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Registro de ventas
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definición : Es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble, la legalización se realiza en la primera página ya sea libro o reporte por computadora Es importante porque sirve para registrar las operaciones de ventas de mercaderías, bienes o servicios de una empresa. Su finalidad principal es determinar con exactitud las ventas realizadas y los impuestos retenidos, los descuentos, intereses y también las condiciones de ventas a nuestros clientes. A través de este libro determinamos cuanto de ingresos ha tenido la empresa en meses comparativos y así comprobar las variaciones ocurridas. Cada fin de mes se cierra y se centraliza al libro diario. Los contribuyentes del impuesto están obligados a llevar un registro de ventas de ingresos y de compras en los que anotaran las operaciones que realicen, de acuerdo a las normas que señale el reglamento.
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OBLIGADOS A LLEVARLO Están obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos, en principio los contribuyentes del IGV. Sin embargo
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FORMALIDADES a) Datos de cabecera
El Registro de Ventas e Ingresos, al ser un libro vinculado a asuntos tributarios que los deudores tributarios se encuentran obligados a llevar, debe contar con los siguientes datos de cabecera: Denominación del registro. Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada. Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
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b) Registro de las Operaciones
Al efectuar el registro de las operaciones en el Registro de Ventas e Ingresos, el sujeto obligado deberá efectuar dicha anotación: En orden cronológico. De manera legible, sin espacios ni líneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras ni señales de haber sido alteradas. Totalizando sus importes. Utilizando los términos “VAN” y “VIENEN” según corresponda, al final y al inicio de cada folio respectivamente. Lo dispuesto en este punto no es exigible al Registro de Ventas e Ingresos que se lleve en hojas sueltas o continuas. De no realizarse operaciones en un determinado período o ejercicio gravable se registrará la leyenda “SIN OPERACIONES” en el folio correspondiente. Lo dispuesto en este punto no es exigible al Registro de Ventas e Ingresos que se lleve en hojas sueltas o continuas. En moneda nacional y en castellano, salvo los casos previstos en el numeral 4 del artículo 87º del Código Tributario. En folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios.
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OBLIGACIÓN DE LEGALIZAR
Además de las formalidades señaladas en el punto anterior, debe considerarse que el Registro de Ventas e Ingresos debe ser legalizado, por un notario o, por un juez de paz letrado o juez de paz. PLAZO MÁXIMO DE ATRASO
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APLICACIÓN PRÁCTICA La empresa “ESCRITORIOS DEL ORIENTE” S. R. L
APLICACIÓN PRÁCTICA La empresa “ESCRITORIOS DEL ORIENTE” S.R.L. dedicada a la comercialización de escritorios, es contribuyente del Régimen General del Impuesto a la Renta, estando obligada a llevar entre otros libros y registros, el Registro de Ventas e Ingresos. Sobre el particular, el contador de la citada empresa nos pide ayuda a efectos de anotar en el citado registro, las siguientes operaciones realizadas durante el mes de Agosto de 2010: 1. Con fecha se vende 24 Escritorios Personales (mercaderías) por un valor total de S/. 24,000 más IGV al cliente “SANTA CLARA” S.R.L. según factura Nº Con fecha se efectúa la venta al contado de 30 Escritorios Personales por un valor total de S/. 30,000 más IGV, a la empresa “SAN LUIS” S.A.C. según factura Nº Con fecha se vende 120 Escritorios Personales (mercaderías) por un valor total de S/. 120,000 más IGV al proveedor “INVERSIONES SANTA CLAUX” S.R.L. según factura Nº Con fecha se vende 10 escritorios personales por un valor de US$ 3,300 más IGV, a la empresa “DUIX” S.A.C, emitiéndose la Factura Nº El Tipo de Cambio de la fecha es de S/ Con fecha se efectúa la venta al contado de 100 Escritorios Personales a un valor total de S/. 100,000 más IGV a la empresa “SAN LUIS” S.A.C. según factura Nº Con fecha el cliente “SANTA CLARA” S.R.L. devuelve 10 escritorios personales, adquiridos según factura Nº , emitiéndose para tal efecto, la Nota de Crédito Nº Con fecha se emite la Nota de Débito Nº a la empresa “INVERSIONES SANTA CLAUX” S.R.L. por S/. 1,000 más IGV para cobrarle la diferencia de precio de los bienes vendidos, según factura Nº
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