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Instituto de Previsión Social ETAPA IV REFORMA PREVISIONAL PUNTAJE DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL JUNIO, 2010.

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Presentación del tema: "Instituto de Previsión Social ETAPA IV REFORMA PREVISIONAL PUNTAJE DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL JUNIO, 2010."— Transcripción de la presentación:

1 Instituto de Previsión Social ETAPA IV REFORMA PREVISIONAL PUNTAJE DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL JUNIO, 2010

2 Periodo de entrada en Vigencia PBS de vejez e invalidez PMAS Cobertura (Vulnerabilidad) 1 de Julio 2008$60.000$70.00040% 1 de Julio 2009$75.000$120.00045% 1 de Sept. 2009 $75.000$150.00050% 1 de Julio 2010$75.000$200.00055% 1 de Julio 2011$75.000$255.00060% ETAPAS DE IMPLEMENTACION DE REFORMA

3 Hasta el 30 de junio del 2010, el instrumento que permite focalizar a los beneficiarios es: - Ficha de Protección Social. (FPS), que se basa en la información auto reportada por el beneficiario. A partir de 01 de julio 2010 el medio de focalización será el: - Puntaje de Focalización Previsional. (PFP), que complementa la información auto reportada con Datos Administrativos aportados otras entidades. FOCALIZACION DE BENEFICIARIOS

4 PUNTAJE DE FOCALIZACIÓN PREVISIONAL (PFP) Es el puntaje resultante, de aplicar el Instrumento Técnico de Focalización, que permitirá evaluar el nivel de pobreza de la población para los efectos de asignar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias de la ley Nº 20255.

5 El Puntaje de Focalización Previsional (PFP) será calculado por el IPS utilizando la siguiente fórmula: PFP = (C.G.I. x (1 - P ) +Y x P ) + Y P ------------------------------------------ x F IN PFP= Puntaje de Focalización Previsional CGI= Capacidad Generadora de Ingresos P =Ponderador de los ingresos laborales del individuo de un grupo familiar Y=Ingresos laborales del Individuo YP= Ingresos por pensiones y de bienes de capital físico y financiero. IN= Índice de Necesidades Grupo Familiar. F= Factor de Transformación

6 El IPS obtendrá los componentes de la fórmula del PFP, a partir de las siguientes fuentes de información: i)Ministerio de Planificación (Mideplan): Entregará la capacidad generadora de ingresos de cada integrante del grupo familiar; el índice de necesidades básicas del grupo familiar; ingresos laborales de cada persona del grupo familiar como promedio mensual de los últimos 12 meses; ingresos por jubilaciones o pensiones con información administrativa o autoreportada; los ingresos por rentas de capital medidos como promedio mensual de los últimos 12 meses; fecha nacimiento cada integrante grupo familiar; genero para cada individuo; el identificador del grupo familiar RUN G.F. según el artículo 4° de la ley N° 20.255. Fuente de datos y procesamiento de información PFP

7 ii) Superintendencia de Pensiones: Entregará a) los registros administrativos contenidos en la Base de Datos de Afiliados, Cotizantes, Beneficiarios, Pensionados y Fallecidos, específicamente los sueldos laborales líquidos promedio mensual de los últimos 12 meses, para cada uno de los integrantes del grupo familiar; y b) las pensiones de vejez e invalidez en modalidad retiro programado y en renta vitalicia, promedio mensual de los últimos 12 meses, para cada integrante del grupo familiar. Fuente de datos y procesamiento de información PFP

8 iii) Servicio de Impuestos Internos (SII): Entregará información para obtener ingresos por concepto de honorarios y rentas del capital, ambos líquidos y promedio mensual del último año calendario disponible de las personas del grupo familiar, contenidos en el Formulario 22 de Declaración de Impuesto a la Renta y declaraciones Juradas respectivas Fuente de datos y procesamiento de información PFP

9 MODELO DE ATENCIÓN

10 El plazo definido para el proceso de concesión se medirá desde la obtención de esta información. Entre el 1° de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011 serán causales de rechazo de la recepción del beneficio: - No tener Ficha de Protección Social, o - Tener un puntaje de focalización previsional, mayor a los 1.100 puntos. Los solicitantes sin FPS se les deberá indicar que deben concurrir a la Municipalidad correspondiente a su domicilio a solicitar la aplicación de la Ficha de Protección Social. Los solicitantes que manifiesten su disconformidad con el puntaje de focalización previsional deberá indicárseles que deben solicitar una nueva aplicación de la Ficha de Protección Social. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES BENEFICIOS DEL PILAR SOLIDARIO- Proceso Julio 2010

11 Instituto de Previsión Social RECEPCIÓN DE SOLICITUDES BENEFICIOS DEL PILAR SOLIDARIO- Proceso Junio 2010 a)A contar del 1° de junio próximo, el IPS podrá recibir solicitudes de beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, que cumplan los requisitos de elegibilidad que entrarán en vigencia a contar del 1° de julio de 2010. - Las solicitudes se entenderán presentadas el 1º de julio de 2010 o a contar de la fecha de cumplimiento de los 65 años de edad, si el mes de julio de 2010 corresponde al mes de cumplimiento de dicha edad. b) El IPS deberá efectuar un proceso de notificación de la calidad de potencial beneficiario a los pensionados que se encuentren en tal situación, durante el proceso de pago de pensión del mes de junio de 2010. c) Deberá informar a las AFP, Compañías de Seguros y Mutualidades, aquellos potenciales beneficiarios cuya entidad pagadora de pensión corresponda a una de dichas Entidades, que se encuentran en esa situación a fin de que aquéllas procedan a notificarlos.

12 Instituto de Previsión Social RECEPCIÓN DE SOLICITUDES BENEFICIOS DEL PILAR SOLIDARIO - Proceso de Junio 2010 d) El IPS dentro de los 3 días hábiles siguientes de recepcionada la información de Mideplan, debe requerir al Servicio de Impuestos Internos y a Superintendencia de Pensiones, datos administrativos de ingresos de los potenciales beneficiarios y de los componentes del grupo familiar. e) El IPS deberá informar a Mideplan, antes del 18 de junio de 2010, aquellos potenciales beneficiarios con Pensión Base inferior o igual a $200.000 y superior a $150.000 que no cuentan con Ficha de Protección Social, a fin de solicitarle prioridad en la obtención de las respectivas fichas. Lo anterior previa validación de las correspondientes direcciones con las entidades pagadoras de pensión. f) El IPS deberá permitir el ingreso de solicitudes de personas con PFP sin datos administrativos. En estos casos dentro del proceso de concesión deberá considerar el requerimiento de la información pertinente al SII y a esta Superintendencia, implementando para ello un sistema de consulta mensual con dichos organismos.

13 Instituto de Previsión Social RECEPCIÓN DE SOLICITUDES BENEFICIOS DEL PILAR SOLIDARIO Proceso julio 2010 - El plazo definido para el proceso de concesión se medirá desde la obtención de esta información. g) Entre el 1° de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011 serán causales de rechazo de la recepción del beneficio: - No tener Ficha de Protección Social, o - Tener un puntaje de focalización previsional, mayor a los 1100 puntos. Los solicitantes sin FPS se les deberá indicar que deben concurrir a la Municipalidad correspondiente a su domicilio a solicitar la aplicación de la Ficha de Protección Social. Los solicitantes que manifiesten su disconformidad con el puntaje de focalización previsional deberá indicárseles que deben solicitar una nueva aplicación de la Ficha de Protección Social.

14 Instituto de Previsión Social RECEPCIÓN DE SOLICITUDES BENEFICIOS DEL PILAR SOLIDARIO Proceso julio 2010 En ambos casos, además se deberá informar que: -Los datos auto reportados de la FPS serán validados por el IPS con datos administrativos que en el futuro reciba (SII, SP) y, - Los beneficios indebidamente percibidos constituirán una deuda con el Fisco, la cual podrá ser descontada de las pensiones que reciba y que operarán las sanciones establecidas en el artículo 30 de la Ley Nº 20.255.

15 Recepción Anticipada Solicitudes APS Junio 2010 FLUJO ATENCION Instituto de Previsión Social

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17 FLUJO PROCEDIMIENTO DE ATENCION PRESENCIAL Instituto de Previsión Social

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19 Proceso de Toma de Solicitudes Pre Tramitadas de APS (Junio 2010) Se replicará procedimiento utilizado en Junio de 2009 para los Pensionados del DL 3500 e IPS que cumplan los requisitos de Pensión entre $150.000 y $ 200.000. Se distribuirán Solicitudes pre impresas con comprobante de recepción en pre picado en los Centros de Pago BBVA. En los Centros de Pago BBVA, debe haber a lo menos un representante del IPS, quien recibirá la solicitud firmada, entregará al pensionado un comprobante de la misma y diariamente las entregará, para que sean ingresadas al sistema de pre tramitadas el mismo día, en el Centro de Atención IPS correspondiente. En Julio se realizará el proceso de Concesión de las solicitudes ingresadas según procedimientos vigentes. Instituto de Previsión Social

20 ETAPA IV REFORMA PREVISIONAL Gracias Instituto de Previsión Social División Atención a Clientes


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