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VIGENCIA FUTURA ORDINARIA CONTRATO DE INTERVENTORÍA EXTERNA AL CONTRATO DE GESTIÓN PERIODO 1º. DE ENERO DE 2016 AL 31 DE JULIO DE 2018 JUNTA DIRECTIVA.

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1 VIGENCIA FUTURA ORDINARIA CONTRATO DE INTERVENTORÍA EXTERNA AL CONTRATO DE GESTIÓN PERIODO 1º. DE ENERO DE 2016 AL 31 DE JULIO DE 2018 JUNTA DIRECTIVA ORDINARIA No. 202 21 DE ENERO DE 2015

2 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold  Introducción  Marco Legal  Requisitos vigencia futura ordinaria  Justificación económica  Solicitud CONTENIDO

3 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold Se somete a consideración de la Junta Directiva la autorización para comprometer un cupo de vigencias futuras ordinarias para el año 2016 - 2018, con el fin de respaldar la suscripción del Contrato de Interventoría Externa al Contrato de Gestión en el periodo 1o de enero de 2016 al 31 de julio de 2018. 1. Introducción

4  El Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que el CONFIS podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso.  El Parágrafo del Artículo 10 de la Ley 819 de 2003 establece que las funciones de autorización de vigencias futuras ordinarias podrán ser delegadas por el CONFIS en las Juntas o Consejos Directivos.  Mediante el artículo 3º de la Resolución 003 de 2004, el CONFIS delegó en las Juntas o Consejos Directivos la autorización para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras financiadas con ingresos propios, hasta por un 35% de la apropiación correspondiente a gastos de operación comercial de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten. 2. Marco Legal.

5  El Artículo 108 4 de la Ley 1737 de 2014 dispone “En las empresas de servicios públicos mixtas y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación es directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igualo superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de sus presupuestos, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas, sin requerirse concepto previo de ningún otro órgano o entidad gubernamental siempre y cuando cumpla los requisitos señalados en el artículo 36 del Decreto 4730 de 2005. 2. Marco Legal.

6 Notas - Tipo 3 - Arial Narrow 14pt. - Bold  Consultar con las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo.  Las autorizaciones no podrán superar el respectivo período de gobierno.  Contar como mínimo con una apropiación del 15% en la vigencia en la que se autorice.  Justificación económica. Posterior a la aprobación, las Secretarías de las Juntas Directivas presentarán un informe trimestral sobre las vigencias futuras autorizadas en el trimestre anterior a la DGPPN del MHCP. 3. Requisitos Vigencia Futura Ordinaria

7 Se verificaron los requisitos para solicitar la vigencia futura a través de la Junta Directiva: CONCEPTO VALOR Apropiación Gastos de Operación Comercial 2015 71.331.800.000 V. futura que puede autorizar la Junta Directiva (35%) 24.966.130.000 Solicitud Vigencias Futuras 6.384.006.493 Apropiación vigencia 2015 rubro 51002 - Contrato de Interventoría y Auditoría Externa de Gestión y Resulta- dos 1.658,800.000 Apropiación mínima requerida para Contrato de Interventor en 2015 (15%) 957,600,973 La apropiación de la vigencia 2015, es mayor al 15% para el nuevo contrato de interventoría. Cumple con el requisito de vigencia futura El monto de la vigencia futura es inferior al 35% de la apropiación para 2015. La junta Directiva cuenta con la facultad para autorizar la Vigencias Futuras requerida.

8 Con el fin de mejorar las condiciones de la infraestructura del servicio, mejorar la calidad del servicio a los usuarios y volver autosostenible y viable financieramente la empresa en el mediano plazo, el Gobierno Nacional estableció un Modelo de Gestión fundamentado en un Contrato de Gestión y en un Contrato de Interventoría al Contrato de Gestión. En la Cláusula 10 del Contrato del Gestión se le otorgan al Interventor externo facultades, atributos y potestades, dentro de las cuales están, entre otras: Verificar que el Gestor cumpla con todas las obligaciones a su cargo durante las etapas en que se divide la ejecución del contrato. Verificar que las actividades de Distribución y comercialización adelantadas por el Gestor cumplan con lo señalado en el Contrato. 4. Justificación

9 Realizar la interventoría técnica, administrativa y financiera de cada uno de los proyectos de inversión que administre y ejecute el Gestor con recursos de Dispac. Revisar la calidad e las obras de construcción efectivamente realizadas y rechazar y exigir la corrección y el reemplazo en el caso de que no cumplan cualquiera de las especificaciones determinadas en el contrato y en los estudios elaborados por el Gestor. El 09 de marzo de 2012, DISPAC S.A. E.S.P. y DEPI LTDA suscribieron el Contrato de Interventoría Externa al Contrato de Gestión con una vigencia entre el 1º de abril de 2012 y el 31 de julio de 2014. El 30 de julio de 2014 suscribieron el Otrosí No. 1, mediante el cual se prorrogó el contrato hasta el 31 de diciembre de 2014, plazo que en todo caso deberá ser igual al del Contrato de Gestión (incluyendo su liquidación). 4. Justificación

10 La Junta Directiva autorizó la prórroga del Contrato de Gestión e Interventoría Externa hasta el 31 de julio de 2015, en dos fases: i) Del 1º de agosto de 2014 – al 31 de diciembre de 2014 y ii) del 1º de enero de 2015 – 31 de julio de 2015, previa autorización de vigencias futuras. La Junta Directiva autorizó las vigencias futuras con el fin de respaldar la suscripción del Otrosí No. 2 del Contrato del Interventoría Externa durante el período 1o de enero de 2015 al 31 de julio de 2015, por la suma de $980.000.000. Por lo anterior se hace necesario autorización de vigencias futuras con el fin de respaldar la suscripción del Contrato de Interventoría Externa durante el período 1o de enero de 2016 al 31 de julio de 2018, por la suma de $6.384.006.493. 4. Justificación

11 Se solicita a la Junta Directiva autorizar la asunción de la siguiente obligación con cargo al presupuesto de la vigencia 2016 - 2018, Cuenta GASTOS DE OPERACIÓN COMERCIAL, rubro 51002 – Contrato de Interventoría, y auditoría de Gestión y Resultados, con el fin de gestionar la contratación del Interventor del Gestor para la vigencia del 1 de agosto de 2015 al 31 de julio de 2018. Código Rubro Presupuestal 51002CONTRATO DE INTERVENTORÍA Y AUDITORÍA DE GESTIÓN Y RESULTADOS 5. Solicitud


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