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Publicada porGuido Gutierrez Modificado hace 6 años
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BAUTISTA PALANTE, DANIEL ANTHONY GUTIERREZ MELGAR, PIERINA SHANNY NAPA ROJAS,PEDRO MANUEL NAVARRETE SAYRITUPAC, EDGAR SMITH PALOMINO MUÑOZ,MARTIN ALEXANDER TITO CHAVEZ, WENDY CELESTE Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna
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Regimen de Percepción del IGV – Venta Interna
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PORCENTAJES SOBRE EL IMPORTE DE LA OPERACION 10% Se da cuando el importador se encuentra a la fecha en que se efectúa la numeración de la DAM o DSI en alguno de los 6 supuestos: a)Si tiene la condición de domicilio final no habido b)Si la SUNAT le hubiera comunicado la baja de su inscripción del RUC c)Si hubiera suspendido temporalmente sus actividades d)Si no cuenta con RUC o no le consigna en la DAM o DSI e)Si realiza por primera vez una operación y/o régimen aduanero f)Si estando inscrito en el RUC no se encuentra afecto al IGV
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5% 3.5% Cuando el importador nacionalice bienes usados Cuando el importador no se encuentre en ninguno de los supuestos antes mencionados
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■WENDY
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Importación de mercancías sensibles al fraude Tratándose de la importación de bienes considerados como mercancías sensibles al fraude por el concepto de “valoración”, Para obtener el monto de la percepción del IGV se determinará considerando el mayor monto que resulte de comparar el resultado obtenido de:
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■Aplicar el porcentaje establecido en los párrafos anteriores según corresponda, sobre el importe de la operación. ■Multiplicar un monto fijo, el cual deberá estar expresado en moneda nacional, por el número de unidades del bien importado, según sea la unidad de medida, consignado en la DAM (Declaración Aduanera de Mercancías).
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KEVIN
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■MARTIN
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