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Sonaly Berríos, Ricardo González, Sigfredo Faría y Maureen Collazo

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Presentación del tema: "Sonaly Berríos, Ricardo González, Sigfredo Faría y Maureen Collazo"— Transcripción de la presentación:

1 Sonaly Berríos, Ricardo González, Sigfredo Faría y Maureen Collazo
• Reglamento de Calificación ( Reg. #4) • Reglamento sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reg. #24) • Ley de Municipios Autónomos (Ley #81) Sonaly Berríos, Ricardo González, Sigfredo Faría y Maureen Collazo

2 UNIVERSIDAD METROPOLITANA RIO PIEDRAS, PUERTO RICO PROGRAMA GRADUADO
REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO (REGLAMETO DE PLANIFICACIÓN NUM 4) SONALY BERRIOS CRUZ MARZO, 2010

3 REFLEXIÓN VIDEO Salvémonos Juntos
Planificación= acciones llevadas a cabo para realizar planes y proyectos de diferente índole.

4 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Vigente el 11 de enero de 2009 Aprobado por la Junta de Planificación Adoptado al amparo y en armonía de : Ley #75 de 24 de junio de 1975 ; Ley Orgánica de la Junta De Planificación de Puerto Rico Ley # 170 de 12 de agosto de 1988; Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme Ley # 81 de 30 de agosto de 1991; Ley de Municipios autónomos , según enmendadas

5 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
TÓPICOS Alcance de reglamento Permisos Mapas de Calificación Zonas escolares Distritos de Calificación Disposiciones Especiales Estacionamientos

6 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Estaciones de Gasolina Casas de Hileras , Casas Patio , Casas de Apartamento y Marquesinas en Distritos residenciales seleccionados Proyectos que requieran consultas de ubicación Variaciones y excepciones

7 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
SECCIONES Tópico #1 Alcance del reglamento Definiciones Tópico #2 Requerimiento y expedición de permisos Tópico #3 Mapas de Calificación Tópico #4 Propósito y Disposiciones Generales Designación de Zonas Escolares Usos en Zonas Escolares

8 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #4 Ubicación y Diseño de Escuelas Tópico #5 Tipos de distrito de Calificación Distrito UR-Urbanizable Distrito R-1 – Residencial Intermedio Distrito R-A- Alta Densidad Distrito R- ZH- Residencial Zona Histórica Distrito R-CM- Residencial Comercial Mixto Distrito C-L- Comercial Liviano

9 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #5 Distrito C-I- Comercial Intermedio Distrito C-C- Centro Comercial Distrito RC-E- Recreación Comercial Extensa Distrito I-L- Industrial Liviano Distrito I-P- Industrial Pesado Distrito M- A mejorarse Distrito DT-G- Dotacional General Distrito DT-P- Dotacional Parque Distrito RT-I- Residencial Turístico Intermedio Distrito RT-A-Residencial Turístico De Alta

10 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #5 Distrito CT-L- Comercial Turístico Liviano Distrito CT-I- Comercial Turístico Intermedio Distrito A-P- Agrícola Productivo Distrito A-G – Agrícola general Distrito R-G- Rural General Distrito B-Q- Bosques Distrito C-R- Conservación de Recursos Distrito CR-C- Conservación de Cuencas Distrito CR-A- Conservación de Recursos Arqueológicos

11 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #5 Distrito S-H- Conservación y Restauración de Sitios Históricos Distrito DS- Desarrollo Selectivo Distrito DTS- Desarrollo Turístico Selectivo Distrito PP- Playas Públicas Distrito PR- Preservación de Recursos Distrito RE- Ruta Escénica

12 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico # 6 Casas en Hileras en Distritos R-I y RT-1 Casas Patio en Distritos R-I y RT-1 Casas de Apartamentos en Distritos R-1 y RT-1 Disposiciones Generales de Marquesinas en Distritos Residenciales Marquesina Dentro de uno de los Patios Laterales Requeridos en un Distrito Residencial Marquesina Dentro del otro Patio Lateral Requeridos en un Distrito Residencial Marquesinas Dentro del Patio Posterior Requerido en un solar de Esquina en Distrito Residencial

13 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #7 Torres , verjas y Portales Patios Interiores y Semi – Interiores Edificios y Usos Accesorios Tópico #8 Disposiciones Generales, Diseño y provisión de espacios para el Estacionamiento de Vehículos Tópico #9 Disposiciones Generales sobre Estaciones de Gasolina Estaciones de Gasolina en Distritos C-I, C-C,CT-I

14 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #9 Estaciones de Gasolina en Distritos I-I e I-P Estaciones de Gasolina en Distritos A-G , A-D y R-G Tópico #10 Consultas de Ubicación Cambios de Calificación Indirectos Desarrollo en áreas no calificadas Proyectos con características Especiales Proyectos cuya jurisdicción Exclusiva se Reservaron por Ley o por convenio para la Junta de Planificación Variaciones en Uso

15 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Tópico #11 Variaciones en Construcción Excepciones Tópico #12 Adopción y Vigencia

16 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
TÓPICO 1 ALCANCE PROPÓSITO Guiar y controlar el uso y desarrollo de los terrenos en Puerto Rico con el fin de contribuir a la seguridad, el orden , la convivencia , la solidez económica y el bienestar general de los futuros habitantes. APLICACIÓN A través de todo el Estado Libre Asociado A toda persona natural y jurídica, pública o privada y cualquier agrupación de ellas dentro de las áreas cubiertas por los mapas de calificación adoptadas al amparo de ésta Ley.

17 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
APLICACIÓN Siempre y cuando un Municipio Autónomo esté facultado y tenga jurisdicción podrá: Implantar aquellas Secciones que hacen referencia a la Junta de Planificación y a la Administración de reglamentos y permisos (ARPE) En coordinación con la Junta de Planificación y ARPE establecerá un mecanismo transitorio para atender todo proyecto que se presente para consideración durante la transferencia de jerarquías.

18 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN DE PUERTO RICO
Exclusiones Acciones de Terrenos en Propiedad del Gobierno en Reservas Federal TOPICO 2 PERMISO Reglamento requerirá que ARPE: Expida permisos de : Construcción Uso Deposito de material de relleno Temporeros Factores Salud , Seguridad, Orden, Economía , Concentración de Población

19 Datos Importantes • Tópico 3 Mapas de Calificación
Distrito solicitado tamaño máximo de propiedad Cambios de calificación Solicitud de Enmienda y Vista pública • Tópico 4 Zonas Escolares Ley #84 de 13 de julio de 1988 Ambiente seguro en los alrededores • Tópico 5 Distrito de Calificación • Descripción, Requisitos • Protección y conservación de recursos naturales

20 Datos Importantes Tópico 12
Se adopta al amparo y en armonía con las disposiciones de las Leyes indicadas en la subsección 1.02 Entrará en vigor a partir de los 30 días de su presentación en el Departamento de Estado Resolución 23 de diciembre de 2009

21 Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Ley #81 del 30 de agosto de 1991. Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales Maureen Collazo

22 Disposiciones de Ley Generales
Para adoptarla se dispuso sobre la Constitución, administración y funcionamiento del régimen de gobierno municipal. Proveer la modernización de sistemas y procedimientos de controles operacionales.

23 Disposiciones de Ley Generales
Ampliar el ámbito de facultades y funciones del municipio, transferibles las competencias de planificación y reglamentos de territorios y otras competencias del gobierno central. Reorganizar la comisión para ventilar querellas municipales. Creación de la oficina del comisionado de asuntos municipales.

24 Objetivos fundamentales Ley #81
Proveer poder de los servicios básicos y esenciales que estaban bajo el gobierno central y aminorar la carga. Por lo tanto, con esta ley se propuso en los municipios, ya que estos son la estructura socio-política más cercana hacia los habitantes y sus necesidades. Otorgar a los municipios la capacidad fiscal necesaria para continuar desempeñando tareas del gobierno central en cada municipalidad. Presentando una nueva política pública en Puerto Rico.

25 Política Pública-ordenación territorial
Establece que los suelos de PR son limitados y con la Constitución de PR (ELA) propicia un juicio y aprovechamiento óptimo del territorio para asegurar el mismo para las próximas generaciones. El proceso de ordenamiento territorial se realizó mediante planos de ordenamiento, tomando en cuenta las disposiciones de transformación de suelos urbanizable e incluyendo la conservación y protección.

26 Política Pública-ordenación territorial
Con la aprobación de la Ley 81 se transfieren a los municipios algunas de las competencias de la Junta de Planificación y Administración de Reglamentos y Permisos.

27 Planes de ordenación Son compatibles con las leyes, política pública y reglamentos del gobierno central. Los municipios no aprobarán desarrollos que puedan delimitar o impedir el libre acceso del público a las costas o playas o para el disfrute privado. 1- territorial =Dividir el suelo municipal en 3 categorías básicas: Suelo urbano Suelo rústico Suelo Urbanizable 2-ensanche = establecer directrices urbanas y planteamiento detallado para el suelo urbanizable. 3-area = ordenan el uso del suelo de áreas que requieran atención especial. Hay tres tipos de planes de ordenamiento:

28 Transferencias de Facultades
Una vez el municipio presenta su plan de ordenamiento complementario con la política pública, se solicita al gobernador la transferencias de las facultades: Junta de Planificación Administración de Permisos Ordenamiento territorial Querellas Autorizaciones y Permisos.

29 Transferencias de Facultades
La Oficina de Ordenación Territorial será dirigida por un Director nombrado por el alcalde y confirmado por la Legislatura Municipal. Dicho Director será un profesional competente en asuntos relacionados con la ordenación del territorio. El municipio revisará su organigrama administrativo para ubicar estas oficinas y coordinar su funcionamiento con otras oficinas de planificación, existentes o de futura creación.

30 Disposiciones bajo la Ley 170
Ley de procesamiento administrativo uniforme 12 de agosto de 1988. Las transferencias son otorgadas por etapas secuenciales, y una vez transferida una jerarquía se transfiere el proceso completo de evaluación, excepto por aquellas facultades reservadas por las agencias públicas. Una vez un municipio otorga una autorización o permiso de construcción, también otorgará el permiso de uso para dicha construcción.

31 Jerarquías I al V Jerarquía I
Permiso de uso para estructuras o solares existentes aquel permiso que se otorga a estructuras o solares que habían sido ocupados anteriormente. Jerarquía II Autorizaciones anteproyectos de permisos de construcción y de uso, todos éstos, en suelo urbano o urbanizable: Consideración de proyectos cuya área de construcción sea menor de mil (1,000) metros cuadrados, cuya altura no exceda cuatro (4) plantas.

32 Jerarquías I al V Jerarquía III
Consideración de proyectos cuya área de construcción sea menor de dos mil quinientos (2,500) metros cuadrados, cuya altura no exceda cuatro (4) plantas, y que esté conforme a la reglamentación. Jerarquía IV Consideración de proyectos cuya área de construcción sea menor de cinco mil (5,000) metros cuadrados, cuya altura no exceda cuatro (4) plantas, y que esté conforme a la reglamentación vigente sobre uso e intensidad.

33 Jerarquías I al V Jerarquía V
Estas facultades del municipio se aseguran al momento de emitir una autorización o permiso que está disponible la infraestructura necesaria para servir el proyecto o que se ha identificado la forma efectiva y viable de mitigar los efectos del proyecto en la infraestructura previo a que el proyecto esté listo para recibir un permiso de uso. Un municipio no podrá otorgar un permiso de uso si no hay la infraestructura disponible.

34 Municipios autónomos Jerarquía III Cidra Aguadilla Cabo Rojo
Jerarquía V San Juan Guaynabo Bayamón Carolina Caguas Humacao Ponce

35 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Ricardo González y Sigfredo E. Faría

36 Agencia Que Lo Propuso: Adoptada o Sometida: Tomo Vigencia:
Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades. (Reglamento de Planificación # 24) Agencia Que Lo Propuso: Adoptada o Sometida: Tomo Vigencia: Junta de Planificación 20 de enero de 1994 20 de mayo de 1994

37 Sometido Bajo La Ley Ley # 81 de 30 de agosto de 1991
Ley de Municipios Autónomos Dispone a los municipios de Puerto Rico adoptar planes de Ordenación para disponer el uso del suelo dentro de sus límites territoriales y promover el bienestar social y económico de la población. Esta Ley autoriza al Gobierno Central a transfeir a los municipios autónomos poderes y facultades para que estos funcionen democráticamente y se hagan a cargo de las aspiraciones y necesidades municipales. Provee ls herramientas financieras para que el municipio asuma su rol de desarrollo urbano, social y económico.

38 Sometido Bajo La Ley Ley # 75 de 24 de junio de 1975
Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico. Establece la facultad de la Junta para solicitar información y la facultad de imponer multas administrativas a las personas que incumplan con las dispociciones de su ley habilitadora o sus reglamentos. Esto ocurre para fortalecer los poderes de la Junta y asegurar el cumplimiento de la Política Pública que persigue promover el desarrollo integral de Puerto Rico.

39 Sometido Bajo La Ley Ley # 170 de 12 de agosto de 1988
Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme Esta ley dispone alertaruna solución informal para resolver las controvercias administrativas de manera que resulte inecesaria la solución formal de los asuntos sometidos ante la agencia. Es creada para garantizar que los procedimientos administrativos se efectúen en forma rápida, justa y económica y que se asegure de una solución equitativa en los casos bajo la consideración de la agencia.

40 Propósito de la Enmienda
Establecer los procedimientos, estrategias y dispociciónes a seguirse para la forma y contenido de los distintos planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración del suelo urbano a las jerarquías de facultades de ordenación territorial. El reglamento dispone los procedimientos para la elaboración y revisión de los tres tipos de Planes de Ordenación: Plan Territorial Plan de Ensanche Plan de Area

41 Plan Territorial Dispone para que el proceso de ordenación del territorio, cuando se desarrolle a nivel del municipio, se realice mediante Planes de Ordenación que contengan las estrategias y disposiciones para el manejo del suelo urbano; la transformación del suelo urbanizable en suelo urbano de forma funcional, estética y compacta; y la conservación, protección, y utilización del suelo rústico. Todo Plan Territorial requerirá un Plan de Area para ordenar el uso del suelo de Areas que requieran atención especial y programar los proyectos de rehabilitación en el centro urbano. 

42 Plan de Ensache Se define como la manera particular, de forma planificada, la distribución, localización, extensión e intensidad de los usos del suelo sobre un terreno urbano o área dada.

43 Plan de Area Aquel Plan de Area adoptado bajo un Plan de Ordenación Territorial para el centro urbano. Requerirá: Documento de inventario, diagnóstico y recomendaciones y una enunciación de las metas y objetivos del Plan. El programa de obras para lograr las metas y objetivos, incluyendo obligatoriamente en el caso de los planes de Area para los centros urbanos y opcionalmente, respecto a los otros planes de Area, un Programa de Proyectos de Inversión certificados por las agencias públicas correspondientes. Preparación de Reglamentos y Planos de Ordenación. 

44 Propósito de la Enmienda
Todo esto con el fin de promover el bienestar social y económico de la población.

45 Alcance del Reglamento
Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Alcance del Reglamento •Instruye sobre la manera en que se implantan y se ejecutan los planes de ordenación municipal • Instruye sobre la manera en que manejan las facultades de la JP y ARPE transferidas a los municipios

46 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Implantación y ejecución de los planes de ordenación municipal • Reconoce al Municipio como la entidad gubernamental más conocedora sobre las necesidades y aspiraciones de la ciudadania • Crea las Juntas de Comunidad • Crea las Oficinas de Odenamiento Territorial

47 Implantación y ejecución de los planes de ordenación municipal
Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Implantación y ejecución de los planes de ordenación municipal • Viabiliza la creación de consorcios • Armoniza planes y aspiraciones locales con los planes generales, regionales y colindantes Fomenta la densificación de los sectores urbanos y desalienta la creación de nuevos suburbios • Fomenta el uso de espacios públicos para esparcimiento y servicio al peatón •Fomenta la transportación colectiva

48 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Implantación y ejecución de los planes de ordenación municipal • Establece las categorias básicas de clasificación de suelo: Suelo Urbano Suelo Urbanizable (Programado / No programado) Suelo Rústico (Rústico común / Rústico especialmente protegido)

49 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24)

50 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24)

51 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Manejo de las facultades de la JP y ARPE transferidas a los municipios Establece sistema de jerarquias ( 1 – 5 ) Establece alcance y limitaciones de la transferencia Establece oficina de permisos Establece reservas de facultades (Variaciones de uso e intensidad) (Proyectos industriales) (Proyectos privados de impacto regional)

52 Reglamento Sobre los Planes de Ordenación Municipal y la Transferencia y Administración de Facultades (Reglamento de Planificación # 24) Proyectos de impacto regional: •Centros comerciales •Hospederias de tipo turístico •Proyectos de recreación extensos – hipódromos, velódromos, galleras, cines al aire libre ect. •Instituciones docentes – Nivel univversitario o postsecundario •Hospitales u otras facilidades de salud •Puertos, aeropuesrtos y helipuertos •Proyectos especiales municipales y de las agencias públicas

53 ¿Preguntas?


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