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Publicada porAmparo Somera Modificado hace 10 años
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Francisco Agüero Vargas Barros & Errázuriz Abogados Centro de Regulación y Competencia Facultad de Derecho, U. de Chile
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Consorcio Fund. Facultad Derecho U. de Chile – Barros & Errázuriz Abogados Estudio CNE: “Requerimientos de Adecuaciones del Marco Legal ante la Eventual Incorporación de la Energía Nuclear de Potencia” Pendiente Informe Final 8 puntos críticos
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Derecho globalizado Excepcionalidad Principios: Seguridad tecnológica Autorización Control continuo Independencia Transparencia
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Independencia órgano regulador Nombramiento, remoción, presupuesto, dependencia… Separación de funciones de regulación/promoción Intenso control y fiscalización de la actividad Riesgo Transparencia y acceso a la información Coordinación regulador nuclear y otros reguladores competentes en materia nuclear
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Relaciones regulador nuclear / eléctrico Coordinación Emergencias y mantenimientos centrales Participación y consulta de regulador nuclear Participación de regulador nuclear en materia eléctrica Fusiones Actividades sobre el sistema de transmisión Informar
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Autoridad reguladora nuclear: Comisión Chilena de Energía Nuclear (CChEN) Ley CChEN: 1965 Ley de Seguridad Nuclear (LSN): 1982 Elaborada antes de ratificar tratados sobre responsabilidad y Convención de Seguridad Nuclear (1997) ▪ Pre-Chernobyl ▪ Diseñada antes de implementación de LGSE ▪ Modificaciones en 80s, 90s y 2000
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Ejecución: Reactores propios Combustible nuclear Desechos [Generación eléctrica] Investigación y fomento Educación energía nuclear Asesoría gobierno en materia de tratados Proponer planes sobre I+D nuclear Funciones CChEN (1)
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Licenciamiento (autorización) Fiscaliza Supervisión y control actividad y de LSN Supervisión personal en orden a seguridad Comprobar denuncias, inspeccionar instalaciones Regulación Energía nuclear con fines pacíficos, instalaciones, sustancias y materiales radiactivos, transporte Sanción Coordinación otros órganos Informar a Congreso
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Actual estructura tras Ley 20.402 Ministerio de Energía Comisión Nacional de Energía CNE CCHEN Superintendencia de Electricidad y Combustibles SEC
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Licenciamiento: varias autoridades Ejemplo: ambiental, planificación territorial, municipalidades, etc. Ausencia proceso específico de licencias para este tipo de instalaciones Superposición ¿sólo evaluación de riesgos u otros aspectos que inciden en la construcción y operación de la planta? Problemas de coherencia, seguridad jurídica y otros
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“Cada Parte Contratante adoptará las medidas adecuadas para velar por una separación efectiva entre las funciones del órgano regulador y las de cualquier otro órgano o entidad a los que incumba el fomento o la utilización de la energía nuclear” (Art. 8, CSN)
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CChEN: Hoy, múltiples funciones No se aviene con CSN Eventual rol del Estado en generación núcleo- eléctrica (v.g. PPP), obliga a una mayor independencia del regulador
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Regulador Nuclear Independencia Licenciamiento Regulación Fiscalización Sanción Coordinación Información y transparencia CChEN Fomento Educación I+D Otros
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Gracias Francisco Agüero Vargas Barros & Errázuriz Abogados Centro de Regulación y Competencia, Facultad de Derecho, U. de Chile
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