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Publicada porLorencio Aros Modificado hace 10 años
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La reforma aduanera en Uruguay Punta del Este - 28 de octubre de 2014 ASAPRA - ADAU Mario Bergara
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Un proceso aduanero y una normativa consistentes con una visión de la inserción externa Uruguay: país pequeño y abierto al mundo Necesidad de credibilidad y estabilidad en todos los órdenes (político-económico-social) Inserción a base de calidad, diferenciación y amplia diversificación de rubros y mercados Visión aduanera: control y facilitación del comercio
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Una reforma aduanera en el Uruguay para contribuir al desarrollo económico en el Siglo XXI
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La legislación aduanera uruguaya era muy antigua: Código Aduanero Uruguayo (CAU), ley N° 15.691 de 1984 Régimen Infraccional Aduanero, ley N° 13.318 de 1964 Régimen de Despachantes de Aduana, ley N° 13.925 de 1970 El cuerpo normativo resultante presentaba varias limitaciones relevantes: Normativa muy dispersa y generada en respuesta a diferentes problemáticas y concepciones Normativa no reflejaba los desarrollos del comercio internacional Riesgos de inseguridad jurídica y dificultades para fiscalizar Un Código Aduanero del Uruguay moderno
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El CAM se nutre de la normativa aduanera actualizada: Convenio de Armonización de Regímenes Aduaneros (Kyoto) Marco OMA para Asegurar y Facilitar el Comercio Global Código Aduanero Europeo y Código Centroamericano Recoge institutos del derecho internacional: Operador Económico Calificado, selectividad basada en análisis de riesgo, utilización de medios de trasmisión electrónica de datos, firma electrónica segura CAM alineado con los objetivos de modernización de la gestión del comercio exterior Código Aduanero del Mercosur: código marco y base oportuna para modernizar la normativa uruguaya
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Actualización normativa imprescindible para consolidar el proceso de control y facilitación del comercio: Sistematizar y actualizar para evitar problemas de interpretación Definir claramente ámbito de aplicación y territorio aduanero Mantener esquemas promocionales sin perjuicio de controles Controles inteligentes, selectivos y tecnológicos Mejorar la especificación de competencias de la DNA Incrementar la transparencia en tránsitos y franquicias Ampliar el elenco de agentes relacionados con la administración aduanera, definiéndoles derechos, obligaciones y sanciones Programa de Modernización de la Aduana
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El CAROU es un instrumento moderno e imprescindible para la mejor inserción económica internacional El CAROU complementa el CAM e incorpora diversos aspectos no regulados en un solo cuerpo normativo Proceso de elaboración altamente participativo Amplio consenso legislativo y de los agentes públicos y privados relevantes La visión y el proceso del Código Aduanero del Uruguay
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El control aduanero y sus modalidades son esenciales al régimen de Puertos y Aeropuertos Libres (PAL): Permite las exenciones aplicables a la importación Permite la emisión de certificados de origen para MERCOSUR Las definiciones de territorio y zonas aduaneros son estándares internacionales y la nueva formulación de Zonas Aduaneras no modifica la situación vigente El CAROU integra el PAL, potenciando el régimen y la logística por diversas vías (“depósito logístico”) Un Código Aduanero consistente con un hub logístico
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Despachante de Aduana como pieza básica: “Auxiliar del comercio exterior y de la función pública aduanera” Contrapartidas de idoneidad y responsabilidad: Exámenes de competencias Cumplimiento de obligaciones ante el BPS, la DGI y la DNA Garantías y responsabilidad solidaria Limitaciones para contratos y participación en sociedades Se especifican modalidades y restricciones para constituir Despachantes (personas físicas y jurídicas) Régimen claro de sanciones administrativas Un nuevo rol para los agentes privados
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Modernización del Régimen Infraccional Aduanero El CAROU actualiza el conjunto de infracciones bajo criterios uniformes y resuelve varias limitaciones del régimen vigente, al consagrar la responsabilidad subjetiva para la mayoría de las infracciones: Defraudación Defraudación de valor Desvío de exoneraciones Contrabando Dada su naturaleza formal, se mantiene la responsabilidad objetiva para las infracciones de: Contravención Diferencia
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Modernización del Régimen Infraccional Aduanero Se clarifican las responsabilidades por infracciones aduaneras y el pago de las sanciones pecuniarias El CAROU moderniza y abrevia el procedimiento, resultando en procesos más ágiles, más seguros y con normas más claras Otra innovación: auto-revisión y delitos (contrabando y defraudación aduanera) Mayor certeza jurídica para los operadores y las administraciones aduanera y de justicia
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Adecuación de la función aduanera El CAROU mejora la especificación legislativa de las competencias de la DNA y su rol en la facilitación de comercio y el aporte a la competitividad Contempla a todos los actores relevantes: Agentes privados de interés público: Despachantes, Agentes marítimos, aéreos y terrestres y Proveedores marítimos y aéreos Nuevos agentes: Agente de transporte, Importador, Exportador, Proveedor de abordo, Transportista, Agente de carga, Depositario de mercaderías, etc.
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Un Código Aduanero acorde a los tiempos actuales y a las necesidades del país Integra y unifica la legislación aduanera Consolida y potencia el desarrollo logístico Consagra una DNA facilitadora de comercio Mejora certeza jurídica a todos los actores Incluye al conjunto de agentes relevantes Jerarquiza y exige a la función del Despachante Mejora la Administración de Justicia Actualiza la normativa a la realidad del comercio CAROU
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La reforma aduanera en Uruguay Punta del Este - 28 de octubre de 2014 ASAPRA - ADAU Mario Bergara
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