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Convenios internacionales relacionados con la reducción y/o eliminación de plaguicidas Fernando Bejarano Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas.

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Presentación del tema: "Convenios internacionales relacionados con la reducción y/o eliminación de plaguicidas Fernando Bejarano Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas."— Transcripción de la presentación:

1 Convenios internacionales relacionados con la reducción y/o eliminación de plaguicidas
Fernando Bejarano Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas en México (RAPAM) Seminario Internacional Agroquímicos, Transgénicos y sus Alternativas en América Latina y el Caribe Santo Domingo, República Dominicana 22 a 23 Enero 2007

2 El Código Internacional de Conducta FAO Protocolo de Montreal
Convenios ambientales internacionales relacionados con control de los plaguicidas (selección) El Código Internacional de Conducta FAO Protocolo de Montreal Convenio de Rótterdam Convenio de Basilea Convenio de Estocolmo Enfoque Estratégico Internacional sobre el Manejo de Sustancias Químicas (SAICM) Convenio 170 de la OIT sobre los Productos Químicos Convenio 184 de la OIT sobre la Seguridad y Salud en la Agricultura Instrumentos normativos internacionales con consecuencias operativas directas en el manejo de plaguicidas Codex Alimentarius, y más específicamente el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas, que funciona desde 1966; 􀁸 Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (adoptado en 1987, entró en vigor en 1989), con sus enmiendas subsiguientes; 􀁸 Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los deshechos peligrosos y su eliminación, adoptado en 1989, que entró en vigor en 1992; 􀁸 Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicado a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, adoptado en 1998 ; 􀁸 Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, adoptado en 2001; B. Instrumentos normativos internacionales que proporcionan un contexto de política general sobre manejo de plaguicidas 􀁸 Convenio sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el Trabajo, adoptado en 1990, que entró en vigor en 1943; 􀁸 Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, proclamada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en 1992; 􀁸 Programa 21 - Programa de Acción Mundial para el desarrollo sostenible, y más específicamente su Capítulo 14 (Fomento de la Agricultura y del Desarrollo Rural Sostenibles) y su Capítulo 19 (Gestión ecológicamente racional de los productos químicos tóxicos, incluida la prevención del tráfico internacional ilícito de productos tóxicos y peligrosos); adoptado en 1992; 􀁸 Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en 1992, que entró en vigor en 1993; 􀁸 Convenio sobre la Prevención de Accidentes Industriales Mayores, adoptado en 1993, que entró vigor en 1997 ; 􀁸 Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, adoptados en 1996 (49); 􀁸 Declaración Mundial de la Salud y la Salud para todos en el siglo XXI, adoptados en 1998.

3 El Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) Código de conducta voluntario, adoptado 1985 por la Conferencia FAO “encaminado a conseguir una mayor seguridad alimentaria y, al mismo tiempo, proteger la salud humana y el medio ambiente”. 1989 Modificaciones para incluir el procedimiento del Consentimiento Fundamentado Previo (CFP). Y Versión revisada tras adopción Convenio Rótterdam “enfoque moderno conducente a un manejo racional de los plaguicidas, que se centra en la reducción del riesgo, la protección de la salud humana y ambiental y el apoyo al desarrollo de la agricultura sostenible mediante el uso eficaz de los plaguicidas y la aplicación de estrategias de MIP.” Art 2 Terminos y Definiciones Plaguicida, cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga, incluyendo los vectores de enfermedades humanas o de los animales, las especies de plantas o animales indeseables que causan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, transporte o comercialización de alimentos, productos agrícolas, madera y productos de madera o alimentos para animales, o que pueden administrarse a los animales para combatir insectos, arácnidos u otras plagas en o sobre sus cuerpos. El término incluye las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, agentes para reducir la densidad de fruta o agentes para evitar la caída prematura de la fruta, y las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra la deterioración durante el almacenamiento y transporte. Manejo Integrado de Plagas (MIP), la cuidadosa consideración de todas las técnicas disponibles para combatir las plagas y la posterior integración de medidas apropiadas que disminuyen el desarrollo de poblaciones de plagas y mantienen el empleo de plaguicidas y otras intervenciones a niveles económicamente justificados y que reducen al mínimo los riesgos para la salud humana y el ambiente. Con el MIP se hace hincapié en el crecimiento de cultivos sanos, perturbando lo menos posible los ecosistemas agrícolas y fomentando los mecanismos naturales de control de plagas. Cambios: Mantiene estructura y naturaleza. 12 artículos que contiene, junto con las directrices técnicas complementarias y un nuevo Anexo con referencias a instrumentos normativos internacionales relacionados con el Código; adopción “ciclo de vida

4 C. Conducta FAO Artículo 5
C. Conducta FAO Artículo 5. Reducción de los riesgos para la salud y el ambiente 5.2 Aun en los casos en que funcione un programa de control, la industria de plaguicidas debería: 5.2.3 hacer todos los esfuerzos razonables para reducir los riesgos que entrañan los plaguicidas: 5.2.4 interrumpir la venta y retirar los productos cuando su manipulación o utilización entrañe un riesgo inaceptable bajo cualquiera de sus indicaciones de uso o restricciones.

5 Protocolo de Montreal sobre las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono
Ultimos reportes confirman peligrosidad BrM. Las liberaciones de fumigaciones con BrM aportan el 30% de las liberaciones atmosféricas previas a 1998. BrM es 60 veces más destructor del ozono que su equivalente en CFC (30% más de lo que se estimaba antes) UNEP/WMO Releases the Scientific Assessment of Ozone Depletion: 2006 These findings suggest that fumigation-related emissions accounted for 30%, rather than the previously estimated 20%, of atmospheric methyl bromide prior to As a result, the report estimates the methyl bromide results in 60 times more ozone depletion than an equivalent amount of chlorofluorocarbons, over 30% higher than the previous estimate Ver Executive Summary of Scientific Assessment, Ozone Secretariat, 18 August 2006 Según la Organización Meteorológica Mundial (OMM), el tamaño del agujero no ha alcanzado los máximos registrados en 2000 y Las medidas adoptadas a través del Protocolo de Montreal para tratar de disminuir la concentración de sustancias dañinas para la capa de ozono, como los clorofluorocarbonados (CFC) o el halón, deberían permitir que ésta se restableciera completamente en torno a 2050 "El de este año es el tercer mayor agujero de la historia, pero su tamaño empieza a reducirse sin haber llegado al máximo, lo que quiere decir que los pactos mundiales al respecto van dando sus frutos", explicó esta semana el científico Geir Braathen, del Departamento de Investigación Atmosférica y Medio Ambiente de la organización internacional. AGUJERO CAPA OZONO Mientras que en 2003 el agujero llegó a medir 29 millones de kilómetros cuadrados, este año 2006 no ha superado los 26,9 millones. El debilitamiento de la capa de ozono que se genera anualmente sobre el Polo Sur y la Antártida empieza a decrecer.

6 Protocolo de Montreal sobre las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono
Entra en vigor desde Enero 1989 Inclusión del bromuro de metilo 1992 (enmienda de Copenhague) Enmienda 1997, Calendario eliminación diferenciado: Paises desarrollados: reducciones: 25% en 1999; 50% 2001, 70% Eliminación en 2005 excepto “usos agrícolas críticos” Países en desarrollo: Congelación uso 2002 al nivel promedio de ; Revisión del calendario de reducción 2003; reducción 20% en 2005; Eliminación excepto “usos agrícolas críticos”. Exención gral de usos de cuarentena y de preembarque Creación de un panel de Evaluación Técnica y Económica (TEAP) y un Fondo Multilateral apoyo Asamblea General de Naciones Unidas proclamó el día 16 de septiembre como Día Internacional de la Preservación de la Capa de Ozono RAPAL Uruguay El bromuro de metilo es un gas utilizado en la producción hortícola para esterilizar el suelo y así controlar nemátodos, hongos, insectos y  malezas. El bromuro de metilo se aplica inyectándolo al suelo o a los almácigos, cubriéndolos luego con plástico para que retengan el gas. Se emplea principalmente en cultivos como tomates, morrones, pepinos y melones entre otros tantos. También se lo utiliza para proteger granos almacenados contra insectos. Aparte de dañar la capa de ozono, el bromuro de metilo es extremadamente tóxico y ha sido clasificado por la Organización Mundial de la Salud en la categoría I (la de mayor toxicidad).   Este gas penetra especialmente por los pulmones causando serios problemas, incluso la muerte. Puede atacar el sistema nervioso, provocando mareos, dolor de cabeza, náusea, vómitos, sueño, debilidad, visión borrosa, y en dosis y tiempos prolongados puede provocar convulsiones y desmayos. Por lo general después de un contacto excesivo con el bromuro de metilo se presentan daños crónicos irreversibles en el hígado, riñones y pulmones. Según investigaciones también existe la posibilidad de que pueda causar cáncer y defectos de nacimiento

7 Esfuerzos para debilitar P Montreal
Estados Unidos logró exenciones 37% uso total argumentando “usos críticos” en . 10,450 tons of BrM en EPA en Dic 2006 establece exenciones, permitiendo ganancias a los productores israelíes Ameribrom y otros como Chemtura, de $60-$80 millones Dlls. En 18ª reunión Partes Protocolo en India Oct 30-Nov Se pospuso la consideración de las exenciones de años múltiples de los usos críticos del bromuro de metilo y las opciones respecto a las existencias acumuladas. In Montreal Protocol negotiations, the administration used a treaty provision designed to prevent "market disruption," to win exemptions that leave the United States 37 percent shy of the phaseout required by 2005, with at least 10,450 tons of methyl bromide exempted this year. While that is down from some 28,080 tons used in 1991, this year's total is higher than it was two years ago. Ver sobre 18ª reunion Protocolo Montreal En Estados Unidos The EPA in September disclosed that the methyl bromide inventory, owned by 35 companies, reached almost 11,000 tons at the beginning of this year RUMBA march April 2006 Globally, 106 countries reported that they did not consume MB in 2003, except for treatment of quarantine pests in some cases of these countries used MB in the past. As a result, the quantity of MB detected in the atmosphere has fallen significantly since 1998.(2) While this shows admirable progress, scientists have warned against complacency - many small, remaining uses of MB risk negating the gains achieved to date.(2) Scientists have noted that the ozone layer will not recover if the Montreal Protocol phase-out commitments are not implemented in full. 4- EPA to Re-Register, Increase Safety Standards for Methyl Bromide Following a review of the commodity uses of the methyl bromide, the Environmental Protection Agency (EPA) has determined that the fumigant is eligible for re-registration and its tolerances meet safety standards stipulated in the Food Quality Protection Act. However, the agency also says use of the ozone-depleting chemical can continue only if "risk mitigation measures identified in the methyl bromide decision document are adopted and product labels are amended accordingly." EPA says it will require a number of mitigation measures, including site-specific fumigant management plans, respiratory protection, buffer zones, posting and notification as steps to reduce potential inhalation risks to workers and bystanders. "Combined with the methyl bromide phase-out mandated by the Montreal Protocol, many of these measures will further reduce potential health risks from ozone depletion, such as skin cancer," says EPA. Ver ALTERNATIVAS roductos que contienen 1,3-D, los cuales han sido promocionados en Costa Rica como alternativas al BM, especialmente por su compañia fabricante, DOW. (Telone). Luis tiene razon, como RAPAL no podemos respaldar esta alternativa quimica, pues es un producto que se usa en dosis muy altas (200 a 300 litros/hectarea), es un contaminante de aguas subterraneas, porque es muy soluble y volatil, altamente toxico para peces y crustaceos. Tiene un subproducto de hidrolisis que es sumamente persistente (su grupo quimico es alifatico, clorado). Por ej: en Suecia se prohibio por sospecha de cancerigeno y por su alta movilidad. No podemos luchar por eliminar un contaminante de la capa de ozono para introducir uno que nos vaya a contaminar aguas, sobre todo en paises como Republica Dominicana donde en los lugares a usarse (cultivo de melon) estaria contaminando pozos que la gente usa para abastecerse de agua.

8 Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Objetos de Comercio Internacional Adoptado Sept 1998, entró en vigor Feb 2004 Objetivo Art.1 :promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños; y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes. Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo CFP.   (PIC) Anexo III Incluyen CFP: 39 productos químicos incluyendo 24 plaguicidas, 6 formulaciones de plaguicidas extremadamente peligrosas) y 11 productos químicos industriales, pero prevén incluyan más El Convenio crea obligaciones jurídicamente vinculantes para la aplicación del procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP). Se basa en el procedimiento de CFP voluntario ya existente, aplicado por el PNUMA y la FAO en 1989. Dos notificaciones procedentes cada una de una región distinta de entre las regiones que determine la Conferencia de las Partes en su primera reunión inducirá a que se considere la posibilidad de incluir un producto químico en el procedimiento de CFP.  También puede proponerse la inclusión en el procedimiento de formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas que entrañen un peligro en las condiciones de uso en los países en desarrollo o países con economías en transición. Una vez que el producto químico se incluye en el procedimiento de CFP, se distribuye a los países importadores un “documento de orientación para la adopción de decisiones” (DOAD) que contiene información sobre el producto químico y las decisiones reglamentarias de prohibirlo o restringirlo rigurosamente por razones sanitarias o ambientales. Los países importadores tienen un plazo de nueve meses para preparar una respuesta en relación con la futura importación del producto químico de que se trate. Esta respuesta puede consistir en una decisión definitiva (de permitir la importación del producto químico, de no permitirla, o de permitirla sujeta a determinadas condiciones) o bien en una respuesta provisional. Convenio Rotterdam   Por "producto químico prohibido" se entiende aquél cuyos usos dentro de una o más categorías han sido prohibidos en su totalidad, en virtud de una medida reglamentaria firme, con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente.  Ello incluye los productos químicos cuya aprobación para primer uso haya sido denegada o que las industrias hayan retirado del mercado interior o de ulterior consideración en el proceso de aprobación nacional cuando haya pruebas claras de que esa medida se haya adoptado con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente;   Por "producto químico rigurosamente restringido" se entiende todo aquél cuyos usos dentro de una o más categorías hayan sido prohibidos prácticamente en su totalidad, en virtud de una medida reglamentaria firme, con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente, pero del que se sigan autorizando algunos usos específicos.  Ello incluye los productos químicos cuya aprobación para prácticamente cualquier uso haya sido denegada o que las industrias hayan retirado del mercado interior o de ulterior consideración en el proceso de aprobación nacional cuando haya pruebas claras de que esa medida se haya adoptado con objeto de proteger la salud humana o el medio ambiente;   Por "formulación plaguicida extremadamente peligrosa" se entiende todo producto químico formulado para su uso como plaguicida que produzca efectos graves para la salud o el medio ambiente observables en un período de tiempo corto tras exposición simple o múltiple, en sus condiciones de uso.

9 24 Plaguicidas 6 Formulaciones incluidos CFP, C. Rotterdam A. III
Aldrin Binapacrilo Captafol Clordano Clordimeformo Clorobencilato DDT DNOC Dieldrín Dinoseb 1,2- Dibromoetano (EDB) Dicloruro de etileno Öxido de etileno Fluoroacetamida HCH Heptacloro Hexaclorobenceno Lindano Compuestos mercurio Monocrotofos Pentaclorofenol Paratión etílico Toxafeno 6: Formulaciones: (benomilo, carbofuran y Tiram; monocrotofos; metamidofos, fosfamidón; paratión

10 C. Rotterdam…. Ventajas:
Permite al país importador establecer requerimientos para importación-exportación, incluida la prohibición de la importación Crea un mecanismo regular de intercambio información de una lista de plaguicidas que han sido prohibidos o severamente restringidos Los países en desarrollo y con E transición pueden proponer la inclusión de formulaciones peligrosas Propuestas: Establecer un sistema de monitoreo transparente y abierto al conocimiento del público. Quién, cuando, dónde cuanto. Con un código aduanero específico añadiendo dígitos al código aduanero armonizado (por Ej Tailandia) Mecanismo de participación ciudadana en la vigilancia intoxicaciones para fortalecer la notificación al Secretariado de productos o formulaciones peligrosas Por eJ. Annex III Chemicals and Pesticides CAS Number(s)HS CodePure SubstanceHS CodeMixtures, Preparations containing Substance2,4,5-T and its salts and esters

11 Convenio Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP)
Tóxicos; Persistentes; Bioacumulables

12 La docena prioritaria para su eliminación global
Plaguicidas OCs: Aldrín, clordano, DDT, dieldrín, endrín, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex, toxafeno Productos industriales: policlorobifenilos (PCB) COP producidos de manera no intencional: dioxinas, furanos PCB HCB Nuevos COPs propuestos: lindano, PFOs, PBDE, entre otros Los Nuevos COPs propuestos que han sido aceptados que cumplen con los criterios de selección y se estan discutiendo por el Comité de Revision de los Nuevos COPs ( México esta participando con un representante del INE) formado en el Convenio de Estocolmo son El clordecone, que había sido propuesto previamente por la Comunidad Europea y sus Estados miembros que son partes en el Convenio de Estocolmo; El hexabromobifenilo que había sido propuesto previamente por la Comunidad Europea y sus Estados miembros que son partes en el Convenio de Estocolmo; Retardante de flama El lindano que había sido propuesto previamente por México; El éter de pentabromodifenilo, que había sido propuesto previamente por Noruega; Retardante de flama El sulfonato de perfluorooctano (PFOS) y las 96 sustancias que al degradarse pueden formar  PFOS, que habían sido propuestos previamente por Suecia. PFOS tiene la formula general C8F17SO3 es un grupo de compuestos organicos que tienen en comun que contienen atomos de fluor que han sustituido a los de hidrogeno en la cadena de carbono. Este Comité está formado por 31 miembros, incluyendo 5 de América Latina y el Caribe: Brasil, Ecuador, México, Trinidad y Tobago y Uruguay.

13 Medidas sobre plaguicidas
Eliminar producción y uso Aldrín, clordano, DDT, dieldrín, endrín, heptacloro, hexaclorobenceno, mirex, toxafeno Promover alternativas al control paludismo para no pedir exenciones a la eliminación del DDT Identificación de sitios contaminados y desechos plaguicidas COPs con mecanismos de limpieza y compensación de daños, quién es responsable y quién debe pagar? Prevenir producción y uso de nuevos plaguicidas con características COPS (Impedir cancelar registro) Incluir producción de plaguicidas organoclorados (PCP, 2,4-D) en el inventario de dioxinas Apoyar propuesta inclusión nuevos COPs: lindano e incluir endosulfan nuevo COP

14 Información, concientización y educación al público (art.10)
Concientización de encargados de formular políticas y adoptar decisiones. Acceso público a la información inventarios plaguicidas, PCB, dioxinas, RETC, impacto a la salud y alternativas. Programas de formación y concientización, especialmente mujeres, niños y personas - ingresos Capacitación a trabajadores Participación del público, Plan Nacional Aplicación del Convenio Estocolmo Investigación, desarrollo, vigilancia y cooperación sobre los COP (efectos salud: salud reproductiva y ambiente, y sus alternativas

15 Adopción 22 marzo 1989, en vigor mayo 1992, 63 países parte
Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación Adopción 22 marzo 1989, en vigor mayo 1992, 63 países parte Reducir al mínimo la generación de desechos tratar y eliminarlos lo más cerca del lugar de su generacion Reducir al mínimo los movimientos internacionales de sechos peligrosos Prohibición exportación Países OCDE a no OCDE enmienda adoptada 1995 Países que se oponen a la entrada en vigor prohibición: USA, Japón, Australia, Canadá, India y Nueva Zelanda, (hasta que 126 Países sean parte del Convenio). Tema será discutido en la (COP9) en Indonesia, prohibiciòn:USA, Japón, Australia, Canada, India y Nueva Zelanda, argued that three quarters of the parties to the Convention countries - must ratify the amendment before it takes effect. 8. Por “manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos o de otros desechos” se entiende la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen de manera que queden protegidos el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos.

16 El “bajo contenido de COP” permite el tráfico internacional desechos
Grupo de COPs Límite de bajo contenido de COPs Reglamento del Consejo 1195/2006. Unión Europea Propuesta de ONGs, gobiernos locales y expertos PCDD/PCDF 15 ppb 0.1 ppb PCBs similares a dioxinas en EQT-OMS -- PCBs 50 ppm 2.5 ppm Plaguicidas COPs ppm Otros COPs (HCB)

17 Estatus firma y ratificación A Latina Caribe
Países que no son parte de estos Convenios: Aruba, Guadalupe, Guyana Francesa, Islas Caim[an, IslasTurcas y Caicos, Islas Vírgenes, Martinica, Puerto Rico Países que aún no depositan su instrumento de ratificación ante el Convenio de Estocolmo ni de Rótterdam: Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, entre otros Países que aún no han ratificado C. Estocolmo: Belice, Cuba, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Haití, Jamaica, República Dominicana, Suriname País no ha ratificado Convenio Basilea: Haití Países que no forman parte del Convenio Rótterdam: Antigua y Barbuda, Bahamas, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Nicaragua, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago.

18 Seguridad Química y Enfoque Estratégico
1992. Agenda 21. Cap. 19 Cambio de los Patrones No sostenibles de Producción y Consumo La Seguridad Química es la prevención de los efectos adversos, a corto y largo plazo, que presentan, para los seres humanos y el medio ambiente, la fabricación, el almacenamiento, el transporte, el uso y la eliminación de productos químicos. (FISQ) “lograr para el año 2020 que las sustancias químicas sean usadas y producidas de modo que tiendan a una reducción significativa de los efectos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente”, Plan de Implementación de Johannesburgo de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sustentable, realizada en Johannesburgo, Sudáfrica en 2002,

19 Enfoque estratégico para el Manejo Internacional de Sustancias Químicas (SAICM
Tres Documentos aprobados Dubai 2006: Declaración ministerial de alto nivel, Estrategia de política global y Plan de acción mundial. Alcance: incluye aspectos ambientales, económicos, sociales, de salud y trabajo de la seguridad química, incluyendo productos químicos usados en la agricultura y la industria con la idea de promover el desarrollo sustentable y cubrir todos las etapas del ciclo de vida de las sustancias químicas, incluyendo su uso en productos. Plan de Acción comprende a plaguicidas, niños y seguridad química, Y las sustancias persistentes, bioacumulativas, tóxicas o Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), las que provocan cáncer, y mutagénesis o efectos en el sistema endocrino, reproductivo, inmunológico o nervioso a los que se deben buscar alternativas para sustituirlos, entre otras actividades RETC REACH Historic chemical regulation policy decision in Europe: Last week, the European Union took historic action by adopting REACH (Registration, Evaluation, and Authorization of Chemicals) — the world’s toughest policy for dealing with dangerous chemicals. Under REACH, companies that produce or import some 1500 chemicals in Europe will be required to provide health and safety data and substitute safer alternatives for the worst toxics. Special authorization will be required to continue use of some of the most dangerous chemicals. REACH is not comprehensive; for example, pesticides are not addressed. And European public health and environment groups protested a change just before the final vote that they claim weakens the key “substitution principle”. Still, REACH has put the global chemical industry on notice that nations are insisting on more health-protective regulation, and U.S. chemical industry representatives worked hard to defeat the legislation. The views of many U.S. advocates were reflected by Daryl Ditz of the U.S. Center for International Environmental Law, who told the Los Angeles Times, “To protect the health of Americans and the competitiveness of U.S. companies, we must now overhaul our own laws on toxic chemicals

20 OIT, Convenio 170 sobre los productos químicos
Convenio sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo (adoptado 25 Jun 1990; vigor en 4 nov 1993) 1… se aplica a todas las ramas de actividad económica en las que se utilizan productos químicos. Artículo 13 CONTROL OPERATIVO 1. Los empleadores deberán evaluar los riesgos dimanantes de la utilización de productos químicos en el trabajo, y asegurar la protección de los trabajadores contra tales riesgos por los medios apropiados, y especialmente: a) escogiendo los productos químicos que eliminen o reduzcan al mínimo el grado de riesgo; c) la expresión utilización de productos químicos en el trabajo implica toda actividad laboral que podría exponer a un trabajador a un producto químico, y comprende: i) la producción de productos químicos; ii) la manipulación de productos químicos; iii) el almacenamiento de productos químicos; iv) el transporte de productos químicos; v) la eliminación y el tratamiento de los desechos de productos químicos; vi) la emisión de productos químicos resultante del trabajo; vii) el mantenimiento, la reparación y la limpieza de equipo y recipientes utilizados para los productos químicos;

21 C 170, OIT Artículo Los trabajadores deberán tener el derecho de apartarse de cualquier peligro derivado de la utilización de productos químicos cuando tengan motivos razonables para creer que existe un riesgo grave e inminente para su seguridad o su salud, y deberán señalarlo sin demora a su supervisor. 2. Los trabajadores que se aparten de un peligro, de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior, o que ejerciten cualquier otro derecho de conformidad con este Convenio, deberán estar protegidos contra las consecuencias injustificadas de este acto.

22 Convenio 184 OIT sobre la seguridad y la salud en la agricultura
Adoptado 2001, entrada vigor entrada en vigor 2003 Artículo A la luz de las condiciones y la práctica nacionales, y previa consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, los Miembros deberán formular, poner en práctica y examinar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en la agricultura. Esta política deberá tener por objetivo prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo, mediante la eliminación, reducción al mínimo o control de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo en la agricultura.

23 Convenio 184 OIT sobre la seguridad y la salud en la agricultura
Artículo Los trabajadores del sector agrícola deberán tener derecho: a) a ser informados y consultados sobre cuestiones de seguridad y salud, incluso sobre los riesgos derivados de las nuevas tecnologías; b) a participar en la aplicación y examen de las medidas de seguridad y salud y, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, a escoger a sus representantes en la materia y a sus representantes en los comités de seguridad y salud, y c) a apartarse de cualquier peligro derivado de su actividad laboral cuando tengan motivos razonables para creer que existe un riesgo inminente y grave para su seguridad y su salud, y señalarlo de inmediato a su supervisor. Los trabajadores no deberán verse perjudicados por estas acciones.

24 Participación ciudadana para una política pública democrática y preventiva
Los convenios internacionales requieren de su difusión masiva para que la población colabore en su monitoreo y vigilancia, combate tráfico ilegal. ¿Los Convenios son sólo asunto de expertos? Establecer mecanismos amplios de participación ciudadana y monitoreo. ¿Qué mecanismos de consulta se han establecido para la participación de la sociedad civil? ONGs no sólo ambientalistas, org campesinas, trabajadores agrícolas, indígenas, mujeres, niños, comunidades potencialmente afectadas. ¿Qué mecanismos de denuncia, medios de compensación, son eficaces? Una legislación nacional que los refuerce y permita su aplicación apoyando el acceso publico a la información, la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad

25 Riesgo aceptable ¿para quién. ¿Quién los define
Riesgo aceptable ¿para quién? ¿Quién los define?¿Conejillos de indias o ciudadanos?

26 Del control de riesgos a su prevención
Prevención, reducción y eliminación de riesgos. Evita transferencia de contaminantes y riesgos de un medio ambiental a otro y de un sector social a otro Vs la imposición de riesgos que afectan en mayor medida a los sectores menos protegidos, distribuciòn desigual Una política preventiva que permita aplicar el principio precautorio y el principio de sustitución dando prioridad alternativas no químicas, agroecológicas. Prioridad eliminación plaguicidas de mayor toxicidad aguda y con efectos crónicos, además de los incluidos en los convenios internacionales.

27 Para mayor información
Código de Conducta de la FAO, Convenio de Basilea, ; Convenio de Rótterdam: Convenio de Estocolmo: ; Protocolo Montreal SAICM OIT ; Pesticide Action Network Red Internacional de Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (IPEN): ; Red de ONGs Basel Action Network RAP-AL


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