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CHILE ONU: Normas de Derechos Humanos para Empresas (2003) Hacia la responsabilidad legal.

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Presentación del tema: "CHILE ONU: Normas de Derechos Humanos para Empresas (2003) Hacia la responsabilidad legal."— Transcripción de la presentación:

1 CHILE ONU: Normas de Derechos Humanos para Empresas (2003) Hacia la responsabilidad legal

2 Normas Internacionales de DDHH relevantes para las empresas: La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): La Declaración pide que tanto los individuos como las instituciones participen en la labor de asegurar el cumplimiento de los derechos humanos. Aunque la responsabilidad principal de promover y proteger los DDHH recae en los Estados, las empresas en su calidad de instituciones sociales, también tienen la responsabilidad de promover y garantizar los DDHH.

3 Tratados Internacionales de DDHH que las empresas tienen que respetar: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966): Este pacto establece el derecho a la vida, a no ser sometido a esclavitud o a trabajo forzado, a no sufrir discriminación, a la libertad de expresión y de reunión...

4 Tratados Internacionales de DDHH que las empresas tienen que respetar: Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1966) Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (1979). Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984).

5 Tratados Internacionales de DDHH que las empresas tienen que respetar: Convención sobre los Derechos del Niño (1989) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966): Derecho al trabajo, a un salario justo, a condiciones de trabajo seguras y saludables, derecho a la sindicalización, a la salud, a la educación....

6 Tratados Regionales de DDHH que las empresas tienen que respetar: Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950). Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981). Carta Social Europea (1961). Carta Árabe de Derechos Humanos (1944).

7 Tratados Internacionales de DDHH que las empresas tienen que respetar: Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969). Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1988).

8 En Síntesis: Las normas de la ONU se redactaron de manera que fueran coherentes con los acuerdos, convenciones, principios y declaraciones internacionales, regionales y multilaterales y engloban todas las normas con responsabilidades de derechos humanos específicas de las empresas.

9 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas A) Obligaciones generales: 1. Los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos consagrados en la legislación internacional y nacional, asegurar que se cumplan, respetarlos y hacerlos respetar, incluso velando por que las empresas respeten los derechos humanos.

10 Cont. Dentro de sus respectivas esferas de actividad e influencia, las empresas tienen la obligación de promover, asegurar que se disfruten, respetar, hacer respetar y proteger los derechos humanos, así como los derechos e intereses de los pueblos indígenas y otros grupos vulnerables.

11 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas B) Derecho a la igualdad de oportunidades y a un trato no discriminatorio: 2 Garantizarán la igualdad de oportunidades y de trato, con el fin de eliminar toda discriminacion u otra condición de la persona que no guarde relación con los requisitos para desempeñar su trabajo o con el cumplimiento de medidas especiales destinadas a superar la discriminación practicada en el pasado.

12 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas C) Derecho a la seguridad personal: 3.- No cometerán actos que constituyan crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio, tortura, desapariciones forzadas, trabajo forzoso u obligatorio, toma de rehenes, ejecuciones sumarias o arbitrarias, violaciones del derecho humanitario o delitos internacionales de otra índole contra la persona humana.

13 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas C) Derecho a la seguridad personal: 4.-Las disposiciones que adopten comerciales en materia de seguridad serán compatibles con las normas internacionales de derechos humanos y con las leyes y normas profesionales del país o de los países en que realicen sus actividades.

14 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas D) Derechos de los trabajadores: 5.- No recurrirán al trabajo forzoso u obligatorio.

15 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas D) Derechos de los trabajadores: 6.- Respetarán los derechos de los niños a ser protegidos de la explotación económica.

16 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas D) Derechos de los trabajadores: 7.- Proporcionarán un entorno laboral seguro y saludable.

17 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas D) Derechos de los trabajadores: 8.- Pagarán a los trabajadores una remuneración que les garantice un nivel de vida adecuado para sí y sus familias. Esa remuneración tendrá debidamentre en cuenta lo que los trabajadores necesitan para tener unas condiciones de vida adecuadas y seguir mejorándolas.

18 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas D) Derechos de los trabajadores: 9.- Garantizarán la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

19 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos humanos: 10.- Observarán y respetarán las normas aplicables del derecho internacional, las leyes y reglamentos nacionales, así como las prácticas administrativas, el estado de derecho, el interés público, los objetivos de desarrollo, las políticas sociales, económicas y culturales, incluidas la transparencia, la responsabilidad y la prohibición de la corrupción, y la autoridad de los países en los que realizan sus actividades.

20 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos humanos: 11.- No ofrecerán, prometerán, darán, aceptarán, condonarán, aprovecharán a sabiendas ni pedirán ningún soborno u otra ventaja indebida. Tampoco podrá pedírseles ni esperar que ofrezcan ningun soborno u otra ventaja indebida a ningún gobierno, funcionario público, candidato a puesto electivo,miembro de las FFAA o seguridad, o cualquier otra persona u organización.

21 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos humanos: 12.- Respetarán los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos cíviles y políticos y contribuirán a su realización, en particular los derechos del desarrollo, a una alimentación, una salud y una vivienda adecuadas, a la educación, a la libertad de opinión y expresión, y se abstendrán de todo acto que impida el ejercicio de esos derechos.

22 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas F) Obligaciones en materia de protección del consumidor: 13.- Actuarán en consonancia con las prácticas mercantiles, comerciales y publicitarias leales y adoptarán cuantas medidas sean necesarias para garantizar la seguridad y calidad de los bienes y servicios que proporcionen, incluso observarán el principio de precaución. No producirán, distribuirán, comercializarán ni promocionarán productos dañinos o potencialmente dañinos para su uso por los consumidores.

23 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas G) Obligaciones en materia de protección del medio ambiente: 14.- Realizarán sus actividades de conformidad con las leyes, reglamentos y prácticas nacionales relativas a la conservación del medio ambiente, Así como de conformidad con los acuerdos, principios y normas internacionales relacionados con el medio ambiente y los derechos humanos, la salud pública y la seguridad, la bioética y... en general contribuyendo al logro del objetivo más amplio del desarrollo sostenible.

24 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas H) Disposiciones generales sobre su aplicación: 15.- Cada empresa aprobará, difundirá y aplicará normas de funcionamiento interno acordes con las presentes normas. Adoptará medidas para aplicar plenamente las normas y garantizar la pronta aplicación de las protecciones; informando al respecto. Aplicará e incorporará las normas en sus contratos o acuerdos y tratos.

25 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas H) Disposiciones generales sobre su aplicación: 16.- Serán objeto de vigilancia y verificación periódicas por mecanismos nacionales, internacionales y de la ONU. Esta vigilancia será transparente e independiente y tendrá en cuenta la información que proporcionen las partes interesadas (incluidas ONG) y la información proveniente de denuncias de violaciones de las presentes normas.

26 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas H) Disposiciones generales sobre su aplicación: 17.- Los estados establecerán y reforzarán el marco jurídico y administrativo necesario para asegurar que las empresas apliquen estas normas y los demás instrumentos nacionales e internacionales petinentes.

27 Normas de Derechos Humanos de la ONU para Empresas H) Disposiciones generales sobre su aplicación: 18.- Las empresas proporcionarán una compensación rápida, eficaz y adecuada a las personas, entidades y comunidades que hayan sido perjudicadas por el incumplimiento de las presentes normas.

28 Recomendaciones de Amnistia Internacional A los Gobiernos: Utilizar las normas de Derechos Humanos para empresas como punto de referencia para comprobar que la legislación vigente es adecuada, y como guía interpretativa del concepto de diligencia debida para los trobunales nacionales. Establecer el necesario marco legal y administrativo para garantizar que las empresas acaten las normas ONU para empresas.

29 Recomendaciones de Amnistia Internacional A las Empresas y Sociedades Comerciales: Adoptar, diseminar y aplicar un código de conducta que cumpla las normas ONU para empresas. Aplicar las normas ONU para empresas en sus contratos y tratos. Organizar seminarios y talleres de formación para su personal y facilitar actividades similares con sus asociados y en las asociaciones del sector para difundir el conocimiento de las normas ONU para empresas.

30 Recomendaciones de Amnistia Internacional Al Banco Mundial, Bancos Regionales y Otras Instituciones Financieras: Evaluar las empresas a fines de inversión utilizando como punto de referencia las normas ONU para empresas. Usar las normas ONU para empresas para decidir los criterios con los que evaluar los efectos potenciales sobre los DDHH de futuros proyectos.

31 Recomendaciones de Amnistia Internacional A las ONG y los Defensores de los Derechos Humanos: Usar las normas ONU para empresas en su labor de monitorización, campaña y captación de apoyos, así como en los diálogos que emprendan con empresas, gobiernos, y otros organismos. Apoyar los esfuerzos de mayor difusión y desarrollo de las normas ONU para empresas.


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