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FUNDAMENTOS DE CIENCIA POLÍTICA TEMA 8 EL PODER JUDICIAL.

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1 FUNDAMENTOS DE CIENCIA POLÍTICA TEMA 8 EL PODER JUDICIAL

2 Los sistemas legales Anglosajón o sistema de precedentes legales. Common Law consuetudinario Anglosajón o sistema de precedentes legales. Common Law consuetudinario  Se basa en los casos  Creado por decision judicial, ley hecha por los jueces: gran flexibilidad  Se basa en gran medida en el precedente Sistema de Europa Continental o ley de código Sistema de Europa Continental o ley de código  Casi todos los códigos están escritos y son claros y precisos  Los jueces no hacen la ley, solo la interpretan y aplican  Producto de la legislación

3 Caso español: Caso español:  Principio de unidad jurisdiccional  Cuatro órdenes jurisdiccionales básicos: Civil. Competencia en materias de derecho privado Civil. Competencia en materias de derecho privado Penal. Delitos y faltas tipificados en el código penal Penal. Delitos y faltas tipificados en el código penal Contencioso-administrativo. Conflictos entre Administración Pública y administrado Contencioso-administrativo. Conflictos entre Administración Pública y administrado Social. Jurisdicción laboral Social. Jurisdicción laboral  Hay que añadir un quinto especial: el militar. Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar.

4 Poder judicial y poder político Las leyes garantizan la libertad (Sartori, 1998) a través de dos mecanismos: Las leyes garantizan la libertad (Sartori, 1998) a través de dos mecanismos: 1. Las leyes controlan y limitan el poder político 2. Protegen a los individuos frente a otros  Las leyes son elaboradas por los ciudadanos a través de sus representantes y son los tribunales los encargados de vigilar su cumplimiento

5 Instituciones fundamentales del poder judicial A. Consejo General del poder judicial B. Fiscal General del Estado C. Tribunal Supremo D. Tribunal Constitucional

6 Consejo General del Poder Judicial Consejo General del Poder Judicial Órgano de gobierno del poder judicial: control de acción de jueces y magistrados Órgano de gobierno del poder judicial: control de acción de jueces y magistrados Composición: Composición:  LO 2/2001, de 28 de junio  Presidente (que es a su vez presidente del Tribunal Supremo) y 20 miembros nombrados por 5 años.  12 de esos 20 son propuestos por el Congreso y el Senado (6 por cada cámara)  Esos 12 son elegidos de entre una lista de hasta 36 candidatos propuestos por las asociaciones de jueces y magistrados  Los 8 restantes son también elegidos por Congreso y Senado (4 por cámara) entre abogados y juristas de reconocida competencia y más de 15 años de ejercicio profesional

7 Tribunal Supremo Tribunal Supremo Órgano jurisdiccional superior de toda España en todos los órdenes excepto en materia constitucional Órgano jurisdiccional superior de toda España en todos los órdenes excepto en materia constitucional Ley 38/1988, de 28 de diciembre Ley 38/1988, de 28 de diciembre Presidente nombrado por le Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial Presidente nombrado por le Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial El Consejo General del poder Judicial nombra a sus miembros por mayoría de 3/5 (art. 127 LOPJ) El Consejo General del poder Judicial nombra a sus miembros por mayoría de 3/5 (art. 127 LOPJ) El Tribunal Supremo está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, los cinco Presidentes de Sala, y setenta y cuatro Magistrados, que se integran en las distintas Salas ordinarias del Tribunal. El Tribunal Supremo está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, los cinco Presidentes de Sala, y setenta y cuatro Magistrados, que se integran en las distintas Salas ordinarias del Tribunal.

8 Fiscal General del Estado Fiscal General del Estado Cabeza jerárquica del Ministerio Fiscal Cabeza jerárquica del Ministerio Fiscal Articulo 124 de la CE: tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés publico tutelado por ley, de oficio o a petición de los interesados, así como de velar por la independencia de los tribunales y procurar ante estos la satisfacción del interés social Articulo 124 de la CE: tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés publico tutelado por ley, de oficio o a petición de los interesados, así como de velar por la independencia de los tribunales y procurar ante estos la satisfacción del interés social Nombrado por le gobierno de entre juristas de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio Nombrado por le gobierno de entre juristas de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio

9 El Tribunal Constitucional El Tribunal Constitucional Órgano situado fuera de los tres poderes clásicos Órgano situado fuera de los tres poderes clásicos Función: proteger el carácter básico del Estado plasmado en la Constitución y la defensa de esta. Función: proteger el carácter básico del Estado plasmado en la Constitución y la defensa de esta. Paniagua: “el TC es Bastante más que el guardián de la Constitución, es su único interprete y, por su infalibilidad, un súper poder político situado por encima de los otros poderes que la Constitución reconoce […] su influencia modeladora del Estado es menos llamativa pera más eficaz que la de los partidos” Paniagua: “el TC es Bastante más que el guardián de la Constitución, es su único interprete y, por su infalibilidad, un súper poder político situado por encima de los otros poderes que la Constitución reconoce […] su influencia modeladora del Estado es menos llamativa pera más eficaz que la de los partidos” Es competente para (Art.. 161 CE) : a) recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley, b) recurso de amparo por vilación de derechos y libertades del art. 53.2 de la CE, c) conflictos de competencia entre el Estado y las CCAA o de estas entre si, y d) de las demas materias que le atribuyan la CE o las leyes orgánicas Es competente para (Art.. 161 CE) : a) recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley, b) recurso de amparo por vilación de derechos y libertades del art. 53.2 de la CE, c) conflictos de competencia entre el Estado y las CCAA o de estas entre si, y d) de las demas materias que le atribuyan la CE o las leyes orgánicas

10 Composición y nombramientos Composición y nombramientos 12 miembros elegidos entre magistrados y fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos y abogados, todos juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional 12 miembros elegidos entre magistrados y fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos y abogados, todos juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional Duración: nueve años sin posibilidad de reelección Duración: nueve años sin posibilidad de reelección Elección: 4 a propuesta del Congreso (mayoría de 3/5:210 diputados), 4 a propuesta del Senado, 2 a propuesta del gobierno y 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial Elección: 4 a propuesta del Congreso (mayoría de 3/5:210 diputados), 4 a propuesta del Senado, 2 a propuesta del gobierno y 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial

11 El nuevo papel de la justicia en los sistemas democráticos Retos: Retos: 1. Aumento de las regulaciones hasta unos niveles quizá problemáticos 2. Profundización de una cultura de los derechos 3. Judicialización de la política 4. Crecimiento de la desconfianza de los ciudadanos hacia el funcionamiento de la justicia


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