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Publicada porFrascuelo Jesus Modificado hace 11 años
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REGIMEN DE EMISION DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS
IVA REGIMEN DE EMISION DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS PROVIDENCIA Nº 257
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ANTECEDENTES Y ASPECTOS GENERALES
LIC. LILIANA VALLONA
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ANTECEDENTES
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ANTECEDENTES MODIFICACIONES LEY DEL IVA
Julio 2.006 Mayo de 1.999 Diciembre de 1.999 2000 2002 Septiembre 2.007 Agosto 2.008 2004 2.007 2001 16/03/2007 Resolución Nº Donde se deroga la Resolución Nº 320 Ley del SENIAT Providencia Nº 591 y 592 Ley del IVA Art. 57 Resolucion Nº 320 Impresiòn y emisiòn de facturas y otros documentos Providencia Nº 257 Providencia Nº 421 Emisión y Elaboración de Facturas y otros Documentos 29/03/2007 Providencia Nº 191 Prorroga el lapso de entrada en vigencia de la 421 01/02/2008 Resolución Nº 1.991 Deroga la Resolución Nº 320 03/04/2007 Resolución Nº 1.891 Deroga la Resolución Nº dando vigencia a la 320
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LEY DEL IVA Artículo 57 La Administración Tributaria dictara las normas en las que se establezcan los requisitos, formalidades y especificaciones que deben cumplirse en la impresión y emisión de las facturas y demás documentos que se generen conforme a lo previsto en esta ley. En todo caso, la factura o documento de que se trate deberá contener como mínimo los requisitos que se enumeran a continuación:
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LEY DEL IVA Artículo 57 Numeración consecutiva y única de la factura o documento de que se trate. Número de Control consecutivo y único por cada documento impreso, que se inicie con la frase “N° de Control…”. Nombre completo y domicilio fiscal del emisor. Número de inscripción del emisor en el Registro de Información Fiscal (RIF). Nombre completo del adquirente del bien o receptor del servicio, Registro de Información Fiscal (RIF). Especificación del monto del impuesto según la alícuota aplicable, en forma separada del precio o remuneración de la operación. 6.
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Consecuencias del incumplimiento
LEY DEL IVA Artículo 57 Consecuencias del incumplimiento No genera Crédito Fiscal el incumplimiento de los requisitos precedentes. No genera Crédito fiscal cuando la factura o documento no este elaborado por una imprenta autorizada Facultades de la Administración Tributaria Establecer Normas tendentes a regular la corrección de los errores materiales en que hubiesen podido incurrir los contribuyentes al momento de emitir las facturas y cualquier otro documento equivalente que las sustituyan.
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Sobre que sujetos aplica o no la providencia
PROVIDENCIA Nº 591 Aspectos Generales Régimen Aplicable a los sujetos en cuanto a la emisión e impresión de facturas DIVIDE EL CONTENIDO 2. Régimen aplicable a las imprentas y maquinas fiscales para la elaboración de facturas y otros documentos AMPLIA ESTABLECE Los sujetos que se les aplica determinado método de emisión de facturas Uso que Deben tener las ordenes de entrega y guías despacho notas de débito y crédito Sobre que sujetos aplica o no la providencia
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ASPECTOS GENERALES
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Vigencia Providencia Nº1677
¿ A QUIENES AFECTA ? 1.Personas Jurídicas 2.Entidades Económicas sin Personalidad Jurídica. 1.500 U.T 3.Personas Naturales Ingresos 1.500 U.T Vigencia Providencia Nº1677
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OPERACIONES EXCLUIDAS DE LA APLICACIÓN DE LA PROVIDENCIA
Se elimina de la providencia Nº 591 La obligación del SENIAT de dictar normas especiales de emisión de facturas y demás documentos que serán aplicables para las operaciones y servicios excluidos en la ley. Art.3
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