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ATRIBUCIONES PROFESIONALES PROFESIONES REGULADAS Situación en Europa y en España.

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Presentación del tema: "ATRIBUCIONES PROFESIONALES PROFESIONES REGULADAS Situación en Europa y en España."— Transcripción de la presentación:

1 ATRIBUCIONES PROFESIONALES PROFESIONES REGULADAS Situación en Europa y en España

2 Profesión regulada: Profesión cuyo acceso y ejercicio está reservado a ciertas cualificaciones profesionales y que está definida por disposiciones de una autoridad pública.  El nivel y contenido suele establecerse a nivel nacional y está vinculado al sistema nacional de enseñanza.  La regulación de profesiones no se realiza del mismo modo en los distintos países  A nivel de la UE hay directivas referentes a ciertas profesiones reguladas (área de Salud y Arquitectura).  Una preocupación adicional en la UE es el reconocimiento mutuo de diplomas y otros títulos y la movilidad para poder desempeñar una profesión en otro país  La profesión de Ingeniero no está regulada de forma global hasta ahora por directivas de la UE, aunque se han hecho intentos de regulación  No obstante, la Directiva 2005/36, Art. 3.2, equipara a profesión regulada la ejercida por miembros de ciertas asociaciones de UK e Irlanda, entre ellas The Institution of Chem. Engrs. PROFESIONES REGULADAS

3  Las profesiones reguladas protegen el ejercicio de ciertas actividades con responsabilidad individual  En España, los Colegios profesionales son las organizaciones encargadas de velar por el correcto ejercicio de dichas actividades reguladas  Las atribuciones profesionales para profesiones reguladas se adquieren en España con el título asociado  No es obligatoria la Colegiación para todos los titulados que tengan unas atribuciones profesionales reguladas. Solo cuando van a ejercer dichas atribuciones  Las actividades profesionales reguladas no tienen por qué ser exclusivas de una titulación.  Las profesiones reguladas en España han sufrido pocas modificaciones y salvo excepciones no se han adaptado a lo previsto en la Constitución Profesiones reguladas y Colegios: Art. 36 de la Constitución: La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos

4 REGULACIÓN DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO EN EUROPA  No hay una regulación en la UE, como ocurre con las profesiones del área de Salud o con Arquitectura  A nivel nacional las situaciones son muy diversas; pueden distinguirse cuatro grupos de países: Países que no regulan la profesión: Bélgica, Finlandia, Países Bajos, Suecia y Reino Unido (el RU protege el título profesional de chartered engineer) Países que regulan solo algunas actividades o algunas modalidades de ejercicio: Austria, Bulgaria, R. Checa, Dinamarca, Estonia, Francia, Hungría, Luxemburgo, Lituania, Letonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia Países que regulan solo algunas actividades o algunas modalidades de ejercicio y además protegen el uso del título por ley: Alemania, Irlanda, Malta, Polonia Países que regulan la profesión en su conjunto: Chipre, Grecia, Italia, Portugal y España

5 Documentos de interés (Ministerio de Educación y Ciencia):  María Gómez-Leal Pérez: La regulación de Ingeniero en cinco estados miembros de la Unión Europea (Alemania, Francia, Finlandia, Italia y Reino Unido), abril 2007  Tomás González Cueto: El concepto de “profesión regulada” contemplado en el documento “La organización de las enseñanzas universitarias en España”, abril 2007

6 NORMATIVA EUROPEA  Directivas sectoriales: Armonización de la formación. Reconocimiento automático de títulos  Sistema general de reconocimiento de títulos: Reconocimiento profesional de títulos sin armonización  Plataformas comunes (carácter voluntario) Toda la normativa existente se refundió en la Directiva 2005/36/CE

7  Armoniza los títulos de salud con un reconocimiento de títulos y de las profesiones automático.  En el caso de los arquitectos no armoniza completamente los títulos, pero recoge una lista de títulos de modo que los que posean uno de ellos tienen el reconocimiento automático  Esta coordinación de titulaciones se basa en tres principios: Contempla unas condiciones mínimas que deben cumplir los títulos Esas condiciones mínimas son obligatorias Las condiciones son flexibles, ya que aunque se fija una duración mínima y los conocimientos que debe garantizar, no se especifica el contenido y la extensión de las materias DIRECTIVAS SECTORIALES (Salud, Arquitectura)  En la elaboración de la Dir. 2005/36 se planteó una Sectorial para Ingenieros (con armonización de formación y reconocimiento  FEANI opinó que era mejor solución una disposición sobre Plataformas comunes  Las enmiendas proponiendo la Sectorial fueron rechazadas

8  Aplicable a profesiones reguladas sin directiva específica (ej. Ingenieros, Docentes) en los 27 estados miembros + otros 3  Es un sistema de autorización para ejercer una profesión, no un reconocimiento u homologación del título a otros efectos  Los títulos tienen que tener una duración mínima de 3 años  Se basa en la aceptación en un país de los titulados cualificados para el ejercicio de la profesión regulada en otro estado miembro  Si se considera que hay diferencias sustanciales de formación puede exigirse un examen de aptitud o un periodo de práctica (a elección del candidato)  No existe ningún problema en el caso de profesiones no reguladas  A pesar de este sistema general, se han producido reclamaciones a nivel jurídico ante la negativa por parte de un país u organización profesional a admitir a un profesional cualificado en otro país. SISTEMA GENERAL DE RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS

9  Acuerdos con carácter voluntario suscritos por organizaciones profesionales o establecimientos de enseñanza de un sector  Establecen las condiciones mínimas de la formación profesional del sector (no constituye una armonización)  También incluyen mecanismos parta paliar o compensar las diferencias de formación entre los países  Ejemplo, la denominación EurIng patrocinada por FEANI.  Estas plataformas son útiles en el caso de profesiones no reguladas en el país de acogida PLATAFORMAS COMUNES (Art. 15 de la Dir. 2005/36/CE)

10  Título de Ingeniero protegido por ley (el uso del título)  La profesión no está regulada como tal  Solo los Ingenieros Consultores deben inscribirse en los Länder: con un título de Universidad o de Fachhochschule Condiciones de la Agencia de Acreditación para los títulos de Grado en Ingeniería: Bases matemáticas y científicas: 20 % Materias relacionas con la especialidad: 25 % Materias transversales: 15 % PFG:12 EC ALEMANIA

11  Acreditación de un título de ingeniero: Commission des Titres d’Ingénieurs (CTI) Acredita que un título alcanza un cierto estándar  Gran flexibilidad: Títulos muy variados, sin rigidez de contenidos (e.g. ENSIACET)  En general, no regulación de actividades profesionales  Registro Francés de Ingeniería: Incluye los que poseen un título de Ingeniero y los reconocidos profesionalmente para realizar un trabajo de ingeniero. Lo mantiene el Conseil National des ingénieurs et scientifiques de France FRANCIA

12  La habilitación para ejercer una profesión regulada la da un título (ej. Ingeniero Industrial, ITI). En general no es precisa la experiencia profesional  El ejercicio de actividades reguladas requiere la incorporación a un Colegio Profesional  Las profesiones reguladas corresponden en muchos casos a títulos de Ingeniería “históricos” y se han llevado a cabo mediante disposiciones diversas (Decretos, Leyes, etc.)  La normativa que regula las atribuciones profesionales de Ingenieros y Arquitectos técnicos es la única adaptada al Art. 36 de la Constitución  Pertenece al grupo de países que regulan la profesión en su conjunto  Existe gran control de las actividades reguladas por parte de las Organizaciones colegiales (visados, etc.) ESPAÑA

13 FEANI (Federación Europea de Asociaciones Nacionales de Ingeniería)  Fundada en 1951. 30 Países miembros  Objetivos: - Afirmar identidad profesional de ingenieros en Europa - Salvaguardar intereses y facilitar movilidad  España: Comité Nacional. 65000 ingenieros. 3110 EurIng - Instituto de Ingeniería de España (10 Asociaciones Ing. Superiores) - INITE (Ingenieros Técnicos) (10 Asociaciones de Ing. Técnicos)  Francia: Conseil National des Ingénieurs et Scientifiques de France 160000 Ingenieros 140 Asociaciones

14 Borrador de OM sobre requisitos para verificación títulos qu habiliten para la profesión de Ingeniero Técnico Industrial Denominación: Debe facilitar la identificación de la profesión y no conducir a error o confusión sobre sus efectos profesionales Si hacen referencia a las profesiones de Ingeniero Técnico de la Ley 12/1986 deben cumplir las condiciones del Anexo Objetivos: Competencias que se deben adquirir:  Redacción y desarrollo de proyectos  Dirección de las actividades objeto de los proyectos  Conocimiento de materias básicas y tecnológicas que capacite para el aprendizaje de nuevos métodos y para adaptarse a nuevas situaciones  Resolución de problemas y comunicar y transmitir en el campo de la II  Realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, etc.  Manejo de especificaciones, reglamentos y normas de obligado cumplimiento  Analizar y valorar el impacto social y medioambiental de soluciones técnicas  Capacidad de organización y planificación en empresas e instituciones  Capacidad de trabajar en entorno multilingüe y multidisciplinar

15 Borrador de OM sobre requisitos para verificación títulos qu habiliten para la profesión de Ingeniero Técnico Industrial (cont) PLANIFICACIÓN DE ENSEÑANZAS Módulo de formación básica: 60 EC Matemáticas / Física / Química General, orgánica e inorgánica Técnicas de representación / Empresa Módulo común rama industrial: 60 EC -Termodinámica aplicada y transmisión de calor- Mecánica de Fluidos - Ciencia de Materiales- Circuitos y máquinas eléctricas- Electrónica -Automatismos y control- Teoría de máquinas - Resistencia de materiales - Sistemas de producción industrial - Tecnologías medioambientales y sostenibilidad - Organización de empresas - Organización y gestión de proyectos Módulo de tecnología específica (Química Industrial): 48 EC - Balances de materia y energía, biotecnología, transferencia de materia, operaciones de separación, ing. de la reacción química, transformación de materias primas y recursos energéticos - Análisis, diseño, simulación y optimización de procesos y productos - Diseño y gestión de experimentación - Diseño, gestión y operación de control e instrumentación de procesos químicos Trabajo fin de Grado: 12 EC

16 DIRECTRICES DE LOS ACTUALES TÍTULOS DE INGENIERO TÉCNICO EN QUÍMICA INDUSTRIAL (R.D. 1405/1992) Formación básica: 45 créditos Matemáticas y Estadistica / Física / Química general/ Informática / Expresión gráfica Formación común rama industrial: 18 créditos Control e Instrumentación / Empresas / Proyectos Formación especializada Ingeniería Química: 63 créditos Química / Operaciones básicas / Ing. Reacción Q. / Experimentación / Química Industrial Proyecto Fin de Carrera: 6 créditos

17 Primero.- Requisitos de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Grado que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial. Los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Grado que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, deberán cumplir, además de lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los requisitos respecto a los apartados del Anexo I del mencionado Real Decreto que se señalan en el Anexo a la presente Orden. Segundo. Habilitación de aplicación y desarrollo. Se autoriza a la Dirección General de Universidades para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.

18 ANEXO Apartado 1.1. Denominación: La denominación de los títulos deberá ajustarse a lo dispuesto en el apartado segundo del Acuerdo de Consejo de Ministros de por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Técnico Industrial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de …… mediante Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación de, y a lo dispuesto en la presente Orden. Así: 1. La denominación de los títulos universitarios oficiales a los que se refiere el apartado anterior, deberá facilitar la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita y, en ningún caso, podrá conducir a error o confusión sobre sus efectos profesionales. 2. No podrá ser objeto de verificación por parte del Consejo de Universidades ningún plan de estudios correspondiente a un título universitario oficial cuya denominación incluya la referencia expresa a las profesiones de Ingeniero Técnico recogidas en la Ley 12/1986, de 1 de abril sin que dicho título cumpla las condiciones establecidas en el referido Acuerdo y en la presente Orden.

19 Apartado 3. Objetivos Competencias que los estudiantes deben adquirir: - Capacidad para la redacción y desarrollo de proyectos en el ámbito de la ingeniería industrial, que tengan por objeto, según la especialidad, la construcción, reforma, reparación, conservación, demolición, fabricación, instalación, montaje o explotación de: estructuras, equipos mecánicos, instalaciones energéticas, instalaciones eléctricas, instalaciones y plantas industriales y procesos de fabricación. - Capacidad para la dirección de las actividades objeto de los proyectos de ingeniería descritos en el epígrafe anterior. - Conocimiento en materias básicas y tecnológicas, que les capacite para el aprendizaje de nuevos métodos y teorías, y les dote de versatilidad para adaptarse a nuevas situaciones. - Capacidad de resolver problemas con iniciativa, toma de decisiones, creatividad, razonamiento crítico y de comunicar y transmitir conocimientos, habilidades y destrezas en el campo de la Ingeniería Industrial. -Conocimientos para la realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planos de labores y otros trabajos análogos. - Facilidad para el manejo de especificaciones, reglamentos y normas de obligado cumplimiento. -Capacidad de analizar y valorar el impacto social y medioambiental de las soluciones técnicas. - Capacidad de organización y planificación en el ámbito de la empresa, y otras instituciones y organizaciones. - Capacidad de trabajar en un entorno multilingüe y multidisciplinar.

20 Capacidad para la resolución de los problemas matemáticos que puedan plantearse en la ingeniería. Aptitud para aplicar los conocimientos sobre: álgebra lineal; geometría; geometría diferencial; cálculo diferencial e integral; ecuaciones diferenciales y en derivadas parciales; métodos numéricos; algorítmica numérica; estadística y optimización. Comprensión y dominio de los conceptos básicos sobre las leyes generales de la mecánica, termodinámica, campos y ondas y electromagnetismo y su aplicación para la resolución de problemas propios de la ingeniería. Programación de computadores, sistemas operativos, aplicación y uso de bases de datos y aplicaciones informáticas. Conocimientos básicos de la química general, química orgánica e inorgánica y sus aplicaciones en la ingeniería. Técnicas de representación, concepción espacial, normalización, diseño asistido por ordenador, fundamentos del diseño industrial. Conocimiento adecuado del concepto de empresa, marco institucional y jurídico de la empresa. Organización y gestión de empresas. Marketing. Materias de Formación Básica: 60 EC

21 Conocimientos de termodinámica aplicada y transmisión de calor. Conocimientos de los principios básicos de la mecánica de fluidos. Conocimientos de los fundamentos de ciencia de materiales. Conocimiento y utilización de los principios de teoría de circuitos y máquinas eléctricas. Conocimientos de los fundamentos de la electrónica. Conocimientos sobre los fundamentos de automatismos y métodos de control. Conocimiento de los principios de teoría de máquinas y mecanismos. Conocimiento y utilización de los principios de la resistencia de materiales. Conocimientos básicos de los sistemas de producción industrial. Conocimientos básicos y aplicación de tecnologías medioambientales y sostenibilidad. Conocimientos aplicados de organización de empresas. Conocimientos y capacidades para organizar y gestionar proyectos. Módulo común de Ingeniería Industrial: mín. 60 EC

22 Conocimientos sobre balances de materia y energía, biotecnología, transferencia de materia, operaciones de separación, ingeniería de la reacción química, diseño de reactores, y valorización y transformación de materias primas y recursos energéticos. Capacidad para el análisis, diseño, simulación y optimización de procesos y productos. Capacidad para el diseño y gestión de procedimientos de experimentación aplicada, especialmente para la determinación de propiedades termodinámicas y de transporte, y modelado de fenómenos y sistemas en el ámbito de la ingeniería química, sistemas con flujo de fluidos, transmisión de calor, operaciones de transferencia de materia, cinética de las reacciones químicas y reactores. Capacidad para diseñar, gestionar y operar procedimientos de simulación, control e instrumentación de procesos químicos.. Módulo Específico de tecnología Química Industrial: mín. 48 EC Trabajo individual a presentar ante un tribunal, consistente en un proyecto en el ámbito de la ingeniería industrial, de naturaleza profesional en el que se sinteticen e integren las competencias adquiridas en las enseñanzas. Trabajo Fin de Grado: mín. 12 EC


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