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El Sistema Nacional de Inversión Pública

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Presentación del tema: "El Sistema Nacional de Inversión Pública"— Transcripción de la presentación:

1 El Sistema Nacional de Inversión Pública

2 INTRODUCCION

3 Los Sistemas Administrativos la calidad del servicio
Nacionales son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad Sistemas de Gestión Reglas para certificar Conductas… Ciudadano Estado Servicio Público ... a fin de garantizar la calidad del servicio

4 El orden mediante estándares mínimos de gestión
LEY 27783, LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN ARTÍCULO 10 [...] LAS NORMAS TÉCNICAS REFERIDAS A LOS SERVICIOS Y BIENES PÚBLICOS, Y LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO, REFERIDOS A PRESUPUESTO, TESORERÍA, CONTADURÍA, CRÉDITO PÚBLICO, INVERSIÓN PÚBLICA, CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES, PERSONAL Y CONTROL, POR SU NATURALEZA SON DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO. LEY 27867, LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES ARTÍCULO 33 [...] LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL SE EJERCE BAJO UN SISTEMA GERENCIAL Y SE SUSTENTA EN LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN, EJECUCIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL, DENTRO DEL MARCO DE LAS NORMAS EMITIDAS POR LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS NACIONALES. Sistemas Administrativos LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ARTÍCULO VIII.- LOS GOBIERNOS LOCALES ESTÁN SUJETOS A LAS LEYES Y DISPOSICIONES QUE, DE MANERA GENERAL Y DE CONFORMIDAD CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, REGULAN LAS ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO; ASÍ COMO A LAS NORMAS TÉCNICAS REFERIDAS A LOS SERVICIOS Y BIENES PÚBLICOS, Y A LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO QUE POR SU NATURALEZA SON DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO.

5 “El pasado de la inversión pública”
Antecedentes “El pasado de la inversión pública”

6 Antecedentes En épocas pasadas, la Inversión Pública se desarrolló sin verificar su rentabilidad social, su consistencia con las políticas sectoriales y su sostenibilidad .... Expediente Técnico Ejecución de Obra Idea PROYECTOS NO RENTABLES PROYECTOS NO SOSTENIBLES SOLUCIONES INAPROPIADAS PROYECTOS SOBREDIMENSIONADOS Ello explica las malas experiencias INVERSIONES NO PRIORITARIAS DUPLICIDAD DE INVERSIONES

7 TUMBES Boulevard a la Madre y Monumento al Lagarto y al Árbitro
7 Fuente: DGPM, DGAES MEF. 7

8 Malecón de 2 pisos La tasa de analfabetismo es de 22.3%, mayor que el 11.8% del promedio nacional. Sólo el 51.7% de la población tiene abastecimiento de agua, frente al 62.2% del promedio del país. 8

9 HUANCAVELICA Centro Cívico
Centro Cívico en el distrito de Palca Costo: S/. 4’640,280.00 9 Fuente: DNPP, DGPM, MEF. 9

10 Auditorio Subterráneo
El 66.7% de la población de Huancavelica no está abastecida de agua (red pública dentro de vivienda) El 91.4% de la población de Huancavelica no cuenta con servicios de desagüe (red pública dentro de vivienda) El 49.3% de la población de Huancavelica vive en hogares sin alumbrado eléctrico 10 Fuente: DNPP, DGPM, MEF. 10

11 Estadio y Municipalidad de Echarate, Cusco

12 JUNÍN Monumento a la Maca
PIP “CONSTRUCCION DE EQUIPAMIENTO URBANO PARA EVENTOS CIVICOS, SOCIALES, RECREACION PASIVA, CULTURA Y TURISTICA DE HUAYRE “ declarado viable por la Municipalidad Provincial de Junín el 19/09/2005 Costo: S/. 633 mil Ejecutado a nov 2006: S/. 409 mil Ubicación: Plaza de Armas del Centro Poblado de Huayre, Provincia de Junín. Población del Centro Poblado: 684 personas (Censo 2005) La población no cuenta con piletas públicas para el abastecimiento de agua en las viviendas (costo = S/. 100 mil) 12 12

13 Salón de usos múltiples - Tumbes
Código SNIP 23427 Monto de Inversión declarado viable : S/

14 Los inicios del Sistema
En el año 2000 se crea el SNIP para mejorar la calidad de la Inversión. En ese momento no se incluyeron a los Gobiernos Locales. En el año 2002 la Ley de Bases de Descentralización, dispone el desarrollo progresivo del SNIP en los Gobiernos Locales en su condición de Sistema Administrativo del Estado. 2000 Ley del (excluía a Gobiernos Locales) 2002 Ley Bases Desc. (incluye a Gobiernos Loc. al SNIP)

15 ¿El es un procedimiento administrativo?
NO. El SNIP es uno de los sistemas administrativos del Estado de aplicación a todos los niveles de Gobierno. Sus normas regulan procedimientos especiales. El MEF coordina con la Contraloría General de la República los lineamientos a incluirse en las acciones de control a fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública.

16 ¿Qué es el ? Sistema administrativo del Estado que actúa como un sistema de certificación de calidad de los Proyectos de Inversión Pública. Deben observar y cumplir obligatoriamente todos los niveles de gobierno. Su objetivo es optimizar el uso de los recursos públicos destinados a inversión, promoviendo el desarrollo de una “cultura de proyectos” Herramienta de planificación de la inversión que es anterior a la formulación del presupuesto.

17 El Sistema Nacional de Inversión Pública
Estado Ciudadano Proyecto de Inversión Pública El SNIP busca certificar la calidad de los proyectos

18 ¿Qué es el Alcances del SNIP
Están sujetas al SNIP todas las entidades y empresas del Sector Público No Financiero que ejecuten proyectos de inversión con recursos públicos. Por lo tanto, están sujetos al SNIP: Los Ministerios y sus órganos desconcentrados. Los Organismos Constitucionalmente Autónomos. Los Gobiernos Regionales, sus empresas y entidades adscritas. Los Gobiernos Locales, sus empresas y entidades adscritas a éstos (no todos los municipios están sujetos al SNIP en base a ciertas reglas).

19 ¿Cómo funciona el SNIP? PROYECTO DE INVERSIÓN PROBLEMA SOLUCION
IDENTIFICACIÓN ANÁLISIS DIMENSIONAMIENTO RENTABILIDAD SOCIAL SOSTENIBILIDAD CONSISTENCIA CON POLÍTICAS

20 Órganos del Unidad(es) Ejecutora(s) Unidad(es) Formuladora(s) Alcalde
Oficina de Programación e Inversiones Alcalde Presidente Ministro Órgano Resolutivo En cada Gobierno Local En cada Gobierno Regional En cada Sector Órganos del DGPI

21 Marco Normativo actual
Ley Nº 27293, modificada por las Leyes N° y y por el Decreto Legislativo N°1005. Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº EF, modificado por DS N° EF y DS N° EF. Ley 29465, 45° Disposición Final Directiva General del SNIP, Aprobada por Resolución Directoral N° EF/

22 PRINCIPALES CONCEPTOS

23 Proyecto de Inversión Pública
Toda intervención limitada en el tiempo Que utiliza total o parcialmente recursos públicos Con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto Debe constituir la solución a un problema vinculado a los fines y competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.

24 NO SON PIPs: Las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento. La reposición de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios. En general, la reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones OJO

25 Gastos de Operación y Mantenimiento
Gastos de Mantenimiento: Financian el conjunto de actividades operaciones y procesos requeridos para que la infraestructura, maquinaria, equipos y procesos regulares de la Entidad conserven su condición adecuada de operación. Gastos de Operación: Son aquellos que financian el conjunto de actividades, operaciones y procesos necesarios que aseguran la provisión adecuada y continua de bienes y servicios de la Entidad.

26 Recursos Públicos Se consideran Recursos Públicos a:
Todos los recursos financieros y no financieros; de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento. Incluye a los recursos provenientes de cooperación técnica no reembolsable (donaciones y transferencias). Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP.

27 El desarrollo humano y la inversión pública •Objetivo de las intervenciones, bajo un enfoque de desarrollo humano. •Importancia de la inversión pública para responder necesidades clave en la población.

28 Objetivo de las intervenciones, bajo un enfoque de desarrollo humano •La calidad de vida de los seres humanos, “actuales” y “futuros”, debe ser el elemento fundamental para el diseño e implementación de intervenciones, buscando siempre: •El desarrollo sostenible, y. • Cerrar los déficit en los servicios.

29 Nueva Directiva General del SNIP
Vigente desde el Nueva Directiva General del SNIP

30 I. Atribuciones y Responsabilidades de los órganos del SNIP

31 Órgano Resolutivo RECORDAR:
Designa al órgano que realizará las funciones de OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, debiendo ser distinto a los órganos encargados de la formulación y/o ejecución de los proyectos. Designa al Responsable de la OPI, siendo de su responsabilidad que la persona cumpla con el Anexo SNIP 14 - Perfil Profesional del Responsable de OPI. Esta designación no requiere Resolución ni documento adicional. Solamente requiere el Formato SNIP 02 firmado por el OR.

32 Órgano Resolutivo Delega la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a la máxima autoridad de las Entidades y Empresas de su Sector/GR/GL, previa opinión favorable de su OPI. La entidad que recibe delegación debe: Tener un equipo de por lo menos 02 profesionales especializados en la materia de la delegación. Experiencia mínima de 02 años en evaluación de proyectos, en SNIP.  No ser UE, salvo para conglomerados.

33 Órgano Resolutivo Esta delegación incluye:
La función de registrar a las UF de la Entidad o Empresa Realizar las evaluaciones y registros de los cambios que pudieran producirse durante la Fase de Inversión.

34 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
RECORDAR: Es el órgano técnico del SNIP en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local. En el nivel Regional o Local, sus FUNCIONES están relacionadas al ámbito institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de sus competencias, establecidas por la normatividad de la materia.

35 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento, que sean de su competencia y formulados por sus UFs. Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de preinversión de los proyectos y Programas de Inversión financiados con endeudamiento. Para PIP > S/.10 millones, la OPI puede autorizar el “salto” de Perfil a Factibilidad siempre que en el Perfil se haya identificado, sustentado y definido la alternativa a ser analizada en el estudio de Factibilidad

36 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que se financien con endeudamiento interno, siempre que el monto de inversión del PIP no supere los S/.10 millones. Para los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento, aprueba expresamente los TdR de: perfil > 30 UIT (+ de S/ ,00) prefactibilidad > 60UIT (+ de S/ ,00) factibilidad > 120UIT (+ de S/ ,00) La aprobación expresa de la OPI es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio.

37 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Suscribir los Informes Técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan. Visar los Resúmenes Ejecutivos de los estudios de preinversión. Velar por la aplicación de las recomendaciones que formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita. La persona designada como Responsable de una OPI NO puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.

38 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Las nuevas UF que registre la OPI deben tener: Experiencia en los proyectos que debe formular. Por lo menos 1 año de experiencia en proyectos, en SNIP. Es responsable por mantener actualizada la información registrada en el BP. Registra, actualiza y cancela el registro de las UF, en el BP.

39 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Opinión técnica sobre PIP en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. Opinión favorable sobre cualquier cambio de la información de un estudio o registro en el BP para PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la información necesaria.

40 Oficina de Programación e Inversiones – OPI
Desactiva PIP duplicados por UF de su ámbito. Si PIPs duplicados son de UF de distintas OPIs, las OPI involucradas determinan al menos eficiente y lo comunican a la DGPM para que desactive. Puede cambiar en un PIP viable, la UE por otra UE de su ámbito, directamente en el BP. Puede cambiar la fte. financ. salvo que original sea deuda

41 Unidad Formuladora - UF
Elabora, suscribe y registra los estudios de preinversión. Poner a disposición de DGPM u OPI toda la información del PIP, en caso sea solicitada. Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicación de proyectos.

42 Unidad Formuladora - UF
RECORDAR: Cuando los gastos de O&M están a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF del PIP, debe solicitar la opinión favorable de dicha entidad antes de remitir el Perfil para su evaluación independientemente del nivel de estudio con el que se pueda declarar la viabilidad

43 Unidad Ejecutora - UE Cualquier órgano o dependencia de las Entidades, con capacidad legal para ejecutar Proyectos de Inversión Pública de acuerdo a la normatividad presupuestal vigente. Es la responsable de la fase de inversión, aun cuando alguna de las acciones que se realizan en esta fase, sea realizada directamente por otro órgano o dependencia de la Entidad. Está a cargo de la evaluación ex post del proyecto.

44 Unidad Ejecutora - UE Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración de Estudios Definitivos o Expedientes Técnicos y ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien los apruebe y del responsable de la UE. Culminada la elaboración del ED o ET detallado, remitirá el Formato SNIP -15 debidamente llenado y suscrito, en el que informa que existe consistencia entre el ED o ET detallado y el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad. Elabora el Informe de Cierre del PIP. Informa al órgano que declaró viabilidad, toda modificación en fase de inversión.

45 II. GOBIERNOS LOCALES EN el SNIP

46 Gobiernos Locales en el SNIP
Los ya incorporados. Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del Concejo Municipal), siempre y cuando cumplan con: Tener acceso a Internet; Compromiso del CM de apoyar fortalecimiento capacidades en su Gobierno Local Tener en su Ppto. Inst. para proyectos, un monto no menor a S/ ,00.

47 Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
La incorporación es irreversible. Se consideran PIP nuevos: Aquellos que a la fecha de su Acuerdo de Concejo: No se encuentran en ejecución. No cuentan con un estudio definitivo o expediente técnico vigente. La elaboración de dicho estudio no está sometida a un contrato suscrito o no está en proceso de elaboración por administración directa a dicha fecha.

48 Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
Si el Estudio Definitivo o Expediente Técnico está en elaboración por administración directa, deberá ser aprobado en el plazo máximo de 1 año calendario contado desde la fecha del acuerdo de Concejo Municipal de incorporación al SNIP. Si el ET no se aprueba en el plazo antes señalado, el proyecto deberá evaluarse en el marco del SNIP.

49 Gobiernos Locales en el SNIP
Aquellos que concertar una operación de endeudamiento externo para un PIP. Los Gobiernos Locales que sean incorporados por Resolución de la DGPM. Los Gobiernos Locales en el SNIP: deben tener OPI ó haber encargado la evaluación de sus proyectos (Convenio Anexo SNIP 11).

50 Los PIPs y el Ppto. Participativo para Gobiernos Locales
Los PIPs priorizados en el Ppto. Participativo y considerados en los Pptos. Institucionales con denominaciones genéricas, de acuerdo a la “Tabla de Proyectos” y a la “Estructura Funcional Programática de Proyectos”, (Dva. para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales) En la fase de ejecución presupuestaria y una vez declarado viable cada PIP, se deberá efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a fin de transferir el presupuesto del proyecto genérico y habilitarlo al proyecto (denominación específica) registrado en el Banco de Proyectos del SNIP La DNPP proporciona la codif. presupuestal correspondiente.

51 III. REGISTRO DE CONVENIOS SNIP

52 Convenio SNIP 11 OBJETO: GL sujeto al SNIP encarga la evaluación de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR. GL encargante al incorporarse informa a DGPM que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio. Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al encargante o estar en su mismo departamento.

53 Convenio SNIP 11 Funciones que se encargan:
Evaluación del PIP y Verificación de viabilidad Registros en el BP relacionados En general todas las que deba hacer una OPI La OPI encargada registra Convenio en el BP OJO: La DGPM remite la clave de acceso al BP a la OPI encargada

54 OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en el BP
Convenio SNIP 12 OBJETO: GL sujeto al SNIP formula, evalúa y declara viable PIPs de GL no sujeto. OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en el BP Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el BP, debe dejar constancia del Convenio en la Ficha de Registro del PIP

55 Convenio SNIP 13 OBJETO: GN ó GR pueden formular PIPs de competencia municipal exclusiva, siempre que firmen este Convenio con el GL respectivo Debe indicarse expresamente el PIP objeto del Convenio La UF que formula PIP de competencia municipal exclusiva, registra Convenio en el BP

56 FASES Y PROCEDIMIENTOS
CICLO DEL PROYECTO FASES Y PROCEDIMIENTOS

57 Ciclo del Proyecto Idea Preinversión Inversión Postinversión Perfil Estudios Definitivos/ Expediente Técnico * Operación y Mantenimiento Pre factibilidad Fin Factibilidad Evaluación Ex post Ejecución Retroalimentación *La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión.

58 IV. FASE DE PREINVERSIÓN

59 Recordatorios En esta fase se elaboran Perfil y Factibilidad.
La elaboración del perfil es obligatoria. En cada estudio de preinversión. se busca mejorar la calidad de la información proveniente del estudio anterior a fin de reducir el riesgo en la decisión de inversión. El órgano responsable de la evaluación del PIP, podrá recomendar estudios adicionales a los requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de las características o de la complejidad del proyecto.

60 Recordatorios Deben tener estudios de preinversión y contar con declaración de viabilidad los proyectos ejecutados por terceros con sus propios recursos, cuando luego de su ejecución, una Entidad Pública sujeta al SNIP deba asumir los gastos adicionales de operación y mantenimiento.

61 Formulación de Estudios de Preinversión
RECORDAR: Los estudios de preinv. se elaboran según Contenidos Mínimos, parámetros, metodologías y normas técnicas que se dispongan. La responsabilidad por la formulación de los PIP es siempre de una Entidad del Sector Público sujeta a las normas del SNIP. Los PIP registrados en el BP antes del , mantienen la clasificación funcional programática en la que hubieren sido registrados. Los PIP que se formulen y registren en el Banco de Proyectos a partir del se registran según nuevo Clasificador Funcional Programático

62 Evaluación de Estudios de Preinversión
Los Informes Técnicos de evaluación seguirán las Pautas para la Elaboración de Informes Técnicos (Anexo SNIP-10). Los Informes Técnicos deben ser puestos en conocimiento de la UF que elaboró el estudio. Deben recoger los aspectos desarrollados en el Protocolo de Evaluación. La responsabilidad por la evaluación de los PIP es siempre de una Entidad del Sector Público sujeta a las normas del SNIP

63 Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento
Hasta S/ ,00. Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04) Nueva Ficha de Evaluación (Formato SNIP 06) Plazo de evaluación: 10 días hábiles No aplica Protocolo de Evaluación Se copia a UF y DGPM Formatos de Evaluación y de Viabilidad. Si durante la evaluación de un PIP “mayor” se vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP Menor o “mayor”. Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento

64 Evaluación de Proyectos “mayores”
Se utiliza el Protocolo de Evaluación Cuando se declara la viabilidad de un PIP ya sea con Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad) se remite copia a DGPM de: Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad) Informe Técnico Protocolo de Evaluación Plazo: 05 días hábiles

65 Declaración de Viabilidad
La viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase de inversión. Se aplica a un PIP que a través de estudios de preinv. evidenció ser socialmente rentable, sostenible y compatible con los Lineamientos de Política. La DGPM cautela que las declaraciones de viabilidad reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone las acciones respectivas según cada PIP, y las sustenta y registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.

66 Declaración de Viabilidad
Solo podrá otorgarse si: La intervención es un PIP, de acuerdo a las definiciones establecidas. No se trata de un PIP fraccionado. La UF tiene las competencias legales para formular el PIP. La OPI tiene la competencia legal para declarar la viabilidad del PIP. Los PIP no están sobredimensionados respecto a la demanda prevista y los beneficios del proyecto no están sobreestimados

67 Declaración de Viabilidad
Para que la OPI declare la viabilidad de un PIP, debe contar como mínimo con: Perfil Simplificado: hasta S/ ,00 Perfil (An. 5A): de S/ ,00 a S/ ,00 Perfil An. 5B + Prefactibilidad : de S/ ,00 a S/ ,00 Perfil (y Prefactibilidad) + Factibilidad: Más de S/ ,00. OPI puede autorizar “salto”. DGPM autoriza excepciones de niveles superiores de estudio. Plazo: 10dh

68 Plazos para la evaluación de los Estudios de Preinversión
Expresados en días hábiles: ESTUDIO DE PREINVERSIÓN OPI / DGPM PERFIL SIMPLIFICADO 10 PERFIL 20 PREFACTIBILIDAD 30 FACTIBILIDAD 40

69 V. FASE DE INVERSIÓN

70 Fase de Inversión Un PIP ingresa en la fase de inversión luego de ser declarado viable. La fase de inversión comprende: La elaboración del estudio definitivo o expediente técnico detallado, u otro documento equivalente, y la ejecución del PIP. La fase de inversión culmina con el registro del Informe de Cierre del PIP (Formato SNIP 14)

71 Expediente Técnico - ET
Las disposiciones de la Directiva para los estudios definitivos o expedientes técnicos detallados son de aplicación a los demás documentos equivalentes. La OPI deberá registrar el Formato SNIP 15 en el Banco de Proyectos* antes de que sea aprobado por el Órgano Resolutivo o facultado. Se realiza directamente en el BP, se imprime y firma. Plazo máximo: 15 días hábiles. DGPM opina con opinión previa de la OPI sectorial. * El Formato SNIP 15 es llenado por la UE y ésta lo remite a la OPI Institucional para su registro

72 Expediente Técnico - ET
En los ET de PIP ejecutados por Adm. Directa, deberán establecerse las fórmulas de reajuste de precios. * Este requisito no es de aplicación para los ET de los PIP cuya ejecución se inició antes del 10 de febrero de 2009. En los ET de PIP que se ejecuten mediante contratación pública, se aplica la normativa de contrataciones del Estado. El BP ha habilitado un campo para el registro de la fórmula de reajuste.

73 Ejecución del PIP La ejecución de un PIP sólo deberá iniciarse si se efectuó el registro del Formato SNIP – 15 en el Banco de Proyectos.

74 Informe de Cierre Lo elabora la UE cuando:
PIP ha sido totalmente ejecutado y liquidado Cuando ya no corresponde continuar con la ejecución del PIP La OPI institucional registra el Informe de Cierre en el BP. Registro no implica aceptación ni conformidad de la OPI sobre el contenido del mismo.

75 Modificaciones Fase de Inversión
MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio. Aumento en metrados. Cambio en tecnología de producción. Aumento o reemplazo de componentes del PIP. Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el Estudio de Preinversión. Cambio de la localización geográfica dentro del ámbito de influencia del PIP. Cambio de modalidad de ejecución del PIP. Plazo de ejecución.

76 Modificaciones Fase de Inversión
MODIFICACIONES SUSTANCIALES Cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el Estudio de Preinversión. Cambio del ámbito de influencia*. Cambio en el objetivo del PIP * Ámbito de Influencia: Zona geográfica afectada por el problema central sobre el cual interviene un PIP.

77 Modificaciones Fase de Inversión
Elaboración ET (hasta antes de iniciar ejecución) Ejecución de PIP ACCIÓN I Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable, por: Actualización de precios Modificaciones no sustanciales Monto de Inv. aumenta o disminuye por actualización de precios. Aplicar fórmula de reajuste. Monto de Inv. baja por proc. sel hasta límites de norma contratac. Monto de Inv. aumenta hasta en 10% de lo viable por modific. no sustanciales. No es necesario verificar viabilidad. UE inicia o continua ejecución. PIP debe seguir siendo socialmente rentable

78 Modificaciones Fase de Inversión – Acción I
OPI Institucional registra variaciones en el BP. Plazo para registro: 03 días hábiles. Si OPI detecta cambios cuando va a opinar sobre ET, plazo corre desde opinión. La OPI debe registrar el sustento de las variaciones. La OPI es responsable por la información que registra, sin perjuicio de la responsabilidad de la UE. Si UE ejecuta modificación antes de su registro, se registra en "cambios del PIP en la Fase de Inversión sin evaluación", sin perjuicio de la responsabilidad de la UE. (Ver Anexo SNIP 17) * En caso la UE sea un GL no sujeto al SNIP, las funciones de OPI son asumidas por el órgano que declaro la viabilidad del PIP.

79 Modificaciones Fase de Inversión
Elaboración ET (hasta antes de iniciar ejecución) Ejecución de PIP ACCIÓN II Por modific. no sustanciales, el monto de inv. Aumenta en más del 10% y menos del 30% respecto del viable; ó, El proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad; Se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes, aunque el monto de inversión no varíe. La OPI debe verificar la viabilidad del PIP

80 Modificaciones Fase de Inversión – Acción II
La Verificación de Viabilidad la realiza el órgano que declaró la viabilidad del PIP o el que resulte competente en el momento en que se produzcan los cambios que dan origen a esta acción. El Informe de Verificación de Viabilidad (IVV) está conformado por: Formato SNIP 16. Información sustentatoria de modificaciones. El IVV se remite al OR con recomendaciones. OPI remite a DGPM copia del IVV en 05 dh. DGPM lo registra en el BP en 05dh, salvo que emita recomendaciones.

81 Modificaciones Fase de Inversión
Elaboración ET (hasta antes de iniciar ejecución) Ejecución de PIP ACCIÓN III Por modificaciones no sustanciales, el monto de inversión aumenta en más del 30% respecto del viable; o, El PIP es objeto de modificaciones sustanciales. No procede la verificación de viabilidad OJO: Si el PIP no registra ejecución, es decir cuenta con ET, la OPI que declaró viabilidad, podrá solicitar a la DGPM el retiro de viabilidad, luego de lo cual la UF actualiza el estudio de preinversión, para nueva evaluación. (Ver Anexo SNIP 17)

82 Modificaciones Fase de Inversión – Acción III
OPI o DGPM informan al OCI para que analice causas de modificaciones o posibles deficiencias de estudios de preinversión. Si PIP está en ejecución por Adm. Directa Informe de Cierre Decide Órgano Resolutivo. Si continua ejecución, OPI Institucional registra cambios en BP como “cambios del PIP en la Fase de Ejecución según Acción III”. Si PIP está en ejecución por contrata*: * También se aplicará a PIP en ejecución por Adm. Directa, antes del , con modif. no sustanciales que incrementen los montos de inversión en más del 30% del valor por el cual se otorgó la viabilidad o con modif. sustanciales.

83 Modificaciones Fase de Inversión – PIP financiados con operaciones de endeudamiento
Los registros, evaluaciones e Informes contenidos en las Acciones I, II y III, son de responsabilidad: De DGPM, si los PIP no se enmarcan en una delegación de facultades otorgada por el MEF, sin perjuicio de las atribuciones del OR. Del órgano que recibió la delegación de facultades, si los PIP se enmarcan en una delegación de facultades.

84 FASE DE POSTINVERSIÓN

85 Fase de Postinversión Un PIP se encuentra en la fase de postinversión una vez que ha culminado totalmente la ejecución del PIP. Comprende la operación y mantenimiento del PIP ejecutado, así como la evaluación ex post. La Entidad a cargo de la O y M del PIP, ejecuta las actividades, operaciones y procesos necesarios para su producción de acuerdo a lo previsto en el estudio que sustentó su declaración de viabilidad. El OR correspondiente debe velar por que el PIP cuente con un mantenimiento adecuado.

86 OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL SNIP

87 Empresas que pertenecen a más de un GR o GL
Toda referencia hecha a las OPI, se entiende hecha a la oficina, área u órgano de la empresa, encargada de realizar la evaluación de los PIP. Dicha oficina, área u órgano deberá ser designada por acuerdo del órgano donde estén representados los propietarios o administradores de la empresa, debiendo ser una oficina, área u órgano de la empresa distinta de la UF.

88 Programas de Inversión
Conjunto de PIP y/o Conglomerados que se complementan, tienen un objetivo común. Puede contener componentes de estudios, proyectos piloto, administración o alguna otra intervención relacionada directamente a la consecución del objetivo del Programa; Los GR y GL solo pueden formular Programas que se enmarquen en sus competencias.

89 Conglomerados Ser de pequeña escala;
Ser similares en cuanto a diseño, tamaño o costo unitario; Enmarcarse en las Políticas establecidas en el Plan Estratégico del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Las intervenciones a realizar estén orientadas a lograr el mismo objetivo; Los criterios para la identificación y aprobación de cada PIP se puedan estandarizar; Corresponder a una misma función y programa, de acuerdo al Clasificador Funcional Programático (Anexo SNIP-01).

90 Evaluación de PIPs de un Conglomerado
Para Conglomerados con endeudamiento, el MEF ha delegado facultades para evaluar y declarar la viabilidad de los PIPs, a los Jefes de las UE de los pliegos GN, GR y GL. Para Conglomerados sin endeudamiento, el OR puede delegar, previa opinión favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de las UE de las Entidades y Empresas bajo su ámbito y bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la cual pertenece la UE. Puede ser una delegación general como la del MEF

91 OTRAS DISPOSICIONES VINCULADAS AL SNIP

92 Contrataciones del Estado
Expediente de Contratación Cuando se trate de PIPs, la Entidad es responsable de: Que los proyectos estén viables, en el marco del SNIP Tomar las previsiones para que se respeten los parámetros de la viabilidad, incl. costos, cronograma, diseño u otros. Cuando el PIP contenga obras, se adjuntará: El ET respectivo La declaratoria de viabilidad Cuando el PIP se vaya ejecutar por concurso – oferta: El estudio de preinversión que sustentó viabilidad El IT de viabilidad Cuando el PIP se vaya a ejecutar por llave en mano e incl. la elaboración del ET, también se adjuntan dichos dctos.

93 Contrataciones del Estado
Valor Referencial Cuando se trate de proyectos de inversión, se establece de acuerdo al monto de inversión del estudio de preinversión que sustenta la declaración de viabilidad. (Ver: art. 27 LCE – DLeg. 1017) En la ejecución de obras bajo la modalidad de concurso oferta, se determina según: (Ver: art. 14 Rglto LCE) el objeto de la obra El alcance previsto en los estudios de preinversión que dieron lugar a la viabilidad del PIP, el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado

94 Contrataciones del Estado
Las entidades preferentemente contratarán por paquete la elaboración de est. preinv. y ET, debiendo preverse en los TdRs que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles siguientes. UF y UE en coordinación con órgano encargado de contrataciones sustentarán la convocatoria del proceso, por paquete o en forma separada.

95 Ley Ppto. 2010 (65° DF) Usos del Canon y Regalía Minera
Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20% para mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local. Los GR y GL pueden usar hasta el 5% para la elaboración de perfiles de PIP en sus PDC. Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o regalía minera o que reciban anualmente MENOS de S/.1 millón de nuevos soles, pueden usar hasta el 8% del Grupo Genérico Gasto 5. Inversiones, para elaborar perfiles. Para ello, pueden autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones presupuestarias, vinculadas a gastos para proyectos.

96 Ley Ppto. 2010 Usos del Canon y Regalía Minera
Los GR y GL pueden estos recursos en el financiamiento o cofinanciamiento de PIPs para brindar servicios públicos de acceso universal, que generen beneficios a la comunidad, y se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno, infraestructura para comisarías, postas médicas y hospitales, escuelas y establecimientos penales, Asimismo, podrán utilizar estos recursos para el cofinanciamiento de proyectos de competencia de otros niveles de gobierno en infraestructura vial Los PIPs no podrán considerar intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.

97 Ley Ppto. 2010 Usos del Canon y Regalía Minera Las universidades pueden financiar y cofinanciar investigaciones de ciencia aplicada, preferentemente, en: salud pública y prevención de enfermedades endémicas; sanidad agropecuaria; preservación de la biodiversidad y el ecosistema en la zona geográfica de actividades económicas extractivas; uso eficiente de energías renovables y procesos productivos. Aquellas con sedes, facultades o carreras profesionales que funcionen en la provincia o provincias productoras de su región destinarán no menos 10% del total de lo percibido. Pueden usar hasta el 50% para financiar PIP vinculados directamente con los fines de las universidades pública y que no contemplen intervenciones con fines empresariales. No podrán usarse para el pago de remuneraciones ni retribuciones.

98 Prefactibilidad y Factibilidad
Se financian con cargo a Gastos de Inversión Por excepción, se utiliza proyecto con denominación genérica Estudios de Preinversión cadena del gasto (gastos para proyectos).

99 Coejecución y Cofinanciamiento
Mediante la COEJECUCIÓN, más de una Entidad va a participar en la ejecución de diferentes componentes o metas en un solo Proyecto de Inversión Pública. Mediante el COFINANCIAMIENTO una Entidad transfiere a otra recursos para la ejecución de un Proyecto de Inversión Pública.

100 Muchas Gracias


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