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Sistema de Alertas y Procesos Competitivos

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Presentación del tema: "Sistema de Alertas y Procesos Competitivos"— Transcripción de la presentación:

1 Sistema de Alertas y Procesos Competitivos
Julio 2019

2 Sistema de Alertas Con la reforma constitucional en materia de disciplina financiera en 2015, el Congreso dispuso la creación del Sistema de Alertas (SdA) (Art 117 fracción VIII). El SdA se encuentra reglamentado en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (Título III Capítulo Tercero) así como en su propio Reglanmento. Para lograr una detección oportuna del riesgo de endeudamiento de los entes públicos locales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público diseñó un mecanismo de evaluación del nivel de endeudamiento. Establece el Límite de Endeudamiento Neto del Ente Público para cada Ejercicio Fiscal. Aplacible a Estados, Municipios y Organismos que tengan contratados financiamientos y obligaciones inscritos en el RPU. Primera Medición a Entidades Federativas: 30 Junio 2017 (CP 2016) Límite de Endeudamiento aplicable en el ejercicio fiscal 2018 Primera Medición a Municipio: 31 Julio 2017 (2° Trimestre 2017) Límite de Endeudamiento aplicable en el ejercicio fiscal 2019 Organismos Públicos Estatales y Municipales: ÚLTIMO DÍA HÁBIL DE AGOSTO 2019 Límite de Endeudamiento aplicable en el ejercicio fiscal 2020 Medida Preventiva que establece Límite de Deuda Medida Preventiva que establece Límite de Deuda

3 Indicadores del Sistema de Alertas
Indicadores para la medición del Sistema de Alertas: 1 Deuda Pública y Obligaciones sobre ILD 2 Servicio de la Deuda y de Obligaciones sobre ILD 3 Obligaciones de Corto Plazo y Proveedores y Contratistas sobre Ingresos Totales En el caso de APPs, solo se contabilizará la parte correspondiente a la inversión por infraestructura. Se incluirán: servicio de deuda, y pago de Obligaciones cuyo componente sea el pago de inversión. Se incluirán las cuentas de proveedores y contratistas y cualquier obligación bancaria mayor a 12 meses, menos los activos circulantes con que cuente el Ente Público. Rango Municipal Menor a 60% 60% < x ≤ 120% Mayor a 120% Rango Municipal Menor a 5% 5% < x ≤ 10% Mayor a 10% Rango Municipal Menor a 15% 15% < x ≤ 25% Mayor a 25%

4 Indicadores del Sistema de Alertas
1 Deuda Pública y Obligaciones / ILD Sostenibilidad de la Deuda. Contabilizará lo contratado por el Ente Público de Corto y Largo plazo y, en caso de contar con una Fuente o Garantía de Pago, ésta debe ser de ILD. ⦿ También contabilizará la contratada por cualquiera de los Entes Públicos que cuente con una Garantía o Fuente de Pago de ILD del Estado o Municipio, según corresponda. ⦿ ⦿ Para cada tipo de financiamiento y Obligación se contabilizará los siguientes conceptos: Saldo Insoluto de: Saldo No cubierto de: Saldo Dispuesto No pagado de: Saldo Pendiente de Pago: ⦿ Del Principal por concepto de créditos respaldados con bonos cupón cero, es decir, la diferencia entre el pago del Financiamiento y el valor del bono ⦿ ⦿ Garantías de Pago Del servicio de inversión en infraestructura, relacionado con Obligaciones de Asociaciones Público Privadas. ⦿ Créditos Simples ⦿ ⦿ Emisiones Bursátiles Líneas de Crédito Contingentes o Revolventes ⦿ Arrendamientos financieros ⦿ En caso que dicha línea respalde la Deuda Pública u Obligación de cualquiera de sus Entes Públicos, se deberá considerar únicamente el saldo insoluto de dicho Deuda u Obligación ⦿ Deuda Contingente ⦿ Contratado por cualquiera de sus Entes Públicos ⦿ Con Garantía o Fuente de Pago de ILD’s del Estado multiplicado por un factor, dependiendo del nivel de endeudamiento del Ente.

5 Indicadores del Sistema de Alertas
2 Servicio de Deuda y Obligaciones / ILD’s Solvencia de los Entes Públicos = + + Comisión por Anualidad + Costos Financieros + Pago de Inversión de APP (componente de inversión más costo financiero) + Pagos financieros programados ⦿ Amortizaciones Intereses ⦿ ⦿ ⦿ Excluye las amortización por refinanciamientos y pago de Cortos Plazos. 3 Obligaciones a Corto Plazo y Proveedores y Contratistas / IT Presiones de Pago ⦿ Obligaciones Bancarias a Corto Plazo ⦿ Cuentas por pagar a Corto Plazo ⦿ Documentos por pagar a Corto Plazo ⦿ Títulos y Valores ⦿ Otros Pasivo a Corto Plazo Documentos Comerciales Documentos con contratistas Otros Documentos De la Deuda Pública Interna Otros Pasivos Circulantes Financiamiento Bancarios menores a 12 meses. Proveedores Contratistas Otras Cuentas por pagar a Corto Plazo

6 Metodología En acompañamiento a los rangos propuestos, se determinará el nivel de endeudamiento de cada ente público a través de la siguiente regla: Se propone que el indicador de Deuda y Obligaciones es el que define el color del semáforo, salvo: Que los otros dos indicadores se encuentren en el mismo rango y éste sea peor que el rango en el que esté la Deuda. En éste caso, se tomará el rango de estos dos indicadores. Que sólo uno de los otros dos indicadores esté en el rango elevado (rojo), siempre y cuando la Deuda se ubique en el rango bajo (verde). En éste caso, el nivel de endeudamiento será en Observación. Se le clasificará en un Nivel de Endeudamiento Elevado. ⦿ En caso de Incumplimiento Si se presenta un incumplimiento de pago por parte de una Entidad Federativa o Municipio Este nivel deberá permanecer en tanto no se subsane el incumplimiento.

7 Techo de Financiamiento Neto
Según la evaluación realizada por el Sistema de Alertas, los Entes Públicos deberán observar el cumplimiento del Techo de Financiamiento Neto correspondiente. Semáforo y Techos de Financiamiento Neto (TFN) anuales TFN 15 % ILDs Sostenible Convenio con la Federación, analizado por la Comisión Legislativa Bicameral para establecer medidas de responsabilidad hacendaria. Podrán establecer TFN distintos a los señalados, de forma transitoria, si están en este nivel en la primera medición del Sistema de Alertas. TFN 5 5 % ILDs En observación TFN % ILDs Elevado Impacto en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos Municipios y Entes Públicos distintos a la Administración Pública Central de Entidades Federativas y Municipios: El TFN anual deberá ser contemplado para la elaboración del Presupuesto de Egresos Es aplicable para el presente ejercicio fiscal.

8 Publicación de las Evaluaciones
Periodicidad y resultados ⦿ Para la publicación de los resultados del Sistema de Alertas se considera: ⦿ Semáforo ⦿ La información correspondiente a cada variable ⦿ La información fuente MPIO VIN CP OPD VIN CP ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC MPIO INF 2 2T MPIO INF 1 4T OPD INF 2 2T OPD INF 1 4T

9 Coordinación para la Entrega de Información
El Estado será el responsable de coordinar y entregar la información de sus Municipios y OPD´s tanto estatales como municipales. El Solicitante Autorizado de cada Entidad Federativa deberá enviar a la Secretaría la información correspondiente a la Entidad, la de sus Municipios y la de los Entes Públicos locales, tanto estatales como municipales. ⦿ Municipios ⦿ Medición Informativa: Cuarenta y cinco días al cierre del Segundo y Cuarto Trimestre: Agosto (2T) y Febrero (4T) Medición Vinculante: Último día hábil de Mayo (Cuenta Pública) Sistema del Registro Público Único SHCP (UCEF) SOLICITANTE AUTORIZADO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA ⦿ Entes Públicos Locales Medición Informativa: Sesenta días al cierre del Segundo y Cuarto Trimestre: Agosto (2T) y Febrero (4T) Medición Vinculante: Último día hábil de Mayo (Cuenta Pública) Formatos Específicos ⦿

10 Aclaraciones Aclaraciones
Los Entes Públicos podrán solicitar aclaraciones ante la Secretaría, respecto de las mediciones que ésta haga sobre los 3 indicadores y el resultado de dichas mediciones. ⦿ Aclaración por escrito respecto de las mediciones y dudas particulares que se tengan. Adicionalmente la Secretaria podrá solicitar la información que considere oportuna para atender dicha aclaración. El Ente público podrá solicitar la aclaración ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la medición realizada Mecanismo ⦿ Para dar pronta respuesta y atención a las solicitudes de aclaración se consideran los siguientes plazos. La Secretaría contará con un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud de aclaración, siempre y cuando ésta contenga la información que la sustente. Plazos ⦿

11 Solicitud de Evaluación del SdA Ruta Crítica
En caso de no contar con una evaluación del Sistema de Alertas, el Municipio u Organismo deberá: Se deberá mandar un correo electrónico a la dirección solicitando el formato de información para medición. Proporcionar información conforme al formato de la Secretaria de Haciendo y Crédito Público referente a la Cuenta Pública 2017 y 2018. Ingresos de Libre Disposición; Ingresos Totales; Deuda a Largo Plazo; Deuda a Corto Plazo; Proveedores y Contratistas; Servicio de Deuda Una vez que el Municipio tenga toda la información, deberá enviarla al correo electrónico a Una vez evaluada la información por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, le enviarán al Municipio un oficio en el cual confirmarán la medición. Nota: Se requiere Techo de Financiamiento Neto (Sistema de Alertas) para la inscripción en el Registro Público Único. Coahuila tiene 20 municipios que no cuentan con medición por parte del Sistema de Alertas.

12 Procesos Competitivos
Ley de Disciplina Financiera En el contexto del artículo 117 fracción VIII de la Constitución, los Estados y Municipios sólo podrán contratar empréstitos y obligaciones bajo las mejores condiciones del mercado ⦿ Para la contratación de financiamientos y obligaciones, el artículo 26 fracción IV de la Ley de Disciplina Financiera (LDF), señala que se deberá contratar aquella oferta que represente el costo financiero más bajo. ⦿ ⦿ Para tal efecto, la Secretaría emitió: Lineamientos de la Metodología para el Cálculo del Menor Costo Financiero y de los Procesos Competitivos de los Financiamientos. ⦿ 25 de octubre de 2016, publicados en el Diario Oficial de la Federación ⦿ 26 de octubre de 2016, entran en vigor. Incluye los Formatos para acreditar la contratación bajo las mejores condiciones de mercado

13 Procesos Competitivos
Mecanismos para asegurar las mejores condiciones del mercado ⦿ Conforme al art. 26 de la LDF, la contratación de Financiamientos y Obligaciones deberá realizarse bajo un proceso competitivo. ⦿ El tesorero municipal o su equivalente de cada Ente Público, será el responsable de confirmar que el Financiamiento u Obligación fue celebrada bajo las mejores condiciones del mercado. ⦿ Proceso competitivo ⦿ Mínimo, invitación a DOS instituciones financieras. ⦿ Se tiene que obtener, al menos, UNA propuesta en firme. Créditos menores a 10 mdu ≈ 62.5 mdp* ⦿ Proceso competitivo Créditos mayores a 10 mdu ≈ 62.5 mdp* ⦿ Mínimo, invitación a CINCO instituciones financieras, bajo condiciones de crédito establecidas. ⦿ Obtener, al menos, DOS propuestas en firme. Deberá presentar la negativa de las Instituciones Financieras que no presenten ⦿ Créditos mayores a 100 mdu ≈ 625 mdp: licitación pública Cortos Plazos ⦿ Destinadas a cubrir insuficiencias de liquidez temporales. ⦿ Proceso Competitivo y transparencia (publicar Tasa Efectiva e incluirse en reportes financieros). ⦿ No pueden refinanciarse o reestructurarse, salvo destino de inversión pública productiva. ⦿ No requieren autorización del Congreso Local cuando: ⦿ Son menores al 6% ITs (sin incluir Financiamiento). ⦿ Serán liquidadas 3 meses antes del final de la Administración. *Valor de la Unidad de Inversión actualizado al 01 de julio del 2019. ⦿ Sean quirografarias (sin fuente de pago). ⦿ Se registren en el Registro Público Único.

14 Etapas del Proceso Competitivo
Se identifican cuatro etapas para el proceso competitivo Cálculo del Costo Financiero Ente Público emite Convocatoria y Bases. Publicación del Análisis Comparativo Recepción de Ofertas por Oferta No deberán exceder lo dispuesto en la autorización emitida por la Legislatura local. Ser pública en caso de contratar créditos mayores a 100 mdu. Se deberá elegir aquella Oferta que represente el mentor costo financiero. El Ente Público deberá dar a conocer la Oferta ganadora a más tardar 5 días hábiles posteriores al cierre de recepción de Ofertas. Deberá publicar el análisis comparativo a más tardar 10 días posteriores al término del proceso competitivo. Deberá reportar conforme a Anexos de los Lineamientos El periodo de recepción no podrá ser mayor a 30 días, a partir de la presentación de la primera propuesta. En caso de Licitación, deberá realizarse de forma simultanea Los Lineamientos contemplan los siguientes tipos de Financiamientos y Obligaciones. Financiamientos y Obligaciones: Se contempla la evaluación de distintos Financiamientos y Obligaciones. Créditos Simples Créditos Simples por montos relevantes (500 mdu). Créditos Revolventes Reestructuras y Refinanciamientos Arrendamientos Financieros Asociaciones Público – Privadas Instrumentos Derivados Productos Únicos de Mercado Casos no previstos

15 Convocatoria Requisitos Mínimos de Convocatoria
La Convocatoria deberá, cuando menos, incluir lo siguiente: Requisitos Mínimos de Convocatoria Monto de Financiamiento, Plazo (específica), Perfil de amortización (específica), Tipo de tasa de interés (fija o variable), Periodicidad del pago de intereses (específica), Fuente de pago (específica), Estructura de Pago, Oportunidad de entrega de los recursos, En su caso, la garantía a otorgar, Tasa Efectiva de la Oferta (opcional) Las Ofertas deberán cumplir con la Convocatoria para ser consideradas como Ofertas Calificadas. Ser irrevocable y en firme, es decir, no estar sujeta a condiciones adicionales. Contar con una vigencia mínima de 60 días a partir de ser presentada. Cumplir con todas las especificaciones de la Convocatoria Ofertas Calificadas

16 Lineamientos del Menor Costo Financiero
En el caso de los Créditos Simples, el costo financiero será reflejado a través de la Tasa Efectiva. Simulación de un Proceso Competitivo con dos Ofertas Calificadas Característica del Crédito Oferta Banco 1 Oferta Banco 2 Monto Ofertado 50,000,000 MXN Plazo 120 Meses (3,640 días) Perfil de Amortización Creciente Tasa de Interés Ofertada (TIIE 28 + Sobretasa ) Sobretasa 1.5% (TIIE %) Tasa Efectiva 10.5% Sobretasa 2.0% (TIIE %) Tasa Efectiva 10.2% Comisión por Apertura 1% del Monto Contratado + IVA Sin comisión por Apertura Comisión por Anualidad 0.5% sobre el Saldo Insoluto + IVA Sin comisión por Anualidad La Tasa Efectiva es aquella tasa de descuento que, en Valor Presente, hace que el pago de todos los pagos realizados al crédito (proyecciones) sea igual al monto del financiamiento. Motor de Cálculo La SHCP ha puesto al alcance de todo el público un Motor de Cálculo del Menor Costo de Financiamiento, el cual tiene como objetivo realizar de forma ilustrativa, mas no vinculante, el cálculo de la Tasa Efectiva y el Valor Presente por Oferta.

17 Arrendamientos Financieros y APP’s
A pesar de que la Tasa Efectiva es indicativa en estos casos, es un mecanismo para transparentar el costo financiero total de las Ofertas recibidas. El cálculo de la Tasa Efectiva será indicativo, debiendo cumplir con los requisitos de publicación en el portal de Internet del Ente Público. Por su naturaleza, el criterio de decisión debe considerar las características necesarias del servicio, por lo que los criterios contratación quedarán a lo previsto en la legislatura local. Arrendamientos Financieros y Asociaciones Público Privadas En caso de las APP, sin importar quien sea la dependencia contratante, será responsabilidad del tesorero municipal confirmar que la Obligación se contrató bajo las mejores condiciones de mercado. En ambos casos se deberá publicar, entre otros concepto, los siguientes: Descripción del bien o proyecto, Proveedor del servicio, Monto total de la Inversión, Contraprestación mensual, que en el caso de APP deberá ser dividida entre Pago por Inversión y Pago por Servicio, y Tasa Efectiva. Los arrendamientos puros no son materia de la Ley de Disciplina Financiera, quedando regulados por la legislación local.

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