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Facultad de Jurisprudencia de la U Nacional de Loja

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Presentación del tema: "Facultad de Jurisprudencia de la U Nacional de Loja"— Transcripción de la presentación:

1 Facultad de Jurisprudencia de la U Nacional de Loja
JORNADAS NACIONALES DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGIA del 18 al 20 de abril del 2007 Facultad de Jurisprudencia de la U Nacional de Loja REFLEXIONES SOBRE LA LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS AUTOR: DR. ROBERTO GUEVARA ELIZALDE

2 Historial de algunos casos de lavado de activos en el Ecuador
En 1989, el martes 12 de Dic. en un diario nacional “El Telégrafo”, se señalaba que: “Millones de marcodólares están lavándose en Ecuador como inversión estám ongresando más que nada en el comercio de electrónicos” A fines del año de 1990 el Congreso Nacional creó una Comisión Investigadora en materia de Lavado de Narcodólares; que la presidió el diputado: Ab. Fernando Larrea Martínez En marzo 7 de R. O.# Reglamento para la Aplicación de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

3 Historial de algunos casos de lavado de activos en el Ecuador
El 12 de marzo de La Fiscalía de los EEUU acusó ante la Corte del Distrito Sur de New York, al ecuatoriano José Rafael Icaza y otros, en relación a la cambiaria C&F Comercial y Fiduciaria, por lavado de $30´ oo por medio del Chase Manhatan Bank. Por este motivo viajó a los EEUU el Ing..Jorge Gallardo Zavala quien presidió una comisión ecuatoriana a efectos de liberar fondos congelados retenidos por la justicia norteamericana, pertenecientes a instituciones financieras ecuatorianas inocentes.

4 Historial de algunos casos de lavado de activos en el Ecuador
El Ab. Larrea cuestionaba las Regulaciones # 596 de 21 de marzo y la # 631 de 19 de octubre de 1989 que autorizaba a las entidades financieras a cobrar “comisiones” con valores que determine libremente por la emisión de cheques dólares contra la recepción de billetes dólares. Que recordaba al Banco de la República de Colombia que en 1981, abrió una ventanilla en la que se compraba dólares sin preguntar su orígen, que se la llamó la “ventanilla siniestra”.

5 Historial de algunos casos de lavado de activos en el Ecuador
Malvin Levintsky Secretario Adjunto para Asuntos Narcóticos de EEUU señaló en 1991, que en el Ecuador el “lavado” asciende a $ oo de dólares anuales aproximadamente En Todo caso en las décadas de los el cruce de información con EEUU y Otros Países, se dificultaba por no facilitarlo La entonces vigente Ley General de Bancos y la existencia del Sigilo Bancario

6 Historial de algunos casos de lavado de activos en el Ecuador
Por su parte El Superintendente de Bancos, en 1991, Dr. Luis Larrea Benalcazar, sostuvo: “ si se lavaron dólares en los EEUU…por que no se ha cuestionado al Chase Manhatan Bank por la no presentación de los reportes puesto que allí se depositaban finalmente los fondos?

7 Historial de OTROS casos de lavado de activos en el Ecuador
1996, en Junio: Interpol del Guayas captura una red del cartel de Cali, se detienen 19 personas, entre ellas representantes de compañías ecuatorianas. 1999, 24 de Agosto: Operativo: “TORRE AZUL” , dineros provenientes del Cartel de Cali. 2003, 25 de febrero: Operativo: “LA PAMPA”,por el cual la Policia de Pichincha incautó $ dólares.

8 RECIENTES CASOS DE LAVADOS DE ACTIVOS
2006, 22 DE AGOSTO: La policía desarticula una red de narcolavado,con sede en la ciudad de Quito, denominada Operativo; “TORRES GEMELAS”, 10 personas detenidas,entre ellas el cabecilla; HERNAN PRADA con vínculos y amistades entre políticos ecuatorianos.

9 Antecedentes normativos Internacionales y otros códigos penales
1.-CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS de 1988. EL REGLAMENTO MODELO PARA EL CONTROL DE LAVADO DE DINERO de 1999 (CICAD-OEA). CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL, O CONVENCION DE PALERMO(2000) R.O.# Oct/03 GAFI (Grupo de Acción Financiera): 49 RECOMENDACIONES EN EUROPA, LA DIRECTIVA 308/ 1991 DE JUNIO, DEL CONSEJO DE LA COMUNIDAD EUROPEA. EEUU CODE US, Secciones (Legislación Federal) CP ALEMAN: & 261 CP ESPAÑOL:

10 Instrumentos Regionales
2.-GAFI Grupo de Acción Financiera: 40 Recomendaciones para evitar Lavados de Activos por narcotráfico 8 Recomendaciones para evitar lavado de activos por medio del terrorismo. 1 Recomendación adicional Total 49 recomendaciones. En el 2003, El GAFI-Sur examinó el Ecuador, el cual cumplió de sólo 28 recomendaciones apenas 3 cumplió; 8 medianamente cumplió y el resto incumplió. Se espera para el 2007 una nueva evaluación.

11 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
Antecedente; Ley 107, Art. 77, RO:523, 17 Sep./90 Reformada Elaboración anteproyecto: - Desde Sep-2002 Presentación Congreso: Feb-2004 Aprobada I debate: Mar-2005 Aprobada II debate: Sep-2005 Sanción – Ejecutivo Oct-2005 Registro Oficial (127) - 18-Oct-2005 Reglamento del Cons Nac Abr-2006 Proceso de Conformación de la UIF. Fortalecimiento de las Unidades de Lavado de Activos del Ministerio Público y la Policía Nacional Convención Interamerica Anticorrupción RO: 83: 10 Jun/97 Convención de PALERMO

12 OTRAS NORMAS JURIDICAS ECUATORIANAS QUE SE DEBEN OBSERVAR EN ESTOS CASOS:
Ley Nº 52 de 12 de Mayo de 1994 Resolución de la Junta Bancaria Nº JB , de 25 de Octubre del 2002 Resolución de la Junta Bancaria Nº JB , de 25 de 28 de Noviembre del 2002 Resolución de la Junta Bancaria Nº JB , del 2003 CIRCULAR SBS-SLD Oficios reservados del CONSEP, especialmente el Nº SE Oficio Nº , XAC, UPIR (Unidad de Procesamiento de Información Reservada), DN CONSEP.

13 ¿Qué es el Lavado de Dinero?
Es el método mediante el cual una persona u organización criminal, procesa las ganancias financieras resultado de actividades ilegales, para dar la apariencia de legitimidad

14 Toda actividad de lavado cae en una de dos categorías:
CONVERSION.- Cuando los productos financieros cambian de una forma a otra. MOVIMIENTO.- Cuando los mismos productos financieros cambian de localidades.

15 ETAPAS DEL LAVADO COLOCACION (Depósito)
- Introducción desapercibida de fondos en el mercado financiero ESTRATIFICACIÓN (Estructuración) - Operaciones de ocultamiento INTEGRACIÓN (Reciclaje) - Ingreso al mercado lícito

16 SUJETOS QUE INTERVIENEN
- Criminales (narcotraficantes, terroristas, corruptos, crimen organizado, etc.) Lavadores (profesionales; cambistas informales; funcionarios corruptos de la banca; familiares de criminales,etc.)

17 Tipologías Pitufeo (estructuración)
REVOLOTEO: GJ S XVII, Nº 14, p.4676. JINETEO Banca extraterritorial Garantías de préstamos Empresas de fachada y/o compra de compañías ya hechas. Remesas familiares Tráfico de Arte Doble facturación Inversión en la Bolsa de Valores.

18 Tipologías Contrabando Juegos de azar Compra de billetes premiados
Contrabando de divisas Sector Inmobiliario Urbano y Rural (compra de haciendas y ganaderías) Cíber pagos - Tarjetas inteligentes - Cajeros electrónicos

19 ACCIONES Tipificación del delito de L/A - Por delitos graves
- Autonomía del delito (Art. 14 inc 2 de L/A) - Delitos de Peligro Abstracto: Economía, Administración de Justicia, Gobernabilidad de los Estados…) - Ampliación del criterio probatorio * Prueba indiciaria * Inversión de la carga probatoria

20 ACCIONES Regulación efectiva del sistema financiero
- Eliminación del secreto bancario (IV Disp. Gral de L/A) - Reporte de transacciones sospechosas(3 c,d. y e) *otros obligados (3 a y b) - Oficial de cumplimiento (verificaciones -4-) - Políticas de conocimiento del empleado (17 .3) - Capacitación permanente (11 i)

21 SITUACION ACTUAL

22 SITUACION ACTUAL DEL LAVADO DE ACTIVOS EN EL ECUADOR
Delincuencia organizada. Corrupción. Evasión de impuestos. Plan Colombia (consecuencias). Debilidad y flexibilidad en la administración de justicia.

23 SITUACION ACTUAL DEL LAVADO DE ACTIVOS EN EL ECUADOR
Dolarización. Globalización. Ingreso y salida de efectivo. Inmigrantes “remesas”. Incremento de operaciones bancarias, comerciales y financieras.

24 Señales de alerta (en actividades financieras)
Depósitos y retiros en cuentas corporativas en efectivo, en lugar de cheques Compra de instrumentos negociables en efectivo, en altas cantidades Cuentas que reciben depósitos en títulos valores, cuando el giro del negocio no lo justifica Cuentas cuyos movimientos no concuerdan con el volumen del negocio declarado

25 Señales de alerta (en actividades financieras)
Depósitos en efectivo en muchos billetes de la misma denominación Depósitos o cambio de billetes de baja denominiación Clientes que no residen en el área de servicio de la entidad finaciera Solicitudes de créditos de compañías extraterritoriales

26 MARCO LEGAL

27

28 Exigibilidad de la norma y Principio de Reserva Legal
Art.24 # 1 de la CPR; Art. 2 del CP; Y Art. 2 del CPP: Nullum crime nulla poena sine lege et scripta et estricta En el caso del testaferrismo (Art. 77 ley 108, desde 17 de Septiembre de 1990, Reform. Inc. 1º por Ley 25 RO: 173 de 15 de Oct/97en el caso contra Laura Santacruz y J.H. Reyes Torres.- Ver Juicio: , Resolución : GJ SXVII Nº 14,p y ss. Sólo a partir de su vigencia,entraña “a su vez un delito de encubrimiento ”que reúne los elementos… de un delito autónomo” En la Ley para reprimir el Lavado de Activos vigente 18 Oct/2005 (RO: 127) “hace falta una disposición transitoria que permitiera sancional el lavado de activos antes de esa fecha.(Dr.Fernando Casares Pres Corte Sup. De Quito. Fundamento: La derogatoria del Art. 10 # 3 y 74 de la Ley 108, en el capítulo: “Reformas y Derogatorias” de la Ley de “Lavado”.

29 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
FINALIDAD PREVENIR DETECTAR SANCIONAR ERRADICAR LAVADO DE ACTIVOS

30 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
OBJETO DE LA LEY, REPRIMIR: a) La propiedad, posesión, utilización, oferta, venta, corretaje, comercio interno o externo, transferencia, conversión y tráfico de activos, que fueren resultado o producto de actividades ilícitas, o constituyan instrumentos de ellas; y,

31 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
OBJETO DE LA LEY, REPRIMIR: b) La asociación para ejecutar cualesquiera de las actividades mencionadas en el literal anterior; la organización de sociedades o empresas que tengan ese propósito; y, la gestión, financiamiento o asistencia técnica encaminados a hacerlas posibles.

32 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
TAMBIEN ES OBJETIVO DE LA LEY Realizar las acciones y gestiones necesarias para recuperar los activos ilícitos de origen ecuatoriano, que se encuentran en el exterior.

33 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
DELITO AUTONOMO,(Art. 14 inc. Final de la LPRLA) conexo con todos los delitos considerados graves No requiere de sentencia previa por delitos subyacentes para sentenciar por Delito de Lavado de Activos. Esta es una concepción criticada en la doctrina penal especial española.

34 Bien jurídico protegido o El FIN del castigo de este delito:
La Libre Competencia Capitalista:(Aranjuez Sánchez) La Tutela del Tráfico Lícito de Bienes: (Carpio Delgado.) La Credibilidad del Sistema Financiero: (Blanco Cordero) El Orden Socioeconómico General: (Diez Ripollez; Gómez Iniesta, Fabián Caparroz, Diaz Marotto y Villarejo; y, Martínez Buján Pérez. La Seguridad Interior del Estado:(Hetzer) Combinación de los intereses antes dichos: (Muñoz Conde, Vidales Rodríguez, Vives Antón, González Cussac y Faroldo Cabana. En Alemania: Schonke Schroder.

35 LIMITACION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
AUSENCIA DE ELEMENTO SUBJETIVO ENTRE EL BLANQUEADOR Y EL IMPUTADO: AGENTE FINANCIERO, ABOGADO, ETC. CONDUCTA ADECUADA SOCIALMENTE (Welzel) El principio de la PROHIBICION DE REGRESO (G. Jakobs) NEGOCIOS STANDARD EL EJERCICIO DE UN CARGO, (Desde la perspectiva de la Antijuricidad) SER TITULAR DE UN DERECHO FUNDAMENTAL

36 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
SANCIONES Art. 15 Nº 1 Más de 5.000 Menos b) No asociación para delinquir. PRISION 1 - 5 AÑOS

37 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
SANCIONES Art.15 Nº 2 RECLUSION MENOR ORDINARIA 3 - 6 AÑOS a) Más de y Menos b) Asociación para delinquir, Sin constitución de sociedades o empresas Sin utilización de las ya constituidas. c) Utilizando instituciones del Sist. Fin. o Seg. En desempeño de cargos directivos, funciones o empleos en dichos sistemas.

38 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
SANCIONES: Art. 15 Nº 3 RECLUSION MENOR ORDINARIA 6 - 9 AÑOS a) Más USD b) Asociación para delinquir, a través de: la constitución de sociedades o empresas y la utilización de las ya constituidas. c) Utilizando instituciones públicas o dignidades, cargos o empleos públicos

39 LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS
SANCIONES Duplo del monto de activos objeto del delito (Art.16) Comiso especial de bienes (Art.17:) Extinción de persona jurídica Empleados públicos: incapacidad perpetua a ocupar cargos públicos, funciones en sistema financiero y seguros Incriminación falsa o dolosa = Prisión 1 – 3 años (Art.18) Otras sanciones pecuniarias y administrativas Art. 19 y ss. (Contravenciones)

40 UNIDAD DE INTELIGENCIA
FINANCIERA ( UIF )

41 CONSEJO NACIONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS
Art. 7.- El Directorio del Consejo estará integrado por: a) El Procurador General del Estado; b) El Superintendente de Bancos y Seguros; c) El Superintendente de Compañías; d) El Director del Servicio de Rentas Internas; e) El Director de la CAE; f) El Ministro Fiscal; y, g) El Comandante General de la Policía Nacional.

42 UIF (estructura) DIRECCIÓN GENERAL SUBDIRECCIÓN
DEPARTAMENTOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS Funciones y atribuciones REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA UNIDAD

43 UIF (funciones) ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA FINANCIERA
SOLICITAR Y RECEPTAR INFORMACIÓN OPERACIONES O TRANSACCIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS PROCESAR Y ANALIZAR LA INFORMACION REMITIRLA AL MINISTERIO PÚBLICO

44 ACTORES DE LA LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO
SUJETOS OBLIGADOS ENTIDADES DE CONTROL Y VIGILANCIA JUEZ ROS y confirmación con soportes de Transacciones Financieras y no financieras INFORMES DE INTELIGENCIA MINISTERIO PUBLICO UIF Intercambio de información Conciliación de la Información de inteligencia GRUPO EGMONT UNIDAD CONTRA LAVADO ACTIVOS POLICIA

45 LAVADO DE ACTIVOS DE LA POLICIA NACIONAL
UNIDAD CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS DE LA POLICIA NACIONAL

46 ESTRUCTURA DE LA SECCION DE INVESTIGACIONES FINANCIERAS
D. N. A. JEFATURA SIF ASESORIA JURIDICA SECRETARÍA Y ARCHIVO EQUIPO DE ANALISTAS PERITOS CONTABLES O.B.I. INVESTIGADORES DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN

47 FUNCIONES Investigación: Iniciativa policial (Inteligencia)
Indagación Previa Instrucción Fiscal Análisis Financiero Peritajes Atención a Requerimientos: Nacional Internacional Capacitación a personal policial (CCA) Atención a Asistencias Judiciales Seguimiento de casos Conferencias a entidades financieras

48 COORDINACIONES AMBITO NACIONAL Ministerio Público. UIF
Otras Unidades Policiales Instituciones de Control Entidades financieras AMBITO INTERNACIONAL ONU, OEA, GAFI, UIFs, INTERPOL Unidades policiales similares, etc.

49 FUENTES DE APOYO EN LA INVESTIGACION DE L/A Y F/T
UIFs. BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS INSTITUCIONES NO FINANCIERAS CAUSAS PENALES ABIERTAS Y CERRADAS AUTORIDADES GARANTES DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY FUENTES HUMANAS ACUSADOS QUE COOPEREN EN CAUSAS CIVILES O PENALES O. B. I. (propias)

50 RECOMENDACIÓN 27 GAFI “… LOS PAISES DEBERIAN ASEGURAR QUE LA RESPONSABILIDAD DE LAS INVESTIGACIONES DE L/A Y F/T RECAIGAN EN LAS AUTORIDADES GARANTES DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY …”

51 … Misión fundamental garantizar la seguridad y el orden públicos. ….
CONSTITUCION POLITICA DEL ECUADOR Art La Fuerza Pública estará constituida por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. ….. … Misión fundamental garantizar la seguridad y el orden públicos. ….

52 Art. 2.- Declaración de interés nacional.- …..
LEY DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Art. 2.- Declaración de interés nacional.- ….. Las instituciones, dependencias y servidores del sector público y las personas naturales o jurídicas del sector privado están obligadas a suministrar la información y a prestar la colaboración que determina esta Ley o que establezcan las autoridades a las que compete su aplicación.

53 LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL
Art. 4 …….., la prevención e investigación de los delitos, …….,  Este conjunto de actividades está bajo la responsabilidad de las diferentes Direcciones Nacionales de Servicios y Unidades Especiales que integran la Policía Nacional del Ecuador …..

54 REGLAMENTO DE LA POLICIA JUDICIAL
Art La Policía Judicial es un cuerpo auxiliar del Ministerio Público, integrado por personal especializado de la Policía Nacional. Su funcionamiento se sujetará a las disposiciones contempladas en la Constitución Política de la República; en la Ley Orgánica del Ministerio Público; en la Ley Orgánica de la Policía Nacional; en el Código de Procedimiento Penal; y, en el presente reglamento. Art La Policía Judicial realizará la investigación de los delitos de acción pública de instancia oficial y de instancia particular, bajo la dirección jurídica y control del Ministerio Público, a fin de reunir o asegurar los elementos de convicción y evitar la fuga u ocultamiento de los sospechosos, en el tiempo y según las formalidades previstas en el Código de Procedimiento Penal.

55 REGLAMENTO DE LA POLICIA JUDICIAL
Art Las funciones de la Policía Judicial comprenden también todas las diligencias investigativas que realicen los diferentes servicios de la Policía Nacional bajo la dirección y control del Ministerio Público, como el de antinarcóticos, investigación de accidentes de tránsito, de secuestros y extorsión, y otros que por necesidad de prevenir y combatir el delito existen o se crearen. Art Los miembros de la Policía Judicial dependen jerárquica, disciplinaria, administrativa y operativamente de la Policía Nacional; el control y la dirección jurídica de las investigaciones corresponden al Ministerio Público.

56 REGLAMENTO DE LA POLICIA JUDICIAL
Art Son deberes y atribuciones de la Policía Judicial: 1. Trabajar bajo la dirección del Fiscal ….. 2. Recibir y cumplir las órdenes que impartan el Fiscal y el Juez ….. 3. Requerir al Fiscal y en caso de urgencia al Juez, …. la realización de un acto probatorio o la ejecución de allanamientos y detenciones …..; 4. Recibir las denuncias que sean presentadas por delitos de acción pública y poner inmediatamente a conocimiento del Fiscal;

57 REGLAMENTO DE LA POLICIA JUDICIAL
Art Son deberes y atribuciones de la Policía Judicial: 5. Aprehensión por delito flagrante …; 6. Proteger, recolectar y preservar los elementos, materiales y documentales …, cuidando el manejo eficaz de la cadena de custodia de las evidencias; 7. Proceder a la identificación y examen del cadáver …..; 8. Prestar auxilio y asistencia a las víctimas del delito; y, 9. Practicar previo conocimiento y autorización del Fiscal, las diligencias que conduzcan al debido esclarecimiento del hecho delictivo, empleando de manera eficaz las técnicas de investigación en entrevistas, obtención de información, manejo de informantes.

58 CAPITULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS CAPITULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES Art La Unidad de Inteligencia Financiera, deberá cumplir las siguientes funciones: d) Remitir al Ministerio Público la información relacionada con operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas con los sustentos del caso;

59 Las dos dificultades del delincuente
1- Manipulación de una gran cantidad de dinero en efectivo 2- Ausencia de justificación del origen de los fondos

60 Algunas conclusiones del contenido de la ley
La Prescripción de esta clase de infracciones es más benigna que la que estaba contenida en la codificación de la Ley 108 El castigo a quien falsamente imputa esta clase de infracciones, es más benigna que la contemplada en la ley 108. Aunque se diga que esta clase de infracciones es autónoma; en verdad son tipos SUBORDINADOS, al respectivo delito del que se deriva el blanqueo de dinero. En la Convención Interamericana Contra la Fabricación y Trágico Ilícito de Armas de fuego, Municiones, Explosivos y Otras Materias Relacionadas. RO Nº 243 de 28 de julio de 1999 (no consta el lavado de activos provenientes de este delito. EN CONSECUENCIA, NO ABARCA ESTA CLASE DE LAVADOS DE ACTIVOS. EL LAVADO DE ACTIVOS POR OTRA INFRACCION QUE NO SEA DE DROGAS SOLO CORRE A PARTIR DE OCTUBRE DEL 2005.

61 GRACIAS POR SU ATENCION
Dictor,ROVERTO GUEVARA ELIZALDE CONFERENCIA DE 24 DE ENERO DEL 2007 UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL. FACILTAD DE JURISPRUDENCIA CCSS Y CCPP. III CURSO NACIONAL DE DERECHO PENAL ECONONÍCO Y LAVADOS DE ACTIVOS.


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