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Septiembre 2011 Impuesto a la Herencia en Chile Eduardo Pantoja Departamento de Estudios – SDE, SII.

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1 Septiembre 2011 Impuesto a la Herencia en Chile Eduardo Pantoja Departamento de Estudios – SDE, SII

2 Esta presentación: 1. Impuesto a las Herencias: Objetivos 2. Características del Sistema Tributario Chileno 3. Impuesto a las Herencias i) Antecedentes ii) Descripción General iii) Benchmarking OECD iv) Argumentos a favor del impuesto v) Simulaciones 4. Comentarios

3 Impuesto a las Herencias: Objetivos 1. Mejorar la distribución de la riqueza 2. Generar ingreso fiscal 3. Limitar el derecho a bienes mediante legados, sin “esfuerzo propio” (ganancia imprevista) 4. Establecer un mecanismo diferente de la imposición de la renta del capital durante la vida de quién lo recibe (para evitar una imposición muy progresiva de la renta del capital y reducir los desincentivos en ahorro e inversión) “Tributación de Legados, Herencias y Donaciones”, M. Zühtü Yücelik, Manual de Política Tributaria, FMI.

4 Características del Sistema Tributario Chileno (1) - Importancia de la tributación indirecta: el 47,2% de los ingresos fiscales del 2010 provienen del IVA. - Tributación indirecta: - Sistema integrado de impuesto a la renta (incentivo a la reinversión de utilidades). - Los sujetos del impuesto a la renta son, en último término, las personas naturales. - Impuesto empresarial: tasa fija de 17% (20% en el 2012 por Ley de la Reconstrucción). - Impuesto personal: Impuesto Global Complementario (escala progresiva de tasas, tasa máxima de 40%); el impuesto empresarial constituye crédito al momento de determinar el impuesto personal final.

5 Tasa Progresiva Impuesto Global Complementario –BI: Total rentas personales provenientes del capital y el trabajo, percibidas en el año –Tasas: Escala progresiva, en UTM* (Año Tributario 2010) Desde (UTM) Hasta (UTM) Tasa marginal N° de Contribuyentes % de Contribuyentes 013,5 0%6.476.42581,8% 13,530 5%942.69311,9% 3050 10%257.5483,3% 5070 15%106.8421,4% 7090 25%56.4760,7% 90120 32%39.8430,5% 120150 37%15.0210,2% 150- 40%18.6830,2% 7.913.531100% (*) 1 UTM = 72,7 US$ (USD promedio 2010 = $510,38 pesos chilenos) Características del Sistema Tributario Chileno (2)

6 - Modelo de tributación del Impuesto a la Renta de Base Amplia o Comprensiva, que se basa en el concepto de renta definido por Haig y Simons (1928): I t = C t +  P t Donde: I t es el ingreso del individuo en el período t C t es el consumo del individuo en el período t   P t es la variación de patrimonio del individuo, en el período t - En el artículo 2º de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), se entiende por "renta", los ingresos que constituyan utilidades o beneficios que rinda una cosa o actividad y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación. Características del Sistema Tributario Chileno (3)

7 - Sin embargo, en el Art. 17 Nº 8 letra f) de la LIR, establece que el mayor valor obtenido de la “adjudicación de bienes en partición de herencia y a favor de uno o más herederos del causante, de uno o más herederos de éstos, o de los cesionarios de ellos”, es un ingreso no renta. - De este modo, el Impuesto a las Herencias, como en varios de los sistemas fiscales, está configurado de manera distinta e independiente de las otras rentas y acrecentamientos patrimoniales. Características del Sistema Tributario Chileno (4)

8 Impuesto a la Herencia Antecedentes En Chile, el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, establecido por la Ley N° 16.271 de 1965, es un impuesto de bajo poder recaudatorio, representando aproximadamente el 0,2% de los ingresos tributarios totales. Año200420052006200720082009*2010 Total H y D (MM$) 15.62323.18423.29128.50135.553200.21139.338 % Ingresos Tributarios 0,17%0,21%0,18% 0,22%1,50%0,22% Recaudación Impuestos a las Herencias y Donaciones (millones de pesos nominales) Año 2008 Monto (MM$) % 2009 Monto (MM$) % 2010 Monto (MM$) % Herencias 34.98898,4199.17799,535.31189,8% Donaciones 5651,61.0340,54.02710,2% (*) El 2009 es un año particularmente alto, debido al fallecimiento de una de las personas más adineradas del país.

9 Impuesto a las Herencias Descripción General (1) 1.El hecho gravado es la asignación que, por causa de muerte, hace la ley o el testamento de la persona difunta, para suceder en sus bienes. Estas asignaciones pueden ser a título universal, en cuyo caso se llaman “herencias”, o a título singular, “legados”. 2.El sujeto pasivo del impuesto, sobre quién recae la obligación de declararlo y pagarlo, es el asignatario por causa de muerte (heredero o legatario). 3.La base imponible corresponde al valor líquido de las asignaciones, de acuerdo con una escala progresiva de tasas, habiendo aplicado las deducciones establecidas por la ley (gastos adeudados por última enfermedad y entierro, costos de trámites de herencia, deudas hereditarias, asignaciones alimenticias forzosas, etc.).

10 Impuesto a las Herencias Descripción General (2) Escala Progresiva: tasa fluctúa entre 1% y 25%. VALOR ASIGNACIÓN DESDE (UTM*) VALOR ASIGNACIÓN HASTA (UTM*) TASA DEDUCCIÓN FIJA (UTM*) 0, 19601%de 0 960,011.9202,5%14,4 1.920,013.8405%62,4 3.840,015.7607,5%158,4 5.760,017.86010%302,4 7.860,019.60015%686,4 9.600,0114.44020%1.166,4 14.440,01Y MAS25%1.886,4 (*) 1 UTM = 72,7 US$ (USD promedio 2010 = $510,38 pesos chilenos)

11 Impuesto a las Herencias Descripción General (3) Grado de parentescoExencionesRecargo Cónyuge, ascendiente, adoptante, hijo, adoptado, o a la descendencia de ellos. En la parte que no exceda de 50 unidades tributarias anuales (UTA*). La escala se aplica desde su primer tramo, a las cantidades que excedan de los mínimos exentos. No hay Parentesco colateral de segundo, tercero o cuarto grado. En la parte que no exceda de 5 unidades tributarias anuales (UTA*). La escala se aplica desde su primer tramo a las cantidades que excedan de este mínimo exento. 20% Parentesco más lejano o no existe parentesco alguno. No hay mínimo exento40% Las tasas marginales de la escala progresiva son distintas dependiendo de la relación de parentesco entre difunto y heredero. Se contemplan tramos exentos, que también difieren en función del grado de parentesco. (*) 1 UTA = 12 UTM = 872,6 US$ (USD promedio 2010 = $510,38 pesos chilenos)

12 Impuesto a las Herencias Benchmarking OECD - Países de la OECD: Impuestos a las Herencias y Donaciones representaron en promedio, un 0,48% de los ingresos tributarios totales en el 2007*. - Entre los países en que el impuesto tiene mayor peso se encuentran: Bélgica, Corea, Francia y Japón (mayor a 1% de la recaudación total). Del total de países OECD analizados, sólo 9 de ellos tiene una tasa de recaudación más baja que Chile, mientras que 17 países tienen una tasa mayor de recaudación. - Otros países lo han eliminado: Australia (1981), Canadá (1985), Eslovaquia (2004), Portugal (2004), Suecia (2005), Austria (2008) y Nueva Zelanda (1993). En otros, se han evaluado profundas reformas, como Estados Unidos, el Reino Unido y Alemania. En Italia se derogó en 2001 y lo reintrodujo en 2007. (*) Información calculada a partir del Revenue Statistics 1965 – 2008, OECD

13 Impuesto a las Herencias Argumentos a favor en el impuesto personal Argumentos para considerar las herencias en el propio impuesto personal sobre la renta*: - La definición de renta considera todas las formas de acrecentamiento patrimonial, incluidas las herencias. Sin embargo, los impuestos a las herencias suelen estar configurados de manera distinta (escalas y tasas distintas y de manera independiente al resto de las rentas sometidas a impuestos personales). -Incluso, se argumenta que debieran soportar una mayor presión fiscal relativa: - Constituyen acrecentamientos que no requieran esfuerzo por parte del beneficiario, ni tampoco derivan de actuaciones socialmente productivas. - En la mayor parte de los sistemas fiscales, se atribuye a este impuesto una función redistributiva de la riqueza. (*) Política y Técnica Tributarias, José Sevilla Segura (IEFM)

14 Impuesto a las Herencias Simulaciones - Se simula la recaudación que se habría obtenido por impuestos personales y/o impuestos a las herencias, de contribuyentes pagaron impuesto a las herencias en Chile en el año 2010, bajo diferentes escenarios y supuestos. - Fuentes de información: base de datos de pago de impuestos a las herencias. - El impuesto efectivamente pagado en el año 2010, por los contribuyentes que pagaron impuesto a las herencias : Impuesto Pagado = Impuesto a la Herencia + Impuesto Personal (IGC*) = 41.146 MM$** (*) IGC = Impuesto Global Complementario (**) 80,6 MM US (USD promedio 2010 = $510,38 pesos chilenos)

15 Impuesto a las Herencias Resultados Simulaciones SimulaciónDescripción Impuesto (Herencia + Personal) (MM$) Impuesto (Herencia + Personal) (MM US**) 1. Se grava junto con las rentas personales 95.107186,3 2. Se grava junto con las rentas personales, anualizando el monto heredado (1/10) 71.965141,0 3. Se grava junto con las rentas personales, con recargo de 20% 87.101170,7 4.Impuesto sobre patrimonio hereditario60.313118,2 Situación Actual Imp. a las Herencias + Imp. Personal41.14680,7 (**) USD promedio 2010 = $510,38 pesos chilenos

16 Comentarios (1) - En Chile, al igual que en los países de la OECD: - El Impuesto a la Herencia está diseñado para cumplir un rol distributivo - Es un impuesto de baja recaudación: representa el 0,2% de los ingresos fiscales; con las reformas evaluadas, podría alcanzar hasta casi un 0,5% de la recaudación. - Frecuentemente aparecen a la luz pública, propuestas de eliminación de este impuesto.

17 Comentarios (2) - Argumentos para la eliminación del Impuesto a las Herencias: - La herencia está constituida por rentas que ya tributaron, aplicarlo correspondería a una doble tributación (cierto en la mayoría de los países, pero no siempre en Chile). - El problema de equidad horizontal: se cree que sólo pagan impuesto a la herencia en Chile la clase media y media alta, ya que la mayoría de las personas con altos patrimonios aplican artificios para eludir este impuesto, y las personas de menores ingresos están exentas. - Baja recaudación: representa solo el 0,2% de los ingresos tributarios.

18 Comentarios (3) -La principal cualidad de este tributo, es que no genera distorsión económica, pues corresponde a un ingreso que no requiere esfuerzo propio. - Por otro lado, la eliminación de este tributo abre una ruta de evasión: - Rentas ordinarias -> Ganancias de capital no realizadas como forma de acumulación - Transferencia de patrimonio acumulado, vía donación o herencia a sus sucesores. - Tendencia a convertir el sistema de imposición directa en un impuesto sobre el consumo.

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