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DERECHO MATRIMONIAL CANONICO

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Presentación del tema: "DERECHO MATRIMONIAL CANONICO"— Transcripción de la presentación:

1 DERECHO MATRIMONIAL CANONICO
1 CURRICULUM DE LA ESPECIALIDAD A) TEORÍA GENERAL 1.- Derecho Matrimonial y concepto de Matrimonio 2.- Propiedades y fines del matrimonio, SACRAMENTALIDAD B) CAPACIDAD E IMPEDIMENTOS MATRIMONIALES El ius connubii y los impedimentos matrimoniales DERECHO MATRIMONIAL CANONICO C) EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL 1.- Naturaleza y requisitos del consentimiento 2.- La incapacidad para contraer matrimonio y la falta de deliberación 3.- El consentimiento viciado por el desconocimiento. 4.- El consentimiento viciado por temor 5.- El consentimiento simulado 6.- El consentimiento bajo condición D) LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO 1.- Preparación y formalidades 2.- La forma jurídica substancial E) LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO El matrimonio in facto esse F) REVALIDACIÓN, SEPARACIÓN Y DISOLUCIÓN 1.- La revalidación del matrimonio 2.- La separación conyugal 3.- La disolución del matrimonio. G) CAUSAS DE NULIDAD H) LA FUNCION JUDICIAL CARIDAD Y JUSTICIA J) EL PROCESO ABBÁ CONSULTORES&ASOCIADOS Dr. Julián Domingo Zarzosa ABOGADO Abogado Letrado Rotal

2 DERECHO MATRIMONIAL CANONICO
TEORÍA GENERAL Matrimonio y Derecho Matrimonial I.- El derecho matrimonial canónico. II.- Definición de matrimonio. III.- Consideración sacramental del matrimonio ABBÁ CONSULTORES&ASOCIADOS Dr. Julián Domingo Zarzosa ABOGADO Abogado Letrado Rotal

3 Matrimonio y Derecho Matrimonial
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA Etimológicamente DERECHO, directum (dirigido), indica sujeción a una regla. Cfr.: diritto; droit; right; recht. El DERECHO busca establecer un orden en la vida social, un orden que responda a las exigencias de JUSTICIA (constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi. Ulpiano). El hombre no es un ser solitario: vive en sociedad, es un zoon politikón. El Derecho se hace presente en las relaciones humanas, en la vida social de las personas. El Derecho es algo connatural a la vida en sociedad. «Ubi societas, ibi ius». Repetimos nuevamente: EL DERECHO PROCURA ESTABLECER UN ORDEN EN LA VIDA SOCIAL, UN ORDEN QUE RESPONDA A LAS EXIGENCIAS DE JUSTICIA . Dos elementos esenciales del Derecho es que se trata de una realidad SOCIAL, vinculada con la realización de la JUSTICIA

4 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO.
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA El derecho, como realidad humana y social, es inseparable de la idea de justicia. Derecho o “ius” designa primeramente el objeto de la justicia: el dar a cada uno lo suyo (unicuique suum tribuere). Su objeto es lo justo, la “res iusta”, la cosa justa o debida, aquello que estando atribuido a un sujeto, le es debido en estricta justicia porque es algo suyo. En las relaciones humanas y sociales es necesario que exista un orden que responda en lo posible a las exigencias de justicia; ese orden presupone un DERECHO que sirva para establecerlo y garantizarlo. La fuente primaria del Derecho está más allá del Estado y de la sociedad: es del hombre mismo de quien originariamente dimana el Derecho Más profundamente, el origen primero del Derecho está en Dios.

5 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO.
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA Una definición de Derecho:. Ordenación social imperada que estructura según justicia las relaciones humanas intersubjetivas en vías al bien común de la sociedad y al bien de cada uno de sus miembros Otra definición: Es el orden social justo (Renard). El Derecho en cuanto ordenación social que estructura jurídicamente las relaciones humanas intersubjetivas, tiene como fin lograr un orden social justo. Funciones del Derecho 1. Ordena las exigencias sociales de justicia que se dan en las relaciones interpersonales y en las relaciones mutuas entre el individuo y la comunidad. En este sentido, procura: La armonía en el dinamismo social Tutela y promoción del Derecho (inherentes a la dignidad y la libertad de la persona humana) La defensa de los Derechos de la sociedad como tal. ……./….

6 EL DERECHO MATRIMONAL CANÓNICO.
…../…. de funciones I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA 2. Soluciona conflictos y tensiones mediante la ACTIVIDAD JUDICIAL. (Evitar la justicia por mano propia y, también, la “ley de la selva...)- (Función educativa –no sólo punitiva- de las penas) 3. Garantiza la armonía social con la defensa del orden social establecido en el ordenamiento jurídico. La pretensión de dicho ordenamiento es un ORDEN según justicia. Su existencia hace posible la justicia; aunque siempre es perfectible. Recordemos que, el Derecho, en parte es un orden DADO por Dios: Derecho Natural; D Divino Positivo) y en parte es creación del hombre.

7 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO.
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA Veremos ahora cómo el fenómeno jurídico del matrimonio NO es ajeno a la Iglesia, aunque marcadas sus relaciones por una cierta paradoja. El Derecho es connatural a la vida de la Iglesia. Su peculiar naturaleza : –un misterio de fe-, configura el Derecho que le es propio: El Derecho Canónico, en su condición de ciencia jurídica también se advierte como el Derecho en general, por el que esta ciencia estudia y determina QUÉ es lo justo en cada caso. Y por tanto Jurista es el que sabe o estudia lo que es justo. Su oficio es “decir el Derecho” (ius dicere), con el fin de que se cumpla la justicia.

8 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO.
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA También se le reconoce como Derecho subjetivo por contener las prerrogativas de las personas para exigir de los demás un determinado comportamiento. Ej.: la facultad del propietario para usar o disponer de una cosa; la facultad del acreedor para ejecutar los bienes del deudor; la facultad de testar; etc. En definitiva el Derecho objetivo tutela los derechos subjetivos. Dos definiciones: Ghirlanda define el Derecho subjetivo, como la esfera de la autonomía inviolable de cada persona en el uso de los bienes y de los medio necesarios para satisfacer sus exigencias vitales, o sea, para realizarse como persona. El civilista Spota los define como: las prerrogativas reconocidas a las personas por el ordenamiento jurídico para exigir un comportamiento ajeno tendiente a la satisfacción de intereses humanos.

9 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA En definitiva, podemos, es más, debemos preguntarnos el ¿porqué de esta breve exposición de carácter general del Derecho, cuando la materia a impartir o dictar es una especialidad o rama del derecho?. La respuesta no puede ser otra que acreditar que efectivamente el Derecho Matrimonial Canónico, es propiamente Derecho, y una “exigencia” de la Iglesia Católica, por ello y en base al cumplimiento de todos los requisitos, fuentes, fines, origen, regulación, etc., que es exigible para cualquier especialidad del derecho (Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Derecho Mercantil, etc., son totalmente cumplidas y recogidas en el Derecho Matrimonial Canónico y por tanto goza en igualdad de condiciones de cualesquiera de esas otras ciencias jurídicas. Cabria por lo tanto preguntarnos dos cuestiones decisivas y previas al estudio del Derecho Matrimonial Canónico: ……./….

10 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO
…../… I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA 1º. ¿Por qué el Derecho Canónico, no es estudiado en todas las facultades de Derecho, como una disciplina más de Derecho? 2º. ¿Cuál sería por tanto una primaria definición del Derecho Matrimonial Canónico? Para responder a la primera pregunta quizás convenga conocer previamente la respuesta de la segunda, así Sabling, entiende por Derecho Canónico: El conjunto de normas jurídicas dictadas para el buen régimen de la Iglesia. Para este mismo autor, el Derecho Canónico debe considerarse como una disciplina jurídica que excluye toda discusión religiosa o teológica, en tanto que esa discusión no es inexcusable para entender sus preceptos jurídicos con él podemos decir que se entiende por Derecho matrimonial aquel conjunto de normas jurídicas promulgadas por la autoridad eclesiástica competente para regular el matrimonio de los católicos de rito latino../…

11 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA Nos encontramos con una realidad, el Derecho Canónico Matrimonial es una disciplina exigente en cuanto que para su amplio conocimiento se requiere un notable esfuerzo, probablemente superior al de otras especialidades jurídicas ya que su aplicación o exigencia se constriñe más al ámbito moral o de la conciencia personal e incluso que en esta ciencia se hayan componentes además de jurídicos, también filosóficos, teológicos, etnológicos y sociológicos y culturales, y que ante ello no podemos olvidar que hoy la sociedad gira entorno a los tres “baales” cuyo nombre comienzan con la letra “p”: Plata, Poder y Placer y que a ninguno de estos rinde adoración la Iglesia Católica; por ello ¿porqué habrían de ser excepción de esfuerzo, eficacia, aplicación y compromiso moral los centros Universitarios, los Colegios de abogados y profesionales?. Sin duda que no lo son y por ello son muy pocas las Facultades de Derecho del mundo, que entre su curriculum, imparten esta materia y menos aún las que lo dicten de una forma seria y exigible. Olvidan así que por un lado el D. Canónico, es en muchas instituciones anterior al propio D. Romano y olvidando desde luego sus fuentes, que no son otras que: ……./….

12 EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO
I.- EL DERECHO MATRIMONIAL CANÓNICO COMO CIENCIA JURIDICA …/..fuentes El Derecho divino, ya sea natural o positivo. El Derecho Eclesiástico (exigencia de la forma jurídica, el alcance y existencia de algunos impedimentos, etc.) “Canonización” de normas o relaciones jurídicas de procedencia estatal. El Derecho concordado. La Jurisprudencia (Tribunal de la Rota Romana, de la Rota de Madrid, de los Tribunales Eclesiásticos Ordinarios, etc.). Las Sagradas Escrituras (Génesis: principio de igualdad entre el hombre y la mujer; Nuevo Testamento: indisolubilidad, carácter sagrado de la unión de Cristo con la Iglesia). Derecho Romano (el consentimiento como necesidad). La Patrística. Aunque solo fuera por el conocimiento de estas fuentes, origen y referencia del todo Derecho, para un verdadero y completo jurista, quisiéramos preguntar: ¿no es necesario el conocimiento del Derecho Canónico en general y el Derecho Canónico Matrimonial, en particular ?


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