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Christian Sánchez Reyes
Ley General de Inspección del Trabajo: infracciones, sanciones y procedimiento sancionador Christian Sánchez Reyes
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Infracciones Incumplimiento de disposiciones legales y convencionales (convenios colectivos, laudos), individuales y colectivas en materia socio laboral. Por acción u omisión Relaciones laborales: (incluye empleo y colocación, modalidades formativas) Seguridad y salud en el trabajo Seguridad social (omisión a la inscripción en regímenes de salud y pensiones, públicos o privados, sin perjuicio de las demás infracciones establecidas en las normas de la materia)
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Infracciones A la labor inspectiva: acciones u omisiones de sujetos obligados, representantes, personas dependientes de su ámbito organizativo, sean o no trabajadores, contrarios al deber de colaboración -negativa injustificada o impedimento que afecte una inspección, por orden o directiva del empleador -abandono de la diligencia -inasistencia a la diligencia
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Infracciones Criterios generales: gravedad de la falta cometida, número de trabajadores afectados y antecedentes del sujeto infractor En materia de seguridad y salud en el trabajo: peligrosidad de las actividades y el riesgo inherente (permanente o transitorio); la gravedad de los daños producidos o que podrían producirse; la conducta seguida por el sujeto responsable Los principios de razonabilidad y proporcionalidad Cuantía: -De UIT infracciones muy graves -De 6-10 UIT graves -De 1-5 UIT leves
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Infracciones Reducción en un 50% en caso de micro y pequeñas empresas
Multa máxima: 30 UIT Sustitución de sanciones: sustituir sanción por Plan de Formalización (acogimiento voluntario) Reducción de sanciones: -Al 30% cuando se subsana desde la notificación del acta de infracción y antes de que venza el plazo para apelar -Al 50% resuelta la apelación y acreditado el cumplimiento dentro de los diez días hábiles Infracciones continuadas: -que hayan transcurrido por lo menos 30 días desde la imposición de la última sanción
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Infracciones -25% más cuando es leve -50% más si es grave
-solicitar al administrado demuestre haber cesado la infracción -25% más cuando es leve -50% más si es grave -100% más si es muy grave -se respeta la cuantía máxima prevista para cada tipo (ni el monto máximo de 30 UIT) Prescripción: a los 5 años contados a partir de la fecha en la que se cometió la infracción o desde que cesó si fuera continuada El inicio de las actuaciones de vigilancia y control interrumpe el plazo ¿qué sucede con los plazos de prescripción de las obligaciones de carácter laboral?
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Nuevas infracciones (DS 019-2007-TR)
En materia de relaciones laborales: -Contratación a plazo determinado: desnaturalización, uso fraudulento, violar el principio de no discriminación -Impedir el libre ejercicio del derecho de huelga: sustitución de trabajadores en huelga -actos que afecten la libertad sindical
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Nuevas infracciones (DS 019-2007-TR)
En materia de sub contratación de obras o servicios con desplazamiento de personal -se considera intermediación laboral prohibida: se incumplen requisitos para la tercerización (autonomía de medios económicos, técnicos, trabajadores bajo exclusiva subordinación) simple provisión de personal - aplicación del primacía de la realidad en caso de fraude -fiscalización del contrato celebrado y su ejecución -utilización para afectar derechos colectivos
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Responsabilidad empresarial
Responsabilidad solidaria: cuando el cumplimiento de una norma comprende a varios sujetos conjuntamente: P.e. infracciones para empresas y entidades de intermediación: prestar servicios sin estar registrado, fuera de los límites legales, entre otros Responsabilidad directa en seguridad y salud en el trabajo: de la empresa principal y la empresa usuaria de empresas temporales y servicios complementarios, en el caso de la tercerización y la intermediación, respectivamente, siempre que se trate de trabajadores desplazados hacia el ámbito de aquellas.
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Procedimiento sancionador
Aplicación supletoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General Principios generales: -Debido proceso: exponer argumentos, ofrecer prueba y obtener una decisión motivada y fundada en derecho -Economía y celeridad procesal: menor número de actos, no dificultar el trámite, evitar meros formalismos, tiempo razonable -Pluralidad de instancia: impugnar una decisión ¿tasas por impugnación?
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Procedimiento sancionador
Otros principios de la LPAG: -Legalidad -Tipicidad -Irretroactividad -Razonabilidad -Non bis in idem -Causalidad y presunción de licitud
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Procedimiento sancionador
Inicio: de oficio, por acta de infracción, notificación a trabajadores afectados y sindicatos de existir Sin perjuicio de las acciones judiciales que inicie el trabajador Contenido del acta de infracción: -Hechos constatados -Medios de investigación utilizados -Calificación de la infracción (norma vulnerada) -Graduación de la infracción, propuesta de sanción y cuantificación (criterios aplicados: gravedad, número de trabajadores y antecedentes del infractor) -Responsables, fundamentación de la responsabildiad
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Procedimiento sancionador
Medidas de carácter provisional: asegurar la eficacia de la resolución final (art. 236 y 146 LPAG), puede ser impugnada (plazo de dos días hábiles) Impugnación del acto que impone una sanción: recurso dentro de los 3 días hábiles, resuelto en 30 días hábiles, salvo en el caso del artículo 2º del DS TR (presunción de veracidad de hechos denunciados ante inspección obstruida) en el cual el recurso se resuelve en 10 días Ejecución del acto firme Poder Judicial: acción de amparo, contencioso administrativo
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