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«COMPETENCIA ECONOMICA» @mfbernes

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Presentación del tema: "«COMPETENCIA ECONOMICA» @mfbernes "— Transcripción de la presentación:

1 DIPLOMADO DERECHO DE LAS TELECOMUNICACIONES Política de competencia Miguel Flores Bernés* Mayo, 2013
«COMPETENCIA ECONOMICA» @mfbernes *El contenido de esta presentación sólo refleja el punto de vista del ponente, no el de la CFC.

2 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
1.- Situación del sector de las telecomunicaciones y estructura de mercados. 2.- Facultades de la Comisión Federal de Competencia. 3.- Mercado relevante y Poder Sustancial de Mercado. 4.- Concentraciones. 5.- Prácticas monopólicas (Absolutas y Relativas). 6.- Casos de Dominancia en Telecomunicaciones. 7.- Participación en Licitaciones. 8.- Las reformas a la LFCE y los retos en el sector.

3 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
1. Situación del sector de las telecomunicaciones y estructura de mercados.

4 “Los servicios de telecomunicaciones en México son caros y poco efectivos; (…) tarifas elevadas y no hay competencia. (…) De los 30 países que integran la OCDE, México es el país con más baja penetración en banda ancha y con mayor costo en este servicio (…) No existe competencia y hay que resolverlo, (…) las autoridades deben buscar la forma de generar mayores condiciones de competencia”. “El problema de fondo en la industria de las telecomunicaciones en México es la falta de competencia, lo que implica precios altos y un servicio limitado a pocos sectores de la población USTR: “Hay incapacidad de los reguladores mexicanos de consolidar áreas telefónicas regionales.. The World Bank

5 UNAM: “México registra el índice de concentración de los medios más altos del mundo”.
“Mientras que a nivel mundial las tarifas de los servicios de telecomunicaciones bajaron, en promedio, 80%; en México se redujeron 40 % (…) somos un país de baja calidad de servicio en todo y más en telecomunicaciones, en este sector el usuario vive en la indefinición porque mientras habla como potencial cliente lo tratan muy bien pero una vez que soltó el dinero cae en la indefensión (…) Tenemos niveles tarifarios muy altos, por lo que México registra una baja menor  en los precios con relación a otros países de América Latina e incluso de Europa Más de 70% de las quejas que recibe y la conciliaciones que realiza pertenecen al sector de las telecomunicaciones; por encima del inmobiliario y electricidad.

6 Interdependencia de agentes económicos que afectan el precio de un producto al manipular el abasto
Vendedor único que controla el mercado y para el cual no existe substituto. Oligopolio Monopolio Competencia perfecta Cartel Abuso de Dominancia Grupo de empresas que producen productos similares y se coluden para incrementar precios y restringir el abasto Productos homogéneos Información perfecta Tomadores de precios Inexistencia de costos de transacción Ausencia de externalidades Libre entrada y salida del mercado Divisibilidad perfecta del abasto Una empresa que, con posición dominante en el mercado, comete diferentes prácticas abusivas con el objeto de proteger o mantener su posición en dicho mercado

7 ¿Cómo funciona un monopolio?
$ Transferencia de riqueza a favor del monopolista 1 4 Pm 2 Pérdida de bienestar (Deadweight Loss) 5 6 Pc IM D Q Qm Qc Pm=Precio monopolio Qm=Cantidad monopolio IM=Ingreso marginal Pc=Precio competencia Qc=Cantidad competencia

8 ¿Porqué es malo el monopolio?
1. Perdida de bienestar Genera un precio artificial supra-competitivo que impedirá que ciertos compradores compren el producto Mayor costo para la sociedad al tener que producir otro bien sustituto, como una segunda opción Clara transferencia de riqueza al monopolista Perdida de oportunidad 2. Mantenimiento de rentas 3. Evita la existencia de otros competidores El monopolista destinará parte de sus ganancias para conservar su poder y no para producir más, para ser más eficiente o para mejorar el producto. El monopolista canalizará recursos para excluir competidores potenciales y éstos mejor optarán por evitar participar en el mercado.

9 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
2. Facultades de la Comisión Federal de Competencia.

10 Ley Federal de Competencia Económica
Ley reglamentaria del artículo 28 constitucional Objetivo: Proteger el proceso de competencia y libre concurrencia mediante la prevención y eliminación de: Monopolios Practicas monopólicas Demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios

11 1. Sancionar prácticas monopólicas
Son acuerdos entre competidores (conocidos como carteles) que tienen como objetivo: Fijar precios Dividir mercados Coordinar posturas en licitaciones Restringir el abasto Intercambiar información para manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios ABSOLUTAS 1. Sancionar prácticas monopólicas Prácticas comerciales nocivas para la competencia ejercidas por un competidor con poder sustancial. Segmentación de mercado Fijación de precio de reventa Exclusivas Ventas atadas Boicot Depredación de precios Subsidios cruzados Discriminación de precios Denegación de trato Elevación de costo a rivales RELATIVAS

12 3. Medidas de protección a la competencia
Evitar concentraciones cuyo objeto o efecto sea disminuir, dañar o impedir la competencia y libre concurrencia. 2. Autorizar concentraciones concesiones. 3. Medidas de protección a la competencia licitaciones ajustes a programas y políticas, consultas de agentes económicos 4. Opiniones iniciativas de leyes y anteproyectos de reglamentos y decretos Previo a la determinación de un precio oficial, la CFC debe emitir una declaratoria en el sentido de que no existe competencia efectiva en el mercado de que se trate. 5. Emitir declaratorias

13 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
3 Mercado relevante y poder sustancial de mercado

14 Mercado relevante y poder sustancial de mercado
Conceptos básicos para identificar problemas de competencia en casos relativos a: Concentraciones. Prácticas monopólicas relativas (abuso de dominancia). Declaración de ausencia de competencia efectiva y de existencia de dominancia.

15 Mercado Relevante Producto o Servicio Relevante: Se buscan los sustitutos en razón de si dan disciplina de precios; si cuando sube precio de A la gente compra B, B es sustituto de A y el mercado es A + B. Se toma en cuenta precio, calidad, uso, tiempo requerido, restricciones impuestas por empresas, restricciones normativas. Se analiza sustitución por parte de la demanda (consumidor) y de la oferta (proveedores que pueden surtir cambiando producción). Área geográfica: Se determina tomando en cuenta los costos (de distribución, transporte, pagos de aranceles, cuotas, seguros) para determinar de dónde puede venir el abasto, o si los consumidores pueden desplazarse para buscar proveedores.

16 El Poder Sustancial Teoría:
Capacidad de una empresa para mantener o incrementar precios, de manera rentable, por encima del nivel competitivo durante un periodo de tiempo significativo. Ley: a.- Tenga capacidad de un agente económico para fijar precios unilateralmente o restringir el abasto en el mercado relevante sin que los agentes competidores (y los compradores) puedan, actual o potencialmente, contrarrestar dicho poder.

17 b.- La existencia de barreras a la entrada y el poder de sus competidores y compradores;
Costos financieros (canales alternativos, financiamiento, tecnología, canales de distribución) Costos hundidos Autorizaciones gubernamentales (concesiones, licencias, permisos) Restricciones normativas y subsidios Acceso a importaciones y costos de internación c.- La existencia y poder de sus competidores (% mercado y rivalidad); d.- Posibilidades de acceso a fuentes de insumos; e.- Comportamiento reciente; y f.- Grado de posicionamiento de los bienes, falta de acceso a importaciones, costos altos para acudir a otros mercados.

18 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
4. Concentraciones.

19 ¿Qué es una concentración para efectos de la LFCE?
Se entiende por concentración la fusión, adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se concentren sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos.

20 ¿Cuándo debe notificarse una concentración ante la CFC? (umbrales)
I. Cuando el acto o sucesión de actos impliquen un monto superior al equivalente a $1 076, 760, (18 millones de veces el SMGVDF); II. Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen, impliquen la acumulación del 35% o más de los activos o acciones de un agente económico, cuyos activos anuales en México importen más del equivalente a $1´076, 760, (18 millones de veces el SMGVDF); o III. Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen impliquen una acumulación en México de activos o capital social superior a $502,488, (8.4 millones de veces el SMGVDF) y participen agentes económicos cuyos activos o volumen de ventas anuales sumen $2´871,360, (48 millones de veces el SMGVDF).

21 ¿En qué casos las CFC puede impugnar (no autorizar) y sancionar una concentración?
Cuando el objeto o efecto de la concentración sea disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia… Confiera o pueda conferir a los agentes económicos involucrados poder sustancial; Tenga o pueda tener por objeto indebidamente desplazar a competidores, o impedirles el acceso al mercado relevante; y Tenga por objeto o efecto facilitar sustancialmente a los participantes en dicho acto o tentativa el ejercicio de las prácticas monopólicas a que se refiere el capítulo segundo de esta ley. Es posible ordenar la no ejecución de la concentración hasta que no se emita resolución favorable.

22 ¿Qué elementos debe considerar la CFC para determinar si una concentración debe ser impugnada y sancionada? El mercado relevante. La identificación de los agentes económicos que abastecen el mercado relevante y su grado de concentración (índice Herfindahl). Los efectos en competidores y adquirentes del bien o servicio, así como en otros mercados y agentes económicos relacionados. La participación de los involucrados en la concentración en otros agentes económicos . Las ganancias en eficiencia.

23 ¿Qué son las ganancias en eficiencia?
Demostrar que los beneficios al bienestar del consumidor serán mayores que los efectos anticompetitivos de la concentración. Ejemplos: Ahorros en recursos que permitan producir la misma cantidad del bien a menor costo. Economías de escala. La disminución de gastos administrativos. La transferencia de tecnología de producción o conocimiento de mercado. La disminución del costo de producción o comercialización derivada de la expansión de una red de infraestructura o distribución.

24 ¿Qué medidas puede adoptar la CFC si determina que la concentración disminuye, daña o impide la competencia? Sujetar la realización de la concentración al cumplimiento de condiciones. Ordenar la desconcentración parcial o total de lo que se hubiera concentrado indebidamente, la terminación del control o la supresión de los actos.

25 ¿Qué tipo de condiciones puede imponer la CFC?
Deben estar vinculados con el daño previsto. Pueden consistir en: Llevar a cabo una determinada conducta, o abstenerse de realizarla; Enajenar a terceros determinados activos, derechos, partes sociales o acciones; Eliminar una determinada línea de producción; Modificar o eliminar términos o condiciones de los actos que pretendan celebrar; y Fomentar la participación de los competidores en el mercado, así como dar acceso o vender bienes o servicios a éstos.

26 ¿Qué concentraciones no son susceptibles de ser investigadas?
Concentraciones que hayan obtenido resolución favorable (excepto si se resolvieron con base en información falsa o bien cuando la resolución haya quedado sujeta a condiciones posteriores y éstas no se hayan cumplido). Concentraciones que no requieran ser previamente notificadas, una vez transcurrido un año de su realización.

27 Concentraciones relevantes recientes en el sector:
Televisa-Nextel. Televisa-Cablemás/Vasco de Quiroga. (sanción por incumplimiento a condiciones) América Móvil-Telcel. Televisa-Iusacell.

28 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
5. Prácticas monopólicas (Absolutas y Relativas).

29 1. Sancionar prácticas monopólicas
Son acuerdos entre competidores (conocidos como carteles) que tienen como objetivo: Fijar precios Dividir mercados Coordinar posturas en licitaciones Restringir el abasto Intercambiar información para manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios ABSOLUTAS 1. Sancionar prácticas monopólicas Prácticas comerciales nocivas para la competencia ejercidas por un competidor con poder sustancial. Segmentación de mercado Fijación de precio de reventa Exclusivas Ventas atadas Boicot Depredación de precios Subsidios cruzados Discriminación de precios Denegación de trato Elevación de costo a rivales RELATIVAS

30 Las PMA son acuerdos entre competidores que tienen por objeto o efecto:
Fijar precios. Restringir abasto. Segmentar mercados. Acordar posturas en licitaciones. Este tipo de prácticas se castigan per se, ya que por sí solas generan efectos contrarios a la competencia, sin que sea necesario analizar sus posibles efectos competitivos, al no derivar en beneficios al consumidor. Las reformas de mayo 2011 han incorporado un 254 bis al Código Penal Federal que homologa la tipificación penal con la administrativa.

31 en telecomunicaciones:
Casos de PMA en telecomunicaciones: PCTV. Se previene en licitaciones (20 y 21) de espectro y fibra oscura (bases de licitación).

32 Casos de PMA en telecomunicaciones
Investigaciones abiertas actualmente. 1. Servicios de televisión restringida. PMA investigada: División de Mercado. 2. Servicios de triple play. PMA investigada: División de Mercado y Fijación de precio. 3. Servicios de telefonía móvil en territorio nacional. PMA investigada: Intercambio de información (Directorios Cruzados)

33 Segmentación de mercado por territorio o clientes.
Las PMR son sancionadas siempre y cuando se realicen por agentes económicos con poder sustancial de mercado y cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedirles sustancialmente su acceso, o establecer ventajas exclusivas, sin que se acrediten ganancias en eficiencia: Segmentación de mercado por territorio o clientes. Fijación de precio de reventa. Exclusivas. Ventas atadas. Boicot. Depredación de precios. Subsidios cruzados. Discriminación de precios. Denegación de trato. Elevación de costo a rivales.

34 Casos de PMR en telecomunicaciones. (1)
Resueltos: Venta atada. Agente económico: Telmex. Mercado relevante: prestación del servicio de larga distancia nacional a través de teléfonos públicos (2000). Negativa de trato. Mercados relevantes: servicios de telefonía celular, servicios de acceso telefonía local básica y servicios de telefonía de larga distancia nacional e internacional (2001). Agente económico: Televisa. Mercado relevante: comercialización al mayoreo de señales de televisión abierta para su transmisión en sistemas de televisión restringida, con una dimensión geográfica nacional (2010).

35 Casos de PMR en telecomunicaciones. (1)
Resueltos: Negativa de trato Agente económico: Telmex Mercados relevantes: negativa de interconexion por tener capital español a empresa de Telefónica Multa: Telmex con $91,400,000.00 Negativa de trato (discriminación de precios y elevación de costos a rivales). Agente económico: Telmex-Telnor. Mercados relevantes: Servicios mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales y de larga distancia nacional. Multa: Telmex con $638’129,783.44; y a Telnor con $19’267, (2013).

36 Casos de PMR en telecomunicaciones. (2)
Resueltos: Subsidios cruzados. Agente económico: Telmex-Telcel. Mercados relevantes: servicios de telefonía celular, servicios de acceso telefonía local básica y servicios de telefonía de larga distancia nacional e internacional (2001). Discriminación de precios. Agente económico: Telmex. Mercados relevantes: servicios de acceso a la red local de telefonía fija, los servicios de telefonía fija de larga distancia nacional y los servicios de telefonía fija de larga distancia internacional (2002). Elevación de costo a rivales. Agente económico: Telcel. Mercados relevantes: servicios de interconexión para terminación de llamadas en la red de telefonía móvil de Telcel (2011) Multa más alta aplicada por la CFC en su historia.

37 Casos de PMR en telecomunicaciones. (3)
Resueltos: Elevación de costo a rivales. Agente económico: Telefónica. Mercados relevantes: Servicios de interconexión en redes móviles (2012). (Cierre de expediente)

38 Casos de PMR en telecomunicaciones
Investigaciones abiertas actualmente (1) 1. Servicios de interconexión en redes fijas. PMR investigada: negativa de trato. 2. Servicios de transporte interurbano para tráfico conmutado de larga distancia. PMR investigada: discriminación de precios y elevación de costo a rivales. 3. Servicios de interconexión. PMR investigada: elevación de costos a rivales. 4. Servicios de interconexión. PMR investigada: negativa de trato, boicot y elevación de costo rivales. 5. Servicios de interconexión. PMR investigada: negativa de trato, discriminación y elevación de costos a rivales.

39 Casos de PMR en telecomunicaciones
Investigaciones abiertas actualmente (2) 6. Ventas de espacios de publicidad en televisión abierta, restringida y otros medios de comunicación audiovisual, y comercialización de contenidos para tv restringida. PMR investigada: exclusividades, venta condicionada, negativa de trato, subsidios cruzados, discriminación, elevación de costos a rivales. 7. Servicios de interconexión en terminación de llamadas en teléfonos móviles. PMR investigada: negativa de trato, discriminación de precios y elevación de costo a rivales. 8. Servicios mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales y de larga distancia nacional.

40 Casos de PMR en telecomunicaciones
Investigaciones abiertas actualmente (2) 9. Venta espacios de publicidad en televisión abierta, restringida y otros medios de comunicación y comercialización de contenidos para tv restringida. PMR investigada: venta atada, boicot, discriminación de precios y elevación de costos. 10. Comercialización de contenidos de televisión. PMR investigada: negativa de trato y elevación de costo a rivales.

41 Procedimiento seguido en forma de juicio
Denuncia PMR y CP el afectado, PMA cualquiera. Denuncia se admite o desecha por notoria improcedencia. Acuerdo SE Publicación extracto 30≤periodo≥120 (4 veces por 120 días) 60 sin actuación procede el cierre Acuerdo de conclusión Requerimientos, visitas, comparecencias Pleno Continuar con procedimiento OPR: -sujeto -hechos -pruebas -violación 60 días 30 días contestar (pruebas) Admisión o desechamiento pruebas, Desahogo pruebas 20 días Alegatos y pruebas para mejor proveer 40 días Integración Expediente Resolución del Pleno Recurso Reconsideración Resolución sobre el RA Si la denuncia es desechada, los promoventes pueden interponer recurso de reconsideración Procedimiento Investigación Procedimiento seguido en forma de juicio Etapa impugnativa Medidas cautelares Juicio ordinario administrativo (Juez de Distrito) 30 días 10 días Audiencia ante el Pleno

42 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
6. Casos de dominancia en telecomunicaciones.

43 Antecedentes de dominancia
En 1998, la CFC emitió declaratoria resolviendo que Telmex tenía poder sustancial en los mercados relevantes de: servicios de telefonía básica local, de acceso, larga distancia nacional, transporte interurbano, y larga distancia internacional. Sin embargo, sentencias emitidas por el Poder Judicial dejaron insubsistentes las determinaciones de la CFC.

44 Procedimiento para determinar condiciones de competencia efectiva, o existencia de poder sustancial (artículo 33-bis de la LFCE) Puede iniciarse de oficio o a petición de parte, pero debe establecerse expresamente en la legislación y la autoridad tiene que motivar la necesidad de la resolución. Debe determinarse el mercado relevante y el poder sustancial. Periodo de investigación de 45 días (prorrogable por una sola vez). Concluida la investigación y si existen elementos se emite un Dictamen Preliminar (DOF). Agentes económicos con interés pueden presentar manifestaciones y ofrecer elementos de convicción. Integrado el expediente, se emite una resolución final (DOF) en un plazo no mayor a 30 días (prorrogable una vez por un periodo igual).

45 LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (LFT)
El artículo 63 de la LFT establece que la SCT estará facultada para establecer al concesionario de redes públicas de telecomunicaciones, que tenga poder sustancial en el mercado relevante de acuerdo a la LFCE, obligaciones específicas relacionadas con tarifas, calidad de servicio e información.

46 Aspectos a considerar al definir mercados relevantes en telecomunicaciones
Consideración de los criterios del artículo 12 de la LFCE. Mercados complejos y dinámicos. Identificar las diversas relaciones entre los operadores de RPT’s y sus efectos en la prestación de los servicios a los usuarios finales. Experiencia internacional. Analizar si el mercado de un determinado servicio es realmente competitivo en una zona geográfica en específico (nacional, regional, local).

47 1. DECLARATORIA DC Mercado relevante: servicios de arrendamiento de líneas o circuitos de transmisión dedicados de larga distancia y locales El 25 de julio de 2009, la CFC emitió resolución final, en la que se sostuvo que Telmex y Telnor tienen poder sustancial de mercado: en las localidades en que efectivamente prestan los servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales. en las rutas en que efectivamente prestan los servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados de LDN. en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de larga distancia internacional. en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de interconexión.

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51 2. Declaratoria DC Mercado relevante: servicios de terminación de tráfico público conmutado de voz proporcionado a concesionarios de servicios locales y de larga distancia, por redes públicas de telecomunicaciones que prestan servicios locales fijos. Resolución: El 22 de octubre de 2009 la CFC resolvió que Telmex y Telnor tienen poder sustancial en el mercado relevante en el ámbito geográfico de sus redes fijas prestados a los demas concesionarios del servicio local y a los concesionarios de larga distancia. (25 de agosto de 2011 se resolvió el RA y se confirmó la dominancia): No existen elementos para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado relevante por parte de Axtel, Avantel, Alestra, Maxcom, Marcatel, Protel, Bestphoine, Cablevisión, Megacable, entre otros.

52 DC Las funciones de originación y terminación de una llamada originada en la red de un Concesionario SLF pero terminada en la RPT de otro Concesionario SLF se ilustra de manera simplificada en los siguientes dos diagramas:

53 DC

54 DC Los servicios de terminación prestados por los concesionarios de servicio local fijo a los de larga distancia se resumen así:

55 3. Declaratoria DC Mercado relevante: servicios de originación de tráfico público conmutado de voz, mediante redes públicas de telecomunicaciones que prestan el servicio local fijo El 1 de octubre de 2009, la CFC emitió resolución final, determinando que Telmex y Telnor tienen poder sustancial en el mercado relevante. (10 de julio de 2012 se resolvió el RA y se confirmó la dominancia):

56 DC Los servicios de originación prestados por los concesionarios de servicio local fijo a los de larga distancia se resumen así:

57 4. DECLARATORIA DC Mercado relevante: servicios de tránsito local de tráfico conmutado de voz, mediante redes públicas de telecomunicaciones que prestan el servicio local fijo. El 25 de junio de 2009, la CFC emitió resolución final (El 22 de mayo de 2012 se resolvió el RA y se confirmó la dominancia): 1. Telmex tiene poder sustancial en 184 mercados relevantes de servicio de tránsito local de voz mediante sus redes locales fijas, correspondientes a cada una de las 184 ASL donde presta dicho servicio. 2. Telmex y Telnor tienen poder sustancial en 7 mercados relevantes de servicio de tránsito local de voz mediante sus redes locales fijas, correspondientes a las 7 ASL donde prestan dicho servicio.

58 DC-05-2007 Mercado Resolució n
El servicio de tránsito local se ilustra a continuación: Mercado Resolució n

59 5. DECLARATORIA DC Mercado relevante: Servicios a concesionarios de RPT's, consistentes en la terminación de tráfico público conmutado en las redes públicas de telecomunicaciones de concesionarios del servicio local móvil, previstos para efectos de la modalidad el que llama paga y el que llama paga nacional. Radiomóvil Dipsa, Iusacell, Pegaso tienen poder sustancial en el mercado relevante. El 06 de junio de 2008, la CFC emitió resolución final, resolviendo que TELCEL tiene poder sustancial en el mercado relevante. (14 de marzo de 2012 se resolvió el RA y se confirmó la dominancia).

60 6. DECLARATORIA DC Mercado relevante: servicios de telefonía móvil a nivel nacional, comprendiendo el servicio de voz y datos que son ofrecidos por los concesionarios de radiotelefonía móvil con tecnología celular, el de acceso inalámbrico móvil, así como los concesionarios que ofrecen el servicio de trunking digital. El 21 de enero de 2010, la CFC emitió resolución final, resolviendo que TELCEL tiene poder sustancial en el mercado relevante. (28 de febrero de 2013 se resolvió el RA y se confirmó la dominancia).

61 VOTO PARTICULAR MFB En México, los servicios de telefonía móvil se dividen en dos mercados distintos: prepago y pospago. A finales de 2007 existían en México alrededor de 68 millones de usuarios; 92% en prepago y únicamente el 8% restante en pospago. No existe sustitución entre ambos servicios; ante un aumento de precios en prepago, no se puede acudir pospago (altos ingresos: tarjeta de crédito o fianzas). Dejar pospago para ir a pregago implica penalizaciones Pospago no impone disciplina de precios a prepago. Nota: Al resolver el RA, por unanimidad se confirmó la dominancia de Telcel.

62 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
7 Participación en licitaciones

63 Procedimiento regulatorio (artículo 33 bis 1 de la LFCE)
La CFC puede resolver sobre la incorporación de medidas protectoras y promotoras en materia de competencia en los procedimientos de asignación de concesiones y permisos La participación de la CFC debe establecerse expresamente en la legislación o en disposiciones administrativas La CFC participa en la conformación de las bases para las licitaciones de espectro radioeléctrico y de fibra oscura, así como en la opinión que deberán obtener los interesados en participar en dichas licitaciones

64 Medidas promotoras y protectoras de la competencia en las Licitaciones 20 y 21 (espectro radioeléctrico) La CFC consideró adecuado el límite de acumulación de 70 MHz en una misma región para la licitación 20, y de 80 MHz para la 21; así como los dos bloques nacionales de 30 MHz en la licitación 21. Sin embargó señaló que debía eliminarse de las bases de licitación, la referencia a “nuevo entrante” en virtud de que limitaba innecesariamente la concurrencia a la licitación 21. La CFC consideró necesario incorporar en las bases de licitación, la mención sobre la cantidad máxima de espectro que podría acumular un grupo de interés económico, de acuerdo con la opinión que solicitaran a la CFC para participar en al licitación, con la finalidad de prevenir fenómenos de concentración. La CFC estimó necesario señalar que debían armonizarse las posturas económicas con las no económicas. Se consideró necesario incorporar en los proyectos de títulos de concesión cláusulas preventivas de concentraciones que pudieran dañar la competencia.

65 La Política de Competencia en el sector de las telecomunicaciones
8. Las reformas a la LFCE y los retos en el sector.

66 Retos del sector Las disputas entre los operadores de las telecomunicaciones. 2. Reformas a la LFCE.

67 Reformas LFCE (DOF 10 mayo 2011)
Los cambios más importantes son: Poder sustancial conjunto. Medidas cautelares. Visitas de verificación sorpresa. Comisionado ponente y audiencia oral. Elevación de multas. Sanciones penales en el caso de carteles (CPF). Acciones colectivas (legitimación activa a CFC para iniciar reclamos colectivos). Juicio ordinario administrativo en contra de las resoluciones de la CFC.

68 Algunos temas complicados de la reforma a la LFCE
1. Determinación de poder sustancial conjunto 2. Reclamación de daños y perjuicios: a) El 38 de la LFCE no menciona que deba haber causado estado resolución de CFC. b) El art. 588 del CFPC sí requiere de “resolución firme” pero sólo para acciones colectivas. c) ¿Qué pasa con las acciones individuales? ¿habrá un juicio paralelo al procedimiento administrativo? d) ¿Qué pasa con la acreditación del hecho ilícito para la responsabilidad civil si no hay resolución de la CFC?

69 El problema más grave de la reforma era (1)
Juicio ordinario administrativo Medios de defensa vs. resolución de CFC (antes de la reforma): Procedimiento seguido en forma de juicio CFC Recurso de reconsideración art 39 LFCE Juicio de amparo indirecto art. 114, f. II LA Juez de Distrito Amparo en Revisión art. 83 y 85 LA Tribunal Colegiado

70 El problema más grave de la reforma era (2)
Juicio ordinario administrativo Medios de defensa vs. resolución de CFC (después de la reforma): Procedimiento seguido en forma de juicio CFC Recurso de Reconsideración 39 LFCE Juicio ordinario administrativo 52 f I LOPJF Juez de Distrito Apelación 29 f II LOPJF Tribunal Unitario de Circuito Amparo Directo 158 LA Tribunal Colegiado de Circuito

71 Otros retos significativos derivados de la reforma (1)
1. Seis meses para emitir criterios técnicos del Pleno en temas complejos: Sanciones, Existencia de prácticas monopólicas, Concentraciones, Inicio de investigaciones, Determinación de poder sustancial y de poder sustancial conjunto, Determinación de mercado relevante, Inmunidad, Medidas cautelares, Determinación y otorgamiento de cauciones para suspender la aplicación de medidas cautelares, Otorgamiento de perdón y solicitud de sobreseimiento del procedimiento penal

72 Otros retos significativos derivados de la reforma (2)
2. Reformas a los Reglamentos de la LFCE e Interior de la CFC, así como al Manual de operación Complejidad en la aplicación de diferentes ordenamientos. Habría asuntos en los que apliquen: LFCE (2006) y RLFCE (1998) LFCE (2006) y RLFCE (2007) LFCE (2011) y RLFCE (2007) LFCE (2011) y RLFCE ( )

73 Otros retos significativos derivados de la reforma (3)
3. Designación del Secretario Ejecutivo 4. Implementación de audiencias ante cuando menos 3 comisionados (incluyendo el ponente) 5. Implementación de procedimientos de medidas cautelares y visitas de verificación 6. Ejercicio de la facultad otorgada por el CFPC, pues se le da legitimación ad causam para iniciar reclamos colectivos

74 Conclusiones sobre las reformas a la LFCE
1. Los avances son importantes pero no atienden todas las necesidades 2. Se incorpora una traba muy fuerte: el juicio ordinario administrativo 3. Se requieren mayores recursos presupuestales para la CFC 4. Se requiere mayor promoción de la cultura de competencia 5. Hay que eficientar y clarificar los procedimientos para las reclamaciones privadas de daños y perjuicios. El sistema no es claro.

75 Reforma constitucional en materia de Competencia económica y Telecomunicaciones

76 Causas de la reforma México tiene estructuras de mercado oligopólicas, y con presencia de agentes con PSM. Sectores con oligopolios o con agentes dominantes: Telecomunicaciones: Telcel y Telmex. Radiodifusión: Televisa y TV Azteca. Gas L.P.: Z gas, Uribe, Nieto, Sony, Gas Metropolitano, etcétera.

77 Causas de la reforma México tiene estructuras de mercado oligopólicas, y con presencia de agentes con PSM. Otros Mercados Concentrados: Materiales para la construcción, pollo, huevo bebidas, cerveza, aerolíneas, ferrocarriles, harina de maíz, distribución de medicamentos, leche, etcétera.

78 Causas de la reforma Ley Federal de Competencia Económica
Nace en 1992 (TLCAN) Reformas importantes 1993, 2006 y 2011 Apenas se comenzaban a percibir sus efectos

79 Causas de la reforma Elecciones presidenciales del 2012.
Pacto por México (Acuerdo político). Regular sectores sensibles para la sociedad donde existe conflicto (Telecomunicaciones y Radiodifusión).

80 Causas de la reforma Reformas y adiciones a los artículos 6º y 7º de la Constitución. Fortalecimiento de derechos humanos: Libertad de expresión. (Garantizado por el Estado) Libertad de imprenta. A través de: Acceso a tecnologías de la información, servicios de Radiodifusión, Telecomunicaciones, banda ancha e internet.

81 Cambios Competencia Económica
Modificación del 2º párrafo del Artículo 28 constitucional: “… para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados…” La adición sólo aclara la interpretación litigiosa.

82 Cambios Competencia Económica Aspecto orgánico
CFCE ,Órgano autónomo constitucional. CFC, Órgano desconcentrado de la SE. NO ERA NECESARIO.

83 Cambios Competencia Económica Aspecto Orgánico (1)
7 comisionados NUEVOS. Procedimiento novedoso, pero complicado para la selección de los comisionados. RIESGO DE POLITIZACIÓN DEL ÓRGANO al “flexibilizar” los requisitos para ser comisionado: 3 años de experiencia. 1 año previo no ocupar cargo político. Nombramiento del Presidente por un periodo de 4 años, renovable por una sola ocasión por el Senado. Remoción de comisionados por el Senado por falta grave en términos de ley.

84 Cambios Competencia Económica Aspecto Orgánico (2)
Contraloría nombrada por Diputados. ¿CONTRAPESO? División entre la función investigadora y la resolutoria. UN GRAN ACIERTO Emisión de su propio estatuto así como regulación. Presupuesto autónomo. Mas personal administrativo menos investigadores.

85 Cambios Competencia Económica Temas de transparencia
Prohibición de reuniones EX PARTE. (Regulado por la ley). Las audiencias, votos y sesiones del Pleno deberán ser públicas. (con las excepciones que determine la ley). Informes anuales y trimestrales. Comparecencias anuales ante el Senado. Todo lo sustancial era posible sin una reforma constitucional que dotara de autonomía.

86 Cambios Competencia Económica Nueva Herramienta
“…La Comisión contará con las facultades… ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivo…” ¡Audaz pero peligroso!

87 Cambios Competencia Económica Nueva Herramienta
Referencias internacionales: A) UK: BAA (Desincorporación) B) Australia: Competition Policy Reform Act Hillmer Committee – Acceso a insumos esenciales. Los comisionados deberán tener conocimientos y ser prudentes. La legislación debe ser clara al respecto.

88 Cambios Competencia Económica Temas Procesales
Amparo indirecto ante tribunales especializados (GRAN ACIERTO… “MUERTE” DEL JOA). ¿Cuál será la vía para impugnar la imposición de medidas de apremio? En general no procede la suspensión. (Pero en caso de multas o desincorporación las resoluciones se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo)

89 Cambios Competencia Económica Temas Penales
Nuevos tipos penales: “ TERCERO… El Congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias al marco jurídico conforme el presente Decreto dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, y deberá: I. Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómeno de concentración…” Se corre el enorme RIESGO de sancionar prácticas comerciales normales.

90 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Aspectos Orgánicos
Se crea el IFETEL en sustitución de COFETEL [mutatis mutandis], misma crítica autonomía Asume facultades en materia de competencia La CFCE debe investigar y perseguir PM y autorizar concentraciones. Riesgo de captura del regulador Se requiere tiempo para desarrollar habilidades. Peligro en PMA, PMR y Concentraciones. Peligro de diferencia de criterios en MR Y PSM. Conflicto entre instituciones. Riesgo de credibilidad.

91 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Nuevas Facultades en Regulación
IFETEL único que concede concesiones en Telecom y radiodifusión LA OPINIÓN DEL SECRETARIO DE LA SCT (Acotada al plazo no mayor a 30 días) Regulación, promoción y supervisión del espectro. Regulación de redes y servicios, así como el acceso a infraestructura. Facultades exclusivas de competencia económica en las materias. Regulación asimétrica.

92 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Nuevas Facultades en Regulación
Imponer límites de concentración de frecuencias, concesionamiento y propiedad cruzada. Ordenar desincorporación de activos. Fijar el monto de la contraprestación, autorizar servicios vinculados a las concesiones llevar el registro público de concesiones.

93 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Concesiones
Todas por licitación pública, uso publico y social (que incluye a la comunitaria e indígena) adjudicación directa (el procedimiento para la adjudicación directa deberá garantizar la transparencia). Evitar concentración. Asegurar menor precio de usuarios finales. El factor determinante no debe ser económico. Habrá registro público, Nuevo esquema de sanciones (revocación en caso de prácticas monopólicas)

94 Cambios Telecomunicaciones y radiodifusión Eliminación de Barreras Congreso
Establecer mecanismos homologar concesiones. (comercial, público, privado y social que incluye a las comunitarias e indígenas). Establecer prohibiciones en subsidios cruzados. Concesionarios deben fijar tarifas mínimas y registrarlas.

95 Cambios Telecomunicaciones y radiodifusión Eliminación de Barreras Congreso
Criterios para que IFETEL autorice acceso a multiprogramación (contraprestaciones). Expedir ley única de RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES. Establecer en ley que las concesiones serán únicas. Aplicará a preponderantes que acepten obligaciones asimétricas y acepten desagregación del bucle local (TELMEX/TV)

96 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Eliminación de Barreras IFETEL
Must offer y Must carry gratuitos (no aplica a dominantes o preponderantes) Licitación de 2 cadenas de televisión abierta (Establece límite de 12 MHz.) Determinar agentes económicos preponderantes - participación Nal. >50%- y regular en consecuencia. Además imponer medidas que eviten afectación a la competencia y libre concurrencia.

97 Cambios Telecomunicaciones y Radiodifusión Eliminación de Barreras IFETEL
Establecer medidas que permitan la desagregación de la red local del agente preponderante en telecomunicaciones. Establecer el Registro Público de Concesiones.

98 Otras medidas Eliminación de barreras
La Comisión Federal de Electricidad cederá a Telecomunicaciones de México la concesión de una red pública de telecomunicaciones. El Estado a través del Instituto Federal de Telecomunicaciones, en coordinación con el Ejecutivo Federal, garantizará la instalación de una red pública compartida de telecomunicaciones de servicios inalámbricos al mayoreo.

99 Otras medidas Eliminación de barreras
Inversión extranjera 100% telecomunicaciones y 49% en Radiodifusión (problema de MFN en TLC’s). Transición digital terrestre asegurada para diciembre de 2015.

100 Conclusiones Se trata de una fuerte declaración política.
La reforma es histórica, bien implementada mejorará la competencia en telecomunicaciones y radiodifusión.

101 Muchas gracias www.competenciaeconomica.com.mx
@mfbernes *El contenido de esta presentación sólo refleja el punto de vista del ponente, no el de la CFC.


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