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PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA EN EL MARCO DE LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES
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SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
Conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que regulan la utilización y promueven la eficiencia en el uso de los recursos en las entidades de la administración pública Son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad
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ORGANIZACIÓN DEL ESTADO A TRAVES DE SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
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ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
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PLANIFICACIÓN
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PLANIFICACIÓN Y LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
En el caso del Sistema de Abastecimiento no existe un órgano rector y tampoco existe un cuerpo normativo único que regule de manera integral la totalidad de los procedimientos de los distintos procesos técnicos involucrados: programación, compras, control patrimonial, distribución, almacén, entre otros.
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PLANIFICACIÓN A NIVEL INSTITUCIONAL
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PDN) Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) Plan de Desarrollo Concertado Plan Estratégico Institucional (PEI) Plan Operativo Institucional (POI) Plan Anual de Contrataciones (PAC) Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 8
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PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO NACIONAL
Plan Bicentenario El Perú hacia el 2021, aprobado por el Acuerdo Nacional marzo 2011 y actualizado en el 2016. Es un plan de largo plazo que contiene las políticas nacionales de desarrollo que deberá seguir el Perú en los próximos 10 años Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 9
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PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO NACIONAL
Objetivos Nacionales: Ejercicio efectivo de derechos humanos y dignidad de personas, con inclusión social de la población más pobre y vulnerable Garantizar el acceso a los servicios de calidad que permiten desarrollo pleno de las capacidades y derechos de población, en condiciones equitativas y sostenibles Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 10
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PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO NACIONAL
Objetivos Nacionales: Desarrollar y consolidar gobernabilidad democrática y una fuerte institucionalidad pública Desarrollar una economía diversificada y sofisticada con crecimiento sostenible, en una estructura descentralizada, generadora de empleo digno Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 11
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PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO NACIONAL
Objetivos Nacionales: Territorio cohesionado y organizado en ciudades sostenibles con provisión asegurada de infraestructura de calidad Aprovechamiento eficiente, responsable y sostenible de la diversidad biológica, asegurando calidad ambiental adecuada para la vida saludable de las personas y el desarrollo sostenible del país Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 12
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PLAN ESTRATEGICO SECTORIAL MULTIANUAL - PESEM
Documento elaborado por los Ministerios para cada sector Se elabora para un periodo de 5 años Estrategia de desarrollo del sector para el logro de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) Se articula con PEDN por los indicadores Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 13
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PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO - PDC
Documento elaborado por los Gobiernos Regionales (PDRC) y Gobiernos Locales (PDLC) para sus ámbitos territoriales Se elabora para un período de 8 años Estrategia de desarrollo concertada del territorio para el logro de los objetivos establecidos en el PEDN, así como los objetivos establecidos en los PESEM Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 14
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PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO - PDC
En el caso de las competencias compartidas, el indicador que corresponde al objetivo estratégico territorial es igual al indicador del objetivo estratégico sectorial limitado a su territorio Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 15
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Documento elaborado por las entidades Se elabora para un período de 3 años Desarrolla las acciones estratégicas de la entidad para el logro de los objetivos establecidos en el PESEM o PDC Directiva Nº CEPLAN – Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 16
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Visión Misión institucional Objetivos estratégicos institucionales Indicadores Metas anuales Acciones estratégicas institucionales Ruta estratégica Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 17
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Visión: situación del sector o territorio que se espera alcanzar en el futuro Vision del OSCE: Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 18
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Misión institucional: define la razón de ser de la entidad en el marco de las competencias y funciones establecidas en su ley de creación; y de acuerdo a los criterios de la modernización del Estado, en el marco de la visión del sector Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 19
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Misión institucional del OSCE: Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 20
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Objetivos estratégicos institucionales: es la descripción del propósito a ser alcanzado, que es medido a través de indicadores y sus correspondientes metas, las cuales se establecen de acuerdo al periodo del plan estratégico Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 21
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Objetivos del PEI del OSCE: Fortalecer y posicionar el rol supervisor del OSCE en los procesos de contratación pública Contribuir al desarrollo de capacidades y a una mejor participación de los actores del proceso de contratación pública Incrementar el impacto de las oficinas zonales del OSCE a nivel nacional Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 22
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Objetivos del PEI del OSCE: Optimizar proceso de contratación pública mediante la mejora e innovación de los mecanismos de contrataciones públicas y uso intensivo de las Tecnologías de la información y la comunicación-TIC. Optimizar gestión de recursos y mejorar de forma continua procesos internos del OSCE, para contribuir a excelencia operativa Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 23
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Indicadores: Son enunciados que permiten medir el estado de cumplimiento de un objetivo, facilitando su seguimiento Metas: valor proyectado del indicador para hacer el seguimiento al logro de los objetivos estratégicos Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 24
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Indicadores y metas del PEI del OSCE: Nivel de satisfacción del proveedor con relación al RNP (encuestas) - 80% % de monto de contrataciones no programadas - 30% % de operadores logísticos con certificación vigente - 100% Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 25
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Acciones estratégicas institucionales: conjunto de actividades ordenadas que contribuyen al logro de un objetivo estratégico y que involucran recursos. Cuentan con unidad de medida y meta física determinada Permiten articular de manera coherente e integrada logro de objetivos estratégicos. Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 26
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PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL - PEI
Ruta estratégica: conjunto secuencial de acciones estratégicas que permite lograr los objetivos estratégicos. Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 27
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PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL - POI
Documento elaborado por las entidades Administración Pública que toma como base la información generada en el PEI Desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades para un periodo determinado. Contribuye a la gestión de la entidad para el logro de sus objetivos estratégicos Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 28
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PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL - POI
Acción estratégica institucional Actividades: conjunto de acciones necesarias para el logro de una acción estratégica Unidad de medida Meta física Unidad responsable Un contrato es un acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales. En los contratos de la administración pública, una de las partes es un organismo estatal. Por ello, es importante que se aplique correctamente los principios de la contratación ya que se usará el presupuesto del Estado. Toda relación contractual se basa en dos principios esenciales: La buena fe y La común intención de las partes. En contratación pública se debe tener en cuenta los principios recogidos por el artículo tres de la ley: Transparencia Moralidad y Eficiencia Estos principios garantizan el éxito en la gestión pública y el correcto desempeño del funcionario público. ¿Cuándo se formaliza el contrato? Formalidad. El reglamento señala que para el perfeccionamiento del contrato se debe acatar con algunas formalidades. Dicho perfeccionamiento debe ser por escrito (cláusulas, anexos, documentos, etc.). Pero la norma admite una excepción para el caso de la menor cuantía por bienes y servicios; en este caso bastará la orden de compra u orden de servicios para formalizar un contrato. La orden de compra prueba o refleja que hay una relación contractual Suscripción del documento. . El contrato lo suscribe el funcionario público que tiene las atribuciones y facultades para ello. Estas atribuciones están preestablecidas en el documento correspondiente de gestión interna o en el reglamento de la organización. El proveedor que suscribe un contrato puede ser una persona natural o jurídica. La persona natural deberá presentar su documento de identidad con el fin de acreditar que es un ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles. No puede tener impedimento ni sanción alguna en ese tema. La persona jurídica (una empresa) será representada por una persona natural. Esta persona natural deberá acreditar su representación mediante el documento de constitución de la empresa donde aparece el representante legal del mismo. Por otro lado, el suscriptor puede ser un apoderado designado por la empresa, pero también deberá acreditar la representación a través de un documento de poder debidamente registrado. Estos temas, aparentemente sencillos, son importantes para la suscripción del contrato. 29
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PLANIFICACIÓN DE COMPRAS
Planificar compras significa definir: Qué se comprará (a nivel de item) Cuando se necesitará Qué cantidad se comprará Se debe definir e identificar además: Periodicidad de la compra Tiempos de respuesta de proveedores Restricciones legales
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Finalidades: Programar Difundir Evaluar Características: Obligatorio Integral Público Formal Directiva Nº OSCE/CD (01/2016)
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Formulación: Primer semestre, áreas usuarias remiten Cuadro de Necesidades y requerimientos de bienes, servicios y obras para cumplir objetivos y actividades del proyecto POI Adjuntando Especificaciones Técnicas de bienes, Términos de Referencia de servicios en general y consultorías y descripción general de obras a ejecutar
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CUADRO DE NECESIDADES Principal sustento del PAC de una Entidad
Documento de gestión básico para la planificación y programación de las necesidades de bienes, servicios u obras requeridos por las àreas usuarias duante el año
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ACTORES EN LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
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CONTENIDO MÍNIMO DEL CUADRO DE NECESIDADES
El cuadro de necesidades puede ser realizado en Excel u aplicando algún sistema informático, como por ejemplo el SIGA.
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
Lo recomendable es trabajar con precios históricos vigentes, a fin de no correr el riesgo de contar con un Cuadro de Necesidades sobre valorado o desfasado.
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
En función a dichos techos las Áreas Usuarias distribuyen su presupuesto en los diferentes bienes o servicios que se requieran para el normal funcionamiento de sus oficinas y cumplimiento de sus objetivos trazados.
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
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ACCIONES PREVIAS A LA ELABORACIÓN DEL CUADRO DE NECESIDADES
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Formulación: OEC en coordinación con área usuaria consolida y valoriza contrataciones - Cuadro consolidado de necesidades Antes de aprobar proyecto de PIA, áreas usuarias deben ajustar requerimientos en base a prioridades institucionales, actividades y metas presupuestarias
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Formulación: Áreas usuarias remiten requerimientos priorizados al OEC, para que determine valor estimado de contrataciones de bienes y servicios y consultorías en general, así como costo programado de consultoría y ejecución de obras OEC elabora proyecto de Plan Anual
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Aprobación: Una vez aprobado el PIA, OEC en coordinación con área usuaria ajusta proyecto de PAC PAC se aprueba a los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA A los 5 días hábiles se publica en SEACE
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Contenido: Contrataciones cubiertas por el PIA Se incluirán todas las contrataciones con independencia del tipo del proceso de selección y/o el régimen que las regule Código respectivo del Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras (CUBSO)
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Contendrá lo siguiente: Antecedente (convocatoria anterior) Tipo de procedimiento de selección Objeto de la contratación (bienes, servicios, obras, consultoría de obras) Descripción de los bienes, servicios u obras a contratar
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Montos de Procedimientos 2017
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN BIENES SERVICIOS OBRAS EN GENERAL CONSULTORÍAS LICITACIÓN PÚBLICA >= a S/.400,000 >= a S/ ,000 CONCURSO PÚBLICO >= a S/. 400,000 ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA < a S/. 400,000 > 32,400 < a S/.400,000 > 32,400 < a S/. 400,000 > a 32,400 < a S/ ,000 > a 32,400 SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES < a S/. 40,000 > a 32,400 SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA > a 32,400 COMPARACIÓN DE PRECIOS < a S/.40,000 > a 32,400
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Contendrá lo siguiente: Unidad de medida y cantidad Valor estimado de la contratación Tipo de Moneda Fuente de financiamiento Fecha prevista de la convocatoria (mes) Tipo de compra o selección (por entidad, compra corporativa o por encargo)
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Contendrá lo siguiente: Nombre de la entidad convocante de la compra corporativa o encargada) Código de la ubicación geográfica del lugar de la prestación Tipo de cambio (valor moneda extranjera) Difusión del PAC de Fuerzas Armadas
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Modificación: Inclusión o exclusión de procesos Variación de tipo de procedimiento de selección, actualización de valor estimado o valor referencial Requisito para convocar procedimiento de selección, que este incluido en PAC, salvo comparación de precios
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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
Seguimiento: Titular de Entidad es responsable de supervisar y efectuar el seguimiento al proceso de planificación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del PAC Evaluaciones periódicas bajo el enfoque de gestión por resultados, sobre ejecución de contrataciones y su incidencia en cumplimiento de metas del POI y el PIA
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EVALUACIÓN DE EJECUCIÓN DEL PLAN ANUAL
Se evalúan las causas de retraso en: Determinación de las especificaciones técnicas de bienes o términos de referencia de servicios Indagaciones de mercado Emisión de certificación presupuestal
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EVALUACIÓN DE EJECUCIÓN DEL PLAN ANUAL
Se evalúan las causas de retraso en: Aprobación de expediente de contratación Designación de comité de selección Elaboración y aprobación de bases Durante procedimiento de selección
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PROBLEMAS EN LA PLANIFICACIÓN
Se elabora el PAC con el fin de cumplir con una obligación Aprobación del PAC sin información de las áreas usuarias Lo planificado no es real Alta Dirección no promueve planificación Alta rotación en Jefaturas de Logística (73.33% menos de 12 meses)
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DEFINICIÓN DECONCUSIÓN
El término peculado se emplea en el ámbito del derecho para nombrar al delito que se concreta cuando una persona se queda con el dinero público que debía administrar. El peculado, por lo tanto, forma parte de lo que se conoce comúnmente como corrupción. DEFINICIÓN DECONCUSIÓN Concusión es un término que procede del latín concussio. Se trata de una exacción (la acción de exigir impuestos, multas o prestaciones) arbitraria que lleva a cabo un funcionario público en provecho propio. DEFINICIÓN DECOLUSIÓN La etimología de colusión nos lleva al vocablo latino collusio. La noción alude a un acuerdo ilícito que establecen dos o más partes con el objetivo de provocar un perjuicio a un tercero.
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