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Publicada porRoberto Limes Modificado hace 9 años
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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
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El Comité Paritario de Salud Ocupacional Constituye un medio importante para promocionar la Salud Ocupacional en todos los niveles de la empresa, buscar acuerdos con las directivas y responsables del Programa de Salud Ocupacional en función del logro de metas y objetivos concretos, divulgar y sustentar prácticas saludables y motivar la adquisición de hábitos seguros. La resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO). El artículo 35 del Decreto 1295 de 1994 establece para empresas de menos de 10 trabajadores, la obligación de nombrar un Vigía Ocupacional.
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Funciones del COPASO Proponer la acción de medidas correctivas. Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de salud ocupacional debe realizar la empresa de acuerdo con lo reglamentado. Participar en la investigación y análisis de los accidentes de trabajo. Realizar inspecciones de riesgo periódicas. Servir como organismo de coordinación entre empleador y trabajadores en la solución de los problemas relacionados con la salud ocupacional.
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Funciones del Presidente Convocar por escrito la reunión. Presidir y orientar las reuniones. Tramitar ante la administración de la empresa, las recomendaciones aprobadas en el interior del comité. Funciones del Secretario Verificación de asistencia. Elaboración del acta de reunión. Mantenimiento actualizado del archivo.
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Obligaciones del empleador FFFFacilitar el proceso de elección de los representantes. DDDDesignar a sus representantes al comité, entre éstos al presidente. PPPProporcionar los medios necesarios para el funcionamiento del comité. EEEEstudiar y gestionar la implementación de las recomendaciones emanadas del comité. Obligaciones de los trabajadores EEEElegir libremente a sus representantes al comité paritario de salud ocupacional. IIIInformar al comité de situaciones de riesgo que presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional de la empresa. CCCCumplir con las normas de salud ocupacional, reglamentos e instrucciones de Servicio ordenados por el empleador.
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