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Publicada porLucinde Santoyo Modificado hace 9 años
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ÉTICA PROFESIONAL Secretariado Ejecutivo Computacional
Diapositivas de apoyo a las clases Última actualización: mayo de 2013 Profesor: Juan Alberto Fuentes F.
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¿Qué es profesión y que le diferencia de un oficio?
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Otra definición de acuerdo a las tendencias culturales podemos establecer que profesión es:
una ocupación que requiere preparación y conocimientos científicos con un diploma o certificado basado en exámenes que conceden el derecho para el ejercicio de sus habilidades específicas.
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Con ello llegamos a definir junto a Edward Gross, a un profesional como aquella persona que:
Posee un conocimiento teórico aplicable a la solución de problemas recurrentes pero no estandarizables Que se sienten en la obligación de realizar su trabajo al máximo de su competencia. Estos dos factores nos llevan a pensar en la necesidad de la existencia de un alto grado de autocontrol… …o en su defecto, la necesidad de un control externo ejercido por asociaciones de iguales Llegamos a alguna forma a la necesidad de una pauta de comportamiento o código de ética de la profesión.
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Estos factores caracterizan cualquier actividad profesional.
De mayor o menor forma, estos ocho aspectos están presentes en todas las profesiones. La ética profesional, supone todo lo relacionado con el acto humano como tal, las actitudes y opciones fundamentales, con la responsabilidad, las fuentes de moralidad, agravantes y atenuantes, con el derecho y la ley, el delito y la pena, la conciencia clara y la dudosa o perpleja, la duda de hecho y la de derecho, el derecho, la eficiencia, la propiedad y la autoridad.
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Los conflictos éticos en el ejercicio de una profesión se presentan por:
El "profesional" no ha logrado internalizar los criterios éticos por los que debe regirse Conflicto de intereses y/o visiones entre los miembros de la orden Entre el "profesional" y los empleados en su trabajo Con sus clientes (...pacientes, educandos, otros) Cumplimiento de normas de ética de códigos y los de la empresa o intereses de los clientes Entre la profesión y el conjunto de la sociedad Entre la profesión y la ecología y el medio ambiente Entre los códigos y las leyes (por ejemplo el aborto terapéutico) Entre la ética y las costumbres o cultura de la sociedad, entre otras razones.
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Establecer una normativa básica a la que debe atenerse el profesional
Para regular situaciones de conflictos se crean códigos que regulan el comportamiento de los profesionales, las finalidades son: Señalar los niveles de expectativas y aspiraciones tanto del profesional como del cliente Establecer una normativa básica a la que debe atenerse el profesional Educar al profesional para el desarrollo efectivo de su profesión, en un marco ético.
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Estas finalidades las procuran atender los colegios profesionales, quienes persiguen:
responsabilidad de los actos adhesión a principios espíritu de servicio búsqueda del bien común lealtad y solidaridad entre los miembros de una profesión, al personal que colabora y frente al cliente autocontrol y control entre los pares control del poder entre los "profesionales" y los clientes autorrealización vocacional búsqueda de perfección de la obra del profesional.
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En el plano de los instrumentos debemos tener en cuenta las normas que se establecen en los códigos jurídico – legales como los códigos de comercio, laboral, civil, penal … En el plano de las opciones, el Ministerio de Economía aprueba los Estatutos del Colegio de cada profesión, de las asociaciones y agrupaciones empresariales, genéricas y de cada sector industrial, sin embargo, estas normas obligan a quienes pertenecen a esas asociaciones gremiales.
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Otro potente instrumento de ética positiva importante en las relaciones laborales es el Contrato de Trabajo. Es un acuerdo entre empresario y trabajador por el cual el trabajador se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.
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Este contrato base que es de carácter individual que obliga recíprocamente al empleador y al trabajador y debe contener: Lugar y fecha del contrato Individualización de las partes, indicándose nacionalidad, fechas de nacimiento y ingreso del trabajador. Determinación de la naturaleza del servicio, del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. Retribución por dichos servicios (remuneración, bonos, premios, etc) Duración y distribución de la jornada de trabajo Plazo del contrato Otros acuerdos de partes
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Las modificaciones consignarán por el mismo medio y serán firmadas.
El empleador podrá alterar la naturaleza de los servicio, el sitio o recinto, siempre que se trate de labores similares y en la misma ciudad en el marco que le faculta la ley También podrá alterar la distribución de la jornada de trabajo hasta en 60 minutos debiendo avisar con 30 días de anticipación.
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