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Tema 1. 5: Delimitación del Sector Público

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Presentación del tema: "Tema 1. 5: Delimitación del Sector Público"— Transcripción de la presentación:

1 Tema 1. 5: Delimitación del Sector Público
Tema 1.5: Delimitación del Sector Público. Administraciones y empresas públicas.

2 Clasificación de los sectores institucionales atendiendo a su actividad y función principal
Código Sector S.1 Total de la economía S.11 Sociedades no financieras S.12 Instituciones financieras S.13 Administraciones públicas S.14 Hogares S.15 Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) S.2 Resto del mundo

3 Código Sector Subsector S.11 Sociedades no financieras S.11001 Sociedades no financieras públicas S.11002 Sociedades no financieras privadas nacionales S.11003 Sociedades no financieras bajo control extranjero

4 Segundo paso: Diferenciar las sociedades no financieras públicas de las privadas.
Criterio de la IGAE para la delimitación y determinación del Sector Público Empresarial: En relación con el término “público”, puede decirse que el Sector Público está compuesto por tres sectores: el Estatal, el de las Comunidades Autónomas y el de las Corporaciones Locales, incluyendo este último el ámbito provincial y municipal. Esta cuestión es clara cuando se trata de actividades político-administrativas, pero se complica cuando nos referimos a empresas. Desde este punto de vista, son consideradas empresas públicas de ámbito estatal, aquellas en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta, de la Administración del Estado.

5 Segundo paso: Diferenciar las sociedades no financieras públicas de las privadas.
Por tanto, podemos concluir que en el Sector público Empresarial, ya sea de ámbito central, autonómico o local, se incluyen todas aquellas entidades, con personalidad pública o privada, cuya actividad principal consista en la producción de bienes y servicios destinados a la venta en el mercado y que se encuentren bajo el control o sean propiedad de los poderes públicos. No obstante, en esta definición no se tienen en cuenta otros casos particulares que pueden dar lugar a dudas acerca del carácter público o no de las empresas. Nos referimos al caso en que la empresa esté participada por varios ámbitos de la Administración, estatal y territorial (autonómico y local).

6 Segundo paso: Diferenciar las sociedades no financieras públicas de las privadas.
Al objeto de ofrecer la información más completa, la IGAE considera como públicas aquellas entidades en las que el porcentaje de dominio efectivo del conjunto de las Administraciones es superior al 50% de su capital. Estas sociedades que tienen conjuntamente participación estatal y territorial y/o distintos ámbitos territoriales; municipal, provincial y autonómico, perderían su condición de públicas si sólo se contemplara uno de estos ámbitos. Este criterio implica considerar como empresas públicas a un número mayor de empresas que hasta ahora no se habían tenido en cuenta. Este es el caso, por ejemplo, de la Comunidad Autónoma Andaluza.

7 Empresas públicas españolas
La relación de empresas públicas españolas, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local se pueden encontrar en la página web de la IGAE en la sección de publicaciones en línea. Empresas públicas de la Junta de Andalucía.


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