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Patrimonio Cultural Inmaterial Dirección de Patrimonio Ministerio de Cultura.

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Presentación del tema: "Patrimonio Cultural Inmaterial Dirección de Patrimonio Ministerio de Cultura."— Transcripción de la presentación:

1 Patrimonio Cultural Inmaterial Dirección de Patrimonio Ministerio de Cultura

2 Patrimonio Cultural Foto: Luis Fernando Arenas Guerra Patrimonio es el “conjunto de bienes pertenecientes a un Jefe de familia y que constituye el activo neto familiar” susceptible de ser heredado a los descendientes. Se considera como patrimonio cultural aquellos bienes materiales, muebles e inmuebles, y manifestaciones que los individuos o las comunidades reconocen como parte de su identidad. Los bienes y las manifestaciones del patrimonio cultural han sido heredados y se pueden disfrutar en el presente. Pero fundamentalmente, deben ser protegidos, conservados y salvaguardados para las futuras generaciones.

3 Marco Normativo Ley 397 de 1997 (Ley de Cultura) Constitución Política de Colombia 1991 Ley 1185 de 2008 Decreto 763 de 2009 Resolución 0983 de 2010 Política de Salvaguardia 2009 Decreto 2941 de 2009 Resolución 0330 de 2010 Convención UNESCO sobre PCI de 2003 (Ley 1037 de 2006) Convención UNESCO de 1972 sobre PCM

4 Patrimonio Cultural Foto: http://www.lapizarradeyuri.com/wp- content/uploads/2010/12/masivas_catedral_coventry.jpg Origen de la Convención de 1972 de la Unesco La Segunda Guerra Mundial provocó la destrucción de gran cantidad de patrimonio cultural en Europa. Por ello, en 1954 se creó la Convención para la protección de bienes culturales en caso de conflicto armado. Entre 1960 y 1980, el Gobierno de Egipto realizó la construcción de la gran represa de Aswan. Gracias a los esfuerzos de la Unesco, se lograron reubicar varios templos antiguos. Ante estos antecedentes, la Unesco reconoció que tanto el patrimonio cultural como el natural están seriamente amenazados por deterioro y destrucción.

5 Patrimonio Cultural Foto: http://2.bp.blogspot.com/-okHGL4uJ- Vk/TX7im5jSGnI/AAAAAAAAAPI/NgK59SPYQ0I/s1600/2605.jpg Origen de la Convención de 2003 de la Unesco Los procesos de mundialización y transformación social, aunque crean condiciones de diálogo propicio entre comunidades, pueden traer consigo fenómenos de intolerancia, graves riesgos de deterioro, desaparición y destrucción del patrimonio cultural inmaterial, debido en particular a la falta de recursos para salvaguardarlo. El patrimonio cultural inmaterial es factor de acercamiento, intercambio y entendimiento entre los seres humanos.

6 Patrimonio Cultural Leyes 397 de 1997 y 1185 de 2008 bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico. Foto: Luis Fernando Arenas Guerra

7 Patrimonio Cultural Inmaterial Foto: Pirá Paraná “Los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana” Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, UNESCO, 2003, pp.17

8 Patrimonio Cultural Inmaterial Foto: Ministerio de Comercio, Industria y turismo Son los usos que las personas y las comunidades hacen del entorno y de su historia. Son las técnicas y los conocimientos que se enseñan de padres a hijos, entre abuelos y nietos, y entre los miembros de una misma comunidad, que conectan la memoria individual con la memoria colectiva. Son las representaciones que un grupo humano hace de su mundo. Son las expresiones que se han transmitido de generación en generación, que se han transformado para dar respuesta a nuevas necesidades y que contribuyen a infundir un sentimiento de identidad y continuidad en el grupo social. Son, en definitiva, esas cosas que nos provocan una cierta emoción, que nos hacen sentir que pertenecemos a algo, un país, una tradición, un modo de vida.

9 Patrimonio Cultural Inmaterial Foto: Felipe Velasco Melo Las manifestaciones Son colectivas, pertenecen e identifican a un grupo social particular y se transmiten de generación en generación como legado, tradición cultural o como parte de la memoria colectiva. Son tradiciones vivas que se recrean constantemente, de manera presencial, por la experiencia y por comunicación oral. Son dinámicas, son expresiones de la creatividad e ingenio de las comunidades. Aunque están afirmadas en la identidad, cambian y se recrean en el tiempo, adquiriendo particularidades regionales y locales propias.

10 Características del PCI Foto: Cuadros Vivos de Galeras Las manifestaciones Tienen valor simbólico derivado de su función social como referente de tradición, memoria colectiva e identidad. Son un activo social. Son integrales, por la interdependencia entre las distintas formas de patrimonio. Tienen normas consuetudinarias que regulan su acceso, recreación y transmisión

11 Salvaguardia Foto: Betscanaté La salvaguardia se refiere a las medidas encaminadas a crear condiciones para asegurar la sostenibilidad del PCI en el tiempo a partir de su documentación, investigación, preservación, protección, promoción, fomento, transmisión, revitalización, y también, mediante el respeto a la tradición y la sensibilización de la comunidad sobre dicho patrimonio. La salvaguardia es una herramienta dirigida a animar a las comunidades creadoras y portadoras para que divulguen y recreen aquellas expresiones, representaciones y practicas que constituyen su patrimonio cultural vivo.

12 Campos de Alcance Foto: Cuadrillas de San Martín 1. Lenguas y tradición oral 2. Organización social 3. Conocimiento tradicional sobre la naturaleza y el universo 4. Medicina tradicional 5. Producción tradicional 6. Técnicas y tradiciones asociadas a la fabricación de objetos artesanales 7. Artes populares 8. Actos festivos y lúdicos 9. Eventos religiosos tradicionales de carácter colectivo 10. Conocimientos y técnicas tradicionales asociadas al hábitat 11. Cultura culinaria 12. Patrimonio cultural inmaterial asociado a los espacios culturales Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

13 Lenguas y tradición oral La lengua es el principal campo del patrimonio inmaterial por ser el medio de expresión y comunicación de los sistemas de pensamiento. Igualmente, representa un factor de identidad e integración en las comunidades, evidenciado en la tradición oral. Es así como estos dos elementos se presentan como vehículo del patrimonio cultural inmaterial. El creole, el uitoto o cualquier otra de las 81 lenguas vivas del país ayudan a los grupos étnicos a transmitir una visión particular del mundo. A su vez, las fábulas de Tío Conejo y Pedro Rimales, conocidas en los Llanos Orientales y en la región antioqueña, llevan consigo sistemas de valores y moralejas ejemplarizantes. Campos de alcance Foto: palabrero wayúu Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

14 Foto: Luis Fernando Arenas Guerra Organización social Este campo corresponde a los sistemas organizativos tradicionales e incluye el parentesco y la organización familiar, así como las normas que regulan dichos sistemas. Comprende las formas tradicionales de organización rurales y urbanas, las organizaciones de solidaridad e intercambio de trabajo, las normas de convivencia de las comunidades y las normas de control social y de justicia (derecho consuetudinario) de los grupos étnicos, entre otros. El sistema normativo Wayuu o la organización en cuadros en San Basilio de Palenque regulan la vida cotidiana de estos grupos y muchas veces se constituyen en el corazón de su cultura. Campos de alcance Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

15 Conocimiento tradicional sobre la naturaleza y el universo Se trata del conocimiento que con el paso del tiempo los grupos humanos han generado y acumulado a partir de su relación con la naturaleza, el territorio, el medio ambiente, el cosmos y los recursos ecológicos. La cultura material expresada en la fabricación de cestería y otros objetos de la vida cotidiana de los indígenas nukak makú del Guaviare colombiano requiere un profundo conocimiento de las diferentes especies vegetales y de sus propiedades. Las antiguas travesías de ganado que los vaqueros emprendían durante meses en las sabanas llaneras necesitaban a su vez una gran familiaridad con los animales y con un entorno hostil. Campos de alcance Foto: nukak Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

16 Medicina tradicional Comprende los aspectos del patrimonio cultural inmaterial que atañen a los conocimientos y prácticas tradicionales de diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, e incluye los aspectos psicológicos y espirituales propios de estos sistemas, así como los conocimientos botánicos y medioambientales asociados. La medicina tradicional con frecuencia integra el tratamiento de enfermedades, aspectos psicológicos y espirituales, e incluso aspectos ambientales. Las botellas curadas del Pacífico colombiano, los ungüentos hechos de hierbas maceradas que hacen parte de la farmacopedia del conjunto de la región andina o los sistemas de plantas frías y calientes de los indígenas amazónicos dan buena cuenta de ello. Campos de alcance Foto: partería de Buenaventura Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

17 Producción tradicional Este campo se refiere a los conocimientos, prácticas e innovaciones propios de las comunidades locales, relacionados con la producción tradicional agropecuaria, forestal y pesquera. También con la recolección de productos silvestres o domesticados, así como con los sistemas comunitarios de intercambio. Estos sistemas productivos no expresan otra cosa que la complejidad de la relación existente entre la población y el medio del que obtiene su sustento. Campos de alcance Foto: Silleteros de Santa Elena Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

18 Técnicas y tradiciones asociadas a la fabricación de objetos artesanales Se trata del conjunto de tradiciones familiares y comunitarias relacionadas con la producción artesanal de objetos utilitarios. Comprenden las distintas manifestaciones productivas, útiles o decorativas, con un valor que expresa una estética particular y la destreza y saber del artesano, hechas a partir de la transformación de materias primas, generalmente provenientes del entorno natural, y con predominio del trabajo manual. La alfarería de San Juan de Urabá, la cestería en rollos de iraca o la elaboración de figuras en fique en Pitalito, Huila hacen parte de los innumerables ejemplos de la rica tradición artesanal colombiana. Campos de alcance Foto: Diana Zambrano Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

19 Artes populares Comprenden la recreación de tradiciones musicales, dancísticas, literarias, audiovisuales y plásticas que son perpetuadas por las mismas comunidades. Debido a su carácter colectivo, no se identifica un autor, pero sí varios ejecutantes, sean músicos, danzantes, artistas o actores que practican su arte u oficio con un fin primordial: propiciar el encuentro, la fiesta, cultivar el arraigo y el sentido de pertenencia frente a su contexto familiar, social o local. Son ejemplos de las artes populares el teatro campesino, las representaciones móviles de escenas religiosas, las máscaras de un carnaval tanto como los saberes asociados a la jardinería y a la ornamentación del hábitat. Campos de alcance Foto: Carlos Pineda Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

20 Actos festivos y lúdicos Este campo comprende los acontecimientos sociales y culturales periódicos con fines lúdicos o realizados en un tiempo y un espacio con reglas definidas y excepcionales, generadoras de identidad, pertenencia y cohesión social. Los Carnavales del diablo en Riosucio, de Blancos y Negros en Pasto o las fiestas municipales pueden considerarse expresión de este campo. Campos de alcance Foto: Carnaval de Negros y Blancos Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

21 Eventos religiosos tradicionales de carácter colectivo Este campo comprende acontecimientos sociales y ceremoniales periódicos, de carácter participativo y con fines religiosos o rituales, así como prácticas de devoción. Se realizan en un tiempo y un espacio definidos, cuentan con reglas habituales y excepcionales, y contienen elementos constructivos de la identidad de una comunidad. Las múltiples formas en que celebran las semanas santas del país dan cuenta de la complejidad de este campo. Campos de alcance Foto: Carlos Pineda Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

22 Conocimientos y técnicas tradicionales asociadas al hábitat Se trata de los conocimientos, técnicas y eventos tradicionales relacionados con la construcción de la vivienda y las prácticas culturales relativas a la vida doméstica. Estos integran diseños, obras pictóricas, escultóricas y gráficas tanto como técnicas de construcción como el bareque y la tapia pisada. Campos de alcance Foto: Pirá Paraná Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

23 Cultura culinaria Este campo comprende las prácticas tradicionales de transformación, conservación, manejo y consumo de alimentos. Se incluye también su selección, elaboración y decoración de platos. Campos de alcance Foto: Sergio Romero Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

24 Patrimonio cultural inmaterial asociado a los espacios culturales Este término alude a ensamblajes en los que confluyen tres tipos de patrimonio: el de naturaleza intangible, el material y el natural. Entre los espacios de alto valor cultural se encuentran áreas que, según los valores y tradiciones de un grupo humano, se considera que tienen un especial significado espiritual o histórico, o son fuente de inspiración o soporte de conocimientos y tradiciones ancestrales. Campos de alcance Foto: Músicas de Marimba Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

25 Es un mecanismo de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. Es el conjunto de representaciones relevantes de PCI incorporado a un catálogo especial mediante acto administrativo de la autoridad competente (Ministerio de Cultura, gobernaciones, alcaldías, autoridades indígenas o de consejos comunitarios afrocolombianos). La inclusión en la LRPCI tiene como condición la elaboración de un plan especial de salvaguardia, acuerdo social para la identificación, revitalización, documentación, divulgación y protección de las manifestaciones. La inclusión en la LRPCI reconoce que la manifestación es patrimonio colectivo de la comunidad o colectividad que se identifica con ella. Qué es la LRPCI Foto: Cámara de Comercio de Cali Política de Salvaguardia de PCI 2009 Artículo 2.5.1.8 Decreto 1080 de 2015

26 Ámbitos de postulación: (Artículo 2.5.1.7 Decreto 1080 de 2015/ Artículo 3º Resolución 0330 de 2010)  Lista nacional: Ministerio de Cultura; Dirección de Patrimonio  Lista departamental: Gobernación del departamento  Lista municipal: Alcaldía Distrital o municipal  Lista de comunidad indígena: autoridad correspondiente  Lista de comunidad afrodescendiente: autoridad correspondiente Quiénes pueden postular : (Artículo 8.º Numeral 4. Ley 1185 de 2008 / Artículo 2.5.2.1 Decreto 1080 de 2015/ Artículo 5 Resolución 0330 de 2010) Entidades estatales: de cualquiera de los ámbitos territoriales, incluso la autoridad competente Grupo social o colectividad Persona natural: actuando en interés colectivo Persona jurídica: actuando en interés colectivo Ley 1185 de 2008 / Decreto 1080 de 2015 / Resolución 0330 de 2010 Inclusión en una LRPCI

27 Foto: Carlos Pineda Solicitud dirigida a la instancia competente Identificación del solicitante, quien deberá especificar que actúa en interés general Descripción de la manifestación de que se trate, sus características y situación actual Ubicación y proyección geográfica y nombre de la(s) comunidad(es) en la(s) cual(es) se lleva a cabo Periodicidad (cuando aplique) Justificación de la correspondencia de la manifestación con la definición de patrimonio cultural inmaterial Justificación sobre la coincidencia de la manifestación con cualquiera de los campos de alcance y con los criterios de valoración señalados en los Artículos 2.5.1.8 y 2.5.1.9 del Decreto 1080 de 2015. Requisitos para la postulación (Artículo 2.5.2.2. del Decreto 1080 de 2015)

28 Foto: Ana María Arango Se debe presentar un expediente que contenga la siguiente información y documentación: 1. Solicitud dirigida a la instancia competente La cual es una carta firmada por el solicitante, donde expresa su intención de incluir una manifestación en la LRPCI del ámbito. Es recomendable anexar cartas u oficios de entidades que apoyen el proceso, o firmas de la comunidad interesada. Luego viene el cuerpo del texto, que debe contener los siguientes bloques temáticos: 2. Identificación del solicitante, quien deberá especificar que actúa en interés general. Es la introducción del documento donde el solicitante debe especificar quién hace la solicitud, por qué la hace, qué se busca con la inclusión de la manifestación en la LRPCI, y explicar, muy brevemente en qué consiste la manifestación. Requisitos para la postulación (Artículo 2.5.2.2. del Decreto 1080 de 2015)

29 Foto: PES Músicas de Marimba 3. Descripción de la manifestación de que se trate, sus características y situación actual Es el primer capítulo del documento, donde se debe hacer un recorrido por la historia de la manifestación, su origen, los principales momentos en su devenir histórico, personajes importantes que hayan contribuido con su salvaguardia, cambios significativos que se hayan presentado a lo largo del tiempo. Por otro lado, debe explicar qué compone la manifestación, cómo es su puesta en escena; qué personajes intervienen; en qué lugar o lugares se realiza (calles, plazas, sitios, edificaciones); en qué momentos, tiempos o situaciones; qué se hace, cómo se hace, por qué se hace así; ¿qué riesgos afronta la manifestación en la actualidad? ¿qué fortalezas presenta la manifestación? Requisitos para la postulación (Artículo 2.5.2.2. del Decreto 1080 de 2015)

30 4. Ubicación y proyección geográfica y nombre de la(s) comunidad(es) en la(s) cual(es) se lleva a cabo En este capítulo se especifica la ubicación de la manifestación en el contexto nacional y regional. También se identifica la población que es portadora de la manifestación, especificando si abarca un amplio territorio regional, o se inscribe en un contexto local; si pertenece a un grupo poblacional específico, como un grupo étnico, o a un conjunto amplio de personas. 5. Periodicidad (cuando aplique) En este capítulo se debe explicar cada cuánto se pone en escena la manifestación, en qué momento o momentos del año ocurre, cómo es su temporalidad, si hay especificidad en los momentos de inicio, desarrollo o culminación. (Artículo 2.5.2.2. del Decreto 1080 de 2015) Requisitos para la postulación

31 Foto: equipo elaboración de PES Músicas de Marimba 6. Justificación de la correspondencia de la manifestación con la definición de patrimonio cultural inmaterial Se debe hacer un análisis sobre si la manifestación corresponde efectivamente con lo que por Ley se entiende como patrimonio cultural inmaterial. 7. Justificación sobre la coincidencia de la manifestación con cualquiera de los campos de alcance y con los criterios de valoración señalados en los Artículos 2.5.1.8 y 2.5.1.9 del Decreto 1080 de 2015 De acuerdo con lo establecido en la Ley, evaluar en qué campo o campos se puede inscribir la manifestación. Es importante que se explique por qué se considera que la manifestación cumple con cada campo citado. Luego, determinar cómo responde la manifestación a cada uno de los criterios de valoración, explicando el por qué. Requisitos para la postulación (Artículo 2.5.2.2. del Decreto 1080 de 2015)

32 Criterios de valoración (2.5.1.9 del Decreto 1080 de 2015) Pertinencia. Que la manifestación corresponda a cualquiera de los campos descritos en el artículo anterior. Representatividad. Que la manifestación sea referente de los procesos culturales y de identidad del grupo, comunidad o colectividad portadora, creadora o identificada con la manifestación, en el respectivo ámbito. Relevancia. Que la manifestación sea socialmente valorada y apropiada por el grupo, comunidad o colectividad, en cada ámbito, por contribuir de manera fundamental a los procesos de identidad cultural y ser considerada una condición para el bienestar colectivo. Naturaleza e identidad colectiva. Que la manifestación sea de naturaleza colectiva, que se transmita de generación en generación como un legado, valor o tradición histórico cultural y que sea reconocida por la respectiva colectividad como parte fundamental de su identidad, memoria, historia y patrimonio cultural.

33 Vigencia. Que la manifestación esté vigente y represente un testimonio de una tradición o expresión cultural viva, o que represente un valor cultural que debe recuperar su vigencia. Equidad. Que el uso, disfrute y beneficios derivados de la manifestación sean justos y equitativos respecto de la comunidad o colectividad identificada con ella, teniendo en cuenta los usos y costumbres tradicionales y el derecho consuetudinario de las comunidades locales. Responsabilidad. Que la manifestación respectiva no atente contra los derechos humanos, ni los derechos fundamentales o colectivos, contra la salud de las personas o la integridad de los ecosistemas. Igualmente, dice el Decreto 1080 de 2015, “las manifestaciones que se encuentren en riesgo, amenazadas o en peligro de desaparición, tendrán prioridad para ser incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial”. Criterios de valoración (2.5.1.9 del Decreto 1080 de 2015)

34 Plan especial de salvaguardia PES

35 Foto: Luis Fernando Arenas Es un acuerdo social y administrativo, concebido como un instrumento de gestión del PCI, mediante el cual se establecen lineamientos, recomendaciones y acciones encaminadas a garantizar la salvaguardia del patrimonio inmaterial de las comunidades y de la Nación. El PES debe contar con el compromiso expreso y formal de quienes participan en la manifestación, de las autoridades locales y de las institucionales, con el fin de garantizar su cuidado y salvaguardia. Plan Especial de Salvaguardia

36 Foto: PES Gualíes, alabaos y levantamientos de tumba El PES es también un proceso participativo que incluye el estudio de lo que es la manifestación, la elaboración del documento PES y la divulgación y seguimiento de las medidas que éste propone. Debe contener: Plan Especial de Salvaguardia

37 La identificación y documentación de la manifestación, de su historia, de otras manifestaciones conexas o de los procesos sociales y de contexto en los que se desarrolla. Mecanismos de consulta y participación utilizados para la formulación del Plan Especial de Salvaguardia, y los previstos para su ejecución. La identificación de los beneficios e impactos de la manifestación y de su salvaguardia en función de los procesos de identidad, pertenencia, bienestar y mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad identificada con la manifestación. Medidas preventivas y correctivas de preservación de la manifestación frente a factores de riesgo o amenaza, internos y externos, que amenacen con deteriorarla o extinguirla. […] Plan Especial de Salvaguardia Foto: palabrero wayúu

38 Foto: Luis Fernando Arenas Medidas orientadas a garantizar la viabilidad y sostenibilidad de la estructura comunitaria, organizativa, institucional y de soporte relacionada con la manifestación […] Medidas que garanticen la transmisión de los conocimientos y prácticas asociados a la manifestación. Medidas orientadas a promover la apropiación de los valores de la manifestación por la comunidad, así como a visibilizarla y a divulgarla. Medidas de fomento a la producción de conocimiento, investigación y documentación de la manifestación y de los procesos sociales relacionados con ella, con la participación o consulta de la comunidad. Plan Especial de Salvaguardia

39 Foto: INER Adopción de medidas que garanticen el derecho de acceso de las personas al conocimiento, uso y disfrute de la respectiva manifestación, sin afectar los derechos colectivos y sin menoscabar las particularidades de ciertas manifestaciones en comunidades tradicionales […] Medidas de evaluación, control y seguimiento del Plan Especial de Salvaguardia. Plan Especial de Salvaguardia

40 Etapa de diseño del PES Etapas de diseño del PES Elección del equipo de trabajo y diseño de la propuesta Se escoge al grupo de personas que trabajará en la elaboración del PES, el cual además será el interlocutor con la Dirección de Patrimonio. Este equipo debe capacitarse en normatividad sobre patrimonio cultural, métodos de investigación y de trabajo relacionados con el patrimonio cultural inmaterial para poder así proponer un plan de trabajo. Igualmente mecanismos de consulta y participación para aplicar con la comunidad. Delimitación de la manifestación El equipo de trabajo, luego de un ejercicio profundo de discernimiento con la comunidad, delimita y especifica cuál es la manifestación de PCI a la que se plantearán medidas de salvaguardia. Caracterización de la manifestación y alcances del PES En este paso se profundiza en la caracterización de la manifestación, complementando lo referente a la descripción de la misma, su historia, las prácticas culturales o manifestaciones de PCI asociadas, el contexto físico y social donde se desarrolla, etc. Además, se debe indagar por la situación actual en que se encuentra la manifestación, su vitalidad y sus problemas. Para recolectar toda esta información, se recurrirá a los métodos de investigación planteados en la propuesta.

41 Etapa de diagnostico participativo Elaboración del diagnóstico participativo de la manifestación que cumpla con lo estipulado en el Decreto 1080 de 2015 Esta etapa se hace un trabajo intensivo con la comunidad para identificar conjuntamente las debilidades, oportunidades, fortalezas, y amenazas que influyen sobre la manifestación. Esto se logra mediante el análisis de la situación actual, observando todo aquello que influye en el desarrollo y realización de las prácticas culturales que conforman la manifestación. Una vez reunida la información pertinente, se procede a su sistematización, revisión y posterior análisis. Con ello, se elabora un primer documento donde se esbozan unas posibles líneas de acción para la salvaguardia de la manifestación, así como la identificación de los actores que, directa o indirectamente, podrán contribuir con la protección de la misma. Esta propuesta deberá ser reflexionada y avalada con la comunidad. Una vez se cuenta con la aprobación de la comunidad, se plantean las acciones (planes, programas y proyectos) que respondan a las líneas de acción propuestas. Asimismo, se propone la organización interna de la comunidad o grupo para asumir la salvaguardia de la manifestación. Igualmente, se definen las medidas de seguimiento y evaluación de la implementación del PES.

42 Consolidación y sustentación del PES Consolidación del documento PES Las propuestas elaboradas en la etapa de diagnóstico deben ser avaladas por la comunidad. Surtido este paso, se procede a la consolidación del documento del plan especial de salvaguardia, el cual debe contener lo especificado en el Decreto 1080 de 2015. Dicho documento se pone en consideración del Ministerio de Cultura o de la instancia competente. Evaluación por parte de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura o de la instancia competente. El Grupo de Patrimonio Cultural Inmaterial evalúa la propuesta de salvaguardia planteada por la comunidad a través de su grupo de trabajo y hace las observaciones pertinentes. El grupo de trabajo realiza entonces los ajustes necesarios y los pone en conocimiento de la comunidad para su aceptación. Hecho esto, remite nuevamente el documento al Ministerio de Cultura. Presentación ante el Consejo de Patrimonio Cultural La Dirección de Patrimonio solicita la presentación del PES ante el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. En la sesión se exponen las características de la manifestación, el análisis de los problemas que afronta, las líneas de acción propuestas con sus actividades específicas, la organización de la comunidad para la implementación del PES, las medidas de divulgación de la manifestación, seguimiento y evaluación del PES.

43 Una resolución es el acto administrativo mediante el cual la Ministra de Cultura oficializa el ingreso de una manifestación en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional. La resolución debe contener: La descripción de la manifestación El origen de la postulación y el procedimiento seguido para la inclusión. La correspondencia de la manifestación con los campos de alcance y los criterios de valoración (Decreto 1080 de 2015). Plan especial de salvaguardia, que irá como anexo a la resolución y hará parte de la misma. Resolución Foto: palabrero wayúu

44 El postulante envía la solicitud La manifestación coincide con los campos y criterios de valoración del Decreto 1080 de 2015 (Numeral 2. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) El funcionario competente de cada entidad revisa y evalúa, en 2 meses máximo, los requisitos establecidos (Numeral 1. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Se hace una evaluación preliminar sobre la coincidencia con los campos y criterios de valoración (Artículos 2.5.1.8, 2.5.1.9 y 2.5.10 Decreto 1080 de 2015) La manifestación puede inscribirse en otro ámbito (Artículo 2.5.2.3 Decreto 1080 de 2015 / Numeral 2 Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Se requiere complementar requisitos (Numeral 2. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Se presenta ante el Consejo de Patrimonio respectivo para su evaluación y emisión de concepto Se sugiere el traslado de la solicitud al ámbito respectivo, previo concepto del Consejo de patrimonio del ámbito respectivo Se devuelve la solicitud para ajustes Se informa al postulante, quien cuenta con 2 meses para complement ar requisitos El funcionario solicita presentación al Consejo de Patrimonio respectivo, el cual emitirá concepto en 1 mes La solicitud no coincide con los campos y criterios de valoración del Decreto 1080 de 2015 (Numeral 2. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Se da por desistida la postulación si al cabo de 2 meses el solicitante no responde

45 Se presenta ante el Consejo de Patrimonio respectivo para su evaluación y emisión de concepto Concepto favorable Concepto desfavorable El Consejo de Patrimonio respectivo solicitará al postulante la elaboración de un Plan Especial de Salvaguardia (PES) Se concede un tiempo entre 12 y 36 meses para su elaboración y presentación y podrá incorporar las recomendaciones hechas por el respectivo Consejo de Patrimonio. Si no se presenta en el tiempo estipulado, se da por desestimada la postulación. (Numeral 3 del Artículo 5.º dela Resolución 0330 de 2010) ProvisionalDefinitivo La instancia competente pide complementar la información necesaria o reenfocar la solicitud (2 meses) La instancia competente emite un acto administrativo donde se argumentan las razones por las cuales se emitió concepto desfavorable Se solicita presentación del PES ante el Consejo de Patrimonio respectivo

46 Se solicita presentar el PES ante el Consejo de Patrimonio respectivo. (Numeral 4. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Concepto favorable Concepto desfavorable La entidad competente emite un acto administrativo de inclusión en la LRPCI de su ámbito y de aprobación del PES (Numeral 5. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) La entidad competente emite un acto administrativo indicando la negativa de inclusión de la manifestación en la LRPCI del respectivo ámbito (Numeral 5. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Se evalúa el cumplimiento de los contenidos del PES, indicados en los Artículos 14.º y 15.º del Decreto 2941 de 2009. Para ello se dispone de un periodo de 3 meses. (Numeral 4. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) La autoridad competente podrá requerir la complementación o aclaración de los contenidos del PES. El postulante tendrá máximo 12 meses para volver a presentar el PES. (Numeral 4. Artículo 5.º Resolución 0330 de 2010) Manifestación incluida

47 Espacio Cultural de San Basilio de Palenque Resolución 2245 del 30 de octubre de 2009 El sistema normativo Wayúu aplicado por el palabrero PUTCHIPU’UI Resolución 2733 del 30 de diciembre de 2009 Músicas de Marimba y Cantos Tradicionales del Pacífico Sur de Colombia Resolución 1645 del 31 de julio de 2010 "He Yaia Keti Oka, el conocimiento Tradicional (Jaguares de Yuruparí) para el manejo de los grupos indígenas del río Pira Paraná“ Resolución 1690 del 5 de agosto de 2010 Carnaval de Negros y Blancos de Pasto Resolución 2255 del 22 de septiembre de 2010 Procesiones de Semana Santa de Popayán Resolución 2433 del 24 de noviembre de 2010 Cuadrillas de San Martín Resolución 1633 del 25 de agosto de 2011 Carnaval de Riosucio Resolución 1658 del 29 de agosto de 2011 Fiestas de San Francisco de Asís o San Pacho en Quibdó Resolución 1895 del septiembre 20 de 2011 Encuentro Nacional de Bandas de música en Paipa Resolución 3047 del 2 de octubre de 2013 El proceso de formar y vivir como nükak baka (gente verdadera) Resolución 3470 del 6 de noviembre de 2013 La tradición de celebrar a los ahijados con macetas de alfeñique en la ciudad de Santiago de Cali Resolución 3469 del 6 de noviembre de 2013 Bëtscnaté o Día Grande de la tradición Camëtsá Resolución3471 del 6 de noviembre de 2013 Cuadros Vivos de Galeras, Sucre Resolución 3881 del 11 de diciembre de 2013 Cantos de trabajo de Llano Resolución 0054 del 8 de enero de 2014 La música vallenata tradicional del Caribe colombiano Resolución 1321 del 16 de mayo de 2014 Gualíes, alabaos y levantamientos de tumba, ritos mortuorios de las comunidades afro del Medio San Juan Resolución 3094 del 6 de octubre de 2014 Manifestación cultural silletera Resolución 1843 del 25 de junio de 2015 Carnaval de Barranquilla Resolución 2128 del 21 de julio de 2015 LRPCI del ámbito nacional

48 Proceso de elaboración del Plan Especial de Salvaguardia Grupo de Patrimonio Cultural Inmaterial Dirección de Patrimonio Ministerio de Cultura


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