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Publicada porLeta Echevarria Modificado hace 10 años
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Puede considerarse desde dos puntos de vista, uno amplio referido al Estado en general, y otro limitado referido a la Administración Publica en particular. Desde el punto de vista amplio, el funcionario y empleado publico, es toda persona que realice o contribuya a que se lleve a cabo funciones esenciales y especificas del estado. Desde el punto de vista restringido estos son toda persona que realice o contribuya las funciones esenciales y especificas propias de la Administración Pública
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La carga pública presenta las siguientes características : Es una obligación que tiene todo ciudadanos de prestar determinados servicios cuando el estado se lo ordene; No se necesita el consentimiento del ciudadanos ya que debe cumplir aunque no quiera; No se le paga un sueldo a quien debe cumplirlo ; No se puede eximir pagando y debe existir una Ley que la imponga ; FUNCIONARIO : Actividad dentro de un organismo del Estado, voluntaria y remunerada
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Esta ley se aplica a todos los funcionarios de la Administración Publica, salvo : Jefe de Gabinete, Ministros, Secretario General de la Presidencia, Secretarios, Jefe de la Casa Militar, Personal militar y de la fuerza de seguridad y policiales y el clero
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Requisitos: a)Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. b)Tener condiciones de conducta e idoneidad para el cargo c)Aptitud psicofísica para el cargo Impedimentos:
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Es la relación del empleado público con la Administración Publica de la cual surgen tres puntos de vistas con respecto al carácter del contrato: Primer punto de vista: Acto unilateral. El empleado publico tiene una situación jurídica legal o reglamentaria. Segundo punto de vista: Distinción entre la formación del vínculo y por otro desarrollo ejecución o cumplimiento de la relación de servicio. Primer aspecto como un acto bilateral, y el segundo aspecto se trata de situación legal o reglamentaria susceptible de ser modificada por la administración publica Tercer punto de vista: Se sostiene que es un contrato de derecho público, contrato administrativo propiamente dicho, esa relación implica un contrato administrativo stricto sensu, por razón de su objeto, siendo de colaboración
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a)Estabilidad b)Retribución justa por sus servicios c)Igualdad de oportunidades en la carrera d)Capacitación permanente e)Libre afiliación sindical y negociación colectiva. f)Descanso g)Compensaciones, indemnizaciones y subsidio h)Asistencia social para si y su familia i)Jubilación o retiro j)Renuncia k)Higiene y seguridad en el trabajo
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1)Se acrediten condiciones de idoneidad; 2) Se obtenga el certificado definitivo de aptitud psicofísica para el cargo. 3) Se ratifique la designación por la autoridad competente
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1.Cumplir con el objeto o contenido del contrato; 2.Concurrir a la oficina o lugar de trabajo durante las horas establecidas; 3.Prestar servicio en el lugar para el cual se hizo nombramiento; 4.Cumplir con la Ley de Ética Pública y tener una conducta decorosa digna; 5.Deber de obediencia; 6.Someterse a exámenes psicofísicos
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a)Patrocinar trámites o gestiones administrativas a terceros relacionados con su función; b)Dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios a personas que gestionen exploten concesiones o privilegios de administración o que sean proveedores o contratistas. c)Recibir beneficios por contratos, concesiones o franquicias que otorgue la administración; d)Obtener beneficios u obligaciones por entidades directamente fiscalizadas por el ministerio, dependencia o entidad donde trabaje; e)Usar sus facultades o prerrogativas para fines ajenos a su función o para hacer acción política; f)Aceptar dádivas, obsequios, beneficios o ventajas surgida desde su trabajo; g)Hacer uso indebido o con fines particulares del patrimonio estatal.
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El empleado o funcionario publico puede ser sancionado con: Apercibimiento o suspensión hasta 30 días en un año, sin prestación de servicios ni goce de haberes Cesantía Exoneración CAUSALES DE APERCIBIMIENTO O SUSPENSIÓN HASTA 30 DIAS CAUSALES PARA IMPONER CESANTIA CAUSALES PARA IMPONER LA EXONERACION
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Causales que dan lugar a aplicar apercibimientos y suspensión:6 meses Causales que dieran lugar a la cesantía:1 año Causales que diera lugar a la exoneración:2 años.
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Al cancelar la designación del personal sin estabilidad. Renuncia aceptada o vencimiento del plazo para aceptarla Razones de salud que imposibiliten el cumplimiento de tareas laborales Aplicación de sanciones de cesantía o exoneración Baja por jubilación, retiro o fallecimiento
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Empleo Publico Planta permanente Planta transitoria Efectivizado Contrato Empleo Público vs Relación Privada Ley ContratoIngreso por concurso Despido con Sumario Despido sin sumario
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