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TITULO DE ARCHIVO LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA DE LA SEGURIDAD DE PRODUCTOS EN EL MERCADO DESAFÍOS Y PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS.

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Presentación del tema: "TITULO DE ARCHIVO LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA DE LA SEGURIDAD DE PRODUCTOS EN EL MERCADO DESAFÍOS Y PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS."— Transcripción de la presentación:

1 TITULO DE ARCHIVO LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE VIGILANCIA DE LA SEGURIDAD DE PRODUCTOS EN EL MERCADO DESAFÍOS Y PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE VIGILANCIA DE MERCADO EN SEGURIDAD DE PRODUCTOS, FUTUROS PASOS

2 INTRODUCCIÓN El camino al desarrollo y la seguridad de productos A mercados globales, consumidores globales….la acción del Estado también. Vigilancia de mercado en un sentido amplio, bajo ciertos principios

3 PRINCIPIOS  Eje fundamental de la política de protección de los consumidores  Responsabilidad ineludible de la autoridad pública.  Facultades, recursos, conocimiento y competencias  Asociado a medidas  Descansa sobre referentes objetivos de evaluación de la seguridad  Perspectiva transfronteriza  Beneficio de las partes  Condición igualitaria entre consumidores  Eliminación de malos operadores  Proceso iterativo y evolutivo

4 TITULO DE ARCHIVO MARCO LEGAL SEGURIDAD PRODUCTOS DE CONSUMO

5 Reconocimiento Constitucional del derecho Ley específica de Protección de Derechos Consumidores No tenemos una Ley de Seguridad de los Productos Numerosa normativa sectorial que aborda el tema de distintas formas, pero siempre de un modo muy específico No tenemos una autoridad con facultades transversales en seguridad de productos. Coexisten varias con competencia en la materia SITUACION DE PARTIDA

6 TIPOS DE NORMATIVAS PROTECCION DERECHOS CONSUMIDOR Transversales Especiales - Específicas Constitución Leyes Generales Leyes Reglamentos Decretos Sectoriales

7 CONSTITUCIÓN Garantías de los Derechos y Deberes Constitucionales  Derecho a la Vida y a la Integridad Física y Psíquica de la Persona (artículo 19 N° 1);  Derecho a Vivir en un Medio Ambiente Libre de Contaminación (artículo 19 N°8),  Derecho a la Protección de la Salud (artículo 19 N° 9);  Derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen (artículo 19 N° 21).

8 Leyes Generales - Transversales Ley 19.496 Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores Ley 20.096 Mecanismos De Control Aplicables A Las Sustancias Agotadoras De La Capa De Ozono Ley 18.302 Seguridad Nuclear Ley 19.300 Bases del Medio Ambiente

9 ESPECIALES - ESPECÍFICAS - SECTORIALES PROTECCION DERECHO SEGURIDAD CONSUMO Dictadas en asociación directa a un mercado específico Supervigilancia y control compete a las autoridades con atribuciones en ese mercado Regulan seguridad en el consumo en temas específicos ECONOMIASALUD TRANSPORTE TELECOMUNICACIONES ENERGIA AGRICULTURA

10 CONCURRENCIA DE COMPETENCIAS SEGURIDAD EN EL CONSUMO SERNAC  Norma Especial Materia Regulada con Afección intereses generales, colectivos o difusos de los consumidores. Participar en procedimientos (cualquiera) e incluso accionar colectivamente  Ausencia de Norma  Norma Especial Materia No Regulada -T R A N S V E R S A L -

11 CONCURRENCIA DE COMPETENCIAS SEGURIDAD EN EL CONSUMO Subsecretarias Superintendencias Otros: Inst. de Salud Pública SAG ORGANOS Y SERVICIOS PUBLICOS SECTORIALES dependientes o relacionados con distintos ministerios - ESPECIAL – SECTORIAL -

12 ALGUNAS NORMATIVAS ESPECIALES Rotulado y etiquetado Inflamabilidad, Toxicidad y Propiedades Físicas y Mecánicas Emisión Contaminantes Elementos de Seguridad Construcción vehículos Componentes Protección Medio Ambiente y Salud Población

13 COMPETENCIA TRANSVERSAL SERNAC TUTELA GENERAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Atribución-Misión-Deber Velar por el cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias, generales y especiales, relacionadas con la protección de los derechos de los consumidores. Todo cuerpo normativo = Todo rango = Todo Mercado

14 SEGURIDAD CONSUMO EN LPC Derecho a la seguridad en el consumo de bienes o servicios, la salud y el medio ambiente y a velar porque se cumpla con el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles. Información Básica Comercial de los bienes o servicios, en específico respecto de los instructivos de uso de los bienes y servicios cuyo uso normal represente un riesgo para la integridad y seguridad de las personas. Exigir entrega de instructivos conjuntamente

15 La garantía legal : cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no las cumplan por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, cuando los productos no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad; La reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales SEGURIDAD CONSUMO EN LPC

16 MULTAS: Por publicidad engañosa o falsa sobre cualidades de productos o servicios que afecten la salud o la seguridad de la población o el medio ambiente, en relación a (i) los componentes del producto y el porcentaje en que concurren; (ii) la idoneidad del bien o servicio para los fines que se pretende satisfacer y que haya sido atribuida en forma explícita por el anunciante; (iii) Las características relevantes del bien o servicio destacadas por el anunciante o que deban ser proporcionadas de acuerdo a las normas de información comercial; (iv) Su condición de no producir daño al medio ambiente, a la calidad de vida y de ser reciclable o reutilizable. Al que estando obligado a rotular los bienes o servicios que produzca, expenda o preste, no lo hiciere, o faltare a la verdad en la rotulación, la ocultare o alterare

17 SEGURIDAD CONSUMO EN LPC Productos cuyo uso resulte potencialmente peligroso para la salud o integridad física de los consumidores o para la seguridad de sus bienes incorporar en los mismos, o en instructivos anexos en idioma español, las advertencias e indicaciones necesarias para que su empleo se efectúe con la mayor seguridad posible Prestación de servicios riesgosos proveedor deberá adoptar las medidas necesarias para que se realice en adecuadas condiciones de seguridad, informando al usuario y a quienes pudieren verse afectados por tales riesgos de las providencias preventivas que deban observarse.

18 Fabricante, importador o distribuidor de bienes o prestador de servicios que, con posterioridad a la introducción de ellos en el mercado, se percate de la existencia de peligros o riesgos no previstos oportunamente, deberá ponerlos, sin demora, en conocimiento de la autoridad competente para que se adopten las medidas preventivas o correctivas que el caso amerite, sin perjuicio de cumplir con las obligaciones de advertencia a los consumidores SEGURIDAD CONSUMO EN LPC

19 Declarada judicialmente o determinada por la autoridad competente la peligrosidad de un producto o servicio, o su toxicidad en niveles considerados como nocivos para la salud o seguridad de las personas: (i) responsabilidad solidaria, del productor, importador y primer distribuidor o del prestador del servicio. (ii) el proveedor deberá, a su costa, cambiar el bien por otro inocuo, de utilidad análoga y de valor equivalente. De no ser posible, deberá restituirles lo que hubieren pagado por el bien contra la devolución de éste en el estado en que se encuentre. Se eximirá de esta responsabilidad al que provea los bienes o preste los servicios cumpliendo con las medidas de prevención legal o reglamentariamente establecidas y los demás cuidados y diligencias que exija la naturaleza de aquéllos. SEGURIDAD CONSUMO EN LPC

20 El juez podrá, en todo caso, disponer el retiro del mercado de los bienes respectivos, siempre que conste en el proceso, por informes técnicos, que se trata de productos peligrosos para la salud o seguridad de las personas, u ordenar el decomiso de los mismos si sus características riesgosas o peligrosas no son subsanables. SEGURIDAD CONSUMO EN LPC

21 AVANCES…Y PROBLEMAS

22 AVANCES  Transversalidad de la LPC  Experiencia y herramientas  Información, educación y protección  Vigilancia  Inicio en productos regulados  Foco en los niños  Consideración de información internacional  Mejoras normativas  Reglamento de juguetes  Laboratorios privados  Certificación de productos eléctricos  Reglamentación general de seguridad.

23 AVANCES  Desarrollo de sustrato normativo técnico  Estándares internacionales  Proyecto con INN (Instituto Nacional de Normalización)  3 años (a partir de 2010)  25 normas de seguridad de productos infantiles  Comité Espejo ISO Copolco  Capacitación Sociedad Civil  Datos y antecedentes  Diagnóstico de fuentes  Exploratorio cualitativo de accidentabilidad  Diseño muestral  Piloto accidentabilidad  Sensibilización: interno Sernac; empresas.  Posicionamiento y promoción de medidas voluntarias  Procedimiento  Consulta y adopción de medida internacional

24 PROBLEMAS  Estructura y legislación  Competencia con otros intereses  Nivel de desarrollo de las fuentes de información y datos  Articulaciones nacionales e internacionales  Sistemas de información compartidos entre fiscalizaciones  Adecuado desarrollo del Sistema de Notificación de Medidas de Seguridad  Otros: técnicos e infraestructura

25 ELEMENTOS SENCILLOS DE MEJORA Transversalización y responsabilidad pública  Agendas de trabajo comunes entre las distintas administraciones relacionadas.  Reglamentación de la base existente.  Levantamiento de necesidades de legislar/definir. Vigilancia y medidas  Coordinación de planes y acciones de vigilancia. Base en convenios establecidos.  Análisis y mejora reglamentaria (estándar internacional; enforcement) Referentes objetivos  Sistematización práctica de las fuentes: bases de información de medios y de reclamos.  Desarrollo del sistema de registro de accidentabilidad, asociado a productos.  Desarrollo de un Sistema Nacional de Medidas de Seguridad, construido bajo parámetros internacionales.

26 Perspectiva transfronteriza  Trabajo en red, fase I: intercambio de información. Colaboración y participación en el desarrollo de redes internacionales. Participación en la transferencia de información y buenas prácticas; directorio de consultas.  Adopción de estándares internacionales. Participación en el origen. Cultura y beneficio de las partes  Cultura. Promoción de iniciativas voluntarias (soporte técnico y desarrollo de competencias, campañas). Cultura de los consumidores (vigilancia activa); herramientas de protección al consumidor dispuestas a este efecto. Promoción de la participación ciudadana. ELEMENTOS SENCILLOS DE MEJORA

27 Transversalización y responsabilidad pública  El desarrollo de una política y ley de seguridad de productos no alimenticios, que otorgue un “paraguas” marco en la materia,  Adecuación administrativa. Vigilancia y medidas  Desarrollo de sustrato técnico y de fuentes de información robustas y sustentables para el análisis y la determinación de acciones de corto, mediano y largo plazo.  Establecimiento de mecanismos regulados basado en la evaluación y gestión del riesgo, que sirvan de base tanto para la orientación de la vigilancia, como para la definición de medidas derivadas.  Desarrollo de un Sistema Nacional de Medidas de Seguridad, integrado a redes internacionales y ofreciendo aplicaciones de interoperabilidad. DESAFÍOS

28 Referentes objetivos  Desarrollo de incentivos relacionados a la adopción de estándares técnicos en materia de seguridad: movilicen todo el sistema, desde la demanda de los consumidores hasta la inversión de laboratorios y el aporte de empresas para el desarrollo de normativa técnica, incluído el desarrollo de competencias técnicas en los distintos estamentos, tanto públicos, como privados. Perspectiva transfronteriza  Trabajo en red, fase II: acciones conjuntas (acciones derivadas de alertas, sistema común de evaluación, campañas por productos, coordinación en la adopción de estándares, sistemas de conformidad y reconocimiento mutuo, prácticas regulatorias (consultas públicas)).  Estructura de coordinación para la actuación en bloque. Acuerdos de posición país en foros y espacios internacionales (ISO COPOLCO, OTC, etc) Cultura y beneficio de las partes  Advisory empresas de menor tamaño.  Consumidores como vigilantes activos. Medios dispuestos para canalizar los antecedentes, ajustadas las respectivas expectativas. DESAFÍOS

29  Convencimiento político y voluntad de legislar. Reconocimiento de prioridad de la materia.  Establecimiento de una estructura nacional consultiva y de trabajo que reúna y coordine a las diversas administraciones. Adopción común del sistema de vigilancia nacional a desarrollar conforme a los criterios señalados.  Integración efectiva a la red internacional conformada al efecto (vigilancia, medidas, información y métodos compartidos).  Desarrollo de sistemas de información (BD), análisis y decisión. ….MÁS SENCILLOS… los señalados anteriormente…pero orientados a:  Dar soporte reglamentario a la legislación existente y levantar necesidades y propuestas al respecto.  Posicionar el tema entre las autoridades sectoriales y políticas.  Consolidar un sistema de trabajo coordinado, expedito y eficiente entre autoridades.  Desarrollo de fuentes de información, bases de datos y sistemas que sustenten las decisiones y la acción.  Rodaje y continuación del sistema tanto a nivel nacional, como a nivel internacional. PASOS A SEGUIR…

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