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SIERRA LEONA Y EL DERECHO INDIANO

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Presentación del tema: "SIERRA LEONA Y EL DERECHO INDIANO"— Transcripción de la presentación:

1 SIERRA LEONA Y EL DERECHO INDIANO

2 SIERRA LEONA Oficialmente es La República de Sierra Leona y es un país de África Occidental.

3 Una de las naciones más pobres de la tierra, pero muy rica en recursos naturales por la explotación masiva de diamantes.

4 LA ESCLAVITUD Lo mas común es la trata de esclavos, en especial de los niños. Los niños creen que recibirán educación a cambio de trabajo en realidad son sometidos a un régimen de trabajo de 16 horas los 7 días de la semana.

5 LOS NIÑOS SOLDADO No hay una edad exacta ni tampoco un sexo especial en la elección. Comienzan siendo niños soldado desde los años de edad. Los desvinculan de sus padres. Poseen una marca especial de combate.

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7 EL DERECHO INDIANO El Derecho indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española. Podemos dar para este varios de concepto, uno "estricto" o "restringido" y un concepto "amplio"

8 CARACTERISTICAS DEL DERECHO INDIANO
Es un derecho esencialmente evangelizador. Es un derecho asistemático. Es un derecho casuístico. Es un derecho en que tiende a predominar el derecho público por sobre el derecho privado. Es un derecho que tendía a la protección del aborigen. Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del Derecho.

9 FUENTES DEL DERECHO INDIANO
El derecho municipal: Estaba compuesto por las ordenanzas de los virreyes, los autos acordados de los cabildos y reales audiencias, la costumbre en materias de derecho privado como de derecho público, la jurisprudencia de los tribunales (sobre todo la del Consejo de Indias) y la doctrina política de los publicistas indianos El derecho indígena: La corona española lo aceptaba cuando no fuera contrario a la religión católica ni contraria a los derechos del rey. El derecho castellano: Se aplicaba en lo relativo a materias de derecho privado.

10 ESTATUTOS JURÍDICOS DEL NUEVO MUNDO (AMÉRICA)
El estatuto jurídico de Las Indias es la de unión real a la Corona de Castilla, son territorios estaduales independientes de Castilla, que acceden a este Reino por la persona del Rey y por otros órganos gubernamentales comunes, como el Consejo de Estado creado por Carlos I en 1520 (común para Castilla e Indias) encargado de dirigir la política general y exterior, el Consejo de Hacienda creado en 1523, el Consejo de Guerra y el Consejo de la Inquisición (ídem).

11 ESTATUTO JURÍDO DE LOS ESPAÑOLES
Derecho al buen gobierno. Derecho a alzarse frente a la autoridad tiránica. Derecho de petición. Derecho de preferencia en los cargos públicos Obligación de fidelidad a la corona. Obligación de consejo. Obligación de auxilio. Auxilio económico Auxilio militar

12 ESTATUTO JURIDICO DE LOS DIVERSOS GRUPOS SOCIALES EN AMERICA
SITUACION DE LAS CASTAS: RAZAS: se reconocían como sin mezcla, sangre limpia, españoles(blancos), indígenas o negros. Principales BLANCOS-INDIOS estaban cubiertos por la legislación de sus respectivas repúblicas. CRUZAS O CASTAS: eran reconocidos como de sangre manchada. Razas distintas. Al principio la legislación de la “república de los españoles”. La Sociedad Colonial y la Corona Española Las uniones entre Conquistadores y las Princesas Indígenas. La Corona prohibió tales matrimonios. Mestizos (ilegítimos).

13 La Política Española, busco cerrarles a las “CASTAS” el acceso al plano político y social de los grupos dominantes. Las NEGRAS, MULTAS O MESTIZAS, no podían usar artículos de oro, seda, mantos y perlas. Normas en los trajes porque era símbolo de riqueza y prestigio. Sangre Manchada eran percibidos completamente diferentes de los indios. El Ordenamiento jurídico posiciono a las Castas por debajo de peninsulares y criollos.

14 Definiciones cuidados y precisas, exclusivo en lo relativo a la posición social.
En general. Las casta estaba en la ley tardadas como un solo grupo. En la educación no admitían, mestizos, zambos ni mulatos. Colegios seminarios para gente honrada y de matrimonio legitimo. MULATOS: Posición favorable, pero situación jurídica. ZAMBOS: Restricciones iguales que negros y mulatos, condición social inferior.

15 ESTATUTO JURIDICO DE LOS INDIGENAS AMERICANOS
América va perfeccionando, primer momento lo hace presente a la corona de Castilla donde son vasallos libres en donde excepcionalmente pueden ser esclavos. Cristóbal Colon, lleva a los indios en presencia de los Reyes Católicos. Isabel I de castilla, le encarga encarecidamente a Fernando de Aragón Y a Juana I de Castilla que los indios sean protegidos.

16 Con la protección solicitada, se aplica a los indígenas comunes, aplicando como estatuto “RUSTICOS Y MISIRABLES”. Los indígenas de las indias eran considerados ”vasallos libres de la corona”. El Derecho Indiano determino que si condición jurídica era incapaz relativo.

17 ESTATUTO JURÍDICO DE LOS NEGROS ESCLAVOS
Derecho a un peculio de su oficio propio. Derecho a unidad conyugal (contubernio) entre esclavos. Obligación de alimentación al esclavo y a su familia por parte del amo Prohibición de dar la libertad a esclavos mayores de 6 años a menos que el amo le otorgare una pensión alimenticia vitalicia. El amo, si quería casarse con esclava, debía pagarle una suma de dinero (con este dinero compraba su libertad)

18 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA INDIANA
Autoridades de la Metrópoli: El Rey de España La Casa de Contratación de Indias El Real y Supremo Consejo de Indias Autoridades americanas: El Virrey El Gobernador El Cabildo


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