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SANCIONES TRIBUTARIAS

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Presentación del tema: "SANCIONES TRIBUTARIAS"— Transcripción de la presentación:

1 SANCIONES TRIBUTARIAS
CALIFICACION DE LAS SANCIONES ¿ CUANTIA? EJEMPLOS ¿CÓMO SE TRAMITA?

2 CALIFICACION DE LAS SANCIONES
Se consideran infracciones MUY GRAVES cuando en su comisión se utilizan medios fraudulentos como falsear facturas, doble contabilidad etc Se consideran infracciones GRAVES cuando el importe no ingresado supera los 3.000,00 € y de ellos más del 10 % obedecen a la ocultación de datos. Se consideran infracciones LEVES cuando el importe no ingresado es inferior a los 3.000,00 € o mayores pero no existe ocultación. CUANTIA DE LA SANCION MUY GRAVES 100 % % del importe no ingresado GRAVES 50 % % del importe no ingresado LEVES 50 % del importe no ingresado

3 IMPORTANTE WWW.ASESORIAPROMODISA.COM
Si no se recurre la liquidación provisional se puede aplicar una reducción del 30 % Si tampoco se recurre la sanción se puede aplicar una reducción del 25 %

4 WWW.ASESORIAPROMODISA.COM EJEMPLOS DE SANCIONES
GRAVEDAD DE LA INFRACCION Sanción Integra y reducida (1) Porcentaje de los impuestos no pagados Cuantía fija LEVES No ingresar los impuestos resultantes de una autoliquidación 50 (26,25) n,p No presentar completa y correctamente declaracionies o documentos necesarios para practicar liquidaciones Obtener devoluciones indebidamente No comunicar el cambio de domicilio fiscal 100 (75) Presentar fuera de plazo declaraciones a devolver o complementarias que mermen la devolución aún no recibida No entregar el certificado de retenciones. Al trabajdor, al arrendador etc. 150 (112,50) No presentar autoliquidaciones o declaraciones a devolver 200 (150) No presentar declaraciones censales 400 (300) GRAVES Solicitar devoluciones indebidamente 15 (7,875) No atender un primer requerimiento de Hacienda MUY GRAVE No comunicar correctamente datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta 150 % (112,50 %) (1) Reducción del 30 % por no recurrir la liquidación y del 25 % adicional por no recurrir la sanción n,p.: No procede

5 WWW.ASESORIAPROMODISA.COM TRAMITACION Comisión de la infracción
Hacienda envía la liquidación provisional. No se recurre. Hacienda le notifica la “propuesta de liquidación” Se hacen alegaciones que se desestiman No se hacen alegaciones Hacienda notifica la sanción definitiva La sanción se paga sin recurrir Se interpone recurso o reclamación económico administrativa en el plazo de un mes. No dan la razón No se paga ni se recurre La sanción se rebaja un 30 % y un 25 % más si se ingresa durante el periodo voluntario La sanción se rebaja en un 30 % y sin la rebaja adicional del 25 % Se pude interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses Hacienda puede exigir la sanción integra más intereses de demora y un recargo de hasta el 20 %


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