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Publicada porJosé Ignacio Rivas Martin Modificado hace 6 años
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ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DESDE EL CURRÍCULUM EN LOS CENTROS ESCOLARES
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DIVERSIDAD
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La atención a la diversidad es:
Un fundamento educativo: La necesidad de que todos los alumnos reciban una educación de calidad atendiendo a las diferencias individuales. Un principio normativo: Definido en la legislación educativa actual. Un objetivo didáctico: la necesidad de planear actividades personalizadas para adquirir las competencias a través de un currículum personalizado. Definición del grupo destinatario De acuerdo con el modelo de atención a la diversidad contemplado en el Sistema Educativo español, las medidas para atender las necesidades educativas en los centros ordinarios van desde las de carácter más ordinario hasta las que tienen un carácter más extraordinario. Por consiguiente, cuando se definen sus destinatarios se contempla tanto el total del alumnado escolarizado como aquel que presenta necesidades específicas de apoyo educativo. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN ESPAÑA Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS Fuente: Re EURYDICE Para que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que se refiere el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales y los objetivos y competencias de cada etapa, se establecerán las medidas curriculares y organizativas oportunas que aseguren su adecuado progreso. 2. Las Administraciones educativas fomentarán la calidad, equidad e inclusión educativa de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de discapacidad, medidas de flexibilización y alternativas metodológicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, diseño universal, atención a la diversidad y todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir que el alumnado con discapacidad pueda acceder a una educación de calidad en igualdad de oportunidades. 3. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje y valorar de forma temprana sus necesidades. La escolarización del alumnado que presenta dificultades específicas de aprendizaje se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo. La identificación, valoración e intervención de las necesidades educativas de este alumnado se realizará de la forma más temprana posible, en los términos que determinen las Administraciones educativas. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
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EL UNIVERSO DE NUESTRA MENTE
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CONCEPTO Y SENTIDO
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Dificultades específicas de aprendizaje.
ALUMNOS OBJETIVO Según la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006, modificada por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) de 2013, el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo es aquel que presenta: Necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, psíquica o sensorial o trastorno grave de la conducta. Dificultades específicas de aprendizaje. Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH). Alta capacidad intelectual. Necesidades derivadas de una incorporación tardía en el sistema educativo. Necesidades derivadas de su historial personal.
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a través del PAD Siguiendo las directrices establecidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, las Administraciones educativas autonómicas elaboran Planes de atención a la diversidad con la finalidad de poner en marcha medidas y actuaciones educativas que permitan el máximo ajuste de los procesos de enseñanza-aprendizaje a las características de todo el alumnado. En dichos planes se contemplan tanto medidas ordinarias como medidas de carácter extraordinario. Los centros educativos, en función de la autonomía con la que cuentan para determinar su organización y funcionamiento, ajustan estas directrices a las necesidades de su alumnado y a las características de su entorno escolar, elaborando sus propios Planes de atención a la diversidad.
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Atención a la diversidad desde los equipos docentes
Los equipos docentes diseñarán y aplicarán las medidas organizativas y curriculares para atender la diversidad del alumnado. La Comisión de Coordinación Pedagógica elaborará la propuesta de criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (Comunidad de Madrid)
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¿Quiénes son los ACNEAE. (fuente educadamentesite. wordpress
¿Quiénes son los ACNEAE?(fuente educadamentesite.wordpress.com/2016/01/14/acnee-o-acneae/) Son los Alumnos Con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo:Son aquellos alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar. Es decir, son una categoría más amplia que incluye a los anteriores
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¿Quiénes son los ACNEE. (fuente https://educadamentesite. wordpress
Son los Alumnos Con Necesidades Educativas Especiales:Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de la conducta, la personalidad o el desarrollo. Son, por tanto, alumnos con discapacidad o trastornos graves de la conducta, la personalidad o el desarrollo, según las siguientes tipologías:
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Diferencias entre ACNEAE y ACNEE (fuente https://educadamentesite
1º. Los ACNEE requieren, además del informe de evaluación psicopedagógica, de un dictamen de escolarización. 2º. Los ACNEE pueden escolarizarse en centros de educación especial, en escolarización combinada o en centros ordinarios, mientras que el resto de ACNEAE se escolarizan siempre en centros ordinarios. 3º. Los ACNEE suelen recibir una Adaptación Curricular Individualizada Significativa, mientras que el resto de ACNEAE siguen el currículo ordinario. 4º. La evaluación de los ACNEE tiene como referencia los criterios y objetivos establecidos en su adaptación curricular individualizada, mientras que para el resto de ACNEAE, la referencia para la evaluación son los contenidos y criterios de evaluación del nivel en el que se encuentra.
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INDICADORES E INSTRUMENTOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE ALUMNADO CON INDICIOS DE NEAE
EDUCACIÓN INFANTIL EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA INDICIOS NEAE: Diferencia significativa con respecto a la media de sus iguales en cualquiera de los ámbitos del desarrollo y/o en el ritmo/estilo de aprendizaje. Indicios sobre la existencia de un contexto familiar poco favorecedor para la estimulación y el desarrollo del alumno o alumna.
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MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, ¿en qué consisten?
En programas y actuaciones de índole tanto organizativo como curricular y de coordinación que se pueden llevar a cabo en el proceso de planificación o en el desarrollo de los procesos de enseñanza aprendizaje para atender a la diversidad del alumnado. El conjunto de medidas que se pueden adoptar dependen de las necesidades reales que existen en cada centro escolar. Deberán estar contextualizadas, recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad y evaluadas de forma periódica para determinar su conveniencia o necesidad de modificación. La atención a la diversidad en el aula y en el centro incluye tres tipos de medidas:ordinarias, específicas y extraordinarias. La propuesta de una medida para un alumno/a concreto debe ser realizada en el seno del equipo educativo, con el asesoramiento del orientador o, en su caso, del departamento de orientación y se debe contar con la opinión de la familia. Se dará prioridad a las medidas ordinarias sobre las medidas específicas y extraordinarias que sólo se utilizarán cuando, agotadas las vías anteriores, no existan otras alternativas o cuando la evaluación psicopedagógica así lo determine.
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Medidas generales u ordinarias
Son medidas ordinarias aquellas actuaciones y programas dirigidos a prevenir, compensar y facilitar la superación de dificultades leves mediante la adecuación del currículo ordinario, sin alterar ninguno de los elementos esenciales, con el fin de que la totalidad del alumnado alcance las capacidades establecidas en los objetivos generales de curso, etapa y/o nivel. Pueden ser generales (Organizativas, Curriculares y de Coordinación) o singulares (Actividades de Recuperación, Refuerzo, Adaptaciones No significativas, Agrupamientos Flexibles, Permanencia de un año más…) Medidas no significativas y programas específicos de carácter ordinario Son medidas específicas aquellas actuaciones y programas dirigidos a dar respuesta a las necesidades específicas del alumnado mediante la compensación o adecuación del currículo ordinario, que conllevan cambios organizativos, modificaciones en alguno de los elementos curriculares considerados esenciales o modificación de los elementos de acceso al currículo. Pueden ser Programas específicos de aprendizaje para determinados grupos de alumnos (Aulas de Acogida, Programas de compensación educativa, Adaptaciones de acceso al currículo,Medidas de profundización y enriquecimiento, Actuaciones y programas individuales y grupales…)
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Medidas extraordinarias
Son medidas extraordinarias aquellas actuaciones y programas dirigidos a dar respuesta a las necesidades extraordinarias del alumnado mediante modificaciones esenciales del currículo ordinario. Pueden suponer cambios esenciales en el ámbito organizativo y en los elementos de acceso al currículo, así como en la modalidad de escolarización. Pueden ser: Flexibilización de la permanencia en el nivel o en la etapa, Adaptaciones curriculares significativas, Programas de alumnos con necesidades educativas especiales asociados a discapacidad psíquica (Proneep) en IES, Escolarización combinada, Aulas Abiertas, Aulas Taller, Aulas ocupacionales...PMAR, FPB...
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Adaptación curricular
Es un proceso de toma de decisiones sobre los elementos de acceso al currículum y/o curriculares que pueden ser adaptados y/o modificados para dar respuesta educativa a las necesidades de los alumnos. Deben ser sencillas y fáciles de elaborar y aplicar por el profesor. Deben dotar al alumno de habilidades para su funcionamiento autónomo en el entorno. Las adaptaciones tienen su origen y punto de referencia en el currículo ordinario y deben de estar presentes en todas y cada una de las decisiones a tomar en la concreción curricular de cada centro educativo. ACI (adaptaciones significativas y no significativas), que incluyen tanto las estrategias de planificación y de actuación del profesor para afrontar las demandas de cada alumno, como las programaciones que contienen objetivos, contenidos y sistemas de evaluaciones diferentes. Las ACI aparecen recogidas en el artículo 8. “Medidas ordinarias” y en el artículo 9. “Medidas extraordinarias” del capítulo II “Actuaciones y medidas de atención a la diversidad” del decreto 229/2011.
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Tipos de Adaptaciones:
Si tenemos en cuenta los elementos modificados, hablamos de dos tipos: Adaptaciones de acceso al curriculum, son aquellas que facilitan la puesta en práctica del curriculum. Se refieren a los espacios, los materiales, los sistemas de comunicación y a los profesionales. Adaptaciones curriculares propiamente dichas, son aquellas que se realizan en los diferentes elementos curriculares y se derivan de la respuesta a los interrogantes ¿qué, cómo y cuándo enseñar y evaluar? Este segundo tipo se divide a su vez en dos: Adaptaciones curriculares no significativas: modificaciones en algunos elementos de la programación diseñada para todos los alumnos, pero que no afectan a las enseñanzas básicas del curriculum oficial. Nos referimos a la metodología y a las actividades de enseñanza-aprendizaje. Adaptaciones curriculares significativas: modificaciones en elementos de la programación que afectan a los aprendizajes esenciales de las distintas áreas curriculares. Nos estamos refiriendo a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y, con relación a ellos, a la temporalización, priorización, introducción o eliminación de los mismos.
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Si tenemos en cuenta a quién/es afectan, pueden ser:
Adaptaciones de centro, adecuación del currículo oficial a las características propias de cada centro. Adaptaciones de aula, adecuación de la programación de ciclo a las características y necesidades concretas de cada grupo de alumnos. Adaptaciones individuales, modificaciones que se realizarán en la programación de aula para dar respuesta a las necesidades educativas especiales de cada alumno concreto.
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Adaptaciones Curriculares Individualizadas
Si nos centramos en la respuesta a las necesidades educativas especiales que en cualquier momento puede experimentar un alumno, estamos hablando de las adaptaciones curriculares individualizadas, “como un conjunto de decisiones, modificaciones y cambios en el proyecto curricular y en la programación de aula, que se realizan para responder a las necesidades educativas especiales de los alumnos, resultado de la reflexión conjunta entre los distintos profesionales que diseñan, ponen en práctica y evalúan el proceso educativo global de este alumno” Muntaner y Roselló, (1997).
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Para que una adaptación curricular individualizada sea identificada como eficaz por los profesores, padres, psicopedagogos y estudiantes, debe cumplir una o más de las siguientes funciones (Arnáiz y Grau, 1997): - Ayudar a la persona a compensar los retos intelectuales, físicos, sensitivos o de comportamiento. - Permitirle usar sus habilidades actuales mientras promueve la adquisición de otras nuevas. - Reducir el nivel de información abstracta para hacer que el contenido sea relevante para la vida actual y futura. - Coordinar el estilo de aprender del estudiante y el estilo del enseñar del profesor. El objetivo de la realización de adaptaciones curriculares individualizadas es establecer procesos de individualización didáctica con aquellos alumnos que presentan necesidades educativas especiales, desde criterios de máxima normalización.
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DOS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE ACTUALIDAD
Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR) FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA Programa de Diversificación curricular???
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El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, trata en su Artículo 9 sobre Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Establece inicialmente que: 1. Será de aplicación lo indicado en el capítulo I del título II de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, en los artículos 71 a 79 bis, al alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, para que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. Fuente 2. Las Administraciones educativas fomentarán la calidad, equidad e inclusión educativa de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de discapacidad, medidas de flexibilización y alternativas metodológicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, diseño universal, atención a la diversidad y todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir que el alumnado con discapacidad pueda acceder a una educación de calidad en igualdad de oportunidades.
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3. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje y valorar de forma temprana sus necesidades. La escolarización del alumnado que presenta dificultades específicas de aprendizaje se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo. La identificación, valoración e intervención de las necesidades educativas de este alumnado se realizará de la forma más temprana posible, en los términos que determinen las Administraciones educativas. 4. Las Administraciones educativas establecerán las condiciones de accesibilidad y diseño universal y los recursos de apoyo humanos y materiales que favorezcan el acceso al currículo del alumnado con necesidades educativas especiales y adaptarán los instrumentos, y en su caso, los tiempos y apoyos que aseguren una correcta evaluación de este alumnado. Las Administraciones educativas, con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo, establecerán los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones significativas de los elementos del currículo, a fin de atender al alumnado con necesidades educativas especiales que las precise. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias; la evaluación continua y la promoción tomarán como referente los elementos fijados en dichas adaptaciones. En cualquier caso los alumnos con adaptaciones curriculares significativas deberán superar la evaluación final para poder obtener el título correspondiente.Fuente
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LAS ADAPTACIONES SON UN MEDIO PARA CONSEGUIR UNA EVALUACIÓN CRITERIAL
LAS ADAPTACIONES SON UN MEDIO PARA CONSEGUIR MEJORAR EL RENDIMIENTO LAS ADAPTACIONES SON UNA HERRAMIENTA PARA FACILITAR EL ACCESO AL CURRICULUM
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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD
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ESTRUCTURA BÁSICA DEL PROTOCOLO
PREVENCIÓN DETECCIÓN DE ALUMNADO NEAE IDENTIFICACIÓN DE ALUMNADO NEAE CENSO DEL ALUMNADO NEAE DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN
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DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN (DE):
Informe basado/ fundamentado en la Ev. Psicopedagógica que: -Determina las NEE -Concreta la propuesta de modalidad de escolarización -Concreta la propuesta de atención específica. DESTINATARIOS: Alumnado con NEE que requiere ATENCIÓN ESPECÍFICA Medidas Específicas que implican necesariamente de la presencia Recursos Específicos (Materiales/personales) Si un alumno con DIS,TGC, T. Grave desarrollo, TDAH no precisa atención específica no será alumno con NEE y no requiere DE
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DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN (DE)
MOMENTOS Y MOTIVOS Se realizará por primera vez cuando como resultado de la evaluación psicopedagógica se determine la presencia de NEE en un alumno ya escolarizado o que vaya a escolarizarse por primera vez en centros sostenidos con fondos públicos en: 2º ciclo de EI, EP, ESO y FBO (Aula específica, centro específico de EE). REVISIÓN POR CAMBIO DE ETAPA REVISIÓN -En la promoción de la Etapa de EI a EP y cuando promocione de EP a ESO -En las Aulas Específicas, cuando haya finalizado el período correspondiente al 2º ciclo de EI y cuando se traslade de un Aula Específica en Centro Ordinario de EP a Aula Específica en IES. -Alumnado escolarizado en Centro Específico de EE, al menos una vez durante el período de FBO, siendo recomendable que coincida con las edades de cambios de ciclo. -Cuando el alumno/ a se vaya a incorporar a un PTVAL sólo si cambia de modalidad ( Aula Específica en centro ordinario, Centro Específico de EE)
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REVISIÓN EXTRAORDINARIA VARIACIÓN SIGNIFICATIVA
Nueva determinación de NEE Cambio de modalidad de escolarización Cambio en la propuesta de ATENCIÓN ESPECÍFICA (nuevas medidas específicas y/ o recursos específicos o retirada de los mismos) PETICIÓN DE LA REVISIÓN Propio EOE Representantes legales del alumno/ a Profesorado Servicio de Inspección ETPOEP Tras valoración el EOE decide si procede o no y se dejará constancia por escrito de la decisión
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INFORMACIÓN DEL CONTENIDO DEL DIAGNÓSTICO A LAS FAMILIAS:
Orientador convoca: Recoge la Conformidad/disconformidad Informa del procedimiento de reclamación FINALIZADO Si la familia no comparece se recogerá la fecha de notificación y firmará el apartado correspondiente---- FINALIZADO Protocolo 6/06/2012 padres separados divorciados COPIA A LA FAMILIA
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CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
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Se recomienda flexibilizar los criterios respecto a los procedimientos e instrumentos de evaluación. Puede ser necesaria una evaluación individualizada, con instrumentos adecuados a las características y necesidades de los alumnos. Es necesario introducir nuevas formas de evaluar además de las ya tradicionales, oral y escrita, tales como la observación del trabajo de los alumnos, su participación en los juegos, actividades, entrevistas, diálogos, y otras. Criterios. La evaluación del aprendizaje consiste en comparar lo que los niños conocen y saben respecto a las metas establecidas y a su situación antes de comenzar el curso. Los conocimientos previos: Saber que tanto ha avanzado cada alumno siendo el punto importante para orientar las actividades didácticas. Propósito de enseñanza: Considerar que se quiere alcanzar dentro de los propósitos generales de cada programa o asignatura. Fuente
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Funcionalidad. La finalidad formativa de la evaluación, está orientada a valorar procesos, lo cual supone la recolección de información útil o significativa a lo largo de los mismos, su objetivo es mejorar o perfeccionar el proceso que se evalúa. Al saber en qué momento aparecen dificultades o al detectar qué situaciones favorecen los aprendizajes, se está en mejores condiciones de tener actuaciones más ajustadas a lo que el alumno requiere para lograr los objetivos educativos. Esto es particularmente importante en referencia a los alumnos con necesidades educativas especiales. Supone una regulación entre enseñar y aprender. Aquí se plantea un ajuste de la acción educativa a las características del alumnado. En resumen, los procesos de aprendizaje (cómo se aprende) y los rendimientos (que se aprende) están estrechamente vinculados. Fuente
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Objeto de la evaluación.
Es fundamental centrar la evaluación en dos grandes aspectos: el alumno y el contexto de aprendizaje. El alumno. Los posibles elementos de evaluación son : el rendimiento, la estrategias de aprendizaje, nivel de ayuda que requiere y su motivación para la realización del trabajo escolar. El contexto de aprendizaje. Considerar los ámbitos en los cuales se desarrolla el alumnado y estos son: Escolar Familiar Social Las formas de relación de interacción, de comunicación y de valores que se promueven en ellos. Fuente
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Metodología de la evaluación.
El proceso de evaluación centrado en los procesos de enseñanza y aprendizaje nos ofrece una vía adecuada para la evaluación de los alumnos(as) en general, así como de aquellos con necesidades educativas especiales. Esta evaluación supone un carácter interactivo el mismo que se relaciona claramente con la concepción de necesidades educativas especiales difundidas en términos de las características y necesidades de los alumnos, en relación con las respuestas que el medio escolar tiene ante ellas. PROCESO DE EVALUACIóN OBJETIVOS SELECCIÓN EVALUACIÓN * Objetivos INICIAL Fuente
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Metodología. Las fases a seguir son:.
Nuestro referente inicial serán los planes y programas de estudio. La evaluación inicial acerca de los conocimientos de los alumnos, con respecto a los contenidos, nos permite conocer las características del grupo general y saber si hay educandos que presentan necesidades educativas diferentes a las del grupo. De ahí se tomarán decisiones y aportes a la programación a nivel de objetivos, contenidos, metodología, actividades y/o evaluación. Si el desarrollo de la programación, a pesar de las tentativas de solución, algunos alumnos no avancen, surge la necesidad de realizar una evaluación más a fondo. Grupo de alumnos Esa evaluación a fondo va a poder precisar lo que estos alumnos pueden hacer y la ayuda que van a requerir. Identificar qué factores pueden relacionarse con las dificultades de aprendizaje se pueden ajustar las intervenciones, pero si a pesar de ello no hay progreso se va a requerir la intervención de otros profesionales. Las fases a seguir son:. Recogida de datos con rigor. Análisis de la información obtenida. Formulación de conclusiones. Establecimiento de un juicio de valor. Adopción de medidas para continuar la actuación. Fuente
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EVALUACIÓN DE ACNEAE: La evaluación se rige por criterios establecidos en el currículum y en las normativas de acuerdo con los distintas categorías de alumnos/as. Si no existen adaptaciones, se permiten modificaciones menores en relación a las medidas ordinarias o cambios metodológicos. Si existen adaptaciones no significativas (DOCUMENTO DE ADAPTACIONES METODOLÓGICAS Y EVALUACIÓN Y/O MODELO DE ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVA) se evalúa al alumno/a respecto de los mismos objetivos y contenidos que al resto de alumnos del curso. Se flexibilizan métodos y tiempos.Las calificaciones tienen el mismo valor que las generales. Si existen adaptaciones significativas, se evalúa al alumno/a respecto de los objetivos y contenidos establecidos en las adaptaciones (ACIS) y las calificaciones serán referidas a los resultados de estas evaluaciones. (Hay que tener en cuenta que estas calificaciones expresarán el rendimiento en relación a los niveles de competencia que se establezcan en sus ACIS (normalmente tienen 2 cursos de diferencia respecto al que está matriculado). Actualmente existe controversia para determinar la promoción y titulación, pero la normativa actual establece claramente que los resultados de la evaluación se referirán a los conocimientos adquiridos segçun su ACI y que se han diseñado en sus pruebas.
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