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Discrepancia D CONCESIÓN ALTERNATIVAS DE ACCESO A IQUIQUE

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Presentación del tema: "Discrepancia D CONCESIÓN ALTERNATIVAS DE ACCESO A IQUIQUE"— Transcripción de la presentación:

1 Discrepancia D08-2016-2 CONCESIÓN ALTERNATIVAS DE ACCESO A IQUIQUE
Observaciones MOP ante Panel Técnico de Concesiones

2 I.- CUESTIÓN PREVIA

3 II.- OBJETO DE LA DISCREPANCIA ANTE EL H. PANEL TECNICO.
Validación técnica y económica de costos adicionales producto de: Exigencia de una pasarela peatonal en el sector variante Los Verdes, que habría escapado del marco referencial entregado a la SC. La limpieza de la faja fiscal solicitado a la SC excedería el marco del contrato, ya que de acuerdo a las BALI esta no se encontraría contemplada para la etapa de construcción sino solo de explotación. El MOP solicitó la construcción de una pista de emergencia a exclusiva cuenta de la SC, no obstante no estar considerada en las Bali, ni tampoco, a juicio de la Sociedad Concesionaria, se cumplirían los requisitos técnicos que justifiquen su instalación

4 Primera Discrepancia: pasarela peatonal en el sector variante Los Verdes
La SC señala que se produjeron sobrecostos en la construcción de la nueva “Pasarela Los Verdes” de la Ruta 1. Supuestamente, se habrían exigido mayores trabajos que aquellos establecidos en las BALI y en el Manual de Carreteras. Es necesario analizar cuales son esos trabajos que señalarían las BALI y el Manual de Carreteras.  Las BALI NO especifican los detalles ni procedimientos constructivos que el concesionario debe realizar para la construcción de cada pasarela peatonal. Por lo tanto, no corresponde reclamar “mayores trabajos” porque éstos no están cuantificados en las BALI. Los trabajos que desarrolle, programe y ejecute el concesionario, así como los recursos que emplee en ellos, son de su exclusiva responsabilidad. Conviene no confundir, el concepto de trabajo con la identificación de determinada obra que se hace en las BALI, junto con su ubicación y eventualmente tipología.

5 El artículo de las BALI, en la Tabla N°32, identifica las pasarelas peatonales que la Sociedad Concesionaria debió construir a su entero cargo, costo y responsabilidad. Ruta Nº Pasarela Ubicación (1) (Dm) Intersección o Hito Ruta 1 1 Acceso Central a Los Verdes 2 Acceso a Playa Blanca 3 Acceso a Tres Islas Ruta 16 4 770 Acceso a Humberstone 5 11.400 Santuarios Laura Vicuña, San Lorenzo y Santa Teresita A definir por IF 6 A definir por el IF A definir por el Inspector Fiscal 7 8 Las ubicaciones indicadas en la Tabla N°32 son aproximadas y netamente referenciales, debiendo el Concesionario definirlas en el marco del desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalle sometido a revisión del Inspector Fiscal, hasta la obtención de su aprobación y construir a su entero cargo, costo y responsabilidad las obras que sean aprobadas por el Inspector Fiscal”.

6 Además destaca el mismo artículo 2. 3. 1
Además destaca el mismo artículo que: “Respecto a las pasarelas peatonales N°6, 7 y 8 por definir, señaladas en la Tabla N°32, el Concesionario deberá considerar, a su entero cargo, costo y responsabilidad el diseño y construcción de las pasarelas adicionales en el sector que defina el Inspector Fiscal”. De lo anterior, no cabe duda alguna que las BALI facultaron al Inspector Fiscal para definir la ubicación de estas tres pasarelas (N°6, 7 y 8). En el caso de la Pasarela Los Verdes, se definió su ubicación mediante el Ord. N°0488 RDD 239 de fecha 24 de agosto de 2012, dando cumplimiento a lo señalado en las Bases de Licitación. Ahora bien, la SC señala que no habría podido determinar las dimensiones de la pasarela al momento de presentar su oferta, ya que sólo habrían podido estimar que la mediana medía entre 3 a 6 m. El MOP entregó todos los antecedentes para que los licitantes pudieran elaborar sus ofertas técnicas entre los cuales se encontraban los planos de planta de los Estudios Referenciales. Éstos, si bien no señalaban el lugar preciso donde se ubicarían las pasarelas (porque serían definidas por el IF), si aclaraban el diseño geométrico en planta de cada una de las rutas (Ruta 1 y Ruta 16).

7 Entre 3 y 6 m en condiciones normales.
Es decir, era perfectamente posible estimar anticipadamente por los licitantes, los distintos anchos de mediana que existirían en el contrato Entre 3 y 6 m en condiciones normales. Sobre 20 metros, al ubicarlas en Zonas de Retorno y Pista de Viraje Central, identificadas en la Tabla N°30 de las Bases de Licitación: Nota: (1) Las ubicaciones definidas para los retornos en la Tabla N°30 son referenciales, la ubicación definitiva deberá quedar establecida en el Proyecto de Ingeniería de Detalle, debiendo contar con la aprobación del Inspector Fiscal. (2) Obras a incluir con Diseño Conceptual, sin Anteproyecto Ruta Ubicación(1) Con Destino a (Dm) Ruta 1 Tocopilla Iquique Tocopilla / Iquique Tocopilla / Iquique (2) Ruta 16 1.380 Ruta 5 8.620 Ruta 5 / Iquique 18.700 26.400

8 Es decir, los antecedentes entregados, tanto en las BALI como en los Referenciales, indicaban claramente que existían zonas de retorno donde la mediana tenía una amplitud muy superior al resto de la ruta. Adicionalmente, el de las BALI, de exigencias geométricas para toda la ruta, señala: “Para efectos del diseño de las obras a proyectar se han definido a lo largo de los trazados viales, diferentes secciones transversales tipos y que corresponden a las que se indican en la Tabla N°19, Tabla N°20, Tabla N°21, Tabla N°22, Tabla N°23 y Tabla N°24, siguientes:” Tabla N°19: Perfil Transversal en Ruta 1 y Ruta 16 en Sectores de Doble Calzada Número de Calzadas 2 Ancho de la Calzadas 7,0 m Ancho Mediana 3,0 m – 37,0 m Bombeo de la Calzada 2,0% Ancho Bermas Exteriores 2,5 m Ancho Bermas Interiores 1,0 m Pendiente Transversal Bermas Exteriores e Interiores SAP Interior con o sin defensas camineras 0,5 m SAP Exterior sin defensas camineras SAP Exterior con defensas camineras 1,5 m

9 Tabla N°20: Perfil Transversal en Ruta 1 y Ruta 16 en Sectores de Dobles Calzadas con Pistas de Viraje Central en Puntos de Retorno Número de Calzadas 2 Ancho de la Calzadas 10,5 m Ancho Mediana 3,0 m – 37,0 m Bombeo de la Calzada 2,0% Ancho Bermas Exteriores 2,5 m Ancho Bermas Interiores 1,0 m Pendiente Transversal Bermas Exteriores e Interiores SAP Interior con o sin defensas camineras 0,5 m SAP Exterior sin defensas camineras SAP Exterior con defensas camineras 1,5 m Tabla N°21: Perfil Transversal en Ruta 1 y Ruta 16 en Sectores de Dobles Calzadas con Pistas de Cambio de Velocidad Número de Calzadas 2 Ancho de la Calzadas 10,5 m Ancho Mediana 3,0 m – 37,0 m Bombeo de la Calzada 2,0% Ancho Bermas Exteriores 1,5 m Ancho Bermas Interiores 1,0 m Pendiente Transversal Bermas Exteriores e Interiores SAP Interior con o sin defensas camineras 0,5 m SAP Exterior sin defensas camineras SAP Exterior con defensas camineras

10 Las Tablas N°22, 23 y 24, se refieren a los Perfiles Transversales de Calzada BD y Calles de Servicio que no contienen mediana. En resumen, es claro que se informó a los licitantes que la mediana, tanto en la Ruta 1 como en la Ruta 16, podría alcanzar un ancho entre 3,0 y 37,0 m, aún fuera de las Zonas de Retornos y Pistas de Viraje Central. En consecuencia, el Inspector Fiscal no exigió algo que excediera el dimensionamiento conocido de la Ruta. Por otra parte, el Manual de Carreteras no especifica los trabajos que el concesionario debe ejecutar para la construcción de las Pasarelas. Además, en el de las BALI, se establece que: “El Concesionario deberá desarrollar los Proyectos de Ingeniería de Detalle de, al menos, las pasarelas peatonales señaladas en el artículo de las presentes Bases de Licitación, tomando como referencia el diseño de pasarelas definido en la Sección del Manual de Carreteras, Volumen 4”. Esta misma disposición continua indicando: “El Concesionario deberá realizar los estudios necesarios para proyectar las pasarelas peatonales elevadas según sean las condiciones del emplazamiento previsto y ajustando adecuadamente las rasantes de la pasarela y la carretera,…”.

11 Las BALI, exigen que los Proyectos de Ingeniería de Detalle deban ser desarrollados tomando como referencia el diseño de la Sección del Manual de Carreteras. Notar que las BALI y el MC utilizan la palabra “referencia”, de manera que esto no implica que los proyectos no puedan ser diseñados de una manera distinta. En lo concreto, ninguna pasarela de este contrato se ha construido tal como se establece en la Sección del Manual de Carreteras. Además, en la misma lámina del MC-V4 se especifica: “Los diseños se entregan en carácter de proposición, para facilitar la labor del proyectista y sistematizar las soluciones constructivas. Sin embargo, pueden plantearse diseños alternativos, debidamente respaldados por cálculos y estudios de un proyectista calificado.” Sin perjuicio de lo anterior, a continuación, como ejercicio numérico se supondrá que –hipotéticamente- un licitante haya podido basarse en esta pasarela tipo, como una condición para evaluar su inversión inicial:

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13 Definida por el Inspector Fiscal
Es decir, a lo más un licitante pudiera haber establecido un diferencial de costos adicional de UF 439,11. Sin embargo, dado que se plantea este supuesto costo adicional es justo analizar qué ocurre con el resto de las pasarelas del contrato. Del total de 8 pasarelas originales, en definitiva se construyó un total de 6 (dos quedaron pendientes): Ruta (Dm) Nombre Observación 1 Los Verdes Sur N° 1 de las BALI Los Verdes Norte Definida por el Inspector Fiscal 16 770 Humberstone N° 4 de las BALI 11.780 Santuarios N° 5 de las BALI 36.615 Cesmec 38,021 Santa Isabel

14 Esto implica un ahorro de unas UF 3.332,07.
Si comparamos las pasarelas a Definir por el Inspector Fiscal, obtenemos las siguientes pasarelas con sus características geométricas: Ruta (Dm) Nombre Longitud (m) Menos 150,8 m Mas 162,8 m 1 Los Verdes Norte 174,7 11,9 16 36.615 Cesmec 130,8 -20,0 38.021 Santa Isabel 68,6 -82,2 TOTAL (m) -102,2 Es decir la SC en realidad construyó 90,3 m menos de longitud de pasarelas (comparando con la longitud mínima del MC) 90,3 m x 2 m de ancho x 18,45 UF/ m2 = 3.332,07 UF Esto implica un ahorro de unas UF 3.332,07. Pero por la tipología de contratos, el MOP no persigue tales ahorros.

15 Por otra parte, si tomamos en cuenta lo señalado en las BALI y en el Estudio Referencial, la SC debía construir la Pasarela Los Verdes Sur en el Dm de la Ruta 1 (artículo y Tabla N° 32). Revisando el Estudio Referencial, existía la siguiente lámina:

16 Después de todas las correcciones (6), sin reclamos de parte de la Concesionaria, la SC construyó una estructura que tiene características diferentes a lo establecido en el Manual de Carreteras

17 Por su parte la pasarela que fue definida por el IF en el Dm 389
Por su parte la pasarela que fue definida por el IF en el Dm (640 metros más al norte de pasarela Los Verdes Sur), fue proyectada en un lugar donde la mediana tiene un ancho de 22.8 m, según el Plano Referencial.  Dicho lo anterior, el Concesionario pudo haber contemplado dentro de su oferta técnica, construir una pasarela que supera la luz máxima del MC de 36m No existe registro en el proceso de consultas, acerca de algún eventual inconveniente de construir una pasarela de mayores dimensiones respecto de la indicada a modo referencial en el MC.

18 Segunda Discrepancia: La limpieza de la faja fiscal solicitado a la SC excedería el marco del contrato, ya que de acuerdo a las BALI esta no se encontraría contemplada para la etapa de construcción sino solo de explotación Ord. Nº 490, de fecha 24 de agosto de 2012, IF exige limpieza faja fiscal. Existencia de basuras y otros elementos Art exige despejar y retirar todo lo que existe sobre el terreno Manual de Carreteras, Volumen 5, Sección “Instalación de faenas y campamentos”. (Etapa de construcción) “el área de las instalaciones de faenas y en general toda el área de la construcción, deberán conservarse en forma ordenada durante todo el transcurso de los trabajos. Para ello, deberá asegurarse la eliminación de desperdicios y basuras,…”

19 MC, sección : limpieza comprende además, el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material en desuso que se encuentre dentro del área prescrita, cualquiera sea su procedencia.” SC califica de desechos domésticos la basura que retiró. La limpieza es una obligación permanente (ambas fases del contrato) MC sección : “El despeje y limpieza de la faja deberán mantenerse hasta la recepción provisoria de la obra, a plena satisfacción del Inspector Fiscal”, Art , misma obligación. Retirar basura de cualquier especie antes de la PSP. IF nunca aprobó los valores informados por la SC

20 Tercera Discrepancia: El MOP solicitó la construcción de una pista de emergencia a exclusiva cuenta de la SC, no obstante no estar considerada en las Bali, ni tampoco, a juicio de la Sociedad Concesionaria, se cumplirían los requisitos técnicos que justifiquen su instalación Si bien la SC argumenta que esta Pista no estaba definida en las BALI, dentro de las Obras a Realizar, es necesario recordar que muchos elementos se generan como consecuencia del desarrollo de los Proyectos de Ingeniería de Detalla (PID), como los elementos de Seguridad Vial.

21 Así se desprende de lo señalado en las BALI en el numeral 2. 2. 2
Así se desprende de lo señalado en las BALI en el numeral Proyecto de Señalización, Demarcación y Seguridad Vial: “La Sociedad Concesionaria deberá elaborar un Proyecto de Ingeniería de Señalización, Demarcación y de Seguridad Vial de todas las vías concesionadas, incluyendo enlaces, intersecciones a nivel, puntos de retorno, calles de servicio, plazas de peajes, áreas de servicio, etc., y de los caminos secundarios que son afectados por las obras de la concesión, que garantice el máximo de seguridad, tanto para los usuarios de las vías como para los peatones. Dicho proyecto deberá incorporar dispositivos y elementos relacionados con la seguridad vial, el cual deberá cumplir con las exigencias de las normas de diseño indicadas en el artículo de las presentes Bases de Licitación. Básicamente las soluciones estarán orientadas a establecer y proponer la ubicación de diferentes tipos de dispositivos para dotar a la vía de un alto estándar en seguridad vial y operación.”

22 Análisis Técnico: La observación realizada por el Inspector Fiscal respecto a las altas gradientes producidas en el tramo comprendido entre el Dm al Dm , reflejan el conocimiento de este del proyecto. El diseño de una Pista de Emergencia resulta de un análisis respaldado en el buen criterio y las recomendaciones del Manual de Carreteras respecto a este tema. El Manual de Carreteras Volumen N° 6, vigente en esa época, indica en el punto las situaciones que justifican la instalación de una Pista de Emergencia, como se observa en la imagen siguiente. 

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24 CUMPLIENDOSE la primera situación evaluada.
Situación N°1: El volumen total de tránsito y, en especial, el flujo de camiones. Considerando la información entregada en los argumentos de la Sociedad Concesionaria, se presenta la Tabla incluida en su punto N°97. Destacamos que el porcentaje de camiones que circulan por la ruta es de 28,62%, lo que muestra que es un alto flujo. Esto justificaría por si sólo la situación mencionada. CUMPLIENDOSE la primera situación evaluada.

25 Situación N°2: Zonas con importante tránsito de camiones y con pendiente sostenida superior a 5%, y que además se cumpla que : L * i^2 > 60. Dónde: L = Longitud en pendiente (km). i = Pendiente (%) Del “Informe Técnico. Contrato Concesión Alternativas de Acceso a Iquique. Pista de Emergencia Ruta A16. Varela & Cia. Octubre de 2016” se extraen los valores de la rasante del Tramo mencionado por el Inspector Fiscal.

26 Podemos observar que la pendiente negativa (gradiente) se extiende a lo largo de todo el tramo, y se mantiene la condición de bajada hasta el final de la ruta A16. El análisis lo centraremos en el tramo que posee pendiente superior al 5% como lo indica el Manual de Carreteras.

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28 No seria correcto separar en tres (3) subtramos que posean pendiente mayor que 5%, ya que los tramos comprendidos entre el Dm al y el Dm al , poseen una longitud de 100m cada uno, que no favorecen a detener un vehículo, por no ser en contrapendiente o poseer pendiente nula. El conductor del camión debe mantener la utilización del freno de motor o una vez que la temperatura del motor se eleve utilizar los frenos. En base a esto, consideramos un tramo completo cuya pendiente promedio es de -6.24%, CUMPLIENDOSE así la primera condición. La segunda condición debe cumplir lo siguiente L * i^2 > 60 Dónde: L = Longitud en pendiente (km). i = Pendiente (%) Desarrollando la verificación tenemos: L= 3.2 kilómetros i = % 3.2*(-6.24)^2= > 60 El valor de supera ampliamente el exigido por el Manual de Carreteras Volumen N° 6. CUMPLIENDOSE la segunda condición.

29 Resumen: Podemos concluir que se comprueba que la inclusión de la Pista de Emergencia posee un respaldo técnico, a diferencia de lo estimado por la Sociedad concesionaria, de tal manera que esta tercera discrepancia también deberá ser rechazada.

30 Gracias.


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