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AVANCES DE PANAMÁ EN LA APLICACIÓN DE ALGUNOS CONVENIOS DE OIT EN MATERIA LABORAL.

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Presentación del tema: "AVANCES DE PANAMÁ EN LA APLICACIÓN DE ALGUNOS CONVENIOS DE OIT EN MATERIA LABORAL."— Transcripción de la presentación:

1 AVANCES DE PANAMÁ EN LA APLICACIÓN DE ALGUNOS CONVENIOS DE OIT EN MATERIA LABORAL

2 CONVENIOS DE OIT EN MATERIA LABORAL EN PANAMÁ  Panamá tiene ratificados 78 Convenios de la OIT.  Dentro de ellos están incluidos los 8 Convenios fundamentales contenidos en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptada por la 86º Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, el 18 de junio de 1998. - Convenios 29 y 105 (trabajo forzoso) - Convenios 87 y 98 (libertad sindical y negociación colectiva) - Convenios 100 y 111 (igualdad de remuneración y discriminación en el empleo y ocupación) - Convenios 138 y 182 (trabajo infantil)  Recientemente, el 5 de mayo de 2015, Panamá ratificó el Convenio 144 (Consulta tripartita ) y el Convenio 189 (trabajo decente para trabajadores domésticos)

3  Durante más de 25 años, el Gobierno de Panamá mantuvo serias observaciones de los Órganos de Control de la OIT respecto a la aplicación de los Convenios 87 y 98 de la OIT en materia de libertad sindical.  A efecto de atender esta problemática, el Gobierno de Panamá en atención al llamado de la “Comisión de Expertos” y la “Comisión de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo” de la OIT, aceptó en el 2012 la realización de una Misión de Asistencia Técnica de la OIT, a efecto de buscar fórmulas de solución que promuevan resolver los problemas de aplicación de estos Convenios.

4  Como como resultado de las reuniones de la Misión Técnica de la OIT y la política de diálogo social impulsada por el Gobierno Nacional, se logró la firma del ACUERDO TRIPARTITO DE PANAMÁ, el 1° de febrero de 2012, conjuntamente con la OIT y los actores sociales (CONEP, CONATO y CONUSI), con la finalidad de promover un dialogo efectivo sobre cuestiones relacionadas con la aplicación de los Convenios 87 y 98 de OIT.  El Gobierno de Panamá está comprometido en respetar, promover y dar plena aplicación a los Convenios de libertad sindical y negociación colectiva ratificados; por lo que viene ejecutando este Acuerdo, con el apoyo de la OIT y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores de nuestro país, en el interés de de fortalecer las Comisiones o Mesas de Diálogo del Acuerdo Tripartito de Panamá; ya que ellas constituyen herramientas apropiadas para lograr alcanzar fórmulas consensuadas de avenimiento que nos permitirán armonizar la legislación y práctica nacional conforme los Convenios 87 y 98, y resolver las quejas y casos que se presenten por violación a la libertad sindical, para encontrar soluciones y alcanzar acuerdos consensuados.

5 1. COMISIÓN DEL ACUERDO TRIPARTITO (“Comisión de Adecuación”). Tiene por objeto lograr anteproyectos de ley y formulas consensuadas de avenimiento que permitan armonizar la legislación nacional con las disposiciones de los Convenios 87 y 98 de conformidad como lo señalan los Órganos de Control de aplicación de Convenios; pero de haber consenso entre las partes, podrá extenderse su mandato para la armonización de otros Convenios de OIT que Panamá haya ratificado y que tenga problemas de aplicación en la legislación nacional. 2. COMISIÓN DE TRATAMIENTO RÁPIDO DE QUEJAS SOBRE LIBERTAD SINDICAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA (“Comisión de Quejas”). Tiene por objeto examinar mediante el diálogo social y de manera rápida, las quejas en materia de libertad sindical y negociación colectiva, a efecto de encontrar soluciones y alcanzar acuerdos consensuados a las mismas en Panamá, que solucione el conflicto sin necesidad de recurrir a los órganos de control de la OIT, sin perjuicio del derecho que tienen los afectados de recurrir a los mismos.

6  Son reconocidas jurídicamente por Decreto Ejecutivo N°. 156 de 13 de septiembre de 2012 “Que crea la Comisión del Acuerdo Tripartito de Panamá, la Comisión de Tratamiento Rápido de Quejas sobre Libertad Sindical y Negociación Colecta y se nombra un Moderador.  Por Resolución No. DM. 192-14 de 15 de mayo de 2014, están adscritas al Despacho Superior del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), y establece a la Oficina de Cooperación Técnica Internacional como su Secretaría Técnica.

7  En la Comisión del Acuerdo Tripartito de Panamá o de Adecuación se viene examinado lo relativo al derecho de sindicación del sector público, entre otros asuntos, con miras a elaborar propuestas legales que armonicen la legislación nacional con los Convenios 87 y 98 de OIT.  En el avance de las discusiones, esta Comisión se encuentra en la etapa de elaborar importantes consensos en las tareas que está desarrollando. De carácter prioritario se acordó la adecuación de la legislación del sector público en materia de libertad sindical y negociación colectiva a los Convenios de la OIT, por lo que consideraron necesaria la definición sobre el carácter o naturaleza de las organizaciones de trabajadores del sector público.

8  En la Comisión de Quejas se están examinando los casos de los dirigentes sindicales del sector público despedidos por la pasada administración; por lo que se vienen adoptando sendos Acuerdos mediante los cuales recomiendan a las autoridades gubernamentales respectivas el reintegro y el pago de los salarios caídos correspondientes a 44 de estos dirigentes.  Algunos instituciones gubernamentales ya han sido reintegrado a algunos dirigentes despedidos, otros están en vías de hacerlo; pero el Gobierno Nacional ha manifestado en la Comisión de Quejas su disposición de reintegrar a la totalidad de los dirigentes despedidos y al pago respectivo de sus salarios caídos.

9  A partir del cambio de Gobierno (julio de 2014) ha habido un cambio notable en la política laboral del MITRADEL, ya que se ha logrado dar muestras efectivas de preserva la paz laboral mediante el respeto a los derechos fundamentales y laborales; promoviendo políticas públicas de empleo y trabajo decente; y facilitando la prevención y solución de conflictos laborales.  Como muestra de ello, entre otras cosas, podemos destacar que hay un notable incremento en el otorgamiento de personerías jurídicas a los sindicatos en formación.  Es importante señalar, que en los últimos años se habían rechazado gran parte de las solicitudes de creación a los Sindicatos en formación. De allí que entre 2009-2014 solo se otorgaron 15 personerías jurídicas.  En cambio, de julio de 2014 a la fecha se han aprobado 8 personerías jurídicas, cuando inicio la nueva administración gubernamental

10  Destacamos, que se ha logrado una disminución considerable en las cifras de trabajo infantil en Panamá, tal como lo muestra la “V Encuesta de Trabajo Infantil”, que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC) aplicó en el mes de octubre de 2014.  En efecto, se ha reducido en un 47% en el trabajo infantil en nuestro país gracias a las acciones conjuntas entre el MITRADEL, y las demás Organizaciones Gubernamentales y no Gubernamentales, que conforman el Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora (CETIPPAT).  En la Encuesta del año 2012, la cifra era de que 50,410 niños(as) y adolescentes se encontraban en situación de trabajo infantil peligroso, Para el año 2014, esta cifra disminuyó a 26,710 niños(as) y adolescentes trabajadores, lo que indica que se han retirado de las calles y reinsertados al sistema escolar un total de 23,700 niños, niñas y adolescentes.

11  De estos 26,710 niños(as) y adolescentes trabajadores, el 67.8 % son niños y el 32.2% son niñas. El trabajo infantil se mantiene concentrado en las áreas rurales y comarcales del país, ya que el 75.0% de los niños se concentran en esas áreas.  Como meta del Gobierno Nacional se espera erradicar las peores formas de trabajo infantil, y el trabajo infantil en su totalidad para el año 2020. Para esto es necesario seguir aunando esfuerzos de forma tripartita, a través, de las Coordinaciones que realiza el Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora (CETIPAT), el cual está compuesto por 23 instancias de forma tripartita (Gobierno, empresa privada, Ong y sociedad Civil).  En el cuadro siguiente un resumen de los datos de la Encuesta de Trabajo Infantil en estos últimos años. Datos de la Encuesta ETI: Año N° NNAT 2000 47,967 2008 89.767 2010 60,702 2012 50,410 2014 26,710

12 Captación de niños, niñas y adolescentes al Programa de Acción Directa  Mediante el Programa de Acción Directa, en el año 2014, se han otorgado 1,426 becas a niños, niñas y adolescentes para que se mantengan dentro del sistema educativo, y se han captado 1,500 adicionales que serán beneficiados del programa durante el año 2015.  A través del Proyecto Sembrando Valores para el Futuro, el MITRADEL, otorgó un reconocimiento a 20 empresas que han contratado a jóvenes entre 14 y 17 años de edad, mediante un empleo decente y en cumplimiento de la normativa laboral vigente.

13  Podemos destacar los siguientes avances: Prevención Campaña “YO NO SOY UN JUGUETE” colocada en el Aeropuerto Internacional de Tocumen a través de monolitos, pantalla gigante, en banners -ventana de vidrio- en los muelles Norte-Sur y en el sitio de Migración del Hub de las Américas, por donde transitan al día más de veinte mil pasajeros.  Atención La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF), de acuerdo al Protocolo de Atención a Víctimas de Explotación Sexual es la institución encargada de brindar atención integral hasta la restitución de todos los derechos de las víctimas.

14  Investigación y Sanción Se busca investigar y perseguir Personas Explotadoras y Protección de Derechos a Víctimas de Explotación Sexual. Con la finalidad de optimizar y fortalecer la investigación de este tipo de delitos considerado crimen organizado y en regiones del país que cuentan con el nuevo Sistema Penal Acusatorio, para formación y sensibilización a los operadores de justicia, Policías de Niñez y Adolescencia, Psicólogos, Psiquiatras Forenses, Peritos en Informática Forense del Instituto de Medicina Leal y Ciencias Forenses, de las provincias de Herrera, Los Santos, La Chorrera, Panamá Centro, San Miguelito, Coclé, Veraguas, Colón.

15  Fortalecimiento de CONAPREDES Contratación del equipo de la CONAPREDES, para la definición de Proyectos su evaluación, seguimiento y monitoreo (Coordinadora de Planes y Proyectos, Abogado, Administrador). El Plan de Acción Nacional establece la creación desde la Universidad de Panamá del Observatorio de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA) para impulsar investigaciones cualitativas y cuantitativas sobre el delito, hacer estudios sobre las políticas existentes y divulgar información de forma sistemática y permanente. En la actualidad estamos realizando los acercamientos con la Universidad de Panamá para la concretización del Observatorio.

16 GRACIAS !


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