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L E Y D E O P T O M E T R Í A Marzo 2011. A N T E C E D E N T E S H I S T O R I C O S.

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Presentación del tema: "L E Y D E O P T O M E T R Í A Marzo 2011. A N T E C E D E N T E S H I S T O R I C O S."— Transcripción de la presentación:

1 L E Y D E O P T O M E T R Í A Marzo 2011

2 A N T E C E D E N T E S H I S T O R I C O S

3 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S El 21 de octubre de 1931 se crea la sociedad de oftalmólogos. Nunca se creó la cátedra universitaria de optometría y el año 1940 se deroga el decreto. 2 meses después se crea el Colegio de Ópticos.

4 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Presbicia Políticos detectan la gran falencia de salud visual y lo ven como oportunidad de ayudar y captar votos. SOCHIOF denuncia a candidatos porque estos en sus campañas regalan lentes de presbicia. Controversia se diluye al constatar que el Código Sanitario no prohíbe regalar estos lentes, aunque el Reglamento de Óptica no lo permitiría. 4 de abril de 2002 ingresa proyecto de ley a Cámara de Diputados. Durante el 2° semestre de 2003 se tramita y aprueba en la Cámara de Diputados. Durante el 1er semestre de 2005 se tramita y aprueba en el Senado. El 15 de junio de 2005 la Cámara de Diputados aprueba las modificaciones del Senado. El 13 de julio de 2005 se publica en el Diario Oficial.

5 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Presbicia Permitía dar solución parcial al grave problema de salud visual de la población. Permitía ejercer y desarrollar la Optometría, restringido a los mayores de 40 años. Permitía introducir el concepto de Optometría y dejar al descubierto las graves falencias existentes en salud visual. Se aprobó la ley, pero con restricciones que dificultan la Optometría en mayores de 40 años. Quedaron al descubierto las graves falencias existentes en Chile en materia de salud visual. Se vio la importancia que tenía la Salud Visual para lograr mover un proyecto de ley. Se adquirió el know how necesario acerca del funcionamiento del Parlamento. ¿Por qué apoyar la Ley de Presbicia? Resultados obtenidos:

6 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Optometría Cronología de la ley: Desde marzo a diciembre de 2007 => Lobby para lograr una moción parlamentaría que permitiera legislar sobre Optometría. 2 de enero de 2008 ingresa proyecto de ley de optometría. Durante todo el año 2008 se tramita el proyecto en la Cámara de Diputados. El 9 de diciembre de 2008 la Cámara de Diputados aprueba el proyecto de ley. 16 de marzo de 2010 => 1ra vez proyecto con urgencia. Mayo de 2010, comienza tramitación en el Senado. 26 de octubre de 2010 Senado aprueba proyecto de ley con modificaciones. 28 de octubre de 2010 Cámara de Diputados aprueba modificaciones hechas por el Senado. 17 de diciembre de 2010 se publica ley en el Diario Oficial. 17 de junio de 2011 comienza a regir la ley de Optometría.

7 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Optometría Actuaron contra el proyecto de ley: En la Cámara de Diputados: SOCHIOF, Colegio Médico, MINSAL, Colegio de Tecnólogos Médicos. SOCHIOF, Colegio Médico y algunos Diputados médicos integrantes de la Comisión de Salud llegan a un acuerdo que: Dejaba fuera al Optómetra. Le entregaba la solución a un profesional que iba a ser definido en un reglamento, sujeto a restricciones (código sanitario y reglamento) que mantenían el statu quo. Resultados obtenidos: Se logra revertir el acuerdo y se mantiene lo esencial de la Optometría, con el potencial de perfeccionarla a futuro a través de un reglamento (Ej.: tratamiento de patología). No se logra que se pueda trabajar dentro de la óptica (pero puede ser al lado). No se logra mantener el artículo transitorio (ópticos, contactólogos y TMO puedan recetar transitoriamente por 7 años).

8 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Optometría Actuaron contra el proyecto de ley: En el Senado: SOCHIOF, Colegio Médico, MINSAL, Colegio de Tecnólogos Médicos. SOCHIOF, Colegio Médico, MINSAL y Colegio de TM llegan a un acuerdo que: Dejaba fuera al Optómetra y le entregaba facultades para recetar lentes al TMO. Restringía el ejercicio profesional a través de un reglamento. El reglamento podía restringir o eliminar la autonomía profesional. Restablecía la posibilidad de trabajar dentro de las ópticas. Solo después que se presentan indicaciones para eliminar el reglamento, el Colegio de TM se desmarca parcialmente del acuerdo exigiendo su eliminación. Resultados obtenidos: Se logra revertir parcialmente el acuerdo: Se reintroduce parcialmente a los optómetras y se elimina toda referencia al reglamento. Se logra que se pueda trabajar dentro de la óptica (con restricciones).

9 A N T E C E D E N T E S H I S T Ó R I C O S Ley de Optometría Permite 1 profesional autónomo que se dedique a la salud visual. El Optómetra puede: Detectar y compensar defectos de refracción. Indicar, adaptar, controlar y verificar ayudas ópticas. Evaluar, detectar, tratar y prevenir disfunciones visuales. Diagnosticar patología ocular, usando fármacos para el diagnóstico. Prescribir fármacos para el tratamiento de patología del segmento anterior. Permitía que se desempeñara dentro de los establecimientos de óptica. ¿Por qué apoyar la Ley de Optometría? Resultados obtenidos: Contactólogos y TMOs recetaran lentes ópticos por 7 años (Protege trabajo y no generaba incentivos a TMOs de trasladarse a sector privado). Otorgaba tiempo para que ópticos, contactólogos y TMOs hicieran curso para ser Optómetra. Transitoriamente permitía: Permite 1 profesional autónomo que se dedique a la salud visual. El TMO y Optómetras formados en el extranjero pueden: Detectar y tratar (compensar) defectos de refracción. Prescribir (indicar), adaptar y controlar lentes ópticos y controlar las ayudas técnicas. Detectar patología ocular y disfunciones visuales para derivar (podría limitar o potenciar las actuales competencias del TMO). Usar fármacos para el diagnóstico (solo para determinar defectos refractivos). Incierto el uso y prescripción de fármacos para tratamiento de patología. Permite que se desempeñen dentro de los establecimientos de óptica, pero con restricciones. Grado razonable de protección del trabajo de ópticos y contactólogos. => Hay tiempo para hacer curso para ser TMO.

10 T E X T O D E L A L E Y

11 T E X T O D E L A L E Y

12 A N Á L I S I S D E L A L E Y

13 A N Á L I S I S D E L A L E Y Profesional Autónomo – TMO y Optómetra formado en el extranjero. Artículo 2° del código Sanitario: El Presidente de la República dictará, previo informe del Director General de Salud, los reglamentos necesarios para la aplicación de las normas contenidas en el presente Código. => Reglamento no puede restringir la actividad profesional.

14 A N Á L I S I S D E L A L E Y Profesional Autónomo – TMO y Optómetra formado en el extranjero. Quienes cuenten con el título de optómetra obtenido en el extranjero podrán desarrollar las actividades a que se refiere este artículo, siempre que convaliden ante la Universidad de Chile sus actividades curriculares de conformidad con lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2007, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 153, de 1982, del Ministerio de Educación Pública, Estatutos de la Universidad de Chile. Artículo 6º.- A la Universidad de Chile le corresponde la atribución privativa y excluyente de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales. También le compete pronunciarse sobre convenios o tratados internacionales relativos a la educación superior que el Gobierno de Chile tenga interés en suscribir con otros gobiernos o entidades internacionales y extranjeras.

15 A N Á L I S I S D E L A L E Y Detectar y tratar (compensar) defectos de refracción. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá detectar los vicios de refracción ocular a través de su medida instrumental, mediante la ejecución, análisis, interpretación y evaluación de pruebas y exámenes destinados a ese fin. Para los fines señalados en el inciso anterior y con el objeto de tratar dichos vicios, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá prescribir, adaptar y verificar lentes ópticos, prescribir y administrar los fármacos del área oftalmológica de aplicación tópica que sean precisos, y controlar las ayudas técnicas destinadas a corregir vicios de refracción. Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda

16 A N Á L I S I S D E L A L E Y Prescribir (indicar), adaptar y controlar lentes ópticos y controlar las ayudas técnicas. Para los fines señalados en el inciso anterior y con el objeto de tratar dichos vicios, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá prescribir, adaptar y verificar lentes ópticos, prescribir y administrar los fármacos del área oftalmológica de aplicación tópica que sean precisos, y controlar las ayudas técnicas destinadas a corregir vicios de refracción. Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda

17 A N Á L I S I S D E L A L E Y Detectar patología ocular y disfunciones visuales para derivar (podría limitar o potenciar las actuales competencias del TMO). ….. Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda...... Cuando estos profesionales presten sus servicios a personas que, al ser examinadas, evidencien la presencia de patologías locales o sistémicas, deberán derivar de inmediato al paciente a un médico cirujano con especialización en oftalmología. Con …..

18 A N Á L I S I S D E L A L E Y Usar fármacos para el diagnóstico (solo para determinar defectos refractivos). Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá detectar los vicios de refracción ocular a través de su medida instrumental, mediante la ejecución, análisis, interpretación y evaluación de pruebas y exámenes destinados a ese fin. Para los fines señalados en el inciso anterior y con el objeto de tratar dichos vicios, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá prescribir, adaptar y verificar lentes ópticos, prescribir y administrar los fármacos del área oftalmológica de aplicación tópica que sean precisos, y controlar las ayudas técnicas destinadas a corregir vicios de refracción. Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda

19 A N Á L I S I S D E L A L E Y Incierto el uso y prescripción de fármacos para tratamiento de patología. Para los fines señalados en el inciso anterior y con el objeto de tratar dichos vicios, el tecnólogo médico con mención en oftalmología podrá prescribir, adaptar y verificar lentes ópticos, prescribir y administrar los fármacos del área oftalmológica de aplicación tópica que sean precisos, y controlar las ayudas técnicas destinadas a corregir vicios de refracción. Podrá, asimismo, detectar alteraciones del globo ocular y disfunciones visuales, a fin de derivar oportunamente al médico cirujano especialista que corresponda. => ¿Qué pasa si es necesario el uso de fármacos para hacer posible el uso de lentes de contacto?

20 A N Á L I S I S D E L A L E Y Permite que se desempeñen dentro de los establecimientos de óptica, pero con restricciones. Art. 120. Los profesionales señalados en el artículo 112 de este Código no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera la ética profesional. Exceptúanse de esta prohibición los químico-farmacéuticos y farmacéuticos. Art. 120. Los profesionales señalados en los artículos 112 y 113 bis de este Código no podrán ejercer su profesión y tener intereses comerciales que digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la importación, producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera la ética profesional. Exceptúanse de esta prohibición los químico-farmacéuticos y farmacéuticos.

21 A N Á L I S I S D E L A L E Y Grado razonable de protección del trabajo de ópticos y contactólogos. => Hay tiempo para hacer curso para ser TMO. TMO no tienen actualmente las competencias ópticas y refractivas. Tomará tiempo que las adquieran. MINSAL respecto a los TMO: Tiene mecanismo para retener a TMO en sector público. Demorará en reconocer competencias ópticas a TMO. Se opondrá a que sean DT de ópticas y centros de contactología. ¿Bono FONASA?, poco probable MINSAL quiere retener a los TMO en el sector público. => es el camino para que atiendan en el sector privado. Posibles acciones de SOCHIOF y Colegio Médico para intentar retrasar implementación de la ley.

22 R E S U M E N D E E F E C T O S D E L A L E Y

23 R E S U M E N D E E F E C T O S D E L A L E Y ÓPTICO (OPTICIAN)OPTÓMETRA (OPTOMETRIST) + Adaptación de lentes ópticos -Adaptación de lentes ópticos -Refracción -Prescripción -Adaptación de lentes ópticos -Refracción -Prescripción -Adaptación de lentes ópticos -Refracción -Prescripción -Adaptación de lentes ópticos -Refracción -Prescripción -Detección de patologías del ojo -Diagnóstico de patologías del ojo usando fármacos diagnósticos (DPA) -Tratamiento de patologías usando fármacos terapéuticos (TPA) COMPETENCIAS REFRACTIVAS COMPETENCIAS CLÍNICAS

24 R E S U M E N D E E F E C T O S D E L A L E Y CIENCIAS BÁSICAS Verificación y control de lentes ópticos ** Adaptación de lentes ópticos ** CIENCIAS BÁSICAS Detección patologías polo posterior Ejecución de exámenes de diagnóstico Detección patologías polo anterior CIENCIAS BÁSICAS Detección patologías polo posterior Detección patologías polo anterior Tratamientos de ortóptica Cuantificación de vicios de refracción Ejecución exámenes diagnósticos Uso de fármacos para diagnóstico * Cuantificación de vicios de refracción OFTALMÓLOGO TECNÓLOGO MÉDICO M. O. ÓPTICO CONTACTÓLOGO COMPETENCIAS PROFESIONALES ANTERIORES A LA LEY 20.470 Detección patologías polo anterior Exámenes de Dx. aplicados a la contactología Tratamientos de ortóptica Uso de fármacos terapéuticos * Dx, Tto, y Control de patologías * Tratamientos quirúrgicos * Prescripción de lentes ópticos ** Control de lentes ópticos ** COMPETENCIAS BÁSICAS COMPETENCIAS REFRACTIVAS COMPETENCIAS CLÍNICAS * COMPETENCIAS CLÍNICAS QUE LA LEY Y EL MINISTERIO DE SALUD RESERVAN AL MÉDICO CIRUJANO * * Los lentes de contacto también son lentes ópticos

25 R E S U M E N D E E F E C T O S D E L A L E Y CIENCIAS BÁSICAS Verificación y control de lentes ópticos ** Adaptación de lentes ópticos ** CIENCIAS BÁSICAS Detección patologías polo posterior Ejecución de exámenes de diagnóstico*** Detección patologías polo anterior CIENCIAS BÁSICAS Detección patologías polo posterior Detección patologías polo anterior Tratamiento ortóptica Cuantificación de vicios de refracción Ejecución de exámenes de diagnóstico Uso de fármacos para diagnóstico Cuantificación de vicios de refracción OFTALMÓLOGOTECNÓLOGO MÉDICO M. O. ÓPTICO CONTACTÓLOGO COMPETENCIAS PROFESIONALES INTRODUCIDAS POR LA LEY 20.470 AL TECNÓLOGO MÉDICO MENCIÓN OFTALMOLOGÍA Detección patologías polo anterior Exámenes de Dx. aplicados a la contactología Tratamiento ortóptica Uso de fármacos terapéuticos * Dx, Tto, y Control de patologías * Tratamientos quirúrgicos * Prescripción de lentes ópticos ** Control de lentes ópticos ** Uso de fármacos para diagnóstico Verificación y control de lentes ópticos ** Adaptación de lentes ópticos ** Prescripción de lentes ópticos ** Cuantificación de vicios de refracción

26 R E S U M E N D E E F E C T O S D E L A L E Y CIENCIAS BÁSICAS Detección patologías polo posterior Ejecución de exámenes de diagnóstico Detección patologías polo anterior CIENCIAS BÁSICAS CIENCIAS BÁSICAS APLICADAS Detección patologías polo posterior Detección patologías polo anterior Tratamiento ortóptica Cuantificación de vicios de refracción Ejecución de exámenes de diagnóstico Uso de fármacos para diagnóstico OPTÓMETRATECNÓLOGO MÉDICO M. O. Tratamiento ortóptica Prescripción de lentes ópticos ** Control de lentes ópticos ** Uso de fármacos para diagnóstico Adaptación de lentes ópticos ** Cuantificación de vicios de refracción Prescripción de lentes ópticos ** Adaptación de lentes ópticos ** Control de lentes ópticos ** COMPETENCIAS DEL TECNÓLOGO MÉDICO MENCIÓN OFTALMOLOGÍA DESPUÉS DE LA LEY 20.470 COMPARADAS CON LAS COMPETENCIAS DEL OPTÓMETRA* Uso de fármacos terapéuticos * Comparado con malla curricular de un opt ó metra extranjero. (ej. Colombia, EE.UU., Canad á, Australia, Nueva Zelanda, Reino Unido, etc.)

27 A C C I O N E S A S E G U I R

28 A C C I O N E S A S E G U I R El Colegio de Ópticos y Optómetras debe: Hacer gestiones para conseguir cursos de Upgrade. Ópticos Contactólogos => título TMO ; plazo estimado curso 1 año. Promover que TMOs formados con nuevas mallas curriculares (y ópticos con upgrade), tengan al menos doble titulación: TMO y Optómetra. Transformarse en el Colegio respectivo para los efectos de emitir los informes requeridos por el Código Sanitario y acoger a los ópticos con upgrade. Acelerar proceso de transformación de actuales mallas curriculares de TMO => asimilándolas a la de Optómetras en el extranjero. La Optometría es demasiado importante => Ofrecer cursos de perfeccionamiento a los actuales TMO para que adquieran los conocimientos y competencias necesarios para que tengan un desempeño aceptable en estas nuevas funciones.

29 G R A C I A S


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