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Obligaciones de reporte de las sociedades con valores registrados en la Comisión Nacional de Valores YOLANDA G. REAL S. Directora Nacional de Registro.

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Presentación del tema: "Obligaciones de reporte de las sociedades con valores registrados en la Comisión Nacional de Valores YOLANDA G. REAL S. Directora Nacional de Registro."— Transcripción de la presentación:

1 Obligaciones de reporte de las sociedades con valores registrados en la Comisión Nacional de Valores YOLANDA G. REAL S. Directora Nacional de Registro de Valores 25 de septiembre de 2003 Panamá, R. de Panamá

2 Obligaciones de reporte A.Presentar periódicamente y divulgar sus Informes de Actualización que incluyen sus Estados Financieros (trimestrales y anuales). B.Comunicar todo hecho de importancia que pueda tener incidencia en el valor de mercado de sus títulos.

3 INFORMES DE ACTUALIZACION (Acuerdo No.18-00 ) Presentación, trimestral y anual, conjuntamente con los estados financieros. Informe de Actualización Trimestral: resumen de los aspectos de importancia del trimestre relacionados con el análisis de resultados financieros y operativos, como liquidez, recursos de capital, resultados de operaciones. (Formulario IN-T) Informe de Actualización Anual: descripción detallada de las actividades del emisor y sus subsidiarias, como son información de la compañía; análisis de resultados financieros operativos; identidad, funciones, compensación pagada de los directores, dignatarios, ejecutivos, administradores, asesores y empleados; concentración de acciones; partes relacionadas, vínculos y afiliaciones.(Formulario IN-A) Medios de Divulgación: diario; periódico o revista especializada de circulación nacional; portal o página de Internet; envío a los accionistas e inversionistas registrados.

4 ESTADOS FINANCIEROS (Acuerdo No.2-2000, Acuerdo No.8-2000, modificado por el Acuerdo No.7-2002) Preparados de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad o los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los Estados Unidos de América. Declaración Jurada, ante Notario Público, firmada de forma conjunta por el Presidente, Tesorero, Gerente General, Director Financiero o el Contralor. Estados Financieros anuales auditados por un CPA Independiente. Estados Financieros interinos revisados por un CPA.

5 Estados Financieros (2) Periodicidad: - Trimestrales: dentro de los 2 meses siguientes al cierre del trimestre. - Anuales: dentro de los 3 meses siguientes al cierre del período fiscal. - Especiales: previo requerimiento establecido por la CNV.

6 Estados Financieros (3) Contenido: - Balance de Situación General - Estado de Resultados - Estado que muestre todos los cambios habidos en el patrimonio o los procedentes de las operaciones de aportación y reembolso de capital así como de la distribución de dividendos a los propietarios. - Estado de Flujos de Efectivo - Políticas contables utilizadas y demás notas explicativas. - Anexos de consolidación, si aplica. (cuentas y partidas relevantes para que los inversionistas y/o tenedores puedan hacerse una idea clara de la situación y perspectivas del registrado.

7 Estados Financieros (4) Consolidación y Homogeneidad: - Consolidar sus subsidiarias. - A partir del año 2004 deben ser auditados por un solo CPA o firma de auditores. Partes relacionadas: - Informar su relación con partes relacionadas, independientemente que hayan realizado o no transacciones con ellas.

8 Estados Financieros (5) Opinión: expresada por el CPA que realizó la auditoria de los EF. Explicaciones en caso de que se de una opinión adversa o hubo abstención de opinión. Si contiene salvedades explicar su efecto. Debe contener: la fecha que debe coincidir con la de terminación del áudito; denominación de los estados financieros; período de contabilidad; que el examen se llevó a cabo de acuerdo con las normas de auditoría aplicables; que fueron confeccionados de acuerdo con las normas reconocidas y adoptadas por la CNV; nombre, firma y número de licencia del CPA independiente en caso de persona natural.

9 Estados Financieros (6) Independencia del CPA: no se considerará independiente al CPA o a la firma de CPA’s, sus socios o ejecutivos que durante los períodos objeto del dictamen hayan sido de la persona que auditan, entre otras: - Contador, Auditor interno, Contralor, Director o Dignatario, Ejecutivo, Socio, empleado administrativo, promotor, corredor, agente distribuidor o agente fiduciario de sus valores, Consultor. - Tener interés financiero importante o estar comprometido a adquirirlo. -Participación económica importante, en la empresa o con sus ejecutivos, directores o principales accionistas, en relación con su patrimonio o capital. -Parentesco consanguíneo y por afinidad con el propietario, socio principal, Director, Administrador. -Tener préstamos de la empresa o de un ejecutivo, socio, director, etc.

10 Estados Financieros (7) Cambio de Auditores - Comunicar por escrito el cambio dentro de los 15 días siguientes. - Informar la causa que motivo la terminación de la relación. - Si fue recomendado y aprobado por la Junta Directiva. - Si durante los 2 últimos períodos fiscales o interino se dieron desacuerdos con el contador o auditor externo por cualquier asunto relacionado con principios o prácticas contables; debe describirlos. - El informe debe estar firmado por el CPA saliente, o en documento separado.

11 Estados Financieros (8) Rotación de Auditores Externos: - Obligatoria, cada 3 años, de su equipo de auditoría. - Solo 1 miembro del equipo puede permanecer (no puede ser el socio encargado de la auditoría) - Comunicar a la CNV 30 días antes del inicio de la auditoría, el nombre de sus auditores. - CNV lleva el registro del auditor de cada emisor.

12 Hechos de Importancia Comunicado público, mediante prensa, redes electrónicas de divulgación de información financiera, televisión u otros medios autorizados por la CNV, divulgando los hechos de importancia que tengan efectos significativos en el precio de mercado de un valor registrado en la Comisión.

13 Sanciones (Acuerdo No.10-2003) Mora en la presentación de estados financieros e informes especiales, así: - B/.50/día, durante los primeros 10 días hábiles de mora. - B/.100/día, durante los siguientes 10 días hábiles de mora. - B/.150/día, durante los siguientes días hábiles de mora hasta un máximo de B/.3,000. Si se incurre en mora de 60 días hábiles se suspenderá la autorización para oferta pública y negociación de los valores registrados ante la CNV.

14 Sanciones (2) Suministro incompleto de los Estados Financieros: - CNV cuenta con 20 días hábiles para revisar los estados financieros, remite a la empresa nota con las observaciones correspondientes. - Empresa cuenta con 10 días hábiles para atenderlas. Si incumple se suspenderá la autorización para oferta pública y negociación de los valores registrados ante la CNV. Excepción para aplicación de sanciones por no poder cumplir con las normas de periodicidad de entrega de estados financieros: - por haber cesado como negocio en marcha - por causas imputables a fuerza mayor o caso fortuito - otras razones comprobadas o comprobables por la CNV


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