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SUPERVISIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO EN HONDURAS

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Presentación del tema: "SUPERVISIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO EN HONDURAS"— Transcripción de la presentación:

1 SUPERVISIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO EN HONDURAS
CNE SUPERVISIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO EN HONDURAS Marco Legal, Experiencia, Perspectivas

2 UBICACION GEOGRAFICA CNE

3 SITUACION ENERGETICA NACIONAL (2008)
CNE DATOS GENERALES DEMANDA Y OFERTA 1,100 MW de demanda maxima 1,474MW de capacidad instalada

4 951,558 clientes.(Índice de electrificación del 67%.)
CNE 951,558 clientes.(Índice de electrificación del 67%.) Tasa de crecimiento de clientes del 7% anual. Pérdidas de energía del 21%. Técnicas 13% y administrativas 8% 4

5 Sistema interconectado Nacional (SIN)
CNE Sistema interconectado Nacional (SIN)

6 Expectativas de crecimiento de Demanda (Mw)
29/03/2017 Comision Nacional de Energia

7 ASPECTOS LEGALES CNE En 1994,se promulga la “Ley Marco” del sub sector eléctrico, se definen las funciones para cada organismo. Nace la Comisión Nacional de Energia La Ley crea la posibilidad de generación, transmisión y distribución privada. A partir de 1998, otros decretos incentivan la generación con fuentes renovables.

8 ARREGLOS INSTITUCIONALES
CNE Gabinete Energético: Dirección superior del sector; Definición de políticas; Estudios económicos, aprobación de programas de expansión. Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente: Licencias, concesiones y contratos de operación ; Cumplimiento de la Ley General del Ambiente;

9 ARREGLO INSTITUCIONAL
CNE Facultades centrales de la Comisión Nacional de Energía: Aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que rigen la actividad del sub/sector eléctrico. Proponer al poder ejecutivo los reglamentos necesarios para la mejor aplicación de la ley. Emitir los dictámenes que prevé esta ley y los que le sean competentes. Aprobar y poner en vigencia las tarifas en barra y consumidor final, así como las correspondientes formas de ajuste automático, informando a los usuarios. Presentar para aprobación del gabinete energético preparados por la CNE en lo referente al sistema interconectado nacional (SIN), y por la correspondiente empresa operadora, en lo referente a los sistemas no interconectados.

10 Dictaminar y aprobar los contratos de compra de energía que se proponga firmar la ENEE con otras empresas generadoras, así como los respectivos cálculos de costo marginal de corto plazo Supervisión de las empresas del sector publico y privado a fin de garantizar la salud financiera de las mismas. Propuestas de sanciones. en los casos en q se refiere al articulo 16 de la ley y en cualquiera otros de la violación a la misma por parte de las empresas del subsector la CNE podra aplicar, dependiendo de la gravedad del caso cualquiera de las sanciones siguientes: a) Amonestación Escrita b) Multas mínimas hasta de L 1,000,000 c) Intervención d) La rescisión del contrato En caso de reincidencia, la multa podrá ser hasta por el doble del valor antes señalado. Las sanciones anteriores se extienden sin perjuicio de la responsabilidad criminal y civil a que pudiere haber lugar de conformidad con la ley.

11 Emisión de dictámenes, recomendaciones.
Mediación, solución de disputas. Proponer a consideración del gabinete energético una mayor liberación del mercado, intuyendo las posibilidades de ventas directas entre empresas generadoras y grandes consumidores por medio del sistema interconectado nacional SIN, la desregulación de tarifas entre empresas generadoras y entre estas y las empresas distribuidoras . Vigilancia de la calidad oportunidad y costo del servicio. CNE

12 EXPERIENCIAS En el marco de las facultades anteriores, la CNE ha estado avocada a las siguientes:
Formulación del instrumental legal que nos permita supervisar las diferentes actividades y agentes del sub sector eléctrico. - Reglamento de extensión de líneas - Reglamento de Calidad de servicio eléctrico - Reglamento eléctrico Nacional - Reglamento de quejas y reclamos del usuario - Normas y especificaciones Técnicas de instalaciones eléctricas

13 Desarrollo de la base de datos del sub-sector eléctrico nacional.
Supervisión de las empresas de sistemas aislados con el propósito del mejoramiento de la salud financiera. La CNE se ha concentrado en el desarrollo de métodos de cálculo con base en la Ley. También ha comenzado a desarrollar herramientas de análisis y cálculo de tarifas. Ha venido discutiendo con ENEE sobre el trabajo de recolección de datos para cálculos tarifarios. Desarrollo de la base de datos del sub-sector eléctrico nacional. CNE

14 Las regulaciones para generación , transmisión y
REGULACION PARA LA GENERACION, TRANSMISION Y DISTRIBUCION DE ENERGÍA ELECTRICA Las regulaciones para generación , transmisión y distribución están en forma general en la Ley Marco e instruye a la CNE para la elaboración y aprobación de los reglamentos específicos que permitan garantizar el servicio continuo, oportuno, eficiente y a precio justo.

15 REGULACIONES PARA LA GENERACIÓN
Generadores privados pueden vender a distribuidores o a grandes usuarios mediante líneas propias o usando la red. También pueden vender a Empresa Estatal (ENEE): Por iniciativa del privado: ENEE garantiza la compra si p=costo marginal de corto plazo. Por iniciativa de ENEE: compra mediante licitación pública. 15

16 REGULACIONES PARA GENERACIÓN
Despacho de las unidades debe basarse en su costo variable “económico”. (Todos los PPAs son despachables.) Los generadores pueden exportar, pero tienen que hacerlo a través de ENEE. Exportación permitida solo después de satisfecha la demanda nacional. 16

17 Costo marginal de corto plazo?
El cmcp a que se refiere la Ley Marco es un promedio calculado sobre cinco años. El cmcp lo calcula la ENEE cada año, lo aprueba la CNE y lo publica el Ministerio. Se desglosa en valores por bloque horario y por estación. 17

18 REGULACIONES PARA TRANSMISIÓN
La transmisión está sujeta a acceso abierto. Obligación de transmisores de permitir la conexión de otros a sus instalaciones. Obligación también de permitir el uso remunerado de sus líneas. El regulador define el método para determinar el precio de transmisión. 18

19 REGULACIONES PARA DISTRIBUCIÓN
La Ley Marco ordenó una división de los sistemas de distribución por regiones. También ordenó la venta de esos sistemas regionales. Un estudio definió regiones de distribución y ENEE creó gerencias regionales. La venta de los sistemas no se llegó a realizar. 19

20 REGULACIONES PARA DISTRIBUCIÓN
Las redes de distribución están sujetas a acceso abierto. Distribuidores obligados a permitir la conexión de otros a sus redes. Distribuidores obligados a permitir el uso remunerado de sus redes por terceros. Distribuidores obligados a contratar con generadores compras de energía. 20

21 Estructura del sector prevista en la Ley
Múltiples empresas generadoras privadas o mixtas, además de ENEE. Rol implícito de comercializador al por mayor para la ENEE. Posibilidad de múltiples dueños de transmisión. Operación del Sistema por ENEE. Múltiples empresas distribuidoras. 21

22 Relaciones entre empresas y usuarios
Obligación de servir de los distribuidores dentro de su “zona de operación”. Derecho de pedir contribución de los usuarios para las extensiones. Urbanizadores, beneficiarios de electrificación rural deben construir redes Indemnización de empresas a usuarios afectados por mala calidad. 22

23 Esquema de incentivos para fuentes renovables
Exención de derechos de aduana para la importación de equipo. Exención del impuesto sobre la renta,venta por los primeros 10 o 15 años de operación dependiendo de la capacidad instalada. ENEE garantiza la compra de toda la energía que pueda ser producida. 23

24 Esquema de incentivos para fuentes renovables?
Empresa Distribuidora Estatal paga una prima del 10% del cmcp. Contratos de hasta 20 años, con cmcp original como base del precio. Escalamiento del precio según inflación de los EE.UU. 24

25 GARANTÍA DE CONTINUIDAD DEL SERVICIO
La Ley Marco declara que: la continuidad del servicio público de electricidad es esencial, por lo cual, el Estado la garantiza. Para ese fin, el Estado tiene el derecho de: supervisar las operaciones de las empresas; intervenir las empresas temporalmente; y comprar las instalaciones de las empresas y buscar nuevos operadores. 25

26 Licenciamiento para operación
Para operar en el sector se requiere autorización estatal, previa verificación de capacidad. La autorización se formaliza por un “Contrato de Operación” formalizado entre la secretaria (SERNA) y el desarrollador, previo dictamen de la CNE. A su término, el contrato será renovado a solicitud del Operador. La solicitud de renovación sólo se puede rechazar con causa justificada (dictamen de CNE). 26

27 Licenciamiento, cont. El Contrato de Operación establece los casos de discontinuidad que justifican la intervención del estado. También establece los procedimientos para la compra de las instalaciones, en su caso. El valor de las instalaciones lo establecerían tres árbitros. 27

28 También la CNE ha estado desarrollando modelos de PPA´S de diferentes tipos:
Un objetivo ha sido definir claramente el objeto de la transacción: capacidad, energía y servicios auxiliares. También, separar lo que concierne a: La relación con el Operador del Sistema; La relación con el dueño de la Transmisión. La relación con el comprador como tal. 28

29 ESPECTATIVAS CNE Impulsar y generar los mecanismos para el logro de los objetivos de la ley Marco del sub-sector eléctrico, a través del fiel cumplimiento de las facultades que le otorga la misma, a la CNE. Establecer condiciones para suplir la demanda eléctrica del país a un costo mínimo. Promover la operación económica, segura y confiable del sistema eléctrico. Racionalizar la utilización de los recursos de energía eléctrica del país. Proteger los derechos de los usuarios, de tal manera que consumidores de una misma categoría sean tratados de la misma manera, salvo los pequeños consumidores. Impedir practicas desleales o abuso de posición dominante en el mercado y regulas aquellas que impidan la libre competencia. Asegurar el cumplimiento de las obligaciones de los usuarios.

30 Facilitar la integración en el MER (desaparece exclusividad de ENEE).
Alentar la realización de inversiones privadas en producción y distribución asegurando la competitividad de los mercados Desarrollo de la obligación y procedimiento de compras por licitación de los generadores. Facilitar la integración en el MER (desaparece exclusividad de ENEE). Presupuesto del regulador financiado por tasa pagada por las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras. Fortalecimiento de la CNE a través de la incorporación de recurso humano calificado, apoyo logístico adecuado y presupuesto autofinanciado ( Por cobro de tasa y servicios) mediante reformas a la ley . Promover el respeto a las disposiciones para la protección y conservación del medio ambiente. Asegurar el suministro de energía eléctrica a largo plazo promoviendo la competitividad de los mercados de producción y demanda. Promover la cooperación técnica horizontal entre la CNE y otros organismos reguladores. CNE

31 Comision Nacional de Energia
Gracias CNE 29/03/2017 Comision Nacional de Energia


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