuticos se centran en la adaptación a la vida cotidiana y la escolarización . La rehabilitación intensa de los niños con parálisis cerebral debe ser de una hora diaria, puesto que el planteamiento terapéutico de los niños con parálisis cerebral se basa en la detección precoz del problema, la instauración de un programa de intervención en los primeros meses de vida y en el desarrollo de ayudas técnicas. Según los expertos reunidos en el I Congreso de la Sociedad Española de Neurorrehabilitación, el tratamiento intenso no debe superar la hora diaria. "Hay que desechar del todo los métodos de tratamiento que aíslan a los niños con PC. Los niños con parálisis cerebral no pueden vivir en una mesa de tratamiento, tienen que vivir como niños“. En el campo de la informática, los nuevos sintetizadores de voz han significado una mejora importante de la calidad de vida de estos enfermos. De manera que se ha mejorado la calida de comunicación. Los sintetizadores son, además de una ayuda para los niños, unos instrumentos muy eficaces para los padres y los propios profesionales, que han ampliado sus conocimientos acerca de la situación de los niños. Estos pacientes han podido transmitir a especialistas y familia su deseo de llevar una vida lo más parecida posible a la de los demás niños. REHABILITACIÓN FÍSICA Los avances experimentados en las ayudas técnicas favorecen que estos niños puedan incorporarse a la escuela con normalidad y participar en juegos y actividades con otros niños. "Pueden adaptarse la mesa y la silla del colegio para que el niño se sienta seguro. Que el niño pierda jornadas de colegio tiene que ser una excepción y no lo normal, como venía sucediendo hasta ahora". El tratamiento precoz debe ser otro de los pilares de la estrategia. La parálisis cerebral suele establecerse entre los 6 y los 8 meses de vida y la instauración de un programa de intervención desde los primeros meses resulta vital para mejorar la respuesta del niño.

8 Agradecimiento especial: Dr. Paul Antonio Castillo Caro.
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