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¿Qué es el Sistema Estatal de Información Forestal? Es un instrumento que tiene el propósito de apoyar la formulación, seguimiento y evaluación de las.

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Presentación del tema: "¿Qué es el Sistema Estatal de Información Forestal? Es un instrumento que tiene el propósito de apoyar la formulación, seguimiento y evaluación de las."— Transcripción de la presentación:

1 ¿Qué es el Sistema Estatal de Información Forestal? Es un instrumento que tiene el propósito de apoyar la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, sus programas y proyectos estratégicos en materia forestal. La “Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable de los Estados Unidos Mexicanos” (LGDFS) establece en el artículo 35 los instrumentos de la política nacional en materia forestal, entre los cuales se encuentra el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF). En el artículo 39 de la LGDFS se establece que el Sistema Nacional de Información Forestal tiene por objeto: Registrar, Integrar, Organizar, Actualizar y Difundir la información relacionada con la materia forestal, En este ordenamiento legal se establece que esta información debe estar disponible al público para su consulta y que se integrará al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales (SNIARN), debiéndose articular con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural (SNIDR).

2 ¿Qué es el Sistema Estatal de Información Forestal…. En el Sistema Nacional de Información Forestal se pretende integrar de forma homogénea toda la información en materia forestal, fundamentalmente los apartados establecidos en el Artículo 40 de la LGDFS, que son:  El Inventario Nacional Forestal y de Suelos y en los inventarios forestales de las entidades federativas;  La contenida en la Zonificación Forestal;  La contenida en el Registro Forestal Nacional;  Sobre las evaluaciones de plantaciones forestales comerciales y reforestación con propósitos de restauración y conservación;  Sobre el uso y conocimiento de los recursos forestales, incluyendo información de uso doméstico y conocimiento tradicional.  Sobre los acuerdos y convenios en materia forestal, y la relativa a mecanismos y tratados de coordinación o cooperación nacional e internacional;  La información económica de la actividad forestal;  Sobre investigaciones y desarrollo tecnológico.

3 ¿Qué es el Sistema Estatal de Información Forestal… En el Sistema Nacional de Información Forestal se pretende integrar de forma homogénea toda la información en materia forestal, fundamentalmente los apartados establecidos en el Artículo 40 de la LGDFS, que son:  Sobre organizaciones e instituciones de los sectores social y privado, así como de organismos públicos nacionales e internacionales relacionados con este sector.  Sobre proyectos de aprovechamiento forestal que no se basen exclusivamente en la explotación de recursos maderables, y  Las demás que se consideren estratégicas para la planeación y evaluación del desarrollo forestal sustentable. Las autoridades federales, estatales y municipales ejercerán sus atribuciones en materia forestal de conformidad con la distribución de competencias, debiendo proporcionar al Sistema Nacional de Información Forestal, la información que recaben en el cumplimiento de estas.

4 Somos parte de…

5 La Comisión Nacional Forestal es un organismo público descentralizado que forma parte de la Administración Pública Federal de México. Su aportación, como instancia de participación y consulta en los trabajos relativos a la producción e integración de información estadística y geográfica de un tema específico para los Subsistemas Nacionales de Información, son coordinados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de un comité técnico especializado. Para cumplir con su misión, la CONAFOR reconoce como factor determinante para la planeación y toma de decisiones el conocimiento del entorno y la realidad que prevalece en el sector forestal. En este contexto, la Comisión admite que uno de los principales retos a los que se enfrentan los analistas e investigadores del sector, es el de contar con información relevante, que sea proporcionada por fuentes confiables y que sea producida con oportunidad. El artículo 3º de la Ley del Sistema Nacional de información Estadística y Geográfica establece para el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), la finalidad de suministrar a la sociedad y al Estado información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional. Los principios rectores del sistema son la accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.

6 Somos parte de… El SNIEG está constituido por un conjunto de Unidades del Estado organizadas en subsistemas que son coordinados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y articulados mediante la Red Nacional de Información, con el propósito de producir y difundir la información de interés nacional. El INEGI como unidad central coordinadora del sistema debe normarlo y coordinarlo, así como fomentar las acciones que permitan mantener su operación eficiente. El sistema define como Unidades de Estado o Unidades (UE) a las áreas administrativas que cuenten con atribuciones para desarrollar actividades estadísticas y geográficas o que cuenten con registros administrativos, que permitan obtener información de interés nacional, entre estas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo a las de la Presidencia de la República y de la Procuraduría General de la República. En este sentido la CONAFOR se entiende como una “UE”. Para organizar la participación de las UE en el sistema se debe designar un coordinador por cada grupo de unidades y con temas afines, el cual deberá de recaer, al menos, en personas con nivel de titular de unidad o su equivalente, o nivel inmediato inferior, que cuenten con conocimientos y experiencia en materia de información.

7 Somos parte de… Los trabajos de las UE del sector de medio ambiente y recursos naturales son coordinados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), que preside y coordina este Subsistema Nacional de Información a través de un comité técnico especializado, del cual la Comisión Nacional Forestal forma parte. La CONAFOR como UE, es además responsable de administrar el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF), el cual tiene su origen y fundamento en los artículos 39 y 40 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), en el que se establece y norma que el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF) es parte del Sistema Nacional de Información Ambiental y de los Recursos Naturales (SNIARN) y, en lo conducente, con el Sistema Nacional de Información para del Desarrollo Rural (SNIDR). Asimismo, la LGDFS establece que el SNIF debe incorporar los contenidos de cada uno de los Sistema Estatales de Información Forestal.

8 Somos parte de… Los trabajos de las UPI del sector de medio ambiente y recursos naturales son coordinados por la SEMARNAT, que preside y coordina al Comité Técnico de Estadística y de Información Geográfica del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales (CTEIGSMARN). La CONAFOR, como UPI, es la responsable de administrar el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF), el cual tiene su origen y fundamento en los artículos 39 y 40 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), en la cual se establece y norma que el SNIF es parte del Sistema Nacional de Información Ambiental y de los Recursos Naturales (SNIARN) y, en lo conducente, con el Sistema Nacional de Información para del Desarrollo Rural (SNIDR). Asimismo, la LGDFS establece que el SNIF debe incorporar los contenidos de cada uno de los Sistema Estatales de Información Forestal.

9 USOS Usos y conocimiento de los recursos forestales Una de las grandes riquezas de nuestro país se refiere sin duda a su enorme diversidad biológica, la cual es favorecida por su ubicación, complejidad orográfica, climática y geológica, lo que propicia la existencia de especies de plantas y animales en gran número, reflejándose esto en una de las mayores gamas de tipos de vegetación; que van desde los desiertos hasta las grandes selvas; contándose en nuestro país entre 25 000 y 30 000 especies vegetales. Esto hace necesario reflexionar en la importancia que los bosques tienen en nuestro país no sólo por la extensión que estos representan, sino también por los beneficios económicos, ecológicos y sociales. SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA

10 Los bosques de todas las zonas climáticas representan, a través de sus múltiples funciones, uno de los más importantes fundamentos de vida para el ser humano. En muchas ocasiones, los recursos forestales no son aprovechados al máximo, ya que de manera general, se enfoca su aprovechamiento únicamente al beneficio que se brinda con la explotación de madera. El objetivo de este tema es ampliar el conocimiento de las especies forestales para usarlos de forma extensiva y sostenible, presentando mediante fichas una descripción completa, de cada una de las especies forestales, desde su nombre científico, sinonimia hasta las normas oficiales que regulan su aprovechamiento, ya que sólo de esta forma se puede asegurar a largo plazo y en forma ecológicamente racional la obtención sostenible de productos forestales como madera, forrajes, alimentos, medicamentos, leña o carbón, etc, además de otras funciones del bosque como la protección contra la erosión, la preservación de biotipos o la captura y almacenamiento de CO2, responsable del efecto invernadero. SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA

11 Aprovechamientos forestales no maderables La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (2003), define a los aprovechamientos forestales como la extracción de los recursos forestales del medio en que se encuentren, incluyendo los maderables y no maderables. Los recursos no maderables es la parte no leñosa de la vegetación de un ecosistema forestal y son susceptibles de aprovechamiento o uso, incluye líquenes, musgos, hongos y resinas, así como los suelos de terrenos forestales y preferentemente forestales. La FAO señala que México tiene un gran potencial, para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables, muchos de los aprovechamientos son de carácter doméstico y para el caso de los productos con aprovechamiento con fines comerciales, éste se realiza en base a estudios técnicos. En Coahuila los recursos forestales no maderables que se aprovechan son: Candelilla, Lechuguilla, Orégano, Sotol, Cortadillo, Nopal, Maguey, Chile piquín, Palma, Pinón, Sangre de drago, Gobernadora, Heno, Musgo, Tierra de Monte, entre otros. SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA

12 Fichas técnicas de las principales especies utilizadas SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA En Coahuila, muchas localidades utilizan los recursos forestales para uso doméstico, también existen recursos forestales que son de importancia económica. Además se encuentran especies utilizadas en programas de reforestación.

13 ORDENAMIENTO FORESTAL Es uno de los ocho instrumentos técnicos que la política nacional forestal establece, la cual propone una planeación que busque mejorar la calidad de vida de la población rural y el uso sustentable de los recursos forestales. En la zonificación forestal, se identifican, agrupan y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales, por funciones y subfunciones biológicas, ambientales, socioeconómicas, recreativas protectoras y restauradoras, con fines de manejo y con el objeto de propiciar una mejor administración y contribuir al desarrollo forestal sustentable. Es competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la CONAFOR establecer la metodología, criterios y procedimientos para la integración y actualización de la zonificación forestal, la cual deberá ser congruente con el Inventario Nacional Forestal y de Suelos. ¿Qué es la zonificación forestal?

14 Fundamento legal De conformidad con los artículos 12 fracción VI, 16 fracción XI, 22 fracción VII, 48, 49 y 50 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y los artículos 13 y 14 de su respectivo reglamento. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Artículo 12, fracción VI. Son atribuciones de la Federación llevar a cabo la zonificación forestal del país; Artículo 16, fracción VII. La Secretaría ejercerá establecerá los criterios, metodología y procedimientos para la integración, organización y actualización de la zonificación; Artículo 22, fracción VII. La Comisión será la encargada de elaborar, integrar, organizar y mantener actualizada la zonificación de los terrenos forestales y preferentemente forestales, con base en el ordenamiento ecológico del territorio y en los criterios, metodología y procedimientos que para tal efecto establezca la Secretaría;

15 Artículo 48. La zonificación forestal es el instrumento en el cual se identifican, agrupan y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales, por funciones y subfunciones biológicas, ambientales, socioeconómicas, recreativas, protectoras y restauradoras, con fines de manejo y con el objeto de propiciar una mejor administración y contribuir al desarrollo forestal sustentable. Artículo 49. La Comisión deberá llevar a cabo la zonificación con base en el Inventario Nacional Forestal y de Suelos y en los programas de ordenamiento ecológico, y lo someterá a la aprobación de la Secretaría. Artículo 50. En el Reglamento de la presente Ley se determinarán los criterios, metodología y procedimientos para la integración, organización y actualización de la zonificación; los cuales deberán considerar los mecanismos necesarios para tomar en consideración la participación, opinión y propuesta comunitaria de los propietarios de los predios forestales y agropecuarios.

16 Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Artículo 13. La Secretaría y la Comisión establecerán la metodología, criterios y procedimientos para la integración y actualización de la zonificación forestal. La zonificación forestal deberá ser congruente con el inventario y, además, en su integración se deberá observar: I.- La delimitación por cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales; II.- La naturaleza, características, diversidad de los ecosistemas o tipos de vegetación forestales existentes en el territorio nacional; III.- Los desequilibrios existentes en los ecosistemas por efecto de las actividades económicas o de otras actividades humanas o fenómenos naturales; IV.- Los resultados de los estudios e inventarios elaborados por las unidades de manejo forestal, y V.- Las demás especificaciones que determine la Secretaría.

17 Metodología Documento Anexo. Acuerdo por el que se integra y organiza la Zonificación Forestal

18 Las categorías se establecen, en base al articulo 14 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que dice: Articulo 14.- En la zonificación se establecerán las siguientes categorías: I.Zonas de conservación y aprovechamiento restringido o prohibido II. Zonas de producción III. Zonas de restauración Categorías

19 Simbología para la interpretación de las categorías de la zonificación forestal Documento Anexo 1. Simbología

20 Marco Legal De acuerdo a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en la sección 1 De las Atribuciones de la Federación, dice: ARTICULO 12. Fracción XVI. Coordinar las acciones de prevención y combate de incendios forestales, así como elaborar y aplicar el Programa Nacional de Prevención de Incendios Forestales, con la participación que corresponda a los Estados, Distrito Federal, Municipios y al Sistema Nacional de Protección Civil. En la sección 2. De las Atribuciones de los Estados y del Distrito Federal ARTICULO 13. Fracción XV. Llevar a cabo acciones de prevención, capacitación y combate de incendios forestales, en congruencia con el programa nacional respectivo.

21 ARTICULO 124. Los propietarios y poseedores de los terrenos forestales y preferentemente forestales y sus colindantes, quienes realicen el aprovechamiento de recursos forestales, la forestación o plantaciones forestales comerciales y reforestación, así como los prestadores de servicios técnicos forestales responsables de los mismos y los encargados de la administración de las áreas naturales protegidas, estarán obligados a ejecutar trabajos para prevenir, combatir y controlar incendios forestales, en los términos de las normas oficiales mexicanas aplicables. Asimismo, todas las autoridades y las empresas o personas relacionadas con la extracción, transporte y transformación, están obligadas a reportar a la Comisión la existencia de los conatos o incendios forestales que detecten. El fuego siempre ha estado presente en los ecosistemas de Coahuila y tiene un papel muy importante en la dinámica y en la conformación de los mismos. Sin embargo, al estar asociado a las actividades humanas y a fenómenos meteorológicos extremos, cómo: huracanes y sequías, en ocasiones se ha convertido en un factor de deterioro de las áreas forestales y amenaza para población que habitan en áreas boscosas.

22 Estadística REGISTRO DEL NÚMERO DE INCENDIOS 1998 AL 2014

23 PRINCIPALES CAUSAS DE INCENDIOS FORESTALES 2014. En el año 2014 el 89.02 por ciento de los incendios ocurridos en Coahuila se debieron a causas naturales por rayos.

24 NÚMERO DE INCENDIOS POR MUNICIPIO EN LA TEMPORADA 2014 Se anexa documento del Programa Estatal de Protección Contra Incendios Forestales 2014

25 Mapas Distribución de Incendios Forestales Históricos

26 Distribución de Brigadas Oficiales y Comunitarias para la atención de Incendios Forestales 1 2 3 5 13 6 4 8 10 7 9 12 11

27 CONSEJO FORESTAL ESTATAL SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA De acuerdo a la Ley Forestal de Coahuila (2006), el Consejo Estatal Forestal, es el órgano de carácter consultivo, de asesoramiento y concertación, en materia de planeación, supervisión, evaluación de las políticas y aprovechamiento, conservación y restauración de los recursos forestales. Además, en su artículo 89 menciona que en el Reglamento Interno del Consejo, se establecerán sus atribuciones y sus funciones. En él podrán participar representantes de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Estatal, de los municipios, ejidos, comunidades indígenas, pequeños propietarios, prestadores de servicios técnicos forestales, industriales y demás personas físicas o morales relacionadas e interesadas. En el artículo 17. El Consejo Estatal Forestal deberá intervenir en el seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere el capítulo III De la Coordinación Institucional.

28 Reuniones SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA Reuniones Ordinarías y Extraordinarias que se realicen.

29 Acuerdos SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA Uno de los rasgos que van a identificar a la humanidad en este siglo XXI es la repercusión que ejercen sobre nuestro entorno las elecciones que se realice sobre cualquier tema, no solo a nivel país, sino también a nivel internacional; esto obliga constantemente a las personas de manera individual y a las instituciones a generar acuerdos y convenios con diferentes objetivos que van desde la búsqueda de financiamiento hasta el intercambio de tecnología y capacitación, buscando siempre elevar la competitividad y permanencia en los diferentes mercados. Es responsabilidad de la CONAFOR coordinar y dar seguimiento al cumplimiento de los convenios y demás actos o acuerdos nacionales e internacionales que incluyan compromisos o proyectos sobre cooperación, comercio internacional y financiamiento en los que la institución tenga participación.

30 SISTEMA DE INFORMACIÓN FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA Registro Forestal Estatal REGISTRO FORESTAL

31 La visión del futuro es la de proteger, conservar y acrecentar de manera correcta el medio ambiente que nos rodea con especial atención en los recursos naturales, considerando el enorme impacto que estos tienen en la calidad de vida de todos. Por lo que el desarrollo forestal sustentable se considera un área prioritaria para el desarrollo nacional y por tanto tienen ese carácter las actividades públicas o privadas que se le relacionan. Estas actividades son consideradas en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la cual establece que será la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales quién establecerá, integrará, organizará y mantendrá actualizado el Registro Forestal Nacional; este es considerado por la Ley como otro de los instrumentos de la política nacional en materia forestal, debiendo integrarse al Sistema Nacional de Información Forestal.

32 Para la adecuada integración y actualización del Registro, se establecen en la Ley principios de coordinación con otras Instituciones del gobierno federal, de los gobiernos de los estados, el Distrito Federal o los municipios en su caso, a fin de que den parte de los actos que realicen y se relacionen con actividades forestales.

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34 LAS DEMÁS QUE SE CONSIDEREN ESTRATÉGICAS Normateca LEYES ESTATALES: LEY FORESTAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA LEY DE VIDA SILVESTRE PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA LEY DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA. LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

35 Normas Oficiales Mexicanas referentes al medio ambiente La emisión de estas normas corresponde; de acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), generándolas bajo los términos establecidos en la Ley Federal de Metrología y Normalización. Las normas oficiales mexicanas buscan de manera general regular, fomentar y fortalecer las actividades de producción y los procesos de aprovechamiento de los recursos forestales considerando el bienestar de la población y la conservación o restauración de los recursos forestales y de sus ecosistemas, así como otorgar certidumbre a largo plazo a la inversión, e inducir a los agentes económicos a asumir los costos de afectación forestal y ambiental que ocasionen. http://www.semarnat.gob.mx/leyes-y-normas/noms En la siguiente dirección web se encuentran todas la Normas Oficiales Mexicanas, en las que se encuentran también las de Protección de Flora y Fauna.

36 Publicaciones Forestales Publicaciones generadas por dependencias, instituciones, organizaciones o asociaciones de los ámbitos Estatal, Nacional e Internacional en materia forestal. Descargar Programa Estratégico Forestal para México 2025 Nacional Estatal Internacional Descargar Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales Descargar Tendencias y perspectivas del sector forestal en América Latina y el Caribe. Descargar Estudio de tendencias y perspectivas del sector forestal en América Latina al año 2020 - Informe Nacional México. Descargar Las mejores prácticas para fomentar la observancia de la ley en el sector forestal.

37 Investigaciones El Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal es un fideicomiso creado en 2002 entre la Comisión Nacional Forestal y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. El objeto del fondo es la realización de innovación, desarrollo tecnológico, investigación tecnológica y el fortalecimiento de la infraestructura que requiera el sector forestal. La operación del Fondo Sectorial se lleva a cabo a través de la Secretaría Técnica (CONACYT) y la Secretaría Administrativa (CONAFOR). Sin embargo, todas las actividades son reguladas y autorizadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo Sectorial, que es la autoridad máxima del Fondo. En esta página se encuentra la liga para descargar el Manual de Administración de Proyectos del Fondo, donde se puede encontrar toda la información referente al desarrollo de un proyecto de investigación apoyado por el Fondo CONAFOR-CONACYT. Descargar Manual de Administración de Proyectos del Fondo

38 .El sistema de control y seguimiento de proyectos de desarrollo, transferencia de tecnología e investigación tiene como objetivo poner al alcance del usuario información relacionada con los proyectos de investigación financiados por la CONAFOR y el Fondo Sectorial CONACYT-CONAFOR. En este sistema se incluye información relacionada con: Financiamiento para proyectos específicos y destino de los recursos a actividades de investigación, desarrollo, e innovación tecnológica. Transferencia de tecnología, difusión y divulgación de los productos de la investigación forestal. Intercambio científico y tecnológico entre los investigadores e instituciones académicas. El sistema incluye varios criterios de búsqueda con el fin de facilitar la consulta de los proyectos de información (temática, investigador, institución, tipo de financiamiento, año de inicio, disciplina forestal), permitiendo además la creación de reportes. Sistema de control y seguimiento de proyectos de desarrollo, transferencia de tecnología e investigación Sistema de Control y Seguimiento de Proyectos de Desarrollo, Transferencia de Tecnología e InvestigaciónSistema de Control y Seguimiento de Proyectos de Desarrollo, Transferencia de Tecnología e Investigación. Más Información en http://www.cnf.gob.mx/imasd/

39 Organizaciones La participación de los representantes de los sectores relacionados con la actividad forestal, constituyó la base para la creación de la nueva política de gestión forestal, como principio general para lograr políticas públicas eficaces que garanticen la sustentabilidad de los ecosistemas forestales de México e impulsen la participación y corresponsabilidad de los diferentes órdenes de gobierno y de la sociedad en general, plasmadas en el Programa Estratégico para México Forestal 2025. Éste tema obedece a brindar un servicio de identificación y acercamiento entre los diferentes actores del sector forestal, fomentando la coordinación interinstitucional en el manejo de los recursos forestales. Registrar Organización Instituciones Públicas/Organización gubernamental Asociación/ Organización Social Organización Internacional Sector Privado Empresa exportadora e importadora


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