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SECRETARÍA TÉCNICA DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN ACCIONES REALIZADAS Y EN PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN.

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1 SECRETARÍA TÉCNICA DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN ACCIONES REALIZADAS Y EN PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN

2 SECRETARÍA TÉCNICA DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN ACCIONES REALIZADAS Y EN PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN:  Diagnóstico sobre la situación real que guardan los CPSE.  Atención a las recomendaciones de la ASF, derivadas de la auditorías al gasto público federalizado (tema de la Participación Social).  Creación del CIVAPASE.  Reestructuración del Consejo Estatal y los Consejos Municipales de Participación Social.

3 SECRETARÍA TÉCNICA DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN ACCIONES REALIZADAS Y EN PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN:  Elaboración de un Reglamento Interno Estatal para la regulación de los CEPSE (Estatales, Municipales y Escolares).  Respeto absoluto a las disposiciones que establece la CPEUM, LGE y el acuerdo núm. 02/05/2016.  Visión pragmática y funcional en la constitución de los Consejos.  Considerando la premisa de «Constituir los consejos en los términos que disponga la Autoridad Educativa Local, de acuerdo a su normatividad aplicable ( de los CPSE en Sinaloa) y a sus necesidades y características regionales.  Estrategia mediática para la socialización del tema de la Participación Social Escolar.  Convenios de coordinación con instituciones de Educación Superior en la especialidad de Nutrición, para la operación y seguimiento de los Comités de Consumo Escolar

4 CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN Consejero PresidenteNombrado por el titular en Educación en el Estado CONSEJO ESTATAL De 21 a 31 integrantes Secretario TécnicoNombrado por el titular en Educación en el Estado Consejero MunicipalNombrado por el Alcalde CONSEJO MUNICIPAL De 15 a 25 integrantes Secretario TécnicoRecae en la figura del Regidor de la Comisión de Educación del Cabildo

5 CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN Consejero PresidenteSe elige entre los integrantes del Consejo Consejo Escolar De 9 a 25 integrantes O bien pueden ser menos, según la capacidad de la escuela (alumnado y padres de familia Secretario TécnicoRecae en la figura del Director del plantel Solo en escuelas de 6 o más grupos

6 ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS QUE RIGEN LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

7 CAMBIOS EN LOS LINEAMIENTOS NORMATIVOS.- El pasado 11 de mayo del año en curso, la SEP, publicó en el D.O.F. el Acuerdo Secretarial Número 02/05/16, el cual viene a precisar y actualizar las disposiciones contenidas en el anterior Acuerdo No. 716, en torno a los lineamientos para la constitución y operación de los Consejos de Participación Social en la Educación. A continuación le remito los aspectos claves que se modificaron. Incorpora (en el artículo 2) un pequeño glosario de términos, el cual se orienta a destacar el concepto en boga de la “Autonomía de Gestión Escolar”. Observación: No sobraría agregar a dicho glosario, los términos de Ayuntamiento y Regidor, como órganos administrativo y colegiado del municipio, y que tienen que ver con la integración de los Consejos de Participación Social. CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

8 Puntualiza (en el artículo 7) los casos de escuelas que imparten educación básica en sus tipos de servicio comunitario, indígena, migrantes, orfanatos, centros penitenciarios y especiales. Aquí se establece el término “podrán” en cuanto a la constitución de sus Consejos Escolares, delimitando su integración por al menos 2 padres de familia y un profesor. Observación: El Acuerdo Núm. 716, basado en el Artículo 69 de la LGE, establecía la instalación de un Consejo Escolar de Participación Social en cada Escuela de Educación Básica, es decir, Preescolar, Primeria y Secundaria. Sin embargo, en la práctica también se han formado estos Consejos en Educación Especial e Inicial, por lo que este agregado viene a darle a ello un soporte normativo, aunque con cierta ambigüedad, ya que no lo establece como obligación (deberá constituir), sino como una opción (podrá constituir). CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

9 Elimina la disposición burocrática, (que además era letra muerta dado su incumplimiento), de que cada Consejo remitiera su Proyecto o Plan de Trabajo al Consejo inmediatamente Superior, es decir, el Consejo Estatal al Nacional, el Municipal al Estatal y el Escolar a todos los anteriores. Cambia lo referente a la designación del Consejero Presidente, tanto en el CONAPASE como en los Consejos Estatales y Municipales, pues anteriormente éste se elegía de la terna que enviaba el titular de SEP (CONAPASE), la Autoridad Educativa local (Consejo Estatal) y la Autoridad Municipal (Consejo Municipal), por lo que ahora dichas autoridades, eligen directamente a quien fungirá como Consejero Presidente. CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

10 Reestructura la organización de las zonas geográficas en que se agrupa a las entidades federativas, quedando de la siguiente manera: Anteriormente (Acuerdo núm. 716) Actual (Acuerdo 02/05/16) Zona Geográfica I (B.C., C.S., Coahuila, Chihuahua, Zona Noroeste (B.C., B.C.S., Durango, Nayarit, Sinaloa y Sonora) Chihuahua, Sinaloa y Sonora) Zona Geográfica II (Aguascalientes, Gto, Guerrero, Zona Noreste (Coahuila, Dgo, N.L. Jalisco, N.L., S.L.P., Tamaulipas y Zacatecas) S.L.P. y Tamaulipas) Zona Geográfica III (D.F., Hidalgo, Edo. de México, Zona Occidente (Aguascalientes, Michoacán, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala) Colima, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Querétaro y Zacatecas) Zona Geográfica IV (Campeche, Colima, Chiapas Zona Centro (Cd. De México, Edo. Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz de México, Hidalgo, Morelos, y Yucatán) Puebla y Tlaxcala). Zona Sureste (Campeche, Chiapas Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán) CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

11 Varía la integración de los Consejos Estatales, ya que pasa de un mínimo de 15 a 21 miembros. En cuanto a los Consejos Municipales, el mínimo de integrantes pasa de 5 a 15. Observaciones: Sigue sin precisarse si el Secretario Técnico de los Consejos (Nacional y Estatal), quien es designado directamente por la autoridad educativa correspondiente, es también la misma persona que se integrará como Consejero y que de igual forma es designado por el Secretario de Educación de cada nivel de gobierno. Precisa que el Secretario Técnico del Consejo Municipal deberá ser un Regidor de la Comisión de Educación del Municipio. CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

12 Ratifica que en los Consejos Escolares, será el Director del Plantel quien funja como Secretario Técnico del mismo, sin embargo, se modificó el número de grupos que deberá tener la escuela como mínimo para crear esta figura. (Secretario Técnico), pasando de 3 o más grupos a 6 o más. Incorpora como disposición normativa, y por tanto obligatoria, la necesidad de que las escuelas que reciban recursos de programas federales, cuenten en sus Consejos Escolares con el Comité de Seguimiento a la Infraestructura Educativa y el de Contraloría Social. CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

13 Facilita la operatividad del Consejo Escolar y de sus Comités Temáticas, al permitir que en escuelas que comparten un mismo plantel (bien inmueble), sea un sólo Comité de Mejoramiento de la Infraestructura Educativa, el que opere con representantes de las distintas escuelas o niveles educativos que converjan en dicho plantel. Observación: Lo ideal aquí hubiera sido extender dicha opción para todos los Comités Temáticos que tengan a bien conformarse, particularmente el de Contraloría Social. CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN EN SINALOA

14 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE)

15 Justificación: CEPS Y C.C.S Resultados del diagnóstico:  Falta de seguimiento a su registro y funcionamiento  Deficientes estrategias de socialización del tema (autoridades y sociedad)  Confusión en la delimitación de atribuciones y responsabilidades de los CEPS y los APF  Limitado y desactualizado cumplimiento documental (CPSE)  Simulación en el cumplimiento operativo (CPSE) Conclusiones: Tema utilizado como entelequia retórica Deficiente orientación y fiscalización del gasto público federalizado Abundantes observaciones y recomendaciones de entes fiscalizadores (ASF, UT y RC, etc.) Actualización reactiva de la AEL

16 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) Justificación Normativa: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (EUM) ANMEB LGDS y su Reglamento Acuerdo #260 Acuerdo #716 Acuerdo #717 PND 2013-2018 PSE 2013-2018 Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social (SFP)

17 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) OBJETIVO GENERAL: Establecer un protocolo administrativo de vinculación intrasecretarial, que valide el funcionamiento de los esquemas de Participación Social y la consolidación de una cultura de transparencia y rendición de cuentas, a través de los CEPS y sus respectivos CCS en cada plantel educativo, a efecto de que dicho proceso se traduzca en un aval a priori, que libere a la autoridad escolar ejercer los beneficios (recursos y/o apoyos) asignados por cualesquiera de los “Programas”.

18 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) OBJETIVOS ESPECIFICOS: Mantener una actualización constante a la base de datos de los CEPS y sus CCS. Revisar, y en su caso aprobar, el PETCS que elabora y registra el E.E. ante la SEB. Establecer una coordinación institucional para la óptima aplicación de los “Programas” en las escuelas beneficiadas. Fortalecer la vinculación operativa entre áreas adscritas a la SEBA y la ST para la capacitación y seguimiento al desempeño de los CEPS y sus CCS. Mantener actualizada la plataforma informática de REPUCE, a través de la ST y la SEBA. Mantener actualizado el SICS, a través del E.E. y los Coordinadores de los “Programas”. Diseñar un esquema de validación conjunta para liberar a los directivos de los planteles escolares la facultad de hacer uso de los beneficios de los “Programas”.

19 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) LINEAS DE ACCIÓN (ESTRATEGIAS): Instrumentar un sistema informativo para la alimentación y actualización constantes de datos sobre las escuelas beneficiadas con los “Programas” y el status de sus CEPS y CCS. Establecer los conductos formales para la vinculación operativa y la retroalimentación organizacional al interior del CIVAPASE. Expedir una constancia de autorización para el ejercicio de los “Programas” en las escuelas beneficiadas.

20 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) CONSTITUCIÓN DEL CIVAPASE: Subsecretaría de Educación Básica.(SEBA) Secretaría Técnica de los Consejos de Participación Social en la Educación.(ST) Coordinadores de los Programas Federales de Apoyo a la Educación.(CPF) Contraloría Interna de SEPyC (Enlace Estatal de Contraloría Social).(CI) La Coordinación Estatal de Unidades de Atención a Padres de Familia.(CUPF)

21 COMITÉ INTRASECRETARIAL LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) PROGRAMAS FEDERALES DE APOYO A LA EDUCACIÓN CICLO ESCOLAR 2016-2017 (7 PROGRAMAS) CICLO ESCOLAR 2015-2016 (14 PROGRAMAS) VS

22 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS FEDERALES: Proveer al Comité el listado general de escuelas beneficiadas por cada “Programa” y su responsable operativo. Concentrar con la SEBA (Jefes de Departamento) y la ST sus bases de datos para sistematizar la relación de planteles inscritos con los “Programas” (por nivel y modalidad educativos; características y montos de los apoyos; status de los CEPS y CCS). Coadyuvar, a través de cada coordinador de “Programa”, en las tareas de capacitación y seguimiento a la constitución y operación de los CEPS y sus CCS. Concentrar y clasificar la documentación física inherente a los CCS (actas, minutas, cedulas e informes) para su registro en el SICS. Recibir de la CI (EE) un nombre de usuario y contraseña para el registro (escaneo) de la documentación (carátulas) generada por los CCS.

23 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA SUBSCRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA ESTATAL: Responsabilizar a cada jefe de sus áreas educativas, la función de dar seguimiento (a través de los Jefes de Sector y/o Supervisores Escolares) al calendario operativo (Asambleas y Sesiones) de los CEPS y sus comités temáticos, en apego a lo que establece el Acuerdo Secretarial # 716. Coadyuvar con la ST en las tareas de capacitación y fortalecimiento de los CEPS y sus CCS. Recabar en físico, por cada área educativa (a través de sus Jefes de Sector y/o Supervisores), las actas constitutivas, minutas o cédulas de seguimiento e Informe Anual de los CCS de las escuelas beneficiadas con apoyos de los “Programas”. Entregar (vía ST) a los coordinadores de los “Programas” la documentación antes señalada. Proporcionar (por nivel educativo) a la ST, la relación de planteles escolares de nueva creación o sin contraseña vigente del REPUCE, para su asignación o reposición.

24 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA INTERNA DE SEPyC (E.E.): Designar al E.E. ante la SEB para operar el esquema de Participación y Contraloría Sociales. Elaborar (y socializar ante el Comité) el PETCS para su validación ante la SEB y la SFP. Participar activamente en las labores de Capacitación que desarrollen la ST, los coordinadores de los “Programas” y la SEBA. Presentar ante el Comité, la muestra de planteles escolares inscritos en los “Programas” y designados para ser auditados en torno al tema de la Participación y Contraloría Sociales. Validar, y en caso necesario actualizar, el registro ante el SICS, de la documentación relativa a los CCS de la muestra seleccionada para auditoría.

25 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LOS CPSE: Procesar y mantener actualizado el registro de los CPSE (Estatal, municipales y escolares) ante el REPUCE. Operar la normatividad que rige a los CPSE y las directrices dictadas por el CONAPASE. Brindar capacitación constante y el debido seguimiento a la constitución (o renovación) y operación de los CPSE (Estatal, municipales y Escolares). Coordinar la operatividad del CIVAPASE, fungiendo como enlace y canal de comunicación interna ante las partes que lo integran. Programar y desarrollar foros, talleres, conferencias y asesorías a las áreas educativas de la SEBA (Jefes de Departamento, Jefes de Sector, Supervisores y Directivos Escolares), sobre el tema de la Participación Social y su papel en el nuevo esquema de organización escolar de “La Escuela al Centro”. Diseñar y recabar la validación (de las áreas que integran el CIVAPASE) del protocolo administrativo de autorización para el ejercicio de los apoyos asignados a cada centro escolar. Entregar el esquema de validación (documento oficial) del CIVAPASE a los Coordinadores de los “Programas” para su integración a la documentación requerida a cada escuela beneficiada.

26 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE UNIDADES DE ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA: Coordinar sus actividades con la ST para la precisión y fortalecimiento de las atribuciones, potestades y obligaciones de las APF y los CEPS. Coadyuvar con la ST en las estrategias diseñadas para la reactivación de los CPSE, particularmente los CEPS y sus comités temáticos de Contraloría Social, seguimiento a la infraestructura educativa y establecimientos de consumo escolar. Fungir como canal de recepción y sistematización de las denuncias, quejas y/o sugerencias, que se susciten al seno tanto de las APF como de los CEPS.

27 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SISTEMA INFORMÁTICO PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (SIVAPASE): Diseñar y operar un esquema de vinculación informático (software), a través del cual fluya la información y retroalimentación entre las áreas operativas del CIVAPASE. Procesar la expedición del documento final que expida el CIVAPASE (a los centros escolares) con el aval de cada una de sus áreas operativas. Integrar y mantener actualizada una base de datos con el registro y status que guarden la constitución y operación de los CEPS y sus CCS de las escuelas beneficiadas con los “Programas”

28 COMITÉ INTRASECRETARIAL PARA LA VALIDACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ESCOLAR (CIVAPASE) ST Secretaría Técnica de los CPSE UPF Coordinación Estatal de Unidades de Atención a Padres de Familia SEBA Subsecretaría de Educación Básica Estatal (Jefes de Depto, Jefes de Sector y Supervisores) CPF Coordinación General de Programas Federales (Coordinadores de los “Programas”) CI Contraloría Interna de SEPyC (Enlace Estatal) Soporte documental para la validación Autorización (documento) Oficial para los Centros Escolares SIVAPASE (Sistema informático) Directrices Retroalimentación Coordinación Seguimiento Concertación Actualización ESQUEMA GRÁFICO DE FLUJO DE COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN ORGANIZACIONALES DEL CIVAPASE (FLUJOGRAMA):


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