La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES

Presentaciones similares


Presentación del tema: "LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES"— Transcripción de la presentación:

1 LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES

2 CONCEPTO: Entidades con personalidad jurídica propia que tienen encomendadas funciones o tareas de la Administración pública o, en general, del sector público. Es un fenómeno de diversificación estructural. No se puede reconducir la amplia variedad de entidades existentes a una categoría. Se trata de una definición convencional. El denominador común que une todos los entes es la relación de “instrumentalidad” con los poderes públicos que se sirven de aquellos por el cumplimiento de sus fines.

3 Leyes de “racionalización” del las entidades instrumentales en España
Ley de Entidades Estatales Autónomas de 26 de diciembre de 1958 (organismos autónomos/empresas nacionales) Ley General Presupuestaria (LGP) de 1977 (1.organismos autónomos administrativos/organismos autónomos comerciales, industriales, financieros; 2. sociedades estatales: sociedades mercantiles con participación pública mayoritaria y entidades de derecho público cuyas actividades se someten al derecho privado) LOFAGE de 1997 (no regula las sociedades mercantiles estatales ni las fundaciones públicas). Ley 50/2002 de Fundaciones (regulación general de las fundaciones del sector público estatal) LGP 47/2003 sector público administrativo/empresarial/fundacional Ley 28/2006 de Agencias Estatales (Agencia como nuevo tipo de entidad pública)

4 Organismos públicos Organismos públicos (art. 41 LOFAGE). Entes creados bajo la dependencia o vinculación de la Administración para la realización de actividades de ejecución o gestión que pueden ser administrativas, de fomento, de prestación o de contenido económico (art LOFAGE) Tienen personalidad jurídica, patrimonio, y gozan de cierta autonomía de gestión (art. 42.1). Están sometidos a la dirección estratégica, a la evaluación y al control de resultados por parte de la entidad de que dependen (art y 43.3) Son creados por ley y sus estatutos aprobados por el Consejo de Ministros cuando dependen de la AGE (este patrón se aplica a las CCAA) Tienen potestades administrativas necesarias al cumplimiento de sus fines y potestad reglamentaria limitada. La LOFAGE distingue entre: 1. Organismos autónomos; 2. Entidades Públicas Empresariales; 3. Agencias Estatales (art. 43.1)

5 Autoridades independientes
Ratio de su creación: Evitar o reducir las interferencias políticas en la realización de ciertas actividades públicas que precisan ejercerse con estricta neutralidad (el fenómeno del llamado “Estado Neutral”). No se traduce en exención del control. Las leyes otorgan independencia (especial autonomía) a estas entidades y a quienes las dirigen Clasificación por funciones encomendadas: 1. regulación y supervisión de mercados por razones de interés público; 2. protección de derechos fundamentales, derechos individuales o colectivos. Sub 1. Banco de España; CNMV; CNE; CMT; Tribunal de Defensa de la Competencia. Sub 2. CSN; AEPD; CAC (Consejo Audiovisual de Catalunya) Independencia: personas profesionalmente cualificadas, inamovibles; intervención parlamentaria en el proceso de nombramiento (Ley 5/2006)

6 Entidades privadas del sector público
Sociedades mercantiles públicas. Constituidas en forma de SA, RL, etc. están controladas por una administración u organismo público, ya sea mediante la titularidad directa o indirecta de la totalidad o de la mayoría del capital social, ya sea mediante otras formulas excepcionales (ej.: nombramiento mayoría consejeros o administradores). [Sector público empresarial/patrimonio público empresarial] Fundaciones del sector público


Descargar ppt "LAS ENTIDADES INSTRUMENTALES"

Presentaciones similares


Anuncios Google